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Superintendencia sustituirá Dirección Nacional de Medicamentos

Iniciativa busca crear entidad autónoma para regular autorizaciones de medicamentos, alimentos y más

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El presidente de la República, a través del ministro de Salud y el viceministro de Agricultura y Ganadería Encargado del Despacho Ministerial, ha presentado una iniciativa legislativa con el propósito de aprobar la «Ley de la Superintendencia de Regulación Sanitaria».

Esta ley pretende establecer una entidad autónoma de derecho público con personalidad jurídica y patrimonio propio, denominada «La Superintendencia» o «SRSPS». Esta entidad sería responsable de regular medicamentos, suplementos nutricionales, dispositivos médicos, tecnologías sanitarias, cosméticos, productos químicos, alimentos, bebidas y insumos agropecuarios.

La Superintendencia operaría con plena autonomía en lo financiero y administrativo, y estaría facultada para realizar diversas funciones relacionadas con la regulación y supervisión de los productos mencionados en la ley. Estas funciones incluirían la emisión de registros sanitarios, autorizaciones de comercialización, permisos de importación y exportación, así como la vigilancia de la calidad, eficacia, seguridad e inocuidad de estos productos.

La iniciativa también establece la creación de varias intendencias especializadas, como la Intendencia de Productos Farmacéuticos y Afines, la Intendencia de Alimentos, Bebidas y Productos Afines, la Intendencia Agropecuaria y Productos Afines, y la Intendencia de Vigilancia.

Además, la ley prevé la transferencia de activos, incluyendo bienes muebles e inmuebles, desde instituciones como la Dirección Nacional de Medicamentos, el Consejo Superior de Salud Pública, el Ministerio de Salud y el Ministerio de Agricultura y Ganadería hacia la Superintendencia, para asegurar una transición efectiva. También se abordan aspectos relacionados con la liquidación del personal y los contratos con proveedores de las instituciones afectadas.

La ley derogaría ciertos artículos de la Ley de Medicamentos relacionados con la creación, atribuciones y estructura de la Dirección Nacional de Medicamentos (DNM). La Superintendencia asumiría las funciones anteriormente desempeñadas por la DNM y otras entidades competentes en el ámbito de regulación sanitaria.

La normativa entraría en vigencia dieciocho meses luego de su publicación en el Diario Oficial.

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Nueva prórroga para el Reglamento Técnico Salvadoreño de Metrología

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El Consejo Nacional de Calidad (CNC) ha extendido una vez más el plazo para la entrada en vigor del Reglamento Técnico Salvadoreño RTS. 01.02.01:18 sobre Metrología y el Sistema Internacional de Unidades (SI). Esta nueva prórroga, la cuarta desde la creación del reglamento en 2019, pospone su implementación hasta el 4 de febrero de 2025.

El propósito fundamental de este reglamento es establecer un marco unificado para las actividades de medición en El Salvador. Su objetivo es promover un lenguaje común que facilite la comunicación y la precisión en todas las áreas donde se llevan a cabo mediciones en el país.

Dentro de este reglamento se definen las magnitudes, unidades de medida y símbolos correspondientes al Sistema Internacional de Unidades (SI), normativa reconocida por la Conferencia General de Pesas y Medidas (CGPM).

Durante este período adicional de prórroga, se espera que los diferentes sectores afectados completen los ajustes necesarios para cumplir con las disposiciones del reglamento. Es esencial que se informe adecuadamente a la población sobre esta transición y los cambios que implicará en las actividades cotidianas.

La prórroga otorgada brinda a los sectores involucrados un tiempo adicional para adaptarse al nuevo sistema de unidades de medida y garantizar una implementación exitosa y sin contratiempos. Esto asegurará que El Salvador cumpla con los estándares internacionales en materia de metrología y fortalezca su infraestructura de calidad.

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Sancionan exoneración de pagos por turismo deportivo, artístico y cultural

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En el Diario Oficial del dos de mayo se publicó la prórroga de dos años para la exoneración de pagos por servicios, derechos y aranceles aduanales, migratorios y consulares al ingreso y salida del país para personas vinculadas a misiones oficiales o eventos relacionados con el turismo deportivo, artístico y cultural.

La prórroga, que entrará en vigor tras la expiración de la actual el 25 de mayo de 2024, tiene como objetivo impulsar el sector turístico y atraer inversores extranjeros, según indicó el diputado Raúl Chamagua. Se estima que uno de cada cinco empleos generados en El Salvador en la próxima década estará relacionado con el turismo.

Chamagua resaltó que en 2023 se invirtieron más de $5 millones en la remodelación de sitios turísticos, y en lo que va de 2024, se han recibido más de un millón de visitas internacionales, con un gasto turístico superior a los $14 millones. Además, señaló que Estados Unidos encabeza la lista de países emisores de turistas hacia El Salvador.

El decreto legislativo original, aprobado el 25 de mayo de 2021, hizo hincapié en el proyecto Surf City en el país. Esta nueva prórroga se justifica en el objetivo de posicionar a El Salvador como un destino turístico especializado en el turismo deportivo, particularmente en la práctica del surf, como parte de la estrategia para diversificar y fortalecer la economía nacional.

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Ratifican creación del SISUSAR para protección en áreas urbanas

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Presidencia ha ratificado, en el Diario Oficial del 2 de mayo, las reformas de la Ley de Protección Civil y Mitigación de Desastres para establecer el Subsistema Nacional de Búsqueda y Rescate Urbano (SISUSAR).

Este nuevo sistema tiene como objetivo principal salvaguardar la vida e integridad física de los ciudadanos ante situaciones de desastres naturales en entornos urbanos.

El SISUSAR se enfocará en proporcionar capacitación técnica a los equipos de rescate, garantizando su acreditación, entrenamiento adecuado y acceso al equipo necesario para enfrentar emergencias de manera eficaz.

Durante el proceso de estudio de la iniciativa, representantes del Cuerpo de Bomberos, Protección Civil y el Ministerio de Gobernación destacaron la necesidad de adaptar los grupos de rescate para enfrentar una variedad de emergencias, no solo sismos, como inundaciones, deslizamientos e incendios.

SISUSAR se integrará al Sistema Nacional de Protección Civil, Prevención y Mitigación de Desastres, brindando respuestas inmediatas a incidentes que requieran operaciones especializadas de búsqueda y rescate.

El grupo de rescate urbano estará conformado por miembros de diversas instituciones, incluyendo la Dirección General de Protección Civil, el Cuerpo de Bomberos de El Salvador, la Policía Nacional Civil, el Fondo Solidario para la Salud y organizaciones sin fines de lucro como Comandos de Salvamento, Cruz Roja y Cruz Verde.

El proceso de acreditación de los Grupos de Búsqueda y Rescate Urbano será supervisado por un Comité Técnico de Acreditación y se regirá por un Manual emitido por el Ministerio de Gobernación y Desarrollo Territorial. Una vez completado, el informe será remitido al Ministro de Gobernación y Desarrollo Territorial para su aprobación.

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Consulta pública para normativa sobre entidades que comercializan pólizas de seguro

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El Banco Central de Reserva, a través de su Comité de Normas, ha abierto a consulta la creación de un proyecto de Normas Técnicas destinadas a regular el Registro de Entidades que Comercialicen en Forma Masiva Pólizas de Seguros.

Este proyecto tiene como objetivo establecer los requisitos para el registro de entidades que promuevan y coloquen pólizas de seguros de manera masiva, actuando en nombre de las sociedades de seguros.

Según el proyecto presentado, las entidades sujetas a estas normas incluyen a las sociedades de seguros locales, sucursales de aseguradoras extranjeras, asociaciones cooperativas de seguros y comercializadores masivos de seguros que formen parte del Sistema Financiero.

Entre los aspectos destacados del proyecto se encuentran los siguientes:

  • Las sociedades de seguros interesadas en ofrecer pólizas de seguros de forma masiva a través de comercializadores deben solicitar la inscripción de estos últimos en el Registro correspondiente, gestionado por la Superintendencia competente.
  • Las sociedades de seguros deben proporcionar la información necesaria a los comercializadores para su inscripción en el Registro y, a su vez, deben suministrar a la Superintendencia cualquier información relacionada con las operaciones de seguros realizadas.
  • La solicitud de inscripción en el Registro debe ser presentada por el Presidente, Representante Legal o un apoderado de la sociedad de seguros, incluyendo los datos e información de los comercializadores.

Además, se establecen disposiciones relacionadas con la conservación de registros, la modificación de condiciones autorizadas y la posible suspensión o cancelación del Registro en casos de incumplimiento de las leyes y normativas aplicables.

El objetivo principal de estas normas técnicas es promover la transparencia y la adecuada regulación en el mercado de seguros, garantizando la protección de los consumidores y la estabilidad del sistema financiero nacional.

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Corte Suprema propone reforma para la práctica jurídica dentro de la PGR

Iniciativa busca uniformar duración y modalidades para formación de abogados

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La Corte Suprema de Justicia ha presentado una propuesta de reforma al artículo 140, ordinal 3°, letra d) de la Ley Orgánica Judicial. Esta iniciativa tiene como objetivo estandarizar la duración de la práctica jurídica desarrollada en la Procuraduría General de la República, con el fin de permitir que los aspirantes completen su formación profesional como abogados.

Actualmente, el artículo establece que aquellos que pretendan recibir el título de abogado deben presentar su solicitud al jefe de la Sección de Investigación Profesional, acompañada de una certificación expedida por el Procurador General de la República, que verifique dos años de práctica jurídica.

Se señala que la práctica jurídica en apoyo a instituciones, tribunales y dependencias de la Corte Suprema de Justicia tiene una duración promedio de mil veinticuatro horas, desarrolladas en seis meses. Esta duración se considera el lapso estándar mínimo para completar la formación profesional. Por lo tanto, se considera necesario uniformar este tiempo requerido para la práctica jurídica en la Procuraduría General de la República.

La propuesta de reforma plantea sustituir el artículo 140, ordinal 3°, letra d) de la Ley Orgánica Judicial, estableciendo que la constancia de práctica jurídica deberá ser extendida por el Procurador General de la República o la Secretaría General de la Procuraduría General de la República. Esta constancia deberá verificar que el aspirante haya realizado mil veinticuatro horas efectivas de práctica jurídica, en modalidades de jornada parcial o completa, con una duración de seis meses hasta dos años.

Además, se contempla una disposición transitoria que permite a las personas que hayan iniciado la práctica jurídica en la Procuraduría General de la República antes de la entrada en vigencia de la reforma, optar por finalizarla conforme a la modalidad anterior de dos años o de acuerdo con la reforma propuesta.

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