Juegos de casinos gratis máquinas.

  1. Regístrese En La Ruleta Online Gratis En Es 2023: Sin embargo, hay juegos aún más emocionantes con gráficos 3D, animaciones, bonificaciones y botes.
  2. Tragamonedas De Juegos En Es 2023 - Es parte de la campaña de DBOSSE para redefinir los estándares en los juegos de casino móviles.
  3. Casino Mobile España: Bwin Casino es uno de los gigantes de la industria del juego en línea.

Lotto bingo electrico.

Hay Algún Bono De Registro Disponible Para Jugar Blackjack En Línea
Ocasionalmente, un bote progresivo se vuelve tan alto que la recuperación teórica rompe la barrera del 100 por ciento.
Bono De Bienvenida De Casino Virtual 500 En España
Vegas Kings Casino es un excelente sitio de juegos para los kiwis.
Todo el mundo sabe cómo jugar al blackjack, también conocido como 21, este juego es sin duda el más conocido de todos los juegos de cartas de casino y una necesidad para cualquier verdadera fiesta de casino.

Orden de las jugadas de poker.

Cómo Se Llama La Persona Que Reparte Las Cartas En Un Casino
Jumpman Gaming está de vuelta con otra gran experiencia de casino que tiene en mente el apetito de todos los jugadores de tragamonedas.
Mejor Casino Electrónico Para La Ruleta En España
Una vez más me enfrento al dilema de que Explosino se está tomando su tiempo con el pago en Skrill.
Giros Gratis Juegos De Ruleta Con Crupier En Vivo Barcelona

NUESTRAS REDES

Actualidad

Entrevista a Félix Ulloa sobre cancelación del partido CD

Publicado

el

Realizamos una entrevista al abogado Félix Ulloa, quien es asesor de Nuevas Ideas,  movimiento que está buscando una coalición con Cambio Democrático (CD).

Recientemente, la Sala de lo Constitucional emitió una sentencia donde ordena al Tribunal Supremo Electoral cumplir con el artículo 47 de la ley de Partidos Políticos, ya que en 2015 no cumplió con dicho artículo donde ordenaba cancelar los partidos que no alcanzaron los 50, mil votos. CD fue uno de ellos junto al PSD, pero no fueron cancelados.

Ahora, CD cuenta con un diputado y según el mismo artículo, un partido no debe ser cancelado si cuenta con un diputado. El TSE decidirá si cumple con ello o no, como lo hizo en el 2015.

¿Considera usted que el Tribunal Supremo Electoral tiene la capacidad para inaplicar un artículo de la Ley de Partidos Políticos?

Sí.  El Tribunal Supremo Electoral (TSE) igual que cualquier aplicador de justicia es un aplicador de la ley, por ende tienen, por mandato constitucional, la posibilidad y la facultad de inaplicar una norma que consideran que puede afectar un derecho constitucional, que es lo que llamamos un control difuso de la constitucionalidad. En nuestro país tenemos los dos sistemas; el control concentrado, que es el que realiza la Sala de lo Constitucional al declarar inconstitucional una normativa, y este tiene un valor erga omnes. Cuando el TSE decide no aplicar una norma, eso no tiene valor para todo el mundo, solo se aplica para el caso en concreto, por eso se llama inter pares.

Entonces el TSE en el 2015 decidió no aplicar el artículo 47 a Cambio Democrático (CD) y al Partido Social Demócrata (PSD) dado que les afecta derechos constitucionales, como son el pluralismo, de la representatividad y lo razonó. Porque cuando se canceló al PCN y al PDC que contaba con diputados, los cancelaron porque no existía esta norma y se aplicaba el Código Electoral, hoy ya no se puede hacer lo que se hizo en este partido. Y justamente para que no se repita eso en la Ley de Partidos Políticos se estableció que en ninguna circunstancia se cancelará un partido si tiene al menos un diputado.

El TSE no aplicó el 47 en el 2015, porque la Sala modificó las reglas del juego en el 2015. La Sala en el 2014 ya cuando se había convocado a elecciones emitió una sentencia aprobando el voto cruzado y aprobando los Consejos Municipales Plurales. Por tanto, al cambiar las reglas y tener los votos fraccionados, el partido se vio afectado debido a que el voto no valía uno, sino que fracciones, se le redujo a aproximadamente 25 mil. Por lo cual, la regla afecta al partido, porque las reglas cambiaron entre el 2013 y el 2015, tuvo que haberse ajustado la ley en ese tiempo.

Además el TSE dijo que la representatividad de tener un diputado no se había considera dentro de los consejos plurales, dado que los partidos contaban con miembros dentro de los consejos y eso significaba representatividad y en algunos casos habían ganado municipalidades. Bajo estos argumentos, que el voto se redujera a fracciones y el que ahora haya representatividad a nivel municipal cambia las reglas determinaron no aplicar el 47.

Sin embargo, la sala sobre esto no dice nada. El problema que tiene la resolución y es lo que se entra a corregir es que se tomó la decisión fue con tres votos cuando debieron ser cuatro. Entonces la Sala llega a decir que esta sentencia se tomó sin el quórum legal, por lo cual la declaró inexistente y le manda al TSE el caso, agregándole que aplique el artículo 47 dado que no es inconstitucional.

Entonces el TSE tiene dos cosas que hacer: la primera aplicar el artículo 47, es decir, examinar que el PSD no tiene ningún diputado y no alcanzó 50 mil votos, hay que cancelarlo; pero el CD tiene un diputado y según el artículo 47 inciso último no lo puede cancelar. Y lo segundo es tomar la decisión con cuatro votos. De cancelar al CD estaría violentando el artículo 47 que la misma Sala le ha ordenado cumplir.

Al CD no lo pueden cancelar, lo que puede quedar es en el limbo de no alcanzar los cuatro votos en la resolución del TSE. Y es la crítica que se le hace a la Sala, no es por la sentencia, es porque la Sala cuando se le envió el caso, según el artículo 77 de la Ley de Procedimientos Constitucionales (LPC) tenía 15 días para resolver, que puede ser extendido a un máximo de 10 días. Si no lo resolvió ya el caso causó estado, o sea que ya no se tuvo que haber conocido. Entonces han creado una crisis política, una crisis de seguridad jurídica para el CD.  

Y si se habla de la relevancia que tiene al poder existir un candidato presidencial con esa bandera, entonces se habla que lo hicieron porque Nayib dijo que se iba a inscribir en el CD. Porque cuando Calleja se reunió con el CD y estos le dijeron que no, esa misma semana el caso salió en la Sala, entonces se generan los cuestionamiento hacia la Sala.

Y sobre el magistrado que salió hablando que querían resolver todos los casos antes de irse, se habla de aquellos casos que no tienen plazo, por ejemplo los amparos no tiene plazo, pero en esta si existe un plazo para el cumplimiento. Y esto no es una casualidad.

 

De no haber resuelto en este tiempo, ¿el CD podría haberse visto afectado en el futuro ya con su candidato?

Es que ya no se podía, ningún juez puede avocarse a causas fenecidas y esta ya se había cerrado. La pregunta recae en ¿Por qué la Sala ha resuelto tres años después? Y aquí puede existir responsabilidades para ellos, porque la constitución señala en su exposición de motivos que las sentencias de la Sala de lo Constitucional son de carácter político y tiene efectos políticos. Entonces cuando un magistrado o una Sala decide tomar una decisión, sabe que los efectos son de carácter político, no pueden decir que lo hicieron por una cuestión legal. Ahora lo que generó ya no es cosa nuestra. Claro que es cosa de ellos, porque deben valorar el impacto político de la sentencia.

Entonces cuando ellos resuelven este caso, aunque la sentencia esté bien hecha, los efectos políticos que genera también se deben considerar y lo es lo que ha generado este ambiente de confrontación. Hubiera sido lo más responsable no resolver, este tema ya estaba fenecido. El tribunal actuó mal en 2015, porque tomó una decisión sin el quórum necesario, pero un error no se corrige con otro error. El paso del tiempo ya había sido subsanado el error. En especial porque los resultados del 4 de marzo han dado la representatividad al CD.

Cuando la Sala ordena a la Asamblea le da un plazo para actuar, pero en este caso no lo ponen y eso genera sospecha. El TSE podrá actuar cuando ellos quieran y ahí pueden pasar meses, sin importar la coyuntura. Ahora, ellos sabían el impacto que iba a tener esto, por los tiempos electorales tuvieron que haberle dicho al tribunal el tiempo para hacerlo. Si lo hubieran dicho así todos habría dicho que lo hicieron sin ningún sesgo, pero cuando lo dicen «ahí les va, vean que hacen» se queda la cuestión como si fuera un juego entre ellos. 

 

Como asesor de Nueva Ideas, ¿Qué pasa ahora?

Pues a mí no me han preguntado que hacer, yo he dado mi opinión, pero a mí no me ha llamado Nayib ni nadie de Nuevas Ideas, pensé que ayer (miércoles) me iban a llamar para algo.

La gente del CD es la que me ha estado llamando sobre la situación y yo solo puedo decirle que no sé, hay que esperar que dice Nayib o los dirigentes del partido.

 

Si en este caso los magistrados del TSE deciden cancelar el CD…

Si ellos cometen eso estarían realizando prevaricato al actuar al contrario de una ley.

 

y ¿si el TSE tarda en dar su respuesta? 

Eso va a hacer. Podrá ver que dentro de un mes va a decir que el CD no se puede cancelar, pero ya habrá pasado el tiempo para el partido. El truco y la clave está en que la Sala no le dio tiempo para actuar, las reglas no están claras. No se sabe cuándo va a resolver el TSE.

 

y ¿Cuál podría ser el futuro de Nuevas Ideas a partir de ahora? 

El partido lo van a inscribir, lo más probable es que el partido no estará en las elecciones del 2019, pero estará listo para las elecciones legislativas y municipales. El problema no es el partido Nueva Ideas, es el candidato al que se le ha hecho todo lo posible para sacarlo de la contienda. Que fue lo que expresó Martel ayer (miércoles) sobre la propuesta que le hizo Calleja de aliarse con ellos.

 

¿Podría el TSE no aplicar el artículo 47 en su inciso final para cancelar al CD?

Sí, pero no es porque se les ocurre, deben fundamentarse en diferentes derechos constitucionales. El TSE tiene la capacidad de inaplicar normativa, si consideran que se violenta derechos, pero deben fundamentarse y enviarlo a la Sala de lo Constitucional para que también controle eso.

 

¿Cuál es su valoración sobre los 50 mil votos que establece la Ley de Partidos como barrera electoral? 

  Personalmente me parece muy baja. En otros países he ayudado en leyes electorales y a lo que se le llama barreras, se ponen para que se garantice que los partidos que van a estar en el sistema tenga apoyo popular, pero si pones muy baja la barrera se crea demasiados partidos. Cuando yo llegué a Haití me encontré con casi 100 partidos políticos, cuando fui al Congo encontré 251 partidos políticos, eso es una locura total. Hay que poner barreras que respondan a lo población. A mí eso me pareció una viveza por parte del PCN y PDC de poner en ley eso de si consigue un diputado ya no los cancela. 

 

Entonces, será decisión del TSE 

Ni tanto, porque si el TSE decide no aplicar el artículo debe alegar la violación a un derecho constitucional y en este momento no existe ninguno.

 

Si el TSE decidiera cancelar al CD ¿Qué se podría hacer?

Ir a ponerle una denuncia a la Fiscalía por actos arbitrarios, ya que estarían cancelando un partido que no pueden cancelar.

Como conclusión esperamos que funcione el estado de derecho, que las instituciones funcionen de acuerdo a los valores democráticos y el bien común. Y la crisis que se ha generado ahora, que  el TSE tenga la sabiduría de resolver. Y que la ausencia de un parámetro de temporalidad en la sentencia de la Sala permite que el TSE use discrecionalmente el tiempo, porque en otros casos la Sala ha puesto plazos y términos para que la autoridad resuelva y eso hubiera sido lo ideal. Esperemos que el TSE actúe lo más pronto posible.

Click para comentar

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Leer más
Publicidad

Actualidad

Capacítate en las implicaciones teóricas y prácticas de la Ley de Procedimientos Administrativos

Foto del avatar

Publicado

el

Bajo el objetivo de ofrecer una visión especializada del articulado de la Ley de Procedimientos Administrativos, con un enfoque centrado en la práctica, interpretación y relación con otros cuerpos legales que regulan las relaciones de la administración pública con la población,  Derecho y Negocios anuncia el curso especializado “Estudio Exegético De La Ley De Procedimientos Administrativos”. 

Un estudio exegético consiste en un método de hermenéutica jurídica que se basa en hacer una paráfrasis directa del texto; es tomar casi textualmente lo que dice la ley, y así aplicarlo a otros cuerpos normativos haciendo mención de la doctrina mas representativa y de los pronunciamientos jurisprudenciales que se tienen hasta el momento.

El seminario se realizará de manera virtual en la plataforma Zoom con una duración de 15 horas de capacitación continúa, estas serán divididas en cinco sesiones de dos horas y media de 6:30 P.M a 9:00 P.M y una de 9:30 A.M a 12:00 P.M, del cuatro al catorce de julio.

El curso especializado “Estudio Exegético De La Ley De Procedimientos Administrativos” ofrecerá un estudio profundo tomando de referencia la doctrina y las líneas jurisprudenciales más representativa hasta el momento.

Temario a desarrollar:

  • Normas generales y empleo de las nuevas tecnologías
  • Régimen jurídico del acto administrativo
  • Invalidez del acto administrativo
  • Régimen de la administración y del servidor público
  • Regulación de la responsabilidad patrimonial
  • Procedimiento administrativo
  • Potestad sancionadora
  • Potestad normativa

Dirigido a servidores públicos, gerentes de departamentos legales de empresas, áreas jurídicas de instituciones públicas, abogados en el libre ejercicio, colaboradores judiciales, estudiantes de derecho y para cualquier interesado en comprender las implicaciones teóricas y prácticas de la Ley de Procedimientos Administrativos.

El costo de inversión: $65.00. Pero de inscribirse antes del 10 de junio recibe un descuento de 25%. Así también, se cuenta con descuentos para estudiantes en nivel de licenciatura y empleados públicos.

El pago puede realizarse por medio de depósito o transferencia a cuenta del Banco de América Central, a nombre de Editorial DyN, S.A, de C.V. #200851947, o por medio, de compra directa con tarjeta de crédito o débito en la aplicación Descuentazo.  Para más información escribirnos al correo comunicaciones@derechoynegocios.net o al WhatsApp 7587 8312.

La Ley de Procedimientos Administrativos (LPA) entró en vigencia el año  pasado; sin embargo, aún existen zonas de confusión dentro de los abogados y de la propia administración pública, esta actividad vendría a aclarar el funcionamiento de dicha normativa.

Leer más

Actualidad

Inscríbete y participa en los Premios DyN este 20 de noviembre

Foto del avatar

Publicado

el

Derecho y Negocios se prepara para entregar los Premios DyN de este año, en virtud de ello ya se han publicado las bases de participación que todas las firmas deben completar para participar y lograr obtener uno los premios a entregar.

Esto durante la celebración de su decimo segunda gala de aniversario. Reconocidas firmas serán galardonadas por su desempeño laboral durante el presente año, a la vez, se reconocerá la trayectoria de empresarios y personas jurídicas de El Salvador.

Las bases pasan por un riguroso proceso evaluativo realizado por la firma auditora KPMG, en el cual se asegura la transparencia y objetividad de todo el proceso.

Los premios reúnen a reconocidos abogados, empresarios, diplomáticos, funcionarios y más; así también, a las firmas legales más influyentes a nivel nacional, quienes compiten por obtener uno de los codiciados premios que se entregarán esa noche.

Este año Premios DyN serán divididos en 12 categorías:

  • Firma en Derecho Corporativo
  • Firma en Derecho Bancario y Financiero
  • Firma en Litigios
  • Firma en Propiedad Intelectual
  • Firma del Año
  • Firma Legal Especializada
  • Firma Más Valorada Por Sus Clientes
  • Firma con Mayor Crecimiento
  • Firma en Derecho Tributario
  • Departamento Legal Empresarial
  • Proyección Profesional
  • Abogada del Año

En la misma noche se entregarán reconocimientos a diferentes personalidades por su labor para el país durante el presente año,  divididos en las categorías: Empresario Más influyente del Año, Trayectoria Empresarial del Año, Funcionario Más destacado del Año, Institución Pública Más Destacada del Año, Fundación Más Destacada del Año.

Leer más

Actualidad

TAG Airlines es reconocida como una de las 10 compañías más seguras para viajar

Foto del avatar

Publicado

el

TAG Airlines, empresa guatemalteca con 50 años de trayectoria prestando servicios de aviación comercial y privada, ha sido seleccionada para formar parte de la Asociación Latinoamericana y del Caribe del Transporte Aéreo – ALTA-, una organización privada sin fines de lucro, la cual tiene como objetivo unir esfuerzos junto a otras empresas miembro para facilitar el desarrollo de un trasporte aéreo más seguro, eficiente y amigable con el medio ambiente. 

Este reconocimiento forma parte de la reciente certificación de seguridad operacional ISSA que obtuvo TAG Airlines, tras haber participado en el programa promovido conjuntamente por ALTA y la Asociación Internacional de Transporte Aéreo -IATA- por sus siglas en inglés. Así mismo, esto coincide con el inicio de su proceso de certificación IOSA, un sistema de evaluación reconocido y aceptado internacionalmente diseñado para evaluar los sistemas de gestión y control de operaciones de una compañía aérea.

“Para TAG Airlines es motivo de orgullo y satisfacción ya que ALTA juega un importante papel en el sector de la aviación comercial en Latinoamérica.  Para TAG y para la industria este 2021 es un año de recuperación, estamos trabajando muy fuerte para ofrecer mejor y mayor conectividad, tenemos muchos proyectos que incluyen la ampliación de nuestra red de rutas en Centro América y la incorporación de nuevas aeronaves que nos permitirán ofrecer un mejor producto al mercado”, comentó Julio Gamero, CEO de TAG Airlines.  “Formar parte de ALTA es un gran paso para nosotros, porque nos permitirá continuar trabajando en nuevos proyectos que impulsen el desarrollo económico, tanto de Guatemala como de todos los países en donde tenemos presencia, como Honduras y El Salvador”, agregó Gamero.

El Programa ISSA es una herramienta que busca fortalecer los índices de seguridad operacional en la aviación civil de América Latina y el Caribe. A través de esta iniciativa, ALTA ha convocado a más de una docena de aerolíneas en la región y hasta hoy, de las 10 aerolíneas certificadas ISSA, nueve están basadas en la región y seis son miembros de ALTA. 

“Celebro la llegada de TAG Airlines a ALTA. Su operación en Centroamérica, crecimiento consistente y equipo comprometido son merecedores de reconocimiento. Estoy seguro de que su participación en las iniciativas de ALTA será de mucho valor para continuar recuperando la conectividad en nuestra región y llevar los beneficios que genera la aviación a más lugares y más personas”, comenta José Ricardo Botelho, Director Ejecutivo & CEO de ALTA.

Actualmente TAG Airlines, opera 12 rutas nacionales e internacionales en Guatemala, El Salvador, Honduras, Belice y muy pronto al sur de México con una flota de 15 aeronaves Turbo Prop y un Jet ERJ 145.

Leer más

Actualidad

Mayoría de la población desconoce la Ley Bitcoin

Foto del avatar

Publicado

el

Un reciente estudio de la Universidad Francisco Gavidia (UFG) reveló que la mayoría de la población desconoce la Ley Bitcoin, con la cual dicha criptomoneda se volverá divisa de curso legal en El Salvador a partir del próximo 7 de septiembre.

«La mayoría de la población, con un 68.4 %, desconoce la Ley del Bitcoin que entrará en rigor en septiembre. El 21.9 % conoce algo y solo el 9.6 % dice haberla visto y leído», apuntan los resultados del estudio, que además destaca que solo un 4 % de la población afirma haber hecho alguna transacción usando el Bitcoin.

Ante la inminente entrada en vigor de la ley, las empresas de todo tamaño necesitan prepararse. La revista Derecho y Negocios ha organizado un desayuno taller para abarcar varios aspectos vinculados con la ley, de modo que contadores, financieros y representantes legales de las empresas sepan qué áreas afectará la nueva disposición.

Además, se aprenderá a usar billeteras electrónicas y a hacer transacciones con satoshi, la medida fraccionaria del Bitcoin. El desayuno taller se realizará este viernes 16 de julio de 2021, a las 8:00 a.m., en el Hotel Sheraton Presidente.

El taller práctico estará a cargo de Darvin Otero, Blockchain Developer, Serial Tech Entrepreneur y consultor en innovación con más de 20 años de experiencia en la industria del software y transformación digital, es Ingeniero en Sistemas Informáticos y con Maestría en Administración de Negocios.  Ha creado productos como Aeegle, Zumpul, Insidey que son utilizados por más de 1,000 empresas y 90K Usuarios en todo el mundo.

Actualmente trabaja en @NorttechLabs con empresas nacionales e internacionales en campos como Open Banking, Arquitectura de APIs y Microservicios, Desarrollo para Blockchain y Bitcoin. Con él, los asistentes instalarán sus e-wallet y recibirán transferencias de satoshi para poderse familiarizar con el sistema.

También participará Carlos Miguel Rivas, encargado de Business Development de Athena Bitcoin en El Salvador, la empresa que instalará 1,500 ATM para poder operar con Bitcoin.

Para hablar sobre las implicaciones legales y contables del uso del Bitcoin estará presente Héctor Torres, socio en Torres Legal, y especialista Fintech y Legaltech. Para explicar los posibles efectos del uso del Bitcoin en la parte tributaria, participará Eduardo Amaya, socio director de Auditaxes El Salvador.

Para más información escribirnos al correo comunicaciones@derechoynegocios.net o al WhatsApp 7587 8312.

Leer más

Actualidad

¿Cómo afectará a la operación de mi empresa la implementación del Bitcoin?

Foto del avatar

Publicado

el

A partir del 7 de septiembre entra en vigor la Ley del Bitcoin, que vuelve a esta criptomoneda una divisa de curso legal en El Salvador. ¿Qué cambios implicará esto en la operación de mi empresa, en lo legal, tributario, financiero y contable? ¿Cómo puedo prepararme para este cambio?

Estas preguntas se responderán este viernes 16 de julio, en un desayuno taller con especialistas sobre el uso del Bitcoin, quienes explicarán las implicaciones legales y contables de su implementación. Revista Derecho y Negocios ha organizado esta actividad, en la que además los participantes aprenderán cómo instalar y usar una e-wallet, y harán operaciones en satoshi, las unidades fraccionarias del Bitcoin.

El taller práctico estará a cargo de Darvin Otero, Blockchain Developer, Serial Tech Entrepreneur y consultor en innovación con más de 20 años de experiencia en la industria del software y transformación digital, es Ingeniero en Sistemas Informáticos y con Maestría en Administración de Negocios.  Ha creado productos como Aeegle, Zumpul, Insidey que son utilizados por más de 1,000 empresas y 90K Usuarios en todo el mundo.

Actualmente trabaja en @NorttechLabs con empresas nacionales e internacionales en campos como Open Banking, Arquitectura de APIs y Microservicios, Desarrollo para Blockchain y Bitcoin. Con él, los asistentes instalarán sus e-wallet y recibirán transferencias de satoshi para poderse familiarizar con el sistema.

También participará Carlos Miguel Rivas, encargado de Business Development de Athena Bitcoin en El Salvador, la empresa que instalará 1,500 ATM para poder operar con Bitcoin.

Para hablar sobre las implicaciones legales y contables del uso del Bitcoin estará presente Héctor Torres, socio en Torres Legal, y especialista Fintech y Legaltech. Para explicar los posibles efectos del uso del Bitcoin en la parte tributaria, participará Eduardo Amaya, socio director de Auditares El Salvador.

Para más información escribirnos al correo comunicaciones@derechoynegocios.net o al WhatsApp 7587 8312.

Leer más

Popular