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Asamblea Legislativa aprueba ley marco para el funcionamiento de los tiangues

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La Asamblea Legislativa ha aprobado nuevas regulaciones para los tiangues, los cuales son espacios donde se vende ganado y que actualmente solo eran regulados por el Código Municipal correspondiente.

Ley Especial de Regulación y Fomento de Tiangues busca establecer una supervisión que especifique el tipo de animal, precio y otros detalles, así como todo lo concerniente a los permisos de traslado de semovientes, con el fin de ordenar los procesos acordes a las leyes municipales.

El artículo 4 numeral 17 del Código Municipal establece las competencias que tienen las municipalidades con relación a la creación, impulso y regulación de servicios que faciliten el mercadeo y abastecimiento de productos de consumo de primera necesidad como mercados, tiangues, mataderos y rastros dentro de sus respectivas circunscripciones geográficas.

El decreto indica que los comerciantes dentro de los tiangues necesitan un sistema organizado y un claro funcionamiento de los mismos para fomentar adecuadamente la comercialización de los productos cumpliendo los estándares de calidad necesarios para el consumo humano.

Se regula que los tianguistas que deseen realizar la compra y venta de semovientes deberán hacerlo a través de la carta de venta en los términos y formalidades que estipula el Reglamento para el Uso de Fierros o Marcas de Herrar Ganado y traslado de semovientes. Además, el pesaje del animal objeto de compraventa se realizará de manera pública, siendo el kilogramo la unidad de medición de la masa.

Con la nueva normativa, la alcaldía municipal deberá prestar asesoría y facilitar la operatividad de los tiangues de manera coordinada con los ministerios mencionados en el artículo anterior, para su conservación, mantenimiento y funcionamiento, de conformidad con las leyes, reglamentos y normativas vigentes velando por el cuidado del medio ambiente.

También se encargará de autorizar las licencias, permisos o concesiones de funcionamiento de los locales comerciales en los tiangues e instalar y manejar lo relativo a las básculas dentro del tiangue, para la compra y venta de semovientes.

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Corte Suprema propone reforma para la práctica jurídica dentro de la PGR

Iniciativa busca uniformar duración y modalidades para formación de abogados

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La Corte Suprema de Justicia ha presentado una propuesta de reforma al artículo 140, ordinal 3°, letra d) de la Ley Orgánica Judicial. Esta iniciativa tiene como objetivo estandarizar la duración de la práctica jurídica desarrollada en la Procuraduría General de la República, con el fin de permitir que los aspirantes completen su formación profesional como abogados.

Actualmente, el artículo establece que aquellos que pretendan recibir el título de abogado deben presentar su solicitud al jefe de la Sección de Investigación Profesional, acompañada de una certificación expedida por el Procurador General de la República, que verifique dos años de práctica jurídica.

Se señala que la práctica jurídica en apoyo a instituciones, tribunales y dependencias de la Corte Suprema de Justicia tiene una duración promedio de mil veinticuatro horas, desarrolladas en seis meses. Esta duración se considera el lapso estándar mínimo para completar la formación profesional. Por lo tanto, se considera necesario uniformar este tiempo requerido para la práctica jurídica en la Procuraduría General de la República.

La propuesta de reforma plantea sustituir el artículo 140, ordinal 3°, letra d) de la Ley Orgánica Judicial, estableciendo que la constancia de práctica jurídica deberá ser extendida por el Procurador General de la República o la Secretaría General de la Procuraduría General de la República. Esta constancia deberá verificar que el aspirante haya realizado mil veinticuatro horas efectivas de práctica jurídica, en modalidades de jornada parcial o completa, con una duración de seis meses hasta dos años.

Además, se contempla una disposición transitoria que permite a las personas que hayan iniciado la práctica jurídica en la Procuraduría General de la República antes de la entrada en vigencia de la reforma, optar por finalizarla conforme a la modalidad anterior de dos años o de acuerdo con la reforma propuesta.

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Ratifican ley de especialidades médicas para la certificación de médicos especialistas

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En el Diario Oficial del 25 de Abril se ha publicado la Ley de Especialidades de las Profesiones Médicas. Esta legislación, que comprende 47 artículos, establece la creación del Consejo Nacional de Especialidades Médicas (CONAMED), un ente encargado de certificar a los médicos especialistas y subespecialistas que brinden servicios en el territorio salvadoreño.

El CONAMED estará integrado por representantes designados por diversas instituciones y tendrá la responsabilidad de emitir las certificaciones y recertificaciones para los profesionales de la salud en El Salvador. Con esta medida, se busca garantizar que los médicos y personal auxiliar cuenten con la formación y los conocimientos necesarios para ejercer sus especialidades de manera adecuada.

Una de las características más relevantes de esta nueva normativa es que las credenciales emitidas por el CONAMED tendrán una vigencia de cinco años, lo que asegura un seguimiento continuo de la calidad y el desempeño de los profesionales de la salud.

El CONAMED asume la responsabilidad de regular y supervisar las especialidades médicas en el país, garantizando así estándares de calidad en la atención sanitaria.

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Prorrogada vigencia de placas vehiculares hasta agosto de 2025

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Presidencia ha sancionado en el Diario Oficial del 25 de abril la prórroga de la vigencia de las placas de vehículos hasta el 31 de agosto de 2025. Esta medida, propuesta para mitigar impactos económicos, beneficia especialmente a los automotores con formato 2011, cuyo vencimiento estaba programado para el 30 de abril próximo.

La decisión se sustenta en una disposición transitoria a la Ley de Derechos Fiscales por la Circulación de Vehículos, emitida el 16 de abril de 1993. Esta ley establece que ningún vehículo puede circular sin las placas respectivas, las cuales tienen una vigencia de cinco años.

Cabe destacar que en 2022, la Asamblea ya había aprobado un decreto para extender la vigencia de las placas hasta el 30 de abril de 2024. Sin embargo, dadas las circunstancias actuales y la necesidad de proteger los intereses y la economía de la población, se ha considerado pertinente ampliar temporalmente el periodo de validez de las placas.

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Prorrogan exoneración de pagos para fomentar el turismo internacional

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La Asamblea Legislativa aprobó una prórroga de dos años para la exoneración de pagos por servicios, derechos y aranceles aduanales, migratorios y consulares al ingreso y salida del país para personas que formen parte de misiones oficiales o asistan a eventos relacionados al turismo deportivo, artístico y cultural.

La prórroga, que entrará en vigor a partir del vencimiento de la actual, que finaliza el 25 de mayo de 2024, tiene como objetivo impulsar el sector turístico y atraer inversionistas extranjeros. Según el diputado Raúl Chamagua, se estima que uno de cada cinco empleos generados en El Salvador en la próxima década estará vinculado al turismo.

Durante su intervención, Chamagua destacó que en el año 2023 se invirtieron más de $5 millones en la remodelación de sitios turísticos, y en lo que va del 2024, se han recibido más de un millón de visitas internacionales, con un gasto turístico superior a los $14 millones. Además, mencionó que Estados Unidos lidera la lista de países emisores de turistas hacia El Salvador.

El decreto legislativo original, aprobado el 25 de mayo de 2021, enfatizó el proyecto Surf City en el país. La nueva prórroga se justifica en el objetivo de posicionar a El Salvador como un destino turístico especializado en el turismo deportivo, específicamente en la práctica del surf, como parte de la estrategia para diversificar y fortalecer la economía nacional.

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Presidencia ratifica Ley Especial para la Reestructuración Municipal

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Presidencia a sancionado la ley otorga a los municipios las herramientas necesarias para su orden administrativo en un plazo de dos años. Esta fue publicada en el Diario Oficial del 22 de junio.

La normativa, denominada Ley Especial de Transición para la Reestructuración Municipal, contiene un catálogo de deberes para los servidores públicos municipales, directrices de orden contable y presupuestaria, disposiciones de orden administrativo y de administración del talento humano.

La ley permite a los municipios establecer sus propios presupuestos, priorizando áreas claves de inversión para proyectos en beneficio de las comunidades. Además, faculta la intervención del Ministerio de Hacienda para auditar el proceso de transición y obliga a trabajar por la certificación antisoborno. Este proceso será acompañado por la Dirección Nacional de Compras (DINAC).

Se establece la responsabilidad de los alcaldes electos para realizar la transición de manera efectiva en un plazo de dos años, con consecuencias para aquellos que no cumplan. La iniciativa busca reducir el riesgo de corrupción y despilfarro de recursos públicos, generando condiciones para la autosostenibilidad de las comunas y evitando un endeudamiento desmesurado.

Los legisladores concluyen que la nueva ley permitirá ordenar los procesos administrativos en dos años, garantizando la continuidad de los servicios y la fluidez de la transición.

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