Judicial
Ciudadanos impugnan artículo del Código Civil por derechos de herederos no nacidos
Ciudadanos cuestionan disposición que regula derechos de herederos no nacidos y su compatibilidad con la Constitución
La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia admitió una demanda de inconstitucionalidad presentada por los ciudadanos Keyri Yudith Reyes Mejía, Katherine Vanessa Ramos Flores, Carlos José Orellana Ramos, Víctor Manuel Lovo Sánchez y Eduardo Andreé Romero Zúniga.
La demanda, identificada con la referencia 36-2024, cuestiona la constitucionalidad del artículo 963, inciso 3, del Código Civil de El Salvador. Según los demandantes, dicha disposición vulnera los artículos 1, inciso 2, y 22 de la Constitución, relacionados con la protección de la vida y los derechos de propiedad.
El artículo establece:
Art. 963.- Para ser capaz de suceder es necesario existir al tiempo de abrirse la sucesión; salvo que se suceda por derecho de transmisión, según el artículo 958, pues entonces bastará existir al abrirse la sucesión de la persona por quien se transmite la herencia o legado.
[…] Con todo, las asignaciones a personas que al tiempo de abrirse la sucesión no existen, pero se espera que existan, no se invalidarán por esta causa si existieren dichas personas antes de expirar los treinta años subsiguientes a la apertura de la sucesión
El principal argumento de los demandantes se centra en la supuesta ambigüedad del artículo en cuestión. Según el artículo 963, inciso 3, las asignaciones hereditarias a personas que aún no han nacido no se invalidarán si estas llegan a existir antes de que transcurran treinta años desde la apertura de la sucesión. Los demandantes sostienen que esta disposición no establece con claridad en qué momento debe reconocerse la capacidad jurídica de la persona no nacida para heredar: si desde la concepción o únicamente después del nacimiento.
Este vacío interpretativo, según los ciudadanos, vulnera el artículo 1, inciso 2, de la Constitución de El Salvador, que reconoce la existencia y protección de la vida humana desde el momento de la concepción. Argumentan que la ambigüedad del Código Civil podría llevar a una interpretación que restrinja los derechos del nasciturus (el ser humano por nacer), negándole su derecho a heredar hasta que nazca, lo cual contradice la protección que la Constitución otorga a la vida humana desde su inicio.
Adicionalmente, los demandantes citan el artículo 22 de la Constitución, el cual garantiza la propiedad y su libre disposición. Señalan que la norma cuestionada limita el derecho del nasciturus a la propiedad al no clarificar si tiene derecho a heredar desde la concepción. La disposición, tal como está redactada, podría restringir los derechos de propiedad del no nacido, lo que resultaría inconstitucional, según los demandantes.
Como parte de su fundamentación, los actores hacen referencia a una sentencia previa de la misma Sala de lo Constitucional emitida en febrero de 2017, donde se declaró inconstitucionales ciertos artículos del Código Civil que estipulaban que la existencia legal de una persona comenzaba únicamente al momento de nacer, dejando en suspenso los derechos del nasciturus hasta dicho momento. Este precedente refuerza su argumento de que la vida y los derechos del no nacido deben ser protegidos desde la concepción, algo que el artículo 963 del Código Civil no garantiza adecuadamente.
En su resolución, la Sala de lo Constitucional ordenó a la Asamblea Legislativa pronunciarse sobre la constitucionalidad del artículo en un plazo de diez días hábiles. Además, se solicitó al Fiscal General de la República rendir su opinión sobre la demanda dentro del mismo plazo.
Judicial
Tribunal de San Salvador condena a 131 pandilleros con penas de hasta 75 años de prisión
Un tribunal de El Salvador condenó a 131 integrantes de la estructura Teclas Locos Salvatruchos a penas de hasta 75 años de prisión por varios delitos.
El Tribunal Segundo contra el Crimen Organizado de San Salvador dictó las condenas por tráfico ilícito de drogas, agrupaciones ilícitas y delitos relacionados con armas de fuego.
También incluyó casos de fabricación, portación, tenencia o comercio ilegal de armas y explosivos caseros o artesanales.
Tres integrantes recibieron las penas más altas
Ángel Gabriel Martínez Guzmán, quien tenía rango de observación dentro de la estructura, recibió la pena máxima de 75 años.
El tribunal lo condenó por tráfico ilícito, delitos relacionados con armas y agrupaciones ilícitas, en perjuicio de la paz pública.
Además, Alex Vladimir Rivas Caballero y Jonathan Samuel Canales recibieron 60 años de prisión cada uno. Ambos también tenían rango de observación.
Mandos de una clica recibieron 45 años
La sentencia también alcanzó a integrantes con funciones de mando dentro de la estructura que operaba en el departamento de La Libertad.
Daniel Ernesto Pineda Aragón, alias Wite, ejercía como corredor de clica de la base central El Pino. Recibió una condena de 45 años.
Junto con él, Abraham Cornejo Hernández, alias Anona, y Melvin Josué Chávez Quintanilla, alias Tamal, también recibieron 45 años.
Los dos últimos tenían funciones de mando como homeboys dentro de la clica.
Más de un centenar recibió penas de hasta 30 años
El tribunal también condenó a 19 “homeboys”, ocho “chequeos”, ocho “observaciones”, 26 “paros” y 65 “colaboradores”.
Estos integrantes recibieron penas de hasta 30 años de prisión, según la resolución judicial.
Durante el proceso, la juzgadora señaló que algunos acusados intentaron salir de El Salvador. Sin embargo, las autoridades los capturaron y los pusieron a disposición del tribunal.
La sentencia sostiene que las condenas impedirán que los integrantes de la estructura continúen afectando a la población de La Libertad.
Judicial
Fiscalía General reporta 13,250 condenas y menos absoluciones en un año
La Fiscalía General de la República de El Salvador reportó 13,250 personas condenadas entre junio de 2025 y mayo de 2026. La cifra supera en 34.8 % el registro anterior.
El balance oficial también muestra una reducción de las absoluciones. Estas bajaron del 16.63 % al 13.86 % durante el mismo período.
Los tribunales resolvieron más casos
Los tribunales emitieron resoluciones definitivas para 15,382 procesados durante el último año. El registro anterior contabilizó 11,788 decisiones.
En los casos de homicidio, 1,282 imputados recibieron condenas. Esto representó una efectividad del 88.78 %, según el balance fiscal.
Además, 162 procesados fueron absueltos por este delito. Un año antes hubo 1,100 condenas y 240 absoluciones.
En delitos vinculados al narcotráfico, los tribunales condenaron a 1,367 personas. La Fiscalía reportó una efectividad del 89.93 %.
Por otra parte, 153 procesados resultaron absueltos por delitos relacionados con drogas. En el período anterior hubo 976 condenas y 115 absoluciones.
También aumentaron las condenas por robo
Los tribunales condenaron a 275 personas por delitos de robo durante el período analizado. La cifra representó una efectividad del 79.48 %.
En el ejercicio anterior, los jueces dictaron 177 condenas y 68 absoluciones por este delito.
El balance refleja además un aumento en la cantidad de expedientes que llegaron a una resolución definitiva.
Casos de alto impacto marcaron el período
La Fiscalía destacó varios procesos contra exfuncionarios acusados de negociar apoyo electoral con pandillas.
Entre ellos figuran Ernesto Muyshondt, Benito Lara, Arístides Valencia y Norman Quijano. Las condenas oscilaron entre 13 y 28 años de prisión.
Asimismo, un tribunal inició un juicio contra 485 cabecillas de la Mara Salvatrucha. La Fiscalía les atribuye más de 47,000 delitos cometidos durante una década.
En otros procesos, Melvin Abel Hernández Palacios recibió una condena de 1,335 años. Fredy Edgardo Méndez Osorio recibió 958 años.
Finalmente, Edwin Oswaldo Ortiz Recinos recibió 298 años por estafar a 56 víctimas. Además, deberá pagar $350,000 en responsabilidad civil.
Judicial
Ministro de Seguridad anuncia que cinco pandilleros salvadoreños detenidos en México enfrentarán cadena perpetua
El ministro de Seguridad y Justicia de El Salvador, Gustavo Villatoro, anunció este lunes que cinco pandilleros detenidos en México enfrentarán procesos judiciales en su país y, según afirmó, “recibirán cadena perpetua”.
Entre los detenidos figura Remberto Ismael Colindres Rajo, alias “Little Man”, identificado por las autoridades como integrante del Barrio 18. Villatoro aseguró en sus redes sociales que los cinco capturados tienen antecedentes penales en El Salvador, aunque no detalló todos los delitos atribuidos a cada uno.
Los acusados fueron entregados en la frontera con Guatemala
Las autoridades también identificaron a Diego Omar Cañas Méndez, alias “Hermano de la Andrea”; Josué Antonio Acevedo Cruz; Juan Carlos González Valiente, alias “Seco”; y Luis Roberto Jandres, alias “Adobe”.
El ministro publicó fotografías del operativo y señaló que las capturas fueron oficializadas en México. Posteriormente, la Policía Nacional Civil de Guatemala informó que recibió a los cinco acusados en la frontera de El Carmen, Malacatán, departamento de San Marcos, para su entrega a las autoridades salvadoreñas.
Autoridades atribuyen vínculos con pandillas y otros delitos
Según el reporte de la policía guatemalteca, los detenidos pertenecen a Mara Salvatrucha y Barrio 18, y cuatro de ellos presentan tatuajes visibles asociados a estructuras pandilleras.
Las autoridades indicaron que “Little Man” posee antecedentes por agrupaciones ilícitas y extorsión. Además, señalaron que Cañas Méndez está acusado de agrupaciones ilícitas y de supuestos vínculos con un cartel de narcotráfico mexicano para la presunta distribución de armas.
El informe también atribuye a Acevedo Cruz cargos por agrupaciones ilícitas; a González Valiente, conocido además como “Kriky”, “Cachucha” o “Humilde”, cargos por agrupaciones ilícitas; y a Jandres, alias “Adobe”, acusaciones por homicidio agravado, privación de libertad, organización terrorista y resistencia.
Judicial
El Salvador registra 11 solicitudes de cadena perpetua en menos de tres meses desde la reforma penal
El Salvador registra al menos 11 solicitudes de cadena perpetua entre el 28 de mayo y el 3 de agosto de 2026, según un monitoreo de publicaciones de la Fiscalía General y de los tribunales del país. Las solicitudes corresponden a procesos iniciados tras la entrada en vigor de la reforma constitucional que incorporó la pena perpetua revisable al sistema penal salvadoreño.
La reforma comenzó a aplicarse el 14 de mayo de 2026. La Asamblea Legislativa la aprobó a finales de abril a petición del Ejecutivo. El nuevo texto constitucional establece que la cadena perpetua solo podrá imponerse por homicidio, violación y terrorismo, categoría que la legislación salvadoreña aplica a miembros de pandillas.
Además, el paquete incluyó 33 reformas adicionales al Código Penal, el Código Procesal Penal y otras leyes especiales.
Los primeros expedientes bajo la nueva legislación
El primer caso conocido ocurrió en el Juzgado de lo Criminal de Santa Ana. La Fiscalía solicitó cadena perpetua para dos hombres acusados de violación agravada contra una adolescente de 15 años. El hecho ocurrió el 21 de mayo y las autoridades lo divulgaron el 28 de mayo.
Posteriormente, el 31 de mayo, un tribunal de San Salvador abrió otro proceso contra un exagente policial de 65 años, acusado de violar a un menor de 12 años.
Durante junio, los juzgados reportaron seis procesos adicionales: dos por feminicidio agravado, dos por homicidio agravado y dos por violación.
El recuento de solicitudes fue divulgado por La Prensa Gráfica.
La norma prevé revisiones periódicas
La cadena perpetua en El Salvador es una pena revisable. Los tribunales podrán evaluarla cada 30 años para adultos y cada 25 años para menores.
Los hechos cometidos antes del 14 de mayo siguen sujetos a las sanciones anteriores.
Judicial
Tribunal especializado condena a más de 1,000 años de prisión a cabecillas de una red de narcotráfico y a abogados vinculados al caso
Un tribunal especializado de El Salvador condenó a 38 integrantes de la estructura criminal conocida como El Gremio, dedicada al tráfico de cocaína, por delitos relacionados con el narcotráfico. Entre los sentenciados figuran dos abogados, mientras tres de los principales cabecillas recibieron penas superiores a 1,000 años de prisión.
El Tribunal Segundo Contra el Crimen Organizado de Santa Ana, en el occidente del país, declaró culpables a los acusados por tráfico ilícito de drogas, agrupaciones ilícitas y conspiración y proposición para cometer tráfico ilícito.
Los principales líderes recibieron las penas más altas
El tribunal impuso 1,048 años de prisión a Leopoldo Ernesto Ramírez Godoy y Miguel Ángel Mazariego Martínez, alias “Rolex”, por los delitos de agrupaciones ilícitas, tráfico ilícito y conspiración y proposición para el tráfico de drogas.
Además, René Ernesto Martínez Salgado fue condenado a 1,038 años de cárcel por los mismos delitos.
Dos abogados fueron condenados por su participación en la estructura
Entre los condenados se encuentran los abogados Ronaldo Edgardo Carlos Hernández y Mario Eduardo Rogel Morales. El tribunal ordenó notificar a la Sección de Investigación Profesional de la Corte Suprema de Justicia para que inicie el procedimiento correspondiente sobre la suspensión del ejercicio de la abogacía mientras ambos cumplen las penas impuestas.
La sentencia también incluye a 10 imputados declarados en rebeldía. El juzgado emitió nuevas órdenes de captura para que, una vez sean localizados, ingresen a un centro penitenciario y cumplan las condenas.
Investigación permitió desarticular la organización
Las autoridades ejecutaron las capturas el 8 de noviembre de 2024 durante un operativo realizado en distintos puntos del departamento de Santa Ana. La investigación utilizó técnicas especiales que permitieron identificar y desarticular la estructura criminal.
Según el proceso judicial, El Gremio operaba principalmente en el occidente de El Salvador y utilizaba supuestos servicios de transporte como fachada para movilizar cocaína destinada a la distribución.
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