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En respeto a la elección de candidatos por el gremio de abogados

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Artículo de opinión*

Recientemente he visto noticias sobre que el Consejo Nacional de la Judicatura (CNJ), debe depurar la lista de los 15 elegidos por la Federación de Asociaciones de Abogados de El Salvador (FEDAES). Han surgido diversos apoyos en esa misma dirección y eso preocupa.

Esta es una reflexión jurídica legal del porqué considero que el CNJ no puede ni revisar ni “depurar” la lista de candidatos a magistrados provenientes del gremio de abogados.

Si de algo estoy convencido, luego de documentar la evolución histórica del mecanismo de elección de magistrados a la CSJ desde la Constitución de 1983, la transformación pactada con los Acuerdos de Chapultepec desde la nueva Ley del CNJ y otras reformas posteriores sobre el tema, es que desde siempre se ha buscado instaurar un mecanismo de elección que nos permita como sociedad evolucionar en dirección a rechazar la concurrente politización en la elección de magistrados y jueces, versión que la historia ha confirmado de manera concluyente.

El mecanismo de elección de magistrados de corte por el cual finalmente el constituyente y el legislador se decidieron y que rige hasta esta fecha, nos guste o no, fue aquel que permitió a dos colectivos de naturaleza diversa conformar una lista de 30 candidatos, 15 por cada colectivo.

Estos son seleccionados a través de procedimientos diferenciados e independientes en organización, administración y supervisión. Una parte provendría por la vía democrática del demos de abogados, y la otra “confiada” al CNJ. El desarrollo del artículo 186 de la Constitución, vía Ley del CNJ no deja dudas sobre la autonomía de ambos colectivos en el resultado de la selección de cada una de sus listas

Ante tal claridad, creo que el punto por el que transita la fabricada confusión estriba en el manual de septiembre de 2017 y en el reglamento de la Ley del CNJ. Este último incorporó en su artículo 72: “El Pleno del Consejo revisará la lista parcial de los abogados electos por los abogados (…)” constatando si cumplen con los requisitos establecidos en la ley y este reglamento. Con una fórmula más premeditada -art. 44- lo hizo el manual de selección en 2017. Es desde esa ingeniosa perspectiva que algunos han intentado articular la conclusión que el CNJ tiene potestades de control sobre el cumplimiento o no de los requisitos de aquellos candidatos proveniente de la lista de la FEDAES; nada más alejado de la verdad.

Lo que sobresale de la redacción del artículo 72 relacionado -y del 44 del manual- es una elaboración que ex profeso deforma y altera de un modo dramático el contenido del artículo 56 de la ley que desarrolla. Si de toda la comunidad jurídica es sabido que el reglamento -menos aún un manual- solo tiene posibilidades de desarrollar lo que manda la ley en sentido formal, utilizando un simple criterio de jerarquía normativa, no vemos cómo puede llegar a ser legal o constitucionalmente legítimo que un reglamento o un manual puedan conferir nuevas atribuciones e invadir aquellas que expresa y deliberadamente han sido asignadas a otro actor igual de protagónico de la trama, la FEDAES.

La única y excepcional posibilidad que existe para incidir en la revisión de la lista elaborada por la FEDAES -decidida democráticamente por el gremio– que le permite al CNJ solicitar nuevos candidatos, es cuando uno electo no apareciere inscrito en el registro especial de abogados elegibles (art 56 L CNJ). En palabras simples, se redujo legal y expresamente al CNJ su posibilidad de incidencia a un solo supuesto, estrictamente formal y puntual.

Fuera de este, salvo reforma de ley, ningún instrumento normativo de inferior jerarquía puede venir a ampliar los supuestos descritos en la ley y, menos aún, con la intención de conferirse a sí misma atribuciones que ya le fueron confiadas por ley a otra distinta, la FEDAES. Así, aunque coincido con el sector que sostiene la necesidad que todos los candidatos deben demostrar una trayectoria de verdadera independencia para ocupar una magistratura de corte, discrepo con la institución a quien pretenden conferirle dichas atribuciones y, más aún, critico el frágil argumento con el cual se intenta defender esa infundada conjetura.

Es válido concluir sí, que uno de los filtros diseñados para controlar la decisión del gremio de abogados -la FEDAES- no funcionó adecuadamente, eso es aceptable y objeto de debate. Pero de eso a disfrazar las premisas bajo el ropaje de un reglamento y un manual para llegar a una conclusión que permita crear otro filtro sin base legal, desnaturalizando y contradiciendo el espíritu mismo del mecanismo dual preferido por el constituyente y el legislador, me parece no solo desatinado sino peligroso. Mecanismos procesales hay y todos sabemos cuál es el idóneo. Evalúo la coyuntura como una propicia prueba final para que la Sala de lo Constitucional eventualmente pueda resolver si en realidad concurre o no un caso típico de afiliación partidaria material en alguno de los candidatos de cualquiera de ambas listas.

Finalmente, quisiera estimular su capacidad reflexiva para que interpreten con objetividad la historia y se permitan reconstruirla, para concluir que no existe certeza ni garantía que aquellos candidatos que resulten seleccionados por la lista del CNJ tendrán mejores cualidades profesionales, académicas, personales o menos compromisos partidarios que muchos de los elegidos por el gremio de abogados. Eso es una cuestión que aún está por verse.

 

*Artículo escrito por  José Ernesto Clímaco Valiente. Abogado y notario, experto en derecho constitucional. Actualmente,  Jefe de la Unidad Jurídica Legal de la Corte Suprema de Justicia.

Las opiniones vertidas en el presente artículo son de exclusividad del autor, mas no de la institución a la que representa.

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Capacítate en las implicaciones teóricas y prácticas de la Ley de Procedimientos Administrativos

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Bajo el objetivo de ofrecer una visión especializada del articulado de la Ley de Procedimientos Administrativos, con un enfoque centrado en la práctica, interpretación y relación con otros cuerpos legales que regulan las relaciones de la administración pública con la población,  Derecho y Negocios anuncia el curso especializado “Estudio Exegético De La Ley De Procedimientos Administrativos”. 

Un estudio exegético consiste en un método de hermenéutica jurídica que se basa en hacer una paráfrasis directa del texto; es tomar casi textualmente lo que dice la ley, y así aplicarlo a otros cuerpos normativos haciendo mención de la doctrina mas representativa y de los pronunciamientos jurisprudenciales que se tienen hasta el momento.

El seminario se realizará de manera virtual en la plataforma Zoom con una duración de 15 horas de capacitación continúa, estas serán divididas en cinco sesiones de dos horas y media de 6:30 P.M a 9:00 P.M y una de 9:30 A.M a 12:00 P.M, del cuatro al catorce de julio.

El curso especializado “Estudio Exegético De La Ley De Procedimientos Administrativos” ofrecerá un estudio profundo tomando de referencia la doctrina y las líneas jurisprudenciales más representativa hasta el momento.

Temario a desarrollar:

  • Normas generales y empleo de las nuevas tecnologías
  • Régimen jurídico del acto administrativo
  • Invalidez del acto administrativo
  • Régimen de la administración y del servidor público
  • Regulación de la responsabilidad patrimonial
  • Procedimiento administrativo
  • Potestad sancionadora
  • Potestad normativa

Dirigido a servidores públicos, gerentes de departamentos legales de empresas, áreas jurídicas de instituciones públicas, abogados en el libre ejercicio, colaboradores judiciales, estudiantes de derecho y para cualquier interesado en comprender las implicaciones teóricas y prácticas de la Ley de Procedimientos Administrativos.

El costo de inversión: $65.00. Pero de inscribirse antes del 10 de junio recibe un descuento de 25%. Así también, se cuenta con descuentos para estudiantes en nivel de licenciatura y empleados públicos.

El pago puede realizarse por medio de depósito o transferencia a cuenta del Banco de América Central, a nombre de Editorial DyN, S.A, de C.V. #200851947, o por medio, de compra directa con tarjeta de crédito o débito en la aplicación Descuentazo.  Para más información escribirnos al correo comunicaciones@derechoynegocios.net o al WhatsApp 7587 8312.

La Ley de Procedimientos Administrativos (LPA) entró en vigencia el año  pasado; sin embargo, aún existen zonas de confusión dentro de los abogados y de la propia administración pública, esta actividad vendría a aclarar el funcionamiento de dicha normativa.

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Inscríbete y participa en los Premios DyN este 20 de noviembre

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Derecho y Negocios se prepara para entregar los Premios DyN de este año, en virtud de ello ya se han publicado las bases de participación que todas las firmas deben completar para participar y lograr obtener uno los premios a entregar.

Esto durante la celebración de su decimo segunda gala de aniversario. Reconocidas firmas serán galardonadas por su desempeño laboral durante el presente año, a la vez, se reconocerá la trayectoria de empresarios y personas jurídicas de El Salvador.

Las bases pasan por un riguroso proceso evaluativo realizado por la firma auditora KPMG, en el cual se asegura la transparencia y objetividad de todo el proceso.

Los premios reúnen a reconocidos abogados, empresarios, diplomáticos, funcionarios y más; así también, a las firmas legales más influyentes a nivel nacional, quienes compiten por obtener uno de los codiciados premios que se entregarán esa noche.

Este año Premios DyN serán divididos en 12 categorías:

  • Firma en Derecho Corporativo
  • Firma en Derecho Bancario y Financiero
  • Firma en Litigios
  • Firma en Propiedad Intelectual
  • Firma del Año
  • Firma Legal Especializada
  • Firma Más Valorada Por Sus Clientes
  • Firma con Mayor Crecimiento
  • Firma en Derecho Tributario
  • Departamento Legal Empresarial
  • Proyección Profesional
  • Abogada del Año

En la misma noche se entregarán reconocimientos a diferentes personalidades por su labor para el país durante el presente año,  divididos en las categorías: Empresario Más influyente del Año, Trayectoria Empresarial del Año, Funcionario Más destacado del Año, Institución Pública Más Destacada del Año, Fundación Más Destacada del Año.

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TAG Airlines es reconocida como una de las 10 compañías más seguras para viajar

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TAG Airlines, empresa guatemalteca con 50 años de trayectoria prestando servicios de aviación comercial y privada, ha sido seleccionada para formar parte de la Asociación Latinoamericana y del Caribe del Transporte Aéreo – ALTA-, una organización privada sin fines de lucro, la cual tiene como objetivo unir esfuerzos junto a otras empresas miembro para facilitar el desarrollo de un trasporte aéreo más seguro, eficiente y amigable con el medio ambiente. 

Este reconocimiento forma parte de la reciente certificación de seguridad operacional ISSA que obtuvo TAG Airlines, tras haber participado en el programa promovido conjuntamente por ALTA y la Asociación Internacional de Transporte Aéreo -IATA- por sus siglas en inglés. Así mismo, esto coincide con el inicio de su proceso de certificación IOSA, un sistema de evaluación reconocido y aceptado internacionalmente diseñado para evaluar los sistemas de gestión y control de operaciones de una compañía aérea.

“Para TAG Airlines es motivo de orgullo y satisfacción ya que ALTA juega un importante papel en el sector de la aviación comercial en Latinoamérica.  Para TAG y para la industria este 2021 es un año de recuperación, estamos trabajando muy fuerte para ofrecer mejor y mayor conectividad, tenemos muchos proyectos que incluyen la ampliación de nuestra red de rutas en Centro América y la incorporación de nuevas aeronaves que nos permitirán ofrecer un mejor producto al mercado”, comentó Julio Gamero, CEO de TAG Airlines.  “Formar parte de ALTA es un gran paso para nosotros, porque nos permitirá continuar trabajando en nuevos proyectos que impulsen el desarrollo económico, tanto de Guatemala como de todos los países en donde tenemos presencia, como Honduras y El Salvador”, agregó Gamero.

El Programa ISSA es una herramienta que busca fortalecer los índices de seguridad operacional en la aviación civil de América Latina y el Caribe. A través de esta iniciativa, ALTA ha convocado a más de una docena de aerolíneas en la región y hasta hoy, de las 10 aerolíneas certificadas ISSA, nueve están basadas en la región y seis son miembros de ALTA. 

“Celebro la llegada de TAG Airlines a ALTA. Su operación en Centroamérica, crecimiento consistente y equipo comprometido son merecedores de reconocimiento. Estoy seguro de que su participación en las iniciativas de ALTA será de mucho valor para continuar recuperando la conectividad en nuestra región y llevar los beneficios que genera la aviación a más lugares y más personas”, comenta José Ricardo Botelho, Director Ejecutivo & CEO de ALTA.

Actualmente TAG Airlines, opera 12 rutas nacionales e internacionales en Guatemala, El Salvador, Honduras, Belice y muy pronto al sur de México con una flota de 15 aeronaves Turbo Prop y un Jet ERJ 145.

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Mayoría de la población desconoce la Ley Bitcoin

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Un reciente estudio de la Universidad Francisco Gavidia (UFG) reveló que la mayoría de la población desconoce la Ley Bitcoin, con la cual dicha criptomoneda se volverá divisa de curso legal en El Salvador a partir del próximo 7 de septiembre.

«La mayoría de la población, con un 68.4 %, desconoce la Ley del Bitcoin que entrará en rigor en septiembre. El 21.9 % conoce algo y solo el 9.6 % dice haberla visto y leído», apuntan los resultados del estudio, que además destaca que solo un 4 % de la población afirma haber hecho alguna transacción usando el Bitcoin.

Ante la inminente entrada en vigor de la ley, las empresas de todo tamaño necesitan prepararse. La revista Derecho y Negocios ha organizado un desayuno taller para abarcar varios aspectos vinculados con la ley, de modo que contadores, financieros y representantes legales de las empresas sepan qué áreas afectará la nueva disposición.

Además, se aprenderá a usar billeteras electrónicas y a hacer transacciones con satoshi, la medida fraccionaria del Bitcoin. El desayuno taller se realizará este viernes 16 de julio de 2021, a las 8:00 a.m., en el Hotel Sheraton Presidente.

El taller práctico estará a cargo de Darvin Otero, Blockchain Developer, Serial Tech Entrepreneur y consultor en innovación con más de 20 años de experiencia en la industria del software y transformación digital, es Ingeniero en Sistemas Informáticos y con Maestría en Administración de Negocios.  Ha creado productos como Aeegle, Zumpul, Insidey que son utilizados por más de 1,000 empresas y 90K Usuarios en todo el mundo.

Actualmente trabaja en @NorttechLabs con empresas nacionales e internacionales en campos como Open Banking, Arquitectura de APIs y Microservicios, Desarrollo para Blockchain y Bitcoin. Con él, los asistentes instalarán sus e-wallet y recibirán transferencias de satoshi para poderse familiarizar con el sistema.

También participará Carlos Miguel Rivas, encargado de Business Development de Athena Bitcoin en El Salvador, la empresa que instalará 1,500 ATM para poder operar con Bitcoin.

Para hablar sobre las implicaciones legales y contables del uso del Bitcoin estará presente Héctor Torres, socio en Torres Legal, y especialista Fintech y Legaltech. Para explicar los posibles efectos del uso del Bitcoin en la parte tributaria, participará Eduardo Amaya, socio director de Auditaxes El Salvador.

Para más información escribirnos al correo comunicaciones@derechoynegocios.net o al WhatsApp 7587 8312.

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¿Cómo afectará a la operación de mi empresa la implementación del Bitcoin?

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A partir del 7 de septiembre entra en vigor la Ley del Bitcoin, que vuelve a esta criptomoneda una divisa de curso legal en El Salvador. ¿Qué cambios implicará esto en la operación de mi empresa, en lo legal, tributario, financiero y contable? ¿Cómo puedo prepararme para este cambio?

Estas preguntas se responderán este viernes 16 de julio, en un desayuno taller con especialistas sobre el uso del Bitcoin, quienes explicarán las implicaciones legales y contables de su implementación. Revista Derecho y Negocios ha organizado esta actividad, en la que además los participantes aprenderán cómo instalar y usar una e-wallet, y harán operaciones en satoshi, las unidades fraccionarias del Bitcoin.

El taller práctico estará a cargo de Darvin Otero, Blockchain Developer, Serial Tech Entrepreneur y consultor en innovación con más de 20 años de experiencia en la industria del software y transformación digital, es Ingeniero en Sistemas Informáticos y con Maestría en Administración de Negocios.  Ha creado productos como Aeegle, Zumpul, Insidey que son utilizados por más de 1,000 empresas y 90K Usuarios en todo el mundo.

Actualmente trabaja en @NorttechLabs con empresas nacionales e internacionales en campos como Open Banking, Arquitectura de APIs y Microservicios, Desarrollo para Blockchain y Bitcoin. Con él, los asistentes instalarán sus e-wallet y recibirán transferencias de satoshi para poderse familiarizar con el sistema.

También participará Carlos Miguel Rivas, encargado de Business Development de Athena Bitcoin en El Salvador, la empresa que instalará 1,500 ATM para poder operar con Bitcoin.

Para hablar sobre las implicaciones legales y contables del uso del Bitcoin estará presente Héctor Torres, socio en Torres Legal, y especialista Fintech y Legaltech. Para explicar los posibles efectos del uso del Bitcoin en la parte tributaria, participará Eduardo Amaya, socio director de Auditares El Salvador.

Para más información escribirnos al correo comunicaciones@derechoynegocios.net o al WhatsApp 7587 8312.

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