Politica
Gobierno propone reformar ley para autorizar al superintendente de Regulación Sanitaria a emitir política farmacéutica nacional
El Ministerio de Salud propuso a la Asamblea Legislativa una serie de reformas a la Ley de la Superintendencia de Regulación Sanitaria, entre las que destaca una nueva facultad que permitiría al superintendente de esta entidad emitir y modificar la política farmacéutica nacional, así como otras políticas relacionadas con sus funciones.
Esta iniciativa contempla la incorporación de la facultad número 42 al marco legal, dotando al superintendente del poder de definir lineamientos clave en materia de medicamentos y otras áreas afines a la regulación sanitaria. Según el Ministerio, el objetivo es fortalecer el rol rector de la institución en el sistema de salud del país.
Además, la reforma plantea cambios en la composición del Consejo de la Superintendencia, al incluir un representante designado por la máxima autoridad de la Defensoría del Consumidor. También se establece una nueva disposición en el artículo 33, la cual obliga a toda persona o entidad —sea pública o privada— a colaborar con la Superintendencia cuando esta lo solicite, siempre que sea conforme al objeto y competencia definidos por la ley.
Entre otras modificaciones, el proyecto también permitiría al superintendente fijar las remuneraciones, dietas y compensaciones del personal, así como autorizar a la entidad a donar productos decomisados que sean aptos para el consumo humano y a hacer públicos los tarifarios por los servicios que presta.
En total, son diez los artículos que serían modificados y se incluirían dos nuevos:
Artículo 41-A: Exime del pago de tarifas a organismos internacionales que brinden ayuda humanitaria o impulsen el desarrollo en El Salvador.
Artículo 41-B: Permite que instituciones públicas como los ministerios de Salud y Agricultura presten servicios de análisis de calidad a la Superintendencia, y cobren por estos conforme a las tarifas oficiales.
Otra de las disposiciones destacadas es la obligación para la Superintendencia de obtener, en un plazo no mayor a 30 meses desde la entrada en vigor de la reforma, una certificación anti-soborno como lo estipula la Ley de Compras Públicas.
La Ley de la Superintendencia entró en vigencia el 9 de agosto de 2024, y para el ejercicio fiscal de 2025, la Asamblea Legislativa aprobó un presupuesto de $22.6 millones para su funcionamiento. Las propuestas de reforma ya han sido remitidas a la Comisión de Salud, Agricultura y Medioambiente, que las analizará en su próxima sesión programada para el lunes 26 de mayo.
Politica
Reforma a la ley cafetalera en El Salvador obliga registro en el Instituto Salvadoreño del Café y endurece controles de comercialización
La Asamblea Legislativa aprobó una reforma a la ley del café que introduce nuevos controles en la cadena productiva y comercial. La medida obliga a semilleristas y viveristas a registrarse en el Instituto Salvadoreño del Café (ISC).
Además, la normativa amplía las facultades del ISC para verificar información de los actores del sector. También establece nuevas obligaciones para intermediarios, exportadores y procesadores de café.
Registro obligatorio y mayor control del ISC
La reforma exige que semilleristas y viveristas se inscriban en el ISC. Asimismo, la institución podrá revisar datos reportados por todos los participantes de la cadena productiva.
Entre ellos figuran productores, intermediarios y exportadores. Con esto, el gobierno busca fortalecer la trazabilidad y el control del café salvadoreño.
Además, los intermediarios deberán llevar un registro detallado de todas las operaciones de compra y venta. Esta medida apunta a mejorar la transparencia del mercado.
Cambios en exportación de café salvadoreño
La reforma introduce ajustes en los requisitos de exportación. El análisis de calidad del ISC ya no será vinculante para autorizar permisos de exportación.
También se permitirá omitir de forma provisional el mes de embarque en contratos de venta externa. Sin embargo, el exportador deberá entregar esa información posteriormente.
De igual forma, si faltan datos como puerto de embarque o país de destino, el exportador deberá completarlos antes de solicitar el permiso. Con ello, se flexibilizan algunos procesos sin eliminar controles.
Nuevos plazos y reportes obligatorios al ISC
La normativa reduce de 30 a 20 días hábiles el plazo para presentar informes tras el cierre del año cafetalero. Esta obligación aplica a beneficiadores, pergamineros y torrefactores.
Además, deberán reportar gastos administrativos, ajustes de precios y rendimientos. Antes, estos datos no eran obligatorios.
Por otra parte, los intermediarios deberán informar cada mes sus operaciones. Tendrán un plazo de 10 días hábiles para reportar compras, ventas y existencias.
Los informes incluirán cantidades de café según tipo y calidad. También deberán detallar transferencias y servicios de procesamiento.
Nuevas infracciones y control al procesamiento
La reforma tipifica como infracción grave procesar café sin acreditación del ISC. Asimismo, considera infracción muy grave realizar compras o ventas con registros vencidos.
Además, beneficiadores, intermediarios y exportadores deberán reportar el ingreso de café de terceros. Esta medida refuerza el control sobre el origen del producto.
En casos de decomiso, la autoridad policial deberá trasladar el café al beneficio más cercano en un máximo de dos días hábiles. Con ello, se busca agilizar la gestión del producto retenido.
Objetivo de la reforma
La reforma a la ley del café en El Salvador busca ordenar la comercialización y mejorar el control del sector. También pretende actualizar los mecanismos de registro y supervisión.
Con estos cambios, las autoridades apuntan a fortalecer la transparencia y el seguimiento del café desde su producción hasta la exportación.
Politica
Asamblea Legislativa elige y juramenta a tres magistrados suplentes de la Corte Suprema de Justicia
La Asamblea Legislativa eligió y juramentó este miércoles a tres magistrados suplentes de la Corte Suprema de Justicia. La decisión se aprobó con dispensa de trámites.
Uno de los funcionarios ocupará una magistratura suplente en la Sala de lo Constitucional, mientras los otros dos se integrarán como suplentes en otras salas del máximo tribunal.
Quiénes son los magistrados suplentes electos
El pleno legislativo eligió a Claus Arthur Flores Acosta como magistrado suplente de la Sala de lo Constitucional. Su periodo concluirá el 15 de noviembre de 2027.
Además, los diputados nombraron a Joaquín Omar Vallejos Díaz y a Jesús Ulises García como magistrados suplentes de la CSJ para un periodo que finaliza el 23 de septiembre de 2033.
Los tres profesionales provienen del listado de candidatos 2024-2033 remitido por el Consejo Nacional de la Judicatura.
Cómo se aprobó la elección en la Asamblea
Primero, los diputados aprobaron la dispensa de trámites con 55 votos. Luego, el pleno avaló la elección con 56 votos en votación nominal y pública.
La diputada suplente Cesia Rivas, del partido VAMOS, votó en contra. En contraste, legisladores de Nuevas Ideas y aliados respaldaron las designaciones.
El subjefe de fracción de Nuevas Ideas, Caleb Navarro, presentó la propuesta en el pleno. El legislador afirmó que la Sala de lo Constitucional debe contar con suplentes disponibles para garantizar su funcionamiento.
Argumentos para la designación de suplentes
Navarro sostuvo que la elección responde a la necesidad de cubrir ausencias eventuales de magistrados propietarios. Según explicó, estas sustituciones permiten mantener la continuidad en la administración de justicia.
Asimismo, indicó que la fracción oficialista evaluó a los candidatos incluidos en la lista enviada por el CNJ. El legislador aseguró que los postulantes cumplen con los requisitos legales y poseen experiencia en el sistema judicial.
Trayectoria de los funcionarios electos
Claus Arthur Flores Acosta se desempeña como magistrado en funciones en la Cámara de Familia de la sección de occidente, con sede en Santa Ana. También ha ejercido como juez en materia civil y mercantil desde 2014.
Por su parte, Joaquín Omar Vallejos Díaz es abogado y notario. Actualmente funge como juez cuarto de paz de San Salvador y cuenta con estudios de posgrado en la Universidad de El Salvador.
En tanto, Jesús Ulises García preside el Tribunal Quinto de Sentencia de San Salvador. Además, ha sido magistrado suplente en la Cámara Primera Sección del Centro de Cojutepeque y formador dentro del sistema judicial.
Proceso de selección
La Asamblea retomó los nombres de la nómina enviada por el CNJ, cuya vigencia es de tres años según la normativa vigente. De ese mismo listado, el Legislativo ya había elegido magistrados propietarios en procesos anteriores.
Con esta decisión, el órgano legislativo busca reforzar la estructura de la CSJ y asegurar la continuidad en la resolución de casos judiciales.
Finalmente, tras la votación, los tres abogados rindieron juramento en el pleno y asumieron formalmente sus cargos como magistrados suplentes.
Politica
Gobierno salvadoreño busca impulsar competitividad, inversión y exportaciones con reforma al sector cafetalero
El Salvador avanza en lo que el gobierno sostiene es una modernización de su sector cafetalero con una reforma legal que busca fortalecer la competitividad y atraer inversión. La iniciativa también apunta a agilizar procesos y mejorar el control en la cadena productiva.
El dictamen favorable fue aprobado en la Comisión de Salud, Agricultura y Medio Ambiente. La propuesta reforma la Ley Especial para la Comercialización, Registro y Protección de la Propiedad del Café.
Agilización de trámites impulsa exportaciones
Uno de los principales beneficios de la reforma es la simplificación de procesos. El nuevo marco amplía el plazo para reportar contratos de exportación de tres a diez días hábiles
Además, reduce el tiempo de emisión de permisos de exportación de cinco a tres días hábiles. Este cambio facilita las operaciones comerciales y mejora la eficiencia del sector.
También establece que los exportadores deben presentar información completa antes de solicitar permisos. Esto fortalece el control documental sin retrasar los trámites.
Mayor inclusión en la cadena cafetalera
La reforma incorpora a semilleristas y viveristas como sujetos regulados. Este grupo ahora deberá registrarse ante el Instituto Salvadoreño del Café
Con esta medida, el país amplía la base formal del sector. Además, garantiza que todos los actores cumplan reglas claras.
Las autoridades buscan así ordenar la cadena productiva y reducir la intervención de actores no regulados.
Flexibilidad en tarifas y nuevos incentivos
El nuevo marco elimina la obligación de publicar costos promedio y precios de referencia. Esto permite mayor libertad en la fijación de tarifas
Como resultado, los actores del sector pueden ajustar precios según condiciones del mercado. Esta flexibilidad favorece la inversión y la competitividad.
Además, la reforma moderniza los requisitos para operar dentro del sector cafetalero.
Control y sanciones fortalecen el sistema
La iniciativa también endurece el régimen de sanciones. Se consideran faltas graves operar sin acreditación o con registros vencidos
Estas medidas buscan asegurar el cumplimiento de la normativa. También refuerzan la confianza en el mercado del café salvadoreño.
Por otro lado, el sistema digital del Instituto Salvadoreño del Café integrará documentos clave. Entre ellos figuran certificados de origen y cartas de resguardo.
Impacto económico y proyección del sector
Con estos cambios, El Salvador busca dinamizar su economía cafetalera. La reforma promueve un entorno más ágil, ordenado y atractivo para inversionistas
Además, fortalece la capacidad exportadora del país. Esto podría traducirse en mayor generación de empleo y crecimiento económico.
En conjunto, la actualización legal responde a las demandas del mercado global. También posiciona al café salvadoreño en mejores condiciones competitivas.
Politica
Gobierno propone nueva Ley de alianzas público-privadas en El Salvador para infraestructura, salud y educación
El Gobierno solicitó a la Asamblea Legislativa aprobar una nueva ley de alianzas público-privadas. La propuesta busca sustituir la actual Ley Especial de Asocios Público Privados.
El proyecto plantea ampliar la participación del sector privado en infraestructura y servicios públicos. Entre ellos destacan salud, educación y recursos hídricos.
La iniciativa ingresó al pleno legislativo el 9 de abril. Luego, los diputados la enviaron a la Comisión de Tecnología, Turismo e Inversión para su estudio.
Cambios clave en la nueva ley APP
La propuesta introduce cambios relevantes en el marco legal de las alianzas público-privadas en El Salvador. Por ejemplo, elimina restricciones que impedían incluir servicios de salud pública y educación.
También permite que instituciones del Estado firmen contratos con empresas privadas para gestionar estos servicios. Además, abre la posibilidad de incluir proyectos relacionados con recursos hídricos.
Sin embargo, la ley mantiene prohibiciones en áreas sensibles. Entre ellas figuran la seguridad nacional, inteligencia del Estado, seguridad pública y justicia.
Tampoco autoriza concesiones para la explotación de hidrocarburos y minerales bajo este esquema.
Contratos más largos y nuevas modalidades
El proyecto establece que los contratos bajo alianzas público-privadas podrán durar hasta 50 años, incluidas prórrogas. Actualmente, el límite es de 40 años.
Asimismo, define tres modalidades de contratos. Estas incluyen provisión de infraestructura pública, prestación de servicios públicos y modelos mixtos que combinan ambos.
Además, la normativa plantea que estos procesos no se regirán por la Ley de Compras Públicas. Esto aplicaría en las licitaciones de obras y servicios bajo este esquema.
Nueva entidad para supervisar proyectos
La iniciativa propone crear la Dirección Nacional de Alianzas Público Privadas (DAPP). Esta entidad dependerá del Ministerio de Hacienda.
La DAPP tendrá funciones clave en la gestión de proyectos. Podrá declarar de interés público iniciativas privadas y validar su admisión.
Politica
Asamblea Legislativa aprueba reforma a la Ley de Energía para regular la generación distribuida
La Asamblea Legislativa aprobó este jueves una reforma a la Ley de Energía Eléctrica. El objetivo es regular la generación distribuida, como la energía solar.
La iniciativa recibió 56 votos de diputados de Nuevas Ideas y sus aliados. Los partidos Arena y Vamos no votaron durante la sesión.
Nueva regla limita venta de energía a distribuidoras
La reforma establece que los generadores distribuidos solo podrán vender su energía a las empresas distribuidoras. Estas operaciones se realizarán mediante Contratos de Abastecimiento en Distribución (CAD).
Además, los contratos deberán cumplir lineamientos definidos por la Dirección General de Energía, Hidrocarburos y Minas (DGEHM).
Esta entidad también fijará los precios de los contratos. La medida busca promover competencia y trasladar beneficios a los usuarios finales.
DGEHM definirá reglas técnicas y capacidad del sistema
La Dirección emitirá lineamientos sobre cargos de interconexión. Estos aplicarán a proyectos de generación distribuida conectados a la red.
El decreto otorga un plazo de 12 meses para establecer estas normas. Mientras tanto, la institución realizará estudios técnicos.
Con apoyo de la Unidad de Transacciones, evaluará la capacidad máxima del sistema eléctrico. También analizará el impacto económico de la generación distribuida.
Reforma no afectará contratos vigentes
El director de energía, Daniel Álvarez, aclaró que la reforma no será retroactiva. Por lo tanto, los contratos firmados antes de su vigencia se mantendrán sin cambios.
Sin embargo, el decreto permite renovar contratos anteriores bajo nuevas condiciones. Estas deberán cumplir los lineamientos actuales.
Según el funcionario, la reforma busca reducir el costo de la energía solar. También pretende ordenar el mercado eléctrico.
Siget y distribuidoras deberán ajustar normativa
La Superintendencia de Electricidad y Telecomunicaciones tendrá 40 días para actualizar la normativa técnica. Esto incluye reglas de interconexión y acceso a la red.
Por su parte, la Unidad de Transacciones tendrá 18 meses para adaptar su reglamento. El objetivo es operar el mercado minorista bajo las nuevas disposiciones.
Además, las distribuidoras deberán presentar en 15 días los cargos de interconexión. Posteriormente, reportarán avances de forma trimestral.
Reforma apunta a ordenar mercado eléctrico
La modificación legal introduce nuevas reglas para la generación distribuida en El Salvador. Este modelo incluye sistemas como paneles solares conectados a la red.
Con estos cambios, el Gobierno busca mejorar la competencia en el sector. También pretende influir en la reducción de tarifas eléctricas.
La reforma marca un ajuste en la regulación del mercado energético. Su implementación dependerá de los lineamientos técnicos que emitan las autoridades.
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