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TSE ordena cancelar a Cambio Democrático

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Esta tarde, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) emitió la resolución del procedimiento de cancelación de partido político para Cambio Democrático, donde se determinó que los resultados electorales del presente año, en los cuales el CD obtuvo un diputado, no subsanan los resultados de las votaciones del 2015, en los cuales únicamente obtuvo menos de 37 mil votos, por lo cual ha ordenado cancelar la inscripción del CD como partido político. Dicha resolución responde a la orden emitida por la Sala de lo Constitucional el pasado 10 de julio, de resolver el proceso de cancelación de Cambio Democrático.

Considerandos contextuales de la resolución 

  1. El 30 de julio del dos mil quince, el TSE inició procedimiento de cancelación del partido Cambio Democrático (CD) por no haber alcanzado el mínimo de votos validos requeridos en una elección legislativa y tampoco haber obtenido por lo menos un diputado, tal como dispone el artículo 47 de la Ley de Partidos Políticos (LPP).
  2. En el procedimiento el TSE resolvió no cancelar al CD fundamentando que el articulo 47 de la LPP es inconstitucional al violentar el pluralismo político, por lo cual decidía inaplicarlo en su calidad de aplicador de la norma. Dicha decisión fue tomada por tres de los cinco magistrados del TSE.
  3. La Sala de lo Constitucional determinó que la resolución de no cancelar al CD era inexistente dado que para ese tipo de decisiones era necesario cuatro votos de los cinco magistrados, y no únicamente tres, ignorando el análisis de fondo de la inaplicación realizado por el TSE. En su lugar, acumuló otros procesos de inconstitucionalidad presentados en contra del susodicho articulo y determinó que este no es inconstitucional.
  4. De esta manera la Sala de lo Constitucional ordena al TSE emitir nueva resolución sobre el procedimiento de cancelación de partido político de Cambio Democrático.

Considerandos del TSE para emitir la resolución 

  1. La Ley de Partidos Políticos estatuye las disposiciones cuyo objetivo es la regulación de su institucionalidad, interrelación con la ciudadanía y como otros entes, en el marco de las normas y principios de la democracia representativa establecida en la Constitución.
  2. Las disposiciones establecidas en el artículo 47 inciso 1° literales c, d y g LPP estatuyen determinadas reglas por las cuales procede la cancelación de la inscripción de un partido político.
  3.  Dichas reglas, tienen como denominador común la situación que su aplicación debe verificarse con posterioridad a la declaración de firmeza de los resultados electorales. Tal como establece el artículo 48 LPP, de manera que sus efectos son producidos postelección.
  4. Se encuentra agregado al expediente la constancia emitida por el Secretario General del Tribunal Supremo Electoral en la que se hace constar que el partido Cambio Democrático participó en las elecciones realizadas el día 1 de marzo del año 2015 obteniendo la cantidad de 36,796.05584 votos válidos.
  5. En consecuencia, el Tribunal tiene por acreditado el hecho consistente en que el partido Cambio Democrático en el año 2015 no alcanzó los 50,000 votos que determina el umbral electoral en el artículo 47 letra c de la LPP, ni obtuvo un diputado.

Análisis jurídico de la marco regulatorio en el caso en concreto realizado por el TSE

Como base de los argumentos planteados por el Tribunal Supremo Electoral se considera que las reglas que establecidas en el artículo 47 de la LPP deben ser aplicadas con posterioridad a la declaratoria de firmeza de los resultados electorales, de esta manera sus efectos son producidos postelección.

El artículo en sus ordinales c y g establece barreras electorales para la supervivencia de un partido político, esto con la finalidad de mantener la representación real de la afinidad política de la población, esto para evitar la proliferación de opciones políticas que no representan intereses de una parte significativa de la sociedad.

Sobre el argumento de Cambio Democrático de haber superado la barrera electoral en el año 2015 al haber obtenido un alcalde en la localidad de San Antonio Los Ranchos, departamento de Chalatenango y 22 regidores en la composición plural de varios consejos municipales en el país, el TSE estima que estos son actos de elección diferente y que las reglas, plazos y objetivos de ambos son diferentes. El artículo 47 hace referencia a las elecciones legislativa, por ende las barreras electorales son tomadas a partir de los resultados legislativo y no municipales.

Por consiguiente el TSE determina que los elementos fácticos relativos a la intervención del partido político CD en la elección legislativa del 2015 cumple con las dos condiciones del supuesto de hecho regulado en el artículo 47 inciso 1° letra c, y al no haber obtenido representación legislativa de un diputado es procedente cancelar su inscripción en el registro.

El TSE estima conveniente aclarar que únicamente está analizando y juzgando la cancelación del CD a partir de los resultados obtenidos en el año 2015. Agrega, que si bien es cierto la demora injustificada de la Sala de lo Constitucional del pronunciamiento de la sentencia permitió la participación del partido político en las elecciones legislativas del año 2008 y obtuvo un diputado en las mismas, dichas elecciones no subsanan los resultados de las pasadas.

Sobre el futuro del diputado Juan José Martel que obtuvo un curul representando a Cambio Democrático, el TSE determina que ha sido electo legítimamente y debe continuar en el ejercicio de su cargo bajo las reglas del derecho parlamentario, integrando el grupo parlamentario que la Asamblea Legislativa le designe; sin embargo su representación legislativa en ningún caso exime el cumplimiento de las reglas establecidas en el artículo 47 en los comicios del 2015.

Voto disidente de Miguel Ángel Cardoza Ayala

El magistrado Miguel Cardoza no compartió los argumentos alegados por Tribunal Supremo Electoral, argumentando que el partido al participar en las elecciones legislativas del año 2018 obtuvo una nueva oportunidad de participación política y de sometimiento de escrutinio público. Al obtener una diputado válido su representación en el plano social, antes lo mismo determina que no sería correcto únicamente valorar las elecciones 2015 para tomar una decisión.

El magistrado alega que la demora de la Sala de lo Constitucional para resolver el asunto no puede ser imputable al partido y a su participación en las pasadas elecciones. Por lo cual la decisión de cancelarlo debe basarse en los resultado de la voluntad popular de este año. Concluye su voto disidente agregando que basado en tales valoraciones, al momento de aplicar el artículo 47 de la Ley de Partidos Politicos el CD ha superado las barreras electorales al haber obtenido un diputado. «Cada evento electoral tiene sus tiempos y por certeza no debemos abocarnos a procesos ya concluidos» determina el magistrado.

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Capacítate en las implicaciones teóricas y prácticas de la Ley de Procedimientos Administrativos

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Bajo el objetivo de ofrecer una visión especializada del articulado de la Ley de Procedimientos Administrativos, con un enfoque centrado en la práctica, interpretación y relación con otros cuerpos legales que regulan las relaciones de la administración pública con la población,  Derecho y Negocios anuncia el curso especializado “Estudio Exegético De La Ley De Procedimientos Administrativos”. 

Un estudio exegético consiste en un método de hermenéutica jurídica que se basa en hacer una paráfrasis directa del texto; es tomar casi textualmente lo que dice la ley, y así aplicarlo a otros cuerpos normativos haciendo mención de la doctrina mas representativa y de los pronunciamientos jurisprudenciales que se tienen hasta el momento.

El seminario se realizará de manera virtual en la plataforma Zoom con una duración de 15 horas de capacitación continúa, estas serán divididas en cinco sesiones de dos horas y media de 6:30 P.M a 9:00 P.M y una de 9:30 A.M a 12:00 P.M, del cuatro al catorce de julio.

El curso especializado “Estudio Exegético De La Ley De Procedimientos Administrativos” ofrecerá un estudio profundo tomando de referencia la doctrina y las líneas jurisprudenciales más representativa hasta el momento.

Temario a desarrollar:

  • Normas generales y empleo de las nuevas tecnologías
  • Régimen jurídico del acto administrativo
  • Invalidez del acto administrativo
  • Régimen de la administración y del servidor público
  • Regulación de la responsabilidad patrimonial
  • Procedimiento administrativo
  • Potestad sancionadora
  • Potestad normativa

Dirigido a servidores públicos, gerentes de departamentos legales de empresas, áreas jurídicas de instituciones públicas, abogados en el libre ejercicio, colaboradores judiciales, estudiantes de derecho y para cualquier interesado en comprender las implicaciones teóricas y prácticas de la Ley de Procedimientos Administrativos.

El costo de inversión: $65.00. Pero de inscribirse antes del 10 de junio recibe un descuento de 25%. Así también, se cuenta con descuentos para estudiantes en nivel de licenciatura y empleados públicos.

El pago puede realizarse por medio de depósito o transferencia a cuenta del Banco de América Central, a nombre de Editorial DyN, S.A, de C.V. #200851947, o por medio, de compra directa con tarjeta de crédito o débito en la aplicación Descuentazo.  Para más información escribirnos al correo comunicaciones@derechoynegocios.net o al WhatsApp 7587 8312.

La Ley de Procedimientos Administrativos (LPA) entró en vigencia el año  pasado; sin embargo, aún existen zonas de confusión dentro de los abogados y de la propia administración pública, esta actividad vendría a aclarar el funcionamiento de dicha normativa.

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Inscríbete y participa en los Premios DyN este 20 de noviembre

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Derecho y Negocios se prepara para entregar los Premios DyN de este año, en virtud de ello ya se han publicado las bases de participación que todas las firmas deben completar para participar y lograr obtener uno los premios a entregar.

Esto durante la celebración de su decimo segunda gala de aniversario. Reconocidas firmas serán galardonadas por su desempeño laboral durante el presente año, a la vez, se reconocerá la trayectoria de empresarios y personas jurídicas de El Salvador.

Las bases pasan por un riguroso proceso evaluativo realizado por la firma auditora KPMG, en el cual se asegura la transparencia y objetividad de todo el proceso.

Los premios reúnen a reconocidos abogados, empresarios, diplomáticos, funcionarios y más; así también, a las firmas legales más influyentes a nivel nacional, quienes compiten por obtener uno de los codiciados premios que se entregarán esa noche.

Este año Premios DyN serán divididos en 12 categorías:

  • Firma en Derecho Corporativo
  • Firma en Derecho Bancario y Financiero
  • Firma en Litigios
  • Firma en Propiedad Intelectual
  • Firma del Año
  • Firma Legal Especializada
  • Firma Más Valorada Por Sus Clientes
  • Firma con Mayor Crecimiento
  • Firma en Derecho Tributario
  • Departamento Legal Empresarial
  • Proyección Profesional
  • Abogada del Año

En la misma noche se entregarán reconocimientos a diferentes personalidades por su labor para el país durante el presente año,  divididos en las categorías: Empresario Más influyente del Año, Trayectoria Empresarial del Año, Funcionario Más destacado del Año, Institución Pública Más Destacada del Año, Fundación Más Destacada del Año.

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TAG Airlines es reconocida como una de las 10 compañías más seguras para viajar

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TAG Airlines, empresa guatemalteca con 50 años de trayectoria prestando servicios de aviación comercial y privada, ha sido seleccionada para formar parte de la Asociación Latinoamericana y del Caribe del Transporte Aéreo – ALTA-, una organización privada sin fines de lucro, la cual tiene como objetivo unir esfuerzos junto a otras empresas miembro para facilitar el desarrollo de un trasporte aéreo más seguro, eficiente y amigable con el medio ambiente. 

Este reconocimiento forma parte de la reciente certificación de seguridad operacional ISSA que obtuvo TAG Airlines, tras haber participado en el programa promovido conjuntamente por ALTA y la Asociación Internacional de Transporte Aéreo -IATA- por sus siglas en inglés. Así mismo, esto coincide con el inicio de su proceso de certificación IOSA, un sistema de evaluación reconocido y aceptado internacionalmente diseñado para evaluar los sistemas de gestión y control de operaciones de una compañía aérea.

“Para TAG Airlines es motivo de orgullo y satisfacción ya que ALTA juega un importante papel en el sector de la aviación comercial en Latinoamérica.  Para TAG y para la industria este 2021 es un año de recuperación, estamos trabajando muy fuerte para ofrecer mejor y mayor conectividad, tenemos muchos proyectos que incluyen la ampliación de nuestra red de rutas en Centro América y la incorporación de nuevas aeronaves que nos permitirán ofrecer un mejor producto al mercado”, comentó Julio Gamero, CEO de TAG Airlines.  “Formar parte de ALTA es un gran paso para nosotros, porque nos permitirá continuar trabajando en nuevos proyectos que impulsen el desarrollo económico, tanto de Guatemala como de todos los países en donde tenemos presencia, como Honduras y El Salvador”, agregó Gamero.

El Programa ISSA es una herramienta que busca fortalecer los índices de seguridad operacional en la aviación civil de América Latina y el Caribe. A través de esta iniciativa, ALTA ha convocado a más de una docena de aerolíneas en la región y hasta hoy, de las 10 aerolíneas certificadas ISSA, nueve están basadas en la región y seis son miembros de ALTA. 

“Celebro la llegada de TAG Airlines a ALTA. Su operación en Centroamérica, crecimiento consistente y equipo comprometido son merecedores de reconocimiento. Estoy seguro de que su participación en las iniciativas de ALTA será de mucho valor para continuar recuperando la conectividad en nuestra región y llevar los beneficios que genera la aviación a más lugares y más personas”, comenta José Ricardo Botelho, Director Ejecutivo & CEO de ALTA.

Actualmente TAG Airlines, opera 12 rutas nacionales e internacionales en Guatemala, El Salvador, Honduras, Belice y muy pronto al sur de México con una flota de 15 aeronaves Turbo Prop y un Jet ERJ 145.

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Mayoría de la población desconoce la Ley Bitcoin

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Un reciente estudio de la Universidad Francisco Gavidia (UFG) reveló que la mayoría de la población desconoce la Ley Bitcoin, con la cual dicha criptomoneda se volverá divisa de curso legal en El Salvador a partir del próximo 7 de septiembre.

«La mayoría de la población, con un 68.4 %, desconoce la Ley del Bitcoin que entrará en rigor en septiembre. El 21.9 % conoce algo y solo el 9.6 % dice haberla visto y leído», apuntan los resultados del estudio, que además destaca que solo un 4 % de la población afirma haber hecho alguna transacción usando el Bitcoin.

Ante la inminente entrada en vigor de la ley, las empresas de todo tamaño necesitan prepararse. La revista Derecho y Negocios ha organizado un desayuno taller para abarcar varios aspectos vinculados con la ley, de modo que contadores, financieros y representantes legales de las empresas sepan qué áreas afectará la nueva disposición.

Además, se aprenderá a usar billeteras electrónicas y a hacer transacciones con satoshi, la medida fraccionaria del Bitcoin. El desayuno taller se realizará este viernes 16 de julio de 2021, a las 8:00 a.m., en el Hotel Sheraton Presidente.

El taller práctico estará a cargo de Darvin Otero, Blockchain Developer, Serial Tech Entrepreneur y consultor en innovación con más de 20 años de experiencia en la industria del software y transformación digital, es Ingeniero en Sistemas Informáticos y con Maestría en Administración de Negocios.  Ha creado productos como Aeegle, Zumpul, Insidey que son utilizados por más de 1,000 empresas y 90K Usuarios en todo el mundo.

Actualmente trabaja en @NorttechLabs con empresas nacionales e internacionales en campos como Open Banking, Arquitectura de APIs y Microservicios, Desarrollo para Blockchain y Bitcoin. Con él, los asistentes instalarán sus e-wallet y recibirán transferencias de satoshi para poderse familiarizar con el sistema.

También participará Carlos Miguel Rivas, encargado de Business Development de Athena Bitcoin en El Salvador, la empresa que instalará 1,500 ATM para poder operar con Bitcoin.

Para hablar sobre las implicaciones legales y contables del uso del Bitcoin estará presente Héctor Torres, socio en Torres Legal, y especialista Fintech y Legaltech. Para explicar los posibles efectos del uso del Bitcoin en la parte tributaria, participará Eduardo Amaya, socio director de Auditaxes El Salvador.

Para más información escribirnos al correo comunicaciones@derechoynegocios.net o al WhatsApp 7587 8312.

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¿Cómo afectará a la operación de mi empresa la implementación del Bitcoin?

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A partir del 7 de septiembre entra en vigor la Ley del Bitcoin, que vuelve a esta criptomoneda una divisa de curso legal en El Salvador. ¿Qué cambios implicará esto en la operación de mi empresa, en lo legal, tributario, financiero y contable? ¿Cómo puedo prepararme para este cambio?

Estas preguntas se responderán este viernes 16 de julio, en un desayuno taller con especialistas sobre el uso del Bitcoin, quienes explicarán las implicaciones legales y contables de su implementación. Revista Derecho y Negocios ha organizado esta actividad, en la que además los participantes aprenderán cómo instalar y usar una e-wallet, y harán operaciones en satoshi, las unidades fraccionarias del Bitcoin.

El taller práctico estará a cargo de Darvin Otero, Blockchain Developer, Serial Tech Entrepreneur y consultor en innovación con más de 20 años de experiencia en la industria del software y transformación digital, es Ingeniero en Sistemas Informáticos y con Maestría en Administración de Negocios.  Ha creado productos como Aeegle, Zumpul, Insidey que son utilizados por más de 1,000 empresas y 90K Usuarios en todo el mundo.

Actualmente trabaja en @NorttechLabs con empresas nacionales e internacionales en campos como Open Banking, Arquitectura de APIs y Microservicios, Desarrollo para Blockchain y Bitcoin. Con él, los asistentes instalarán sus e-wallet y recibirán transferencias de satoshi para poderse familiarizar con el sistema.

También participará Carlos Miguel Rivas, encargado de Business Development de Athena Bitcoin en El Salvador, la empresa que instalará 1,500 ATM para poder operar con Bitcoin.

Para hablar sobre las implicaciones legales y contables del uso del Bitcoin estará presente Héctor Torres, socio en Torres Legal, y especialista Fintech y Legaltech. Para explicar los posibles efectos del uso del Bitcoin en la parte tributaria, participará Eduardo Amaya, socio director de Auditares El Salvador.

Para más información escribirnos al correo comunicaciones@derechoynegocios.net o al WhatsApp 7587 8312.

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