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Reforma a la ley cafetalera en El Salvador obliga registro en el Instituto Salvadoreño del Café y endurece controles de comercialización

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La Asamblea Legislativa aprobó una reforma a la ley del café que introduce nuevos controles en la cadena productiva y comercial. La medida obliga a semilleristas y viveristas a registrarse en el Instituto Salvadoreño del Café (ISC).

Además, la normativa amplía las facultades del ISC para verificar información de los actores del sector. También establece nuevas obligaciones para intermediarios, exportadores y procesadores de café.

Registro obligatorio y mayor control del ISC

La reforma exige que semilleristas y viveristas se inscriban en el ISC. Asimismo, la institución podrá revisar datos reportados por todos los participantes de la cadena productiva.

Entre ellos figuran productores, intermediarios y exportadores. Con esto, el gobierno busca fortalecer la trazabilidad y el control del café salvadoreño.

Además, los intermediarios deberán llevar un registro detallado de todas las operaciones de compra y venta. Esta medida apunta a mejorar la transparencia del mercado.

Cambios en exportación de café salvadoreño

La reforma introduce ajustes en los requisitos de exportación. El análisis de calidad del ISC ya no será vinculante para autorizar permisos de exportación.

También se permitirá omitir de forma provisional el mes de embarque en contratos de venta externa. Sin embargo, el exportador deberá entregar esa información posteriormente.

De igual forma, si faltan datos como puerto de embarque o país de destino, el exportador deberá completarlos antes de solicitar el permiso. Con ello, se flexibilizan algunos procesos sin eliminar controles.

Nuevos plazos y reportes obligatorios al ISC

La normativa reduce de 30 a 20 días hábiles el plazo para presentar informes tras el cierre del año cafetalero. Esta obligación aplica a beneficiadores, pergamineros y torrefactores.

Además, deberán reportar gastos administrativos, ajustes de precios y rendimientos. Antes, estos datos no eran obligatorios.

Por otra parte, los intermediarios deberán informar cada mes sus operaciones. Tendrán un plazo de 10 días hábiles para reportar compras, ventas y existencias.

Los informes incluirán cantidades de café según tipo y calidad. También deberán detallar transferencias y servicios de procesamiento.

Nuevas infracciones y control al procesamiento

La reforma tipifica como infracción grave procesar café sin acreditación del ISC. Asimismo, considera infracción muy grave realizar compras o ventas con registros vencidos.

Además, beneficiadores, intermediarios y exportadores deberán reportar el ingreso de café de terceros. Esta medida refuerza el control sobre el origen del producto.

En casos de decomiso, la autoridad policial deberá trasladar el café al beneficio más cercano en un máximo de dos días hábiles. Con ello, se busca agilizar la gestión del producto retenido.

Objetivo de la reforma

La reforma a la ley del café en El Salvador busca ordenar la comercialización y mejorar el control del sector. También pretende actualizar los mecanismos de registro y supervisión.

Con estos cambios, las autoridades apuntan a fortalecer la transparencia y el seguimiento del café desde su producción hasta la exportación.