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Ley de Agentes Extranjeros obtiene dictamen favorable

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La normativa que regularía a los “agentes extranjeros” que realicen donaciones internacionales al país destinadas a diferentes organismos de la sociedad civil obtuvo dictamen favorable por parte de la Comisión de Relaciones Exteriores de la Asamblea Legislativa.

Según el proyecto de ley se crearía un impuesto especial por cada transacción financiera, desembolso, transferencias o cualquier otro movimiento financiero que sea provenientes de fondos extranjeros con un impuesto del 40 %, esto sin perjuicio de la imposición de otros impuestos que graven los mismos actos.

Dicho impuesto no sería aplicada a donaciones encaminadas a programas y proyectos de interés social, según la comisión los fondos obtenidos de esta forma serán administrados por el Ministerio de Hacienda y serán destinados a las carteras de Salud y Educación.

“El objetivo es establecer un régimen jurídico aplicable a las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, cuyas actividades dentro de El Salvador respondan a intereses o sean financiadas directa o indirectamente por un extranjero, a efectos de promover la transparencia sobre este tipo de organismos en El Salvador”, detalló el ministro de Gobernación, al momento de presentar la normativa a la Asamblea.

Aunque el funcionario señalo que el marco normativo beneficiaría a las organizaciones sin fines de lucro, al eximirlas del pago de impuestos sobre las donaciones internacionales, establece más control para las financiaciones que puedan ser consideradas como “de fachada” al ser otorgadas a organizaciones con interés político.

La iniciativa contempla la creación del Registro de Agentes Extranjeros, como una nueva dirección adscrita al Ministerio de Gobernación y Desarrollo Territorial (MINGOB). En esta instancia deberán inscribirse todos los obligados conforme a la nueva normativa.

La ley también establecerá en sus sanciones las multas y cancelaciones tanto para personas u organizaciones en El Salvador como para sus pares en el extranjero por no informar ni detallar los fines ni las líneas de trabajo.

Las multas serán desde $100,000 hasta $200,000, según la gravedad de las infracciones, y en el castigo máximo se eliminará la personería jurídica que se tenga. La nueva norma jurídica definió también que se habilitará un plazo máximo de 180 días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a la entrada en vigor de esta, para completar el registro de los sujetos obligados en el RAE de Gobernación.

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Sancionan exoneración de pagos por turismo deportivo, artístico y cultural

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En el Diario Oficial del dos de mayo se publicó la prórroga de dos años para la exoneración de pagos por servicios, derechos y aranceles aduanales, migratorios y consulares al ingreso y salida del país para personas vinculadas a misiones oficiales o eventos relacionados con el turismo deportivo, artístico y cultural.

La prórroga, que entrará en vigor tras la expiración de la actual el 25 de mayo de 2024, tiene como objetivo impulsar el sector turístico y atraer inversores extranjeros, según indicó el diputado Raúl Chamagua. Se estima que uno de cada cinco empleos generados en El Salvador en la próxima década estará relacionado con el turismo.

Chamagua resaltó que en 2023 se invirtieron más de $5 millones en la remodelación de sitios turísticos, y en lo que va de 2024, se han recibido más de un millón de visitas internacionales, con un gasto turístico superior a los $14 millones. Además, señaló que Estados Unidos encabeza la lista de países emisores de turistas hacia El Salvador.

El decreto legislativo original, aprobado el 25 de mayo de 2021, hizo hincapié en el proyecto Surf City en el país. Esta nueva prórroga se justifica en el objetivo de posicionar a El Salvador como un destino turístico especializado en el turismo deportivo, particularmente en la práctica del surf, como parte de la estrategia para diversificar y fortalecer la economía nacional.

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Ratifican creación del SISUSAR para protección en áreas urbanas

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Presidencia ha ratificado, en el Diario Oficial del 2 de mayo, las reformas de la Ley de Protección Civil y Mitigación de Desastres para establecer el Subsistema Nacional de Búsqueda y Rescate Urbano (SISUSAR).

Este nuevo sistema tiene como objetivo principal salvaguardar la vida e integridad física de los ciudadanos ante situaciones de desastres naturales en entornos urbanos.

El SISUSAR se enfocará en proporcionar capacitación técnica a los equipos de rescate, garantizando su acreditación, entrenamiento adecuado y acceso al equipo necesario para enfrentar emergencias de manera eficaz.

Durante el proceso de estudio de la iniciativa, representantes del Cuerpo de Bomberos, Protección Civil y el Ministerio de Gobernación destacaron la necesidad de adaptar los grupos de rescate para enfrentar una variedad de emergencias, no solo sismos, como inundaciones, deslizamientos e incendios.

SISUSAR se integrará al Sistema Nacional de Protección Civil, Prevención y Mitigación de Desastres, brindando respuestas inmediatas a incidentes que requieran operaciones especializadas de búsqueda y rescate.

El grupo de rescate urbano estará conformado por miembros de diversas instituciones, incluyendo la Dirección General de Protección Civil, el Cuerpo de Bomberos de El Salvador, la Policía Nacional Civil, el Fondo Solidario para la Salud y organizaciones sin fines de lucro como Comandos de Salvamento, Cruz Roja y Cruz Verde.

El proceso de acreditación de los Grupos de Búsqueda y Rescate Urbano será supervisado por un Comité Técnico de Acreditación y se regirá por un Manual emitido por el Ministerio de Gobernación y Desarrollo Territorial. Una vez completado, el informe será remitido al Ministro de Gobernación y Desarrollo Territorial para su aprobación.

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Consulta pública para normativa sobre entidades que comercializan pólizas de seguro

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El Banco Central de Reserva, a través de su Comité de Normas, ha abierto a consulta la creación de un proyecto de Normas Técnicas destinadas a regular el Registro de Entidades que Comercialicen en Forma Masiva Pólizas de Seguros.

Este proyecto tiene como objetivo establecer los requisitos para el registro de entidades que promuevan y coloquen pólizas de seguros de manera masiva, actuando en nombre de las sociedades de seguros.

Según el proyecto presentado, las entidades sujetas a estas normas incluyen a las sociedades de seguros locales, sucursales de aseguradoras extranjeras, asociaciones cooperativas de seguros y comercializadores masivos de seguros que formen parte del Sistema Financiero.

Entre los aspectos destacados del proyecto se encuentran los siguientes:

  • Las sociedades de seguros interesadas en ofrecer pólizas de seguros de forma masiva a través de comercializadores deben solicitar la inscripción de estos últimos en el Registro correspondiente, gestionado por la Superintendencia competente.
  • Las sociedades de seguros deben proporcionar la información necesaria a los comercializadores para su inscripción en el Registro y, a su vez, deben suministrar a la Superintendencia cualquier información relacionada con las operaciones de seguros realizadas.
  • La solicitud de inscripción en el Registro debe ser presentada por el Presidente, Representante Legal o un apoderado de la sociedad de seguros, incluyendo los datos e información de los comercializadores.

Además, se establecen disposiciones relacionadas con la conservación de registros, la modificación de condiciones autorizadas y la posible suspensión o cancelación del Registro en casos de incumplimiento de las leyes y normativas aplicables.

El objetivo principal de estas normas técnicas es promover la transparencia y la adecuada regulación en el mercado de seguros, garantizando la protección de los consumidores y la estabilidad del sistema financiero nacional.

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Corte Suprema propone reforma para la práctica jurídica dentro de la PGR

Iniciativa busca uniformar duración y modalidades para formación de abogados

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La Corte Suprema de Justicia ha presentado una propuesta de reforma al artículo 140, ordinal 3°, letra d) de la Ley Orgánica Judicial. Esta iniciativa tiene como objetivo estandarizar la duración de la práctica jurídica desarrollada en la Procuraduría General de la República, con el fin de permitir que los aspirantes completen su formación profesional como abogados.

Actualmente, el artículo establece que aquellos que pretendan recibir el título de abogado deben presentar su solicitud al jefe de la Sección de Investigación Profesional, acompañada de una certificación expedida por el Procurador General de la República, que verifique dos años de práctica jurídica.

Se señala que la práctica jurídica en apoyo a instituciones, tribunales y dependencias de la Corte Suprema de Justicia tiene una duración promedio de mil veinticuatro horas, desarrolladas en seis meses. Esta duración se considera el lapso estándar mínimo para completar la formación profesional. Por lo tanto, se considera necesario uniformar este tiempo requerido para la práctica jurídica en la Procuraduría General de la República.

La propuesta de reforma plantea sustituir el artículo 140, ordinal 3°, letra d) de la Ley Orgánica Judicial, estableciendo que la constancia de práctica jurídica deberá ser extendida por el Procurador General de la República o la Secretaría General de la Procuraduría General de la República. Esta constancia deberá verificar que el aspirante haya realizado mil veinticuatro horas efectivas de práctica jurídica, en modalidades de jornada parcial o completa, con una duración de seis meses hasta dos años.

Además, se contempla una disposición transitoria que permite a las personas que hayan iniciado la práctica jurídica en la Procuraduría General de la República antes de la entrada en vigencia de la reforma, optar por finalizarla conforme a la modalidad anterior de dos años o de acuerdo con la reforma propuesta.

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Ratifican ley de especialidades médicas para la certificación de médicos especialistas

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En el Diario Oficial del 25 de Abril se ha publicado la Ley de Especialidades de las Profesiones Médicas. Esta legislación, que comprende 47 artículos, establece la creación del Consejo Nacional de Especialidades Médicas (CONAMED), un ente encargado de certificar a los médicos especialistas y subespecialistas que brinden servicios en el territorio salvadoreño.

El CONAMED estará integrado por representantes designados por diversas instituciones y tendrá la responsabilidad de emitir las certificaciones y recertificaciones para los profesionales de la salud en El Salvador. Con esta medida, se busca garantizar que los médicos y personal auxiliar cuenten con la formación y los conocimientos necesarios para ejercer sus especialidades de manera adecuada.

Una de las características más relevantes de esta nueva normativa es que las credenciales emitidas por el CONAMED tendrán una vigencia de cinco años, lo que asegura un seguimiento continuo de la calidad y el desempeño de los profesionales de la salud.

El CONAMED asume la responsabilidad de regular y supervisar las especialidades médicas en el país, garantizando así estándares de calidad en la atención sanitaria.

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