Loterias y casinos mendoza.

  1. Cómo Puedo Obtener La Estrategia Capturada De Blackjack En Línea En 2023: Si ganas, obtendrás el doble de tu apuesta gratis.
  2. Transferencias De Dinero Real En La Ruleta En Línea España - Está muy lejos de los comienzos más humildes de 2023, y es un indicador de lo lejos que han crecido con la industria del juego en línea desde esos primeros días.
  3. Jugar En Las Slots De Frutas España: No, el baccarat no se basa tanto en la habilidad como el blackjack o el póquer.

Tipos jugadores poker.

Nuevos Casinos Con Bonos En Es 2023
Este jackpot de casino no se acumula con el tiempo, pero es más fácil de ganar que las tragamonedas con jackpot progresivo.
Cómo Puedo Ganar En El Tragamonedas Del Casino
Decir que los dados son un juego de casino que se juega con dados es como decirle a la gente que el Monte Rushmore es una escultura de algunos muertos.
Hoy en día, cada vez más sitios de juegos se adaptan a las plataformas móviles.

Carton bingo adaptado.

Cuál Es El Mejor Casino Para Jugar En Línea En El 2023
Fatukasi ha jugado toda su carrera con los Jets hasta este punto, lo que por sí solo, debe considerarse como un obstáculo grave para sus oportunidades.
Es Posible Jugar Blackjack Online Con Un Depósito Mínimo De 10 Euros
Reactoonz es una ranura de alta volatilidad con un RTP de 96,51%.
Cómo Se Juega Al Juego De Dados De Casino Virtual

NUESTRAS REDES

Judicial

Regulación dentro de la LPA podría violentar principio de irretroactividad

Foto del avatar

Publicado

el

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia actualmente conoce dos procesos de inconstitucional contra el artículo 167 inciso 4° de la Ley de Procedimientos Administrativos, que establece que los actos y resoluciones pendientes de ejecución a la entrada en vigencia de la ley se regirán para su ejecución por esta.

Esto por la supuesta infracción a los Arts. 2 y 21 de la Constitución, en relación a la presunta transgresión al principio de irretroactividad de la ley.

Ambos procesos han dado inicio procedente de la Cámara Tercera de lo Civil de la Primera Sección del Centro al esta declarar inaplicable en dos casos diferentes el art. 167 inc. 4° de la Ley de Procedimientos Administrativos’ (LPA), por la infracción a los arts. 2 y 21 Cn, en el recurso de apelación interpuesto en el proceso de ejecución forzosa con referencia 198-EFS-19.

En ambos procesos la Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones es la parte demandante en el proceso original, al presentar una solicitud de ejecución forzosa. Pero en ambos casos los juzgados declararon sin lugar el inicio de proceso de ejecución, argumentado que ese acto administrativo no representaba un título de ejecución, según el art. 554 del Código Procesal Civil y Mercantil.

Por esa razón, interpusieron recurso de apelación en contra de tal resolución, alegando la errónea aplicación del art. 63 de la Ley de Telecomunicaciones (LT).

La autoridad requirente agrega que, para resolver la impugnación, era necesario determinar la naturaleza jurídica de la resolución administrativa, porque ese acto administrativo puede ser considerado un título ejecutivo (art. 63 LT) o uno de ejecución (art. 32 letra a LPA).

«Debido a tal divergencia, la cámara recuerda que la Ley de Telecomunicaciones entró en vigencia en 1997 y la Ley de Procedimientos Administrativos en 2019. Por ello, este último cuerpo normativo es una ley posterior, debiéndose aplicar aquella y no esta», alega la resolución de la Cámara al considerar que la resolución administrativa fue emitida antes de la LPA.

Así, al resolver el motivo de apelación, la cámara considera que, de conformidad con el art. 167 inc. 4° LPA, las resoluciones administrativas que estuvieran pendientes de ejecución al momento de entrar en vigencia la Ley de Procedimientos Administrativos constituyen títulos de ejecución (art. 32 letra a LPA), lo cual supone “[…] aplicar disposiciones actualmente vigentes, sobre situaciones o hechos iniciados o acontecidos con anterior a dicha vigencia […]”.

Por tanto, la autoridad inaplicante afirma que el art. 167 inc. 4° LPA extiende los efectos de la ley hacia el pasado sin ser una ley de orden público, lo que hace que las resoluciones administrativas que constituían títulos ejecutivos al amparo del art. 63 LT se conviertan en títulos de ejecución con base en el art. 32 letra a LPA.

Consecuentemente, ello representa la aplicación retroactiva de una ley que no se encuentra dentro de los supuestos constitucionalmente prescritos.

Click para comentar

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Leer más
Publicidad

Judicial

Fiscalía agrupa a 2,330 miembros de la Mara Salvatrucha en Nuevos Expedientes

Foto del avatar

Publicado

el

La Fiscalía General de la República ha presentado nuevas solicitudes para agrupar a 2,330 terroristas de la Mara Salvatrucha en cuatro expedientes distintos. Estos individuos, pertenecientes a diversas clicas, han estado involucrados en extorsiones y asesinatos en varias localidades de La Libertad, San Salvador, la zona Paracentral y los departamentos del oriente del país.

Ayer, la Fiscalía presentó tres peticiones ante tribunales contra el Crimen Organizado, basadas en las áreas donde delinquían 1,202 de estos terroristas. Las solicitudes fueron realizadas según las siguientes zonas:

  1. San Salvador:
  • 383 terroristas agrupados en varios programas de clicas específicas:
    • 132 pandilleros del programa centro de la clica Paraísos Gánster Salvatruchos, operativos en la capital.
    • 104 miembros de la clica Destroyer Criminal Locos Salvatruchos, activos en Apopa.
    • 85 imputados de las clicas Cusca Locos Salvatruchos (13) y Maníacos Locos Salvatruchos (72).
    • 44 miembros de la clica Bella Vista Locos Salvatruchos, operativos en San Marcos.
  • Todos enfrentan cargos por el delito de agrupaciones ilícitas.
  1. Zona Paracentral:
  • 158 imputados pertenecientes a la clica Agua Zarca de la MS.
  1. Oriente del País:
  • 661 imputados, divididos en las siguientes clicas:
    • 135 miembros de la clica Sitios Locos Salvatruchos.
    • 232 de la clica Normandis Locos Salvatruchos.
    • 206 de la clica Parkview Locos Salvatruchos.
    • 88 de la clica Coronados Little Cycos.
  • Estos individuos también enfrentan cargos por agrupaciones ilícitas
Leer más

Judicial

Inicio del Juicio contra el expresidente Mauricio Funes por negociaciones ilícitas

Foto del avatar

Publicado

el

Ayer, el Tribunal Quinto de Sentencia de San Salvador inició el juicio contra el expresidente de la República, Mauricio Funes, quien gobernó El Salvador de 2009 a 2014 bajo la bandera del Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional (FMLN). Funes enfrenta acusaciones de realizar negociaciones ilícitas entre 2012 y 2014, específicamente en la construcción del puente San Isidro sobre el río Lempa, en Chalatenango. Se le imputa haber aceptado como dádiva una avioneta a cambio de favorecer dichas negociaciones.

La Fiscalía cuenta con una vasta cantidad de pruebas contra Funes, incluyendo más de 230 documentos, testimonios de 34 testigos y pruebas periciales. Estas pruebas serán presentadas durante el juicio para respaldar las acusaciones de casos especiales de lavado de dinero y activos. Dado el peso de las evidencias, la Fiscalía ha anunciado que solicitará la pena máxima para el exmandatario.

Mauricio Funes se encuentra en Nicaragua desde 2016, donde recibió la nacionalidad de ese país, lo que ha complicado su extradición. Funes ya ha sido condenado en ausencia en otros casos. En mayo de 2022, fue sentenciado a 14 años de prisión por delitos relacionados con una tregua entre pandillas durante su gobierno. Posteriormente, en julio de 2023, recibió una condena adicional de 6 años por defraudación fiscal.

Además de estos casos, Funes enfrenta varias acusaciones penales y civiles. Está acusado de malversar más de 351 millones de dólares de fondos estatales y de corrupción en la construcción de una represa, lo que refleja un patrón de presunta conducta delictiva durante su administración.

Leer más

Judicial

Exdiputado del FMLN y su familia demandados por enriquecimiento ilícito

Foto del avatar

Publicado

el

La Fiscalía General de la República (FGR) ha presentado una demanda civil por enriquecimiento ilícito contra el exdiputado del FMLN, Guillermo Francisco Mata Bennet, y sus dos hijos, debido a un incremento patrimonial no justificado por un monto total de $271,314.65 dólares. La acción legal fue interpuesta ante la Cámara Ambiental de Segunda Instancia de Santa Tecla por la Unidad Especializada en Delitos de Corrupción de la FGR.

Guillermo Francisco Mata Bennet, quien sirvió como diputado en dos períodos (del 1 de mayo de 2012 al 30 de abril de 2015, y del 1 de mayo de 2015 al 30 de abril de 2018), enfrenta acusaciones por inconsistencias en su patrimonio, que suman $13,270.00 dólares. Estas irregularidades incluyen depósitos bancarios en efectivo, compra de vehículos y pagos de créditos hipotecarios.

La demanda también involucra a sus hijos:

Guillermo Eduardo Mata Mayorga: se le reclama un monto de $251,675.80 dólares.

Jorge Alberto Mata Mayorga: se le reprocha la cantidad de $6,357.85 dólares.

El proceso civil se inició después de que la Corte Suprema de Justicia notificara a la FGR sobre las irregularidades en las declaraciones patrimoniales del exdiputado y sus hijos. La documentación presentada por la Fiscalía incluye información detallada sobre el patrimonio de los demandados, evidenciando 15 irregularidades que no han podido ser justificadas.

Leer más

Judicial

Fiscalía demanda a exsecretario de la presidencia por enriquecimiento ilícito

Foto del avatar

Publicado

el

La Fiscalía General de la República ha presentado una demanda civil por enriquecimiento ilícito contra Francisco José Cáceres Zaldaña, exsecretario privado de la presidencia durante la gestión del exmandatario Mauricio Funes, y su grupo familiar. La demanda asciende a un monto total de $3,892,095.46 dólares y ha sido presentada ante la Cámara Ambiental de Segunda Instancia de Santa Tecla.

Francisco José Cáceres Zaldaña, quien ocupó su cargo entre 2009 y 2014, enfrenta reclamaciones por un monto de $3,541,407.87 dólares. La Fiscalía señala 44 irregularidades relacionadas con depósitos en efectivo y cheques en cuentas de ahorro, así como pagos de préstamos y tarjetas de crédito.

La demanda también involucra a su esposa, Reina Guadalupe Flores de Cáceres, quien enfrenta acusaciones por 11 inconsistencias en depósitos a cuentas de ahorro, además de la adquisición de vehículos e inmuebles por un valor de $346,553.85 dólares. Asimismo, su hija, Mariana Cáceres Flores, es señalada por una irregularidad en depósitos a una cuenta corriente por un monto de $6,133.74 dólares.

El caso se fundamenta en un informe de la Corte Suprema de Justicia, emitido en 2024, que ordenó un juicio civil contra Cáceres Zaldaña debido a las irregularidades detectadas en sus declaraciones patrimoniales. La documentación de la demanda está compuesta por 32 piezas que detallan la información patrimonial de los implicados.

Este proceso representa un esfuerzo significativo por parte de la Fiscalía General de la República para combatir la corrupción y garantizar la transparencia en el manejo de fondos públicos. La Unidad Especializada en Delitos de Corrupción ha sido la encargada de presentar el caso, reflejando la prioridad de este tipo de investigaciones en la agenda judicial del país.

El desarrollo del juicio civil será seguido de cerca, dado que implica a un alto exfuncionario y a su familia, y podría sentar precedentes importantes en la lucha contra el enriquecimiento ilícito y la corrupción en El Salvador.

Leer más

Judicial

Ciudadanos demandan ante la Corte Suprema por reforma constitucional

Foto del avatar

Publicado

el

Ayer, un grupo de ciudadanos presentó una demanda ante la Corte Suprema de Justicia contra la Asamblea Legislativa (2021-2024) por la aprobación de una reforma al artículo 248 de la Constitución, el cual regula el procedimiento de reforma constitucional.

Se argumenta que la reforma se aprobó sin cumplir con los procedimientos constitucionales y sin informar adecuadamente a la población.

Uno de los límites establecidos en el artículo 248 es que cualquier reforma debe ser aprobada por dos legislaturas distintas, permitiendo que la ciudadanía exprese su apoyo o rechazo mediante el voto. Sin embargo, esta reforma se aprobó sin cumplir con dicho requisito, apenas dos días antes de que se juramentara a la nueva Asamblea. Los demandantes señalan que este proceso apresurado impidió que los ciudadanos tuvieran tiempo para entender las implicaciones de la reforma.

Además, acusan que no se siguió el procedimiento establecido, ya que no hubo debate ni discusión en comisiones legislativas. La reforma se aprobó utilizando fraudulentamente la «dispensa de trámite», un mecanismo que, según la Sala de lo Constitucional, debe ser discutido en el pleno legislativo y justificado por una urgencia real para la población, urgencia que, según los demandantes, no existía en este caso.

Permitir que esta reforma siga adelante, argumentan, sentaría un peligroso precedente: los diputados podrían reformar la Constitución sin la participación ciudadana, acumulando poder de manera antidemocrática y potencialmente limitando derechos constitucionales.

Los ciudadanos que presentaron la demanda advierten que El Salvador está en riesgo de instalar un sistema autoritario, en el cual los límites y controles constitucionales se rompen, permitiendo que la Constitución sea usada para legalizar acciones que violen los derechos de la población.

La demanda presentada ante la Sala de lo Constitucional pide tres medidas:

  1. Una medida cautelar urgente que deje sin efecto la reforma.
  2. Un informe detallado sobre el accionar inconstitucional de la Asamblea.
  3. Declarar la inconstitucionalidad de la reforma por falta de justificación y debate.

Leer más

Popular