Cuanto se queda hacienda de la lotería.

  1. Blackjack En Línea Bono Para Nuevos Clientes Sin Depósito En Español: Necesitas cinco símbolos para obtener una victoria y ves los premios por obtener hasta quince del mismo símbolo.
  2. Jugar Al Blackjack Es Jugar Con Dinero Real España - Se incurre en un cargo de tarifa única fija por cada transferencia electrónica procesada con Interac, y los jugadores de casino simplemente tienen que ingresar la cantidad en la que desean depositar, antes de ingresar sus detalles de inicio de sesión de Interac.
  3. Slots Virtuales Sin Descargar Es: Para mantener su simplicidad, Betpawa GH también ha hecho que el registro sea muy fácil.

Resultados de la lotería primitiva del jueves y sábado.

21 Black Jack Edad Recomendada En Es
La mayoría de estos juegos son puertos de consolas anteriores o cajas de arcade.
Jugar A La Ruleta En Línea Ahora España
Bitcoin se afianza aún más en las finanzas convencionales, pero las vulnerabilidades persisten.
La primera tragamonedas cronológicamente que se lanzará en 2023 será Book of Atem de Microgaming.

Calcul probabilité poker texas hold'em.

Juego De Casino Mas Facil De Ganar En Es 2023
Este dispositivo se realiza en carretes de estilo habitual y panel de control debajo de ellos.
Tienen Juegos De Casino Tragamonedas Gratis
Los parámetros dan una posibilidad de indicar la velocidad del juego, ajustar el sonido y la pantalla, y también hacer otras modificaciones..
Instrucciones De La Ruleta Del Conocimiento España

NUESTRAS REDES

Judicial

Seguros de vida para personas con discapacidad no pueden contar con clausulas de exclusión

Foto del avatar

Publicado

el

La Sala de lo Constitucional desestimó un proceso contra la Ley Especial de Inclusión de las Personas con Discapacidad, en lo relativo a la regulación de los seguros de salud y vida para personas con discapacidad por la supuesta infracción a los derechos de libertad de empresa y libertad de contratación.

Hechos del proceso

El proceso de inconstitucionalidad 29-2021 fue presentado contra los artículos 54 inciso 3°, parte inicial y final, y 78 inciso 2°, parte final, de la Ley Especial de Inclusión de las Personas con Discapacidad, por la supuesta infracción a los derechos de libertad de empresa y libertad de contratación establecidos en los artículos 23 y 102 inciso 1° de la Constitución.

El artículo 54 inciso 3 establece que los contratos de seguro no podrán tener cláusulas de exclusión por motivos de considerar la discapacidad como preexistencia o prestar dichos servicios con menor calidad o incrementar los costos de los mismos, a causa de la discapacidad.

Por otra parte, el artículo 78 inciso 2 establece que las sociedades de seguros no podrán bajo ninguna distinción o exclusión basada en la condición de discapacidad, negarse a la celebración de un contrato de seguros o prestar dichos servicios con menor calidad o incrementar los costos de los mismos.

Alegaciones del demandante

El demandante argumentó que tales disposiciones violentan la libertad de contratación de las empresas, pues el valorar a una discapacidad corno variable objetiva en el cálculo de la probabilidad de acontecimiento de un riesgo asegurable es esencial para los contratos de seguros y las empresas dedicadas a brindar tal servicio, como también lo es la definición de cláusulas de exclusión de riesgos sobre los cuales la aseguradora no está en capacidad de asumir la cobertura por su elevada exposición o anticipada ocurrencia.

Así, alegó que, aunque la discapacidad y la preexistencia son conceptos distintos, hay escenarios en los que las aseguradoras requieren considerar cuáles enfermedades o condiciones pueden ser cubiertas por ciertos tipos de seguros o hasta qué monto pueden serlo.

De modo que, en ciertos supuestos, las condiciones objetivas de salud asociadas con la discapacidad, el grado de esta o su origen pueden ser decisivas en el análisis y tarificación de los seguros; sostuvo que no es equivalente la comparación entre una persona con pérdida total de audición con otra persona con ceguera u otra que padezca una enfermedad degenerativa para efectos del seguro de vida.

Resolución

Como primer punto, la Sala de lo Constitucional explicó que las regulaciones en análisis corresponden a «acciones afirmativas o positivas», acciones que son utilizadas para lograr políticas públicas, prácticas equiparadoras y restablecedoras de los derechos fundamentales para grupos excluidos y discriminados. «Así, tales acciones derivan de la naturaleza misma del deber de promoción y protección que integra al principio y derecho de igualdad».

La Sala reconoce que los artículos representan una limitación al ejercicio de los derechos de libertad de empresa y de libertad de contratación de las entidades aseguradoras. Sin embargo, es una consecuencia de una acción afirmativa y acorde con el interés social al que se sujeta la empresa y es una condición legal para ejercer la libertad de contratación constitucional.

«Se insiste en que la discapacidad no es una enfermedad y que debe considerarse también corno una construcción social relacionada con las barreras impuestas para el pleno desarrollo de las personas que encajan en este grupo vulnerable (por mencionar un ejemplo, la falta de adecuación arquitectónica por basarse en el paradigma de la persona sin discapacidad en el diseño de edificios)».

Resuelve que lo dispuesto en los arts. 54 inc. 3°, parte inicial y final, y 78 inc. 2°, parte final busca disminuir las barreras sociales que impiden que las personas con discapacidad puedan desarrollarse a plenitud. en Is condiciones iguales que el resto de las personas, y gozar de la misma forma derechos s fundamentales.

Click para comentar

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Leer más
Publicidad

Judicial

Tribunal recibe solicitudes de agrupación de 1,828 presuntos pandilleros de la MS-13

Foto del avatar

Publicado

el

El Tribunal 1° contra el Crimen Organizado de San Salvador recibió ayer la solicitud de agrupación de 1,828 presuntos integrantes de la organización criminal Mara Salvatrucha (MS-13), presentadas por la oficina fiscal de Santa Tecla.

Los acusados, vinculados a los programas Porteño y Libertad de la MS-13, enfrentan cargos por el delito de agrupaciones ilícitas en perjuicio de la paz pública, así como otros delitos conexos como tráfico ilícito y tenencia, portación o conducción ilegal e irresponsable de armas de fuego.

La investigación los relaciona con once clicas: cuatro del programa Porteño y siete del programa Libertad. Entre los acusados se encuentran individuos con rangos de corredores de programa, corredores de clica, homeboys, observación y chequeos.

Estas solicitudes de agrupación se enmarcan en el decreto legislativo N.º 803, que permite a la Fiscalía agrupar a los acusados en un mismo proceso según el territorio donde cometían los hechos delictivos.

Leer más

Judicial

Fiscalía agrupa a 2,330 miembros de la Mara Salvatrucha en Nuevos Expedientes

Foto del avatar

Publicado

el

La Fiscalía General de la República ha presentado nuevas solicitudes para agrupar a 2,330 terroristas de la Mara Salvatrucha en cuatro expedientes distintos. Estos individuos, pertenecientes a diversas clicas, han estado involucrados en extorsiones y asesinatos en varias localidades de La Libertad, San Salvador, la zona Paracentral y los departamentos del oriente del país.

Ayer, la Fiscalía presentó tres peticiones ante tribunales contra el Crimen Organizado, basadas en las áreas donde delinquían 1,202 de estos terroristas. Las solicitudes fueron realizadas según las siguientes zonas:

  1. San Salvador:
  • 383 terroristas agrupados en varios programas de clicas específicas:
    • 132 pandilleros del programa centro de la clica Paraísos Gánster Salvatruchos, operativos en la capital.
    • 104 miembros de la clica Destroyer Criminal Locos Salvatruchos, activos en Apopa.
    • 85 imputados de las clicas Cusca Locos Salvatruchos (13) y Maníacos Locos Salvatruchos (72).
    • 44 miembros de la clica Bella Vista Locos Salvatruchos, operativos en San Marcos.
  • Todos enfrentan cargos por el delito de agrupaciones ilícitas.
  1. Zona Paracentral:
  • 158 imputados pertenecientes a la clica Agua Zarca de la MS.
  1. Oriente del País:
  • 661 imputados, divididos en las siguientes clicas:
    • 135 miembros de la clica Sitios Locos Salvatruchos.
    • 232 de la clica Normandis Locos Salvatruchos.
    • 206 de la clica Parkview Locos Salvatruchos.
    • 88 de la clica Coronados Little Cycos.
  • Estos individuos también enfrentan cargos por agrupaciones ilícitas
Leer más

Judicial

Inicio del Juicio contra el expresidente Mauricio Funes por negociaciones ilícitas

Foto del avatar

Publicado

el

Ayer, el Tribunal Quinto de Sentencia de San Salvador inició el juicio contra el expresidente de la República, Mauricio Funes, quien gobernó El Salvador de 2009 a 2014 bajo la bandera del Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional (FMLN). Funes enfrenta acusaciones de realizar negociaciones ilícitas entre 2012 y 2014, específicamente en la construcción del puente San Isidro sobre el río Lempa, en Chalatenango. Se le imputa haber aceptado como dádiva una avioneta a cambio de favorecer dichas negociaciones.

La Fiscalía cuenta con una vasta cantidad de pruebas contra Funes, incluyendo más de 230 documentos, testimonios de 34 testigos y pruebas periciales. Estas pruebas serán presentadas durante el juicio para respaldar las acusaciones de casos especiales de lavado de dinero y activos. Dado el peso de las evidencias, la Fiscalía ha anunciado que solicitará la pena máxima para el exmandatario.

Mauricio Funes se encuentra en Nicaragua desde 2016, donde recibió la nacionalidad de ese país, lo que ha complicado su extradición. Funes ya ha sido condenado en ausencia en otros casos. En mayo de 2022, fue sentenciado a 14 años de prisión por delitos relacionados con una tregua entre pandillas durante su gobierno. Posteriormente, en julio de 2023, recibió una condena adicional de 6 años por defraudación fiscal.

Además de estos casos, Funes enfrenta varias acusaciones penales y civiles. Está acusado de malversar más de 351 millones de dólares de fondos estatales y de corrupción en la construcción de una represa, lo que refleja un patrón de presunta conducta delictiva durante su administración.

Leer más

Judicial

Exdiputado del FMLN y su familia demandados por enriquecimiento ilícito

Foto del avatar

Publicado

el

La Fiscalía General de la República (FGR) ha presentado una demanda civil por enriquecimiento ilícito contra el exdiputado del FMLN, Guillermo Francisco Mata Bennet, y sus dos hijos, debido a un incremento patrimonial no justificado por un monto total de $271,314.65 dólares. La acción legal fue interpuesta ante la Cámara Ambiental de Segunda Instancia de Santa Tecla por la Unidad Especializada en Delitos de Corrupción de la FGR.

Guillermo Francisco Mata Bennet, quien sirvió como diputado en dos períodos (del 1 de mayo de 2012 al 30 de abril de 2015, y del 1 de mayo de 2015 al 30 de abril de 2018), enfrenta acusaciones por inconsistencias en su patrimonio, que suman $13,270.00 dólares. Estas irregularidades incluyen depósitos bancarios en efectivo, compra de vehículos y pagos de créditos hipotecarios.

La demanda también involucra a sus hijos:

Guillermo Eduardo Mata Mayorga: se le reclama un monto de $251,675.80 dólares.

Jorge Alberto Mata Mayorga: se le reprocha la cantidad de $6,357.85 dólares.

El proceso civil se inició después de que la Corte Suprema de Justicia notificara a la FGR sobre las irregularidades en las declaraciones patrimoniales del exdiputado y sus hijos. La documentación presentada por la Fiscalía incluye información detallada sobre el patrimonio de los demandados, evidenciando 15 irregularidades que no han podido ser justificadas.

Leer más

Judicial

Fiscalía demanda a exsecretario de la presidencia por enriquecimiento ilícito

Foto del avatar

Publicado

el

La Fiscalía General de la República ha presentado una demanda civil por enriquecimiento ilícito contra Francisco José Cáceres Zaldaña, exsecretario privado de la presidencia durante la gestión del exmandatario Mauricio Funes, y su grupo familiar. La demanda asciende a un monto total de $3,892,095.46 dólares y ha sido presentada ante la Cámara Ambiental de Segunda Instancia de Santa Tecla.

Francisco José Cáceres Zaldaña, quien ocupó su cargo entre 2009 y 2014, enfrenta reclamaciones por un monto de $3,541,407.87 dólares. La Fiscalía señala 44 irregularidades relacionadas con depósitos en efectivo y cheques en cuentas de ahorro, así como pagos de préstamos y tarjetas de crédito.

La demanda también involucra a su esposa, Reina Guadalupe Flores de Cáceres, quien enfrenta acusaciones por 11 inconsistencias en depósitos a cuentas de ahorro, además de la adquisición de vehículos e inmuebles por un valor de $346,553.85 dólares. Asimismo, su hija, Mariana Cáceres Flores, es señalada por una irregularidad en depósitos a una cuenta corriente por un monto de $6,133.74 dólares.

El caso se fundamenta en un informe de la Corte Suprema de Justicia, emitido en 2024, que ordenó un juicio civil contra Cáceres Zaldaña debido a las irregularidades detectadas en sus declaraciones patrimoniales. La documentación de la demanda está compuesta por 32 piezas que detallan la información patrimonial de los implicados.

Este proceso representa un esfuerzo significativo por parte de la Fiscalía General de la República para combatir la corrupción y garantizar la transparencia en el manejo de fondos públicos. La Unidad Especializada en Delitos de Corrupción ha sido la encargada de presentar el caso, reflejando la prioridad de este tipo de investigaciones en la agenda judicial del país.

El desarrollo del juicio civil será seguido de cerca, dado que implica a un alto exfuncionario y a su familia, y podría sentar precedentes importantes en la lucha contra el enriquecimiento ilícito y la corrupción en El Salvador.

Leer más

Popular