Judicial
Trabajadores requieren mínimo una semana de labores para aplicar a régimen de riesgos profesionales
La Sala de lo Constitucional desestimó la inconstitucionalidad contra una de las dos excepciones del régimen de riesgos profesionales para trabajadores, estimando que las excepción responde a la función del legislador de establecer criterios legales.
El artículo 320 letra b del Código de Trabajo excluye a los trabajadores que fueren contratados para labores que no excedan de una semana ni requieran el empleo de más de cinco personas del régimen de riesgos profesionales.
El proceso de inconstitucionalidad es identificado por el número de referencia 90-2019 y fue presentado por Jacqueline Alejandra Cabezas, quien alegaba la supuesta violación de los artículos 1 inciso 3°, 43 y 65 de la Constitución, relativos a los accidentes de trabajo o enfermedad profesional que están expuestos los trabajadores.
La demandante argumentó que la contratación genera la obligación del patrono de velar por el bienestar físico y mental de sus trabajadores. Pero, la disposición excluye al patrono de tal responsabilidad cuando los empleados fueren contratados para labores que no excedan de una semana y no requieran el empleo de más de cinco personas, lo que vulnera el derecho a la salud.
La Sala resolvió que la regulación contenida en el objeto de control encaja dentro del margen de acción estructural del legislador, pues obedece a un criterio razonable, como el tiempo de servicio, y busca un fin legítimo.
«Utiliza un medio que si bien supone una exclusión del régimen de riesgos profesionales para ciertos trabajadores, es excepcional, de aplicación residual y sujeto a condiciones estrictas (esto es, coherente con el efecto recíproco de la dimensión objetiva de los derechos fundamentales); y se ha ponderado sobre la base de dicho fin legítimo y bajo criterios razonables», señala la resolución.
Consultamos con la Dra. Jenniffer Mejía, especialista en derecho laboral y seguridad ocupacional, sobre los argumentos de la Sala de lo Constitucional quien nos explicó: “La Sala manifiesta que es permitido constitucional e internacionalmente que el tiempo de servicio sea una categoría válida para configurar derechos o prestaciones laborales, aplicando criterios de razonabilidad y proporcionabilidad, como en el caso del número de días necesarios para acreditar el derecho a la vacación anual, o el caso de la prestación económica por retiro voluntario, siendo que en ambos casos es preciso cumplir un tiempo de prestación de servicios determinado por el legislador para acreditar el derecho”.
Explica que la regulación del Art. 320 literal b), constituye una norma excepcional a lo contemplado en el Título Tercero del Código de Trabajo, respecto de los Riesgos Profesionales, puesto que esta excepción a la norma implica un cierto tiempo y cantidad de trabajadores, condiciones que son mutuamente concurrentes y conjuntamente exhaustivas, implicando que necesariamente deben coligarse, “lo que determina que la regla general es que todos los trabajadores tengan protección ante la ocurrencia de riesgos profesionales, y solo existen exclusiones secundarias”.
Judicial
El Salvador registra 11 solicitudes de cadena perpetua en menos de tres meses desde la reforma penal
El Salvador registra al menos 11 solicitudes de cadena perpetua entre el 28 de mayo y el 3 de agosto de 2026, según un monitoreo de publicaciones de la Fiscalía General y de los tribunales del país. Las solicitudes corresponden a procesos iniciados tras la entrada en vigor de la reforma constitucional que incorporó la pena perpetua revisable al sistema penal salvadoreño.
La reforma comenzó a aplicarse el 14 de mayo de 2026. La Asamblea Legislativa la aprobó a finales de abril a petición del Ejecutivo. El nuevo texto constitucional establece que la cadena perpetua solo podrá imponerse por homicidio, violación y terrorismo, categoría que la legislación salvadoreña aplica a miembros de pandillas.
Además, el paquete incluyó 33 reformas adicionales al Código Penal, el Código Procesal Penal y otras leyes especiales.
Los primeros expedientes bajo la nueva legislación
El primer caso conocido ocurrió en el Juzgado de lo Criminal de Santa Ana. La Fiscalía solicitó cadena perpetua para dos hombres acusados de violación agravada contra una adolescente de 15 años. El hecho ocurrió el 21 de mayo y las autoridades lo divulgaron el 28 de mayo.
Posteriormente, el 31 de mayo, un tribunal de San Salvador abrió otro proceso contra un exagente policial de 65 años, acusado de violar a un menor de 12 años.
Durante junio, los juzgados reportaron seis procesos adicionales: dos por feminicidio agravado, dos por homicidio agravado y dos por violación.
El recuento de solicitudes fue divulgado por La Prensa Gráfica.
La norma prevé revisiones periódicas
La cadena perpetua en El Salvador es una pena revisable. Los tribunales podrán evaluarla cada 30 años para adultos y cada 25 años para menores.
Los hechos cometidos antes del 14 de mayo siguen sujetos a las sanciones anteriores.
Judicial
Tribunal especializado condena a más de 1,000 años de prisión a cabecillas de una red de narcotráfico y a abogados vinculados al caso
Un tribunal especializado de El Salvador condenó a 38 integrantes de la estructura criminal conocida como El Gremio, dedicada al tráfico de cocaína, por delitos relacionados con el narcotráfico. Entre los sentenciados figuran dos abogados, mientras tres de los principales cabecillas recibieron penas superiores a 1,000 años de prisión.
El Tribunal Segundo Contra el Crimen Organizado de Santa Ana, en el occidente del país, declaró culpables a los acusados por tráfico ilícito de drogas, agrupaciones ilícitas y conspiración y proposición para cometer tráfico ilícito.
Los principales líderes recibieron las penas más altas
El tribunal impuso 1,048 años de prisión a Leopoldo Ernesto Ramírez Godoy y Miguel Ángel Mazariego Martínez, alias “Rolex”, por los delitos de agrupaciones ilícitas, tráfico ilícito y conspiración y proposición para el tráfico de drogas.
Además, René Ernesto Martínez Salgado fue condenado a 1,038 años de cárcel por los mismos delitos.
Dos abogados fueron condenados por su participación en la estructura
Entre los condenados se encuentran los abogados Ronaldo Edgardo Carlos Hernández y Mario Eduardo Rogel Morales. El tribunal ordenó notificar a la Sección de Investigación Profesional de la Corte Suprema de Justicia para que inicie el procedimiento correspondiente sobre la suspensión del ejercicio de la abogacía mientras ambos cumplen las penas impuestas.
La sentencia también incluye a 10 imputados declarados en rebeldía. El juzgado emitió nuevas órdenes de captura para que, una vez sean localizados, ingresen a un centro penitenciario y cumplan las condenas.
Investigación permitió desarticular la organización
Las autoridades ejecutaron las capturas el 8 de noviembre de 2024 durante un operativo realizado en distintos puntos del departamento de Santa Ana. La investigación utilizó técnicas especiales que permitieron identificar y desarticular la estructura criminal.
Según el proceso judicial, El Gremio operaba principalmente en el occidente de El Salvador y utilizaba supuestos servicios de transporte como fachada para movilizar cocaína destinada a la distribución.
Judicial
Fiscalía General solicitará por primera vez cadena perpetua en El Salvador en un caso de homicidio
La Fiscalía General de la República (FGR) de El Salvador informó que solicitará la pena de cadena perpetua contra Fredis Antonio Campos Álvarez, acusado de homicidio y lesiones tras un hecho de violencia ocurrido en el distrito de Yucuaiquín, departamento de La Unión, en el oriente del país.
La institución señaló que este es el primer caso conocido en el que solicita esa sanción desde que entró en vigor la reciente reforma constitucional que habilita la cadena perpetua para determinados delitos graves.
Además del cargo de homicidio, el imputado enfrentará un proceso por lesiones en perjuicio de su sobrino.
La investigación apunta a una agresión dentro de una vivienda
Según la investigación fiscal, el crimen ocurrió durante una discusión entre dos hermanos en una vivienda.
La Fiscalía sostiene que Campos Álvarez atacó presuntamente a la víctima con un arma blanca. El hombre fue trasladado a un centro asistencial, donde falleció debido a la gravedad de las heridas.
Durante el mismo incidente, el hijo de la víctima intentó intervenir para defender a su padre. Sin embargo, también resultó lesionado, según la acusación del Ministerio Público.
La Fiscalía indicó que presentará al acusado ante los tribunales en los próximos días y solicitará que el proceso continúe con detención.
La nueva legislación amplió las penas para delitos graves
La posibilidad de solicitar cadena perpetua deriva del paquete de reformas penales aprobado por la Asamblea Legislativa en marzo de este año y vigente desde el 26 de abril.
La normativa permite imponer esa pena en delitos como homicidio simple y agravado, feminicidio, violación en sus distintas modalidades y pertenencia a organizaciones criminales o terroristas.
Con este requerimiento, la Fiscalía busca que los jueces determinen si el caso reúne los requisitos establecidos por la nueva legislación para imponer la pena máxima contemplada en el ordenamiento penal salvadoreño.
Judicial
Condenan hasta a 199 años de prisión a directivos del corporativo ARGOZ por estafa en El Salvador
El Tribunal Tercero Contra el Crimen Organizado de San Salvador condenó hasta a 199 años de prisión a integrantes del corporativo ARGOZ por estafa agravada, lavado de dinero y agrupaciones ilícitas, en un proceso relacionado con la venta de terrenos que se remonta a la década de 1980.
La mayor pena fue impuesta a Leticia Farfán de Gómez, quien recibió 199 años de cárcel por 23 casos de estafa agravada, lavado de dinero y agrupaciones ilícitas. Sus hijos, Rodrigo Javier Gómez Farfán y Natalia Gómez Farfán, fueron condenados a 189 años de prisión por estafa agravada y agrupaciones ilícitas.
Además, Edwin Omar Rivera López fue sentenciado a 37 años de cárcel; Mónica Iveth Sanabria de Uriarte, a 13 años; mientras que Javier Orlando Martínez Henríquez y Theodoro Portillo Pineda, juzgados en ausencia, recibieron cinco años de prisión por agrupaciones ilícitas.
Reparación para las víctimas
El tribunal ordenó que Leticia Farfán de Gómez, sus hijos, Edwin Omar Rivera López y Theodoro Portillo Pineda asuman la reparación civil. Los costos de legalización de las lotificaciones serán cubiertos con $297,000 incautados a Leticia Farfán de Gómez y un lote de joyas decomisado durante el proceso.
Investigación continuará en una segunda fase
Según la resolución judicial, ARGOZ creó varias sociedades que adquirían propiedades y posteriormente eran declaradas en quiebra. Esa práctica dejó a numerosos compradores sin escrituras, incluso después de haber pagado sus terrenos.
En esta primera fase, la Fiscalía presentó 23 casos de estafa agravada en perjuicio de 24 víctimas. El tribunal también aplicó la figura de autoría mediata en aparatos organizados de poder, al considerar que los principales responsables dirigían la estructura criminal.
La investigación continuará en una segunda etapa, que permanece en instrucción ante otro Tribunal Contra el Crimen Organizado de El Salvador.
Judicial
Condenan en El Salvador a 97 miembros de la Mara Salvatrucha con penas de hasta 60 años de prisión
El Tribunal Segundo Contra el Crimen Organizado de San Salvador emitió la sentencia contra 97 miembros de la Mara Salvatrucha. La resolución establece penas de hasta 60 años de prisión por el delito de agrupaciones ilícitas en perjuicio de la paz pública, según la información oficial divulgada por Centros Judiciales.
Entre los condenados figura Víctor Alfonso Arias, alias “Infierno”, identificado como corredor del programa Cabañas. El tribunal lo condenó a 60 años de prisión.
Además, Immer de Jesús Molina, señalado como encargado de base de la estructura criminal, recibió una pena de 45 años de cárcel.
Asimismo, el fallo incluye a 17 pandilleros con el rango de homeboys, quienes fueron condenados a 45 años de prisión. Entre ellos destacan Guillermo Gustavo Martel Benítez y Óscar Antonio Rodríguez Gómez, quienes también recibieron 15 años adicionales por tenencia, portación o conducción ilegal o irresponsable de armas de fuego.
Delitos relacionados con armas aumentaron varias condenas
La resolución también impuso penas adicionales por delitos vinculados al uso y posesión de armas.
Carlos Enrique Rosa Rodríguez recibió 15 años más por delitos relacionados con armas de fuego y otros diez años por posesión y tenencia con fines de tráfico. Según la información oficial, el tribunal consideró que el uso de armas constituía una agravante dentro de la organización criminal.
Por otra parte, 16 pandilleros identificados con el rango de chequeos fueron sentenciados a 30 años de prisión. Entre ellos, Kevin Ernesto Cruz Sánchez recibió 15 años adicionales por delitos con armas y otros diez años por posesión y tenencia con fines de tráfico.
Además, Roberto Carlos Arias Mendoza fue condenado a 15 años adicionales por delitos relacionados con armas de fuego y otros 15 años por tenencia, portación, adquisición o conducción ilícita de armas de guerra.
La estructura operaba en distintos sectores de Cabañas
El tribunal también condenó a 23 integrantes con funciones de observación y paro a 30 años de prisión. Entre ellos figura Jonás Sibrián Durán, quien recibió diez años adicionales por posesión y tenencia con fines de tráfico y otros 20 años por provisión de armas, municiones, explosivos y artículos similares.
Por su parte, 39 colaboradores de la estructura criminal fueron sentenciados a 25 años de prisión. A cinco de ellos se les agregaron diez años por posesión y tenencia con fines de tráfico, al establecerse su participación en tareas logísticas y de apoyo financiero para la pandilla.
Según Centros Judiciales, la clica Francis Locos Salvatruchos mantenía operaciones en diferentes zonas del departamento de Cabañas. El tribunal fundamentó la sentencia en la gravedad de los delitos, la jerarquía de los acusados dentro de la organización y el impacto de sus actividades sobre la paz pública.
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