NUESTRAS REDES

Artículo

Roberto Hernández Valencia: De la formación académica al liderazgo jurídico empresarial

Foto del avatar

Publicado

el

Desde sus primeros años, el Licenciado Roberto Hernández Valencia, se sintió atraído por disciplinas que le permitieran contribuir al bienestar social y al desarrollo estructural del país. Inicialmente, pensó en la medicina como una opción profesional, pero su vocación por la justicia y el marco jurídico del país lo llevó finalmente a decantarse por el Derecho.

“Siempre tuve una inclinación un tanto humanista. Originalmente quería ser médico, pero creo que mi madre, que en paz descanse, siempre tuvo esa visión y me decía ‘tú deberías estudiar Derecho, deberías estudiar Leyes’”, recuerda Hernández, quien ahora tiene 47 años.

La influencia materna fue determinante, no solo por la orientación que le brindó, sino porque desde pequeño estuvo en contacto con el mundo legal debido al trabajo de su madre en el Órgano Judicial. Sus primeras experiencias indirectas con el Derecho ocurrieron cuando la acompañaba a su lugar de trabajo.

“Recuerdo que, sobre todo en la época del terremoto, los tribunales estaban donde estaba Medicina Legal. El tribunal donde trabajaba mi mamá estaba justo enfrente de la sala de audiencias, y cuando iba a esperarla, me quedaba escuchando las audiencias de materia penal. Ya me llamaba la atención el desenvolvimiento de los abogados”, relata.

Con el tiempo, esta curiosidad se convirtió en una vocación firme que lo llevó a estudiar Derecho.

El reto de la transición académica a la práctica

Una vez dentro de la universidad, Hernández se enfrentó a uno de los desafíos más comunes para los abogados en formación: la desconexión entre la enseñanza teórica y la realidad del ejercicio profesional.

“Cuando nos forman, nos forman de una manera demasiado académica y poco práctica. Luego, cuando nos enfrentamos a la vida jurídica, nos damos cuenta de que lo que aprendimos en la universidad es apenas un 20% de todo lo que el mundo del Derecho implica”, explica.

Esta brecha entre teoría y práctica llevó a Hernández a complementar su educación con una intensa formación autodidacta. Además, tuvo la fortuna de contar con mentores que le ayudaron a comprender mejor la aplicación real del Derecho en diferentes ámbitos. Sin embargo, reconoce que no todos los abogados en formación tienen esa oportunidad.

“No todos tienen la posibilidad de encontrar a alguien que los guíe en el Derecho, y es parte de lo que tratamos de hacer ahora en nuestra firma: apoyar a los jóvenes profesionales para que puedan tener una mejor formación práctica”, añade.

Esta visión sobre la educación y la formación profesional lo ha llevado a diseñar un modelo de trabajo en el que se complementa la enseñanza universitaria con una capacitación en el entorno real del ejercicio legal.

De abogado in-house a líder de su propia firma

Antes de fundar HOMINID Abogados, en 2018, Hernández trabajó en diversas empresas y sectores, lo que le permitió ampliar su perspectiva sobre el Derecho Corporativo e Inmobiliario.

“Creo que mi principal influencia han sido los empresarios. Tener la oportunidad de conocer a diferentes empresarios de distintos sectores me permitió aprender de sus fortalezas y errores, entender qué estrategias funcionan y cuáles no”, señala.

Durante estos años, identificó que en el sector inmobiliario existían muchas deficiencias en términos de asesoría jurídica. Observó que la mayoría de los proyectos utilizaban modelos de negocio genéricos sin adaptarlos a las necesidades específicas del mercado.

“Muchos negocios inmobiliarios han sido un ‘copiar y pegar’ de modelos que no necesariamente se ajustan a cada caso. Nosotros queríamos cambiar eso y diseñar estructuras que realmente funcionaran para cada proyecto”, comenta.

Fue en este punto donde tomó la decisión de fundar su propia firma, junto con su socia.

El desafío de liderar un despacho legal

Una de las principales diferencias entre ser abogado in-house y dirigir su propia firma radica en el nivel de responsabilidad asumida.

“Cuando eres abogado in-house, eres parte de un equipo, pero cuando diriges tu propia firma, todo recae en ti. La responsabilidad es completamente diferente”, explica Hernández.

Además, reconoce que liderar un equipo de abogados implica desarrollar habilidades más allá del Derecho.

“Iniciamos con cinco personas y ahora somos 24. Mi mayor aprendizaje ha sido desarrollar habilidades de liderazgo para gestionar un equipo fuerte y comprometido”, añade.

Participación en fusiones y adquisiciones

Uno de los aspectos clave de su trayectoria ha sido su participación en procesos de fusiones y adquisiciones. Hernández destaca que estos procesos conllevan múltiples desafíos, especialmente por los tiempos y la burocracia gubernamental.

“El problema en cualquier adquisición es que las entidades gubernamentales nunca se adecuan al ritmo del negocio. Nosotros fijamos fechas, pero siempre hay retrasos administrativos que pueden afectar una transacción”, explica.

Para Hernández, la clave en estos procesos es la anticipación y la planificación estratégica.

“Uno va creando un programa con tiempos estimados, pero siempre hay factores externos que pueden generar retrasos. Lo importante es contar con un plan de contingencia y estar en constante comunicación con las partes involucradas”, comenta.

La evolución de su enfoque profesional

A lo largo de los años, Hernández ha evolucionado de ser un abogado especializado en derecho corporativo a convertirse en un empresario legal.

“Cuando estuve empleado, siempre procuré aprender más y ser muy académico en la docencia. Sin embargo, al liderar un equipo, el aprendizaje se ha centrado en el liderazgo y la gestión empresarial”, explica.

Parte de esta evolución ha implicado también la adaptación a las nuevas tecnologías. En su firma, han integrado herramientas digitales para mejorar la eficiencia y la transparencia en sus procesos.

“Hemos implementado software de seguimiento de casos y herramientas de inteligencia artificial para optimizar tiempos y mejorar la experiencia de nuestros clientes”, señala.

Planes a futuro

Actualmente, HOMINID Abogados tiene ambiciosos planes de expansión.

“Estamos trabajando en nuestra apertura en Guatemala y esperamos consolidar operaciones en el primer semestre del año. Además, estamos lanzando un podcast enfocado en temas empresariales, con el objetivo de compartir nuestro conocimiento con un público más amplio”, revela Hernández.

Para él, el futuro del Derecho no solo depende del conocimiento técnico, sino también de la capacidad de adaptación y liderazgo.

Señala que el derecho inmobiliario seguirá evolucionando en la medida en que el mercado se vuelva más sofisticado y demandante. Algunas áreas clave en los próximos años serán:

  • Desarrollo de proyectos sostenibles: La normativa ambiental y los requisitos para certificaciones ecológicas serán cada vez más relevantes. Los proyectos inmobiliarios deberán alinearse con estándares internacionales de sostenibilidad.
  • Digitalización y blockchain en transacciones inmobiliarias: La adopción de contratos inteligentes y la tokenización de activos facilitarán procesos de compraventa y financiamiento, reduciendo tiempos y costos de transacción.
  • Reforma de regulaciones obsoletas: Es necesario modernizar ciertas normativas que limitan el crecimiento del sector. Aspectos como la propiedad horizontal, los tiempos de aprobación de permisos y la estructuración de fideicomisos requieren ajustes que permitan mayor agilidad en la ejecución de proyectos.
  • Mayor integración con mercados internacionales: La apertura de nuevas oportunidades de inversión extranjera exigirá modelos jurídicos más robustos y eficientes que faciliten la entrada de capitales sin aumentar riesgos legales.

El reto para los abogados especializados en derecho inmobiliario será mantenerse actualizados, entender las dinámicas del mercado y proponer soluciones innovadoras que permitan el desarrollo del sector sin comprometer la seguridad jurídica.

“Desde el primer día concebimos nuestra firma como un proyecto colectivo, no individual. Nuestra meta es que HOMINID trascienda en el tiempo y continúe brindando soluciones innovadoras en el sector legal”, concluye.

—————————————————————————————————————————–

“La estabilidad jurídica es clave para el crecimiento del sector inmobiliario”


La visión estratégica del Licenciado Roberto Hernández Valencia sobre el derecho inmobiliario en El Salvador se resume en estas preguntas clave en donde aborda desafíos, tendencias y oportunidades en el sector. Sus respuestas reflejan la importancia de una asesoría legal integral, la necesidad de modernizar regulaciones y la evolución de modelos de inversión que podrían transformar la industria inmobiliaria en el país.

En el contexto actual, ¿cuáles considera que son los principales desafíos legales en el sector inmobiliario en El Salvador?

Uno de los desafíos más grandes es la falta de actualización en el marco jurídico. Si bien se han dado avances en la atracción de inversión, muchas de las normativas que regulan el desarrollo inmobiliario fueron creadas hace décadas y no contemplan los modelos de negocio actuales ni las necesidades del sector. Esto genera incertidumbre para los inversionistas, ya que hay vacíos legales que pueden afectar la ejecución de proyectos.

Otro reto importante es la gestión de permisos y aprobaciones. En muchos casos, los tiempos administrativos son impredecibles porque las instituciones gubernamentales no tienen procesos optimizados para la velocidad con la que se mueve el sector inmobiliario. Nos encontramos con proyectos que pueden quedar estancados durante meses por una sola resolución que depende de la firma de un funcionario que revisa documentos una vez al mes. Esto representa costos adicionales y riesgos financieros para los desarrolladores.

¿Cómo ha evolucionado la demanda del derecho inmobiliario y qué tendencias legales están surgiendo en el sector?

La demanda de servicios legales en el sector inmobiliario ha evolucionado significativamente en los últimos años. Antes, el enfoque era más transaccional: la redacción de contratos, la formalización de escrituras y la estructuración de fideicomisos. Hoy en día, el derecho inmobiliario requiere una visión más estratégica e interdisciplinaria.

Una tendencia clave es la necesidad de modelos de negocio más flexibles y adaptativos. Vemos un crecimiento en el desarrollo de ofi-bodegas, espacios mixtos de uso comercial y residencial, y proyectos inmobiliarios con financiamiento estructurado. Esto requiere estructuras jurídicas más avanzadas que incluyan fusiones, adquisiciones, coinversiones y figuras como las titularizaciones inmobiliarias.

Otro aspecto relevante es la tokenización de activos inmobiliarios, que está cobrando fuerza en la región. Si bien aún no hay un marco regulatorio consolidado en El Salvador para estos modelos, la tecnología blockchain y los contratos inteligentes podrían transformar la manera en que se comercializan y financian proyectos inmobiliarios en el futuro.”

¿Cuáles son los errores más comunes que cometen los desarrolladores inmobiliarios desde el punto de vista legal?

 Uno de los errores más recurrentes es no estructurar adecuadamente el modelo jurídico desde el inicio. En muchas ocasiones, los desarrolladores empiezan con la compra de terrenos y la obtención de permisos sin definir correctamente las figuras legales que van a utilizar. Esto puede generar problemas con la gestión de propiedad horizontal, regímenes de condominio, o incluso con la distribución de responsabilidades entre inversionistas y socios comerciales.

Otro error común es no prever los tiempos administrativos para la aprobación de permisos. Muchas veces, los desarrolladores establecen cronogramas de construcción sin considerar que algunas licencias pueden tardar más de lo esperado. Esto puede afectar la entrega del proyecto y generar conflictos con clientes y proveedores.

También es frecuente ver desarrolladores que no realizan una due diligence (debida diligencia) completa al adquirir terrenos. Hemos visto casos en los que se adquiere una propiedad sin verificar adecuadamente su situación registral, fiscal o ambiental, lo que después se traduce en retrasos y problemas legales que podrían haberse evitado desde el inicio.”

¿Cómo impacta la estabilidad jurídica en la atracción de inversión inmobiliaria en el país?

La estabilidad jurídica es uno de los principales factores que los inversionistas evalúan antes de desarrollar proyectos inmobiliarios en cualquier país. Un marco normativo claro y predecible genera confianza y permite estructurar inversiones de largo plazo con menor riesgo.

En El Salvador, hemos visto avances en términos de incentivos para la inversión, pero sigue existiendo una brecha en la aplicación práctica de las normativas. Hay inversionistas interesados en traer capital, pero encuentran incertidumbre en la regulación de propiedad horizontal, en la obtención de permisos ambientales y en la interpretación de ciertas normativas municipales que varían según la jurisdicción.

Además, el acceso a financiamiento y la seguridad jurídica en los contratos son aspectos clave. Si los inversionistas no tienen garantías claras sobre la ejecución de sus derechos en caso de incumplimientos o conflictos, eso desincentiva la inversión. Es por eso que, desde el derecho inmobiliario, es fundamental trabajar en modelos contractuales que protejan a las partes y mitiguen riesgos.

——————————————————————————————————————————

HOMINID Abogados: Innovación y excelencia en el derecho inmobiliario


El sector inmobiliario en El Salvador ha experimentado una transformación significativa en los últimos años, impulsado por un dinamismo constante y el interés creciente de inversionistas nacionales e internacionales. En este contexto, la firma HOMINID Abogados se ha consolidado como uno de los principales referentes en asesoría legal para el desarrollo de proyectos inmobiliarios, gracias a su enfoque especializado y su profundo conocimiento del marco normativo aplicable.

Desde su fundación, en 2018, HOMINID Abogados ha apostado por una visión integral que va más allá de la simple asesoría jurídica. Su trabajo involucra el acompañamiento en todas las etapas del desarrollo de un proyecto inmobiliario, desde la compra de terrenos hasta la comercialización de los inmuebles.

“El primer factor clave para nuestro posicionamiento ha sido el conocimiento del derecho. Nos hemos formado en múltiples áreas regulatorias, desde el Código Civil hasta leyes específicas de urbanización, propiedad inmobiliaria y lineamientos de construcción”, explica el Licenciado Roberto Hernández Valencia, socio director de la firma.

Un enfoque integral en derecho inmobiliario

Lo que diferencia a HOMINID Abogados es su capacidad para integrar aspectos jurídicos con una visión empresarial en cada uno de los proyectos que asesoran. A diferencia de otros despachos que se limitan a ofrecer asistencia en la formalización de contratos o trámites administrativos, HOMINID participa activamente en la planificación y ejecución de los proyectos inmobiliarios, asegurando que cada uno de sus clientes cuente con una estructura legal sólida desde el inicio.

“Nuestra labor no se limita a redactar contratos o revisar documentos. Participamos en cada fase del desarrollo del proyecto, asesorando a los inversionistas desde la identificación del terreno hasta la negociación de contratos de construcción y, finalmente, la comercialización del inmueble”, explica Hernández.

Este nivel de involucramiento permite que los clientes cuenten con una asesoría preventiva y estratégica que minimiza riesgos y optimiza los tiempos de ejecución de los proyectos.

“En derecho inmobiliario, los problemas legales no surgen únicamente en la etapa final, sino desde el momento en que se define la estructura del negocio. Un error en la planificación inicial puede derivar en complicaciones que retrasen o incluso paralicen un desarrollo inmobiliario”, señala el abogado.

El crecimiento acelerado de la firma

La firma ha experimentado un crecimiento constante, tanto en su equipo de profesionales como en la complejidad y escala de los proyectos que asesoran. “Iniciamos con cinco personas, pero nos preparamos y fortalecimos el equipo para que cuando llegaran negocios grandes, estuviéramos listos para afrontarlos”, comenta Hernández.

Actualmente, la firma cuenta con 24 abogados especializados en diferentes ramas del derecho, lo que les permite ofrecer un servicio integral a sus clientes.

“Nos hemos expandido de manera controlada, asegurándonos de mantener la calidad y la especialización de nuestro equipo. En nuestra firma, la capacitación y la actualización constante son pilares fundamentales”, añade.

Proyectos emblemáticos y experiencia en el sector

Uno de los proyectos más significativos en los que ha trabajado HOMINID Abogados es el desarrollo del Hotel Hyatt, en el cual participaron desde la compra del terreno hasta la apertura del hotel.

“Ese proyecto ha sido uno de los más emblemáticos para nuestra firma. Mi esposa dice que fue mi segunda esposa, porque lo abracé personalmente desde el primer día hasta su inauguración. Incluso, seguimos siendo los abogados de cabecera del hotel”, recuerda Hernández.

El proyecto enfrentó múltiples desafíos, incluida la pandemia, que afectó los plazos de apertura y obligó a los desarrolladores a adaptarse rápidamente a una nueva realidad del mercado.

“La industria hotelera es altamente especializada y requiere un profundo conocimiento del marco regulatorio y de las normativas internacionales aplicables. Son pocos los abogados en el país que han trabajado en proyectos de esta magnitud, y para nosotros fue una experiencia que nos permitió desarrollar un expertise único en este segmento”, comenta Hernández.

Además de este proyecto, la firma ha trabajado en el desarrollo de Ofi Bodegas, una tendencia en crecimiento en el país.

“Las Ofi Bodegas son un modelo de negocio que nació en Guatemala y ha ido ganando popularidad en El Salvador. Se trata de proyectos que combinan espacios de oficinas con áreas de almacenamiento y logística, lo que permite a las empresas optimizar su operación en un solo lugar”, explica Hernández.

Asimismo, HOMINID ha participado en desarrollos residenciales, enfrentando retos regulatorios y administrativos que han requerido estrategias innovadoras para garantizar el éxito de los proyectos.

Desafíos del sector inmobiliario en El Salvador

Uno de los principales retos que enfrenta el sector inmobiliario en el país es la falta de actualización en el marco normativo y la burocracia en la obtención de permisos y autorizaciones.

“El problema no es solo la normativa desactualizada, sino que las instituciones gubernamentales no han evolucionado al ritmo del mercado. Muchas veces, una resolución administrativa puede tardar meses en ser aprobada, afectando la viabilidad comercial de un proyecto”, señala Hernández.

Este tipo de retrasos genera costos adicionales y pone en riesgo la rentabilidad de las inversiones.

“Tuvimos un proyecto en el que logramos cerrar todo en tiempo récord desde el punto de vista jurídico, pero una municipalidad tardó más de tres meses en emitir una resolución clave. Eso hizo que el lanzamiento comercial del proyecto se retrasara significativamente”, explica el abogado.

Para minimizar estos riesgos, HOMINID Abogados trabaja de la mano con las autoridades y mantiene una comunicación constante con los clientes para anticiparse a posibles obstáculos.

Innovación y tecnología en la firma

Conscientes de que la tecnología juega un papel fundamental en la optimización de procesos legales, HOMINID Abogados ha integrado herramientas digitales para mejorar la eficiencia y la transparencia en la gestión de los casos.

“Hemos invertido en un software de seguimiento de casos que nos permite transparentar el proceso con nuestros clientes. Además, estamos explorando el uso de inteligencia artificial para agilizar tareas repetitivas como la traducción de documentos y la elaboración de resúmenes de reuniones”, comenta Hernández.

La firma también ha apostado por la virtualidad y el trabajo remoto, facilitando la comunicación con clientes y optimizando el tiempo de los abogados.

Fusiones y adquisiciones en el sector inmobiliario

Otro aspecto diferenciador de HOMINID Abogados es su experiencia en fusiones y adquisiciones aplicadas al sector inmobiliario.

“Muchas veces, la etapa inicial de un proyecto inmobiliario implica la unión de varias empresas o inversionistas. Nosotros diseñamos modelos que permiten estructurar estas asociaciones de manera eficiente y segura”, explica Hernández.

Además, la firma ha incursionado en modelos innovadores como la tokenización y la titularización de activos inmobiliarios, abriendo nuevas posibilidades para la inversión en bienes raíces en el país.

“Estamos explorando mecanismos que permitan atraer inversión extranjera y brindar opciones más flexibles a los inversionistas locales. La tokenización de activos es una tendencia en crecimiento a nivel global y creemos que en El Salvador tiene un gran potencial”, señala el abogado.

Planes de expansión y visión a futuro

De cara al futuro, HOMINID Abogados tiene planes de expansión regional.

“Estamos trabajando en nuestra apertura en Guatemala y esperamos consolidar operaciones en el primer semestre del año. Queremos llevar nuestra experiencia en derecho inmobiliario a otros mercados y fortalecer nuestra presencia en Centroamérica”, comenta Hernández.

Además, la firma está apostando por la creación de contenido educativo y la divulgación de conocimientos a través de nuevas plataformas.

“Estamos lanzando un podcast enfocado en temas empresariales y legales, con el objetivo de compartir nuestro conocimiento con un público más amplio. Creemos que el acceso a información clara y precisa es clave para el desarrollo del sector”, concluye.

Con una visión clara y un equipo altamente capacitado, HOMINID Abogados continúa consolidándose como un referente en el derecho inmobiliario en El Salvador, apostando por la especialización, la innovación y el acompañamiento estratégico a sus clientes.

Click para comentar

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Artículo

Planificación patrimonial offshore en la era del cumplimiento reforzado

Jaime Quintanilla R. | Economista y Asesor en Planificación Patrimonial

Foto del avatar

Publicado

el

Existe una idea instalada en parte del imaginario empresarial centroamericano: que la última década de cumplimiento reforzado clausuró la planificación patrimonial internacional para el profesional de la región. La premisa es errónea, aunque entendible.

La arquitectura regulatoria que ordena el sistema financiero global hoy (GAFI, GAFILAT, FATCA, CRS) suele leerse como un cerco progresivo sobre la operación offshore. En parte lo es. Pero solo sobre una variante específica: la que dependía de no ser vista.

Lo que terminó en la última década no fue la planificación patrimonial internacional. Fue la opacidad como propuesta de valor. Lo que se consolidó es un estándar de disciplina que separa, con criterio cada vez más fino, al cliente offshore legítimo del cliente que ya no califica para estructuras reputables. La transición tiene implicaciones para tres audiencias que coinciden en el lectorado de esta revista.

El abogado corporativo que asesora empresarios. El oficial de cumplimiento que evalúa relaciones financieras institucionales. El empresario profesional independiente que estructura su propio patrimonio. Para los tres, leer mal el cambio cuesta caro.

La era del cumplimiento reforzado: qué cambió en una década

El desplazamiento no fue abrupto. Fue acumulativo, y respondió a una arquitectura internacional construida para volver visible lo que antes no lo era.

Las 40 Recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional, el GAFI, establecieron el estándar que hoy ordena la prevención del lavado de activos en más de doscientas jurisdicciones. El GAFILAT, su brazo regional latinoamericano, opera desde el año 2000 y agrupa hoy a dieciocho países, El Salvador incluido. Su mandato es verificar, mediante evaluaciones mutuas periódicas, qué tan efectivamente cada miembro implementa esas Recomendaciones en su ordenamiento interno.

A ese marco se sumaron dos instrumentos que cambiaron la mecánica del sistema. La Foreign Account Tax Compliance Act estadounidense, vigente desde 2014, obliga a instituciones financieras de todo el mundo a reportar cuentas de personas estadounidenses al fisco norteamericano.

El Common Reporting Standard de la OCDE, adoptado desde 2017 por más de cien jurisdicciones, extiende esa lógica al intercambio automático multilateral. Panamá y Costa Rica lo implementaron desde el 1 de enero de 2017. La consecuencia es directa. Una posición financiera abierta en jurisdicción CRS por residente de otra jurisdicción CRS genera reporte anual automático al fisco del país de residencia. Sin acción del titular. Sin gestión adicional. Sin opción de evitarlo dentro del sistema regulado.

En El Salvador, el marco interno se actualizó en octubre de 2025 con la entrada en vigencia del Decreto Legislativo 426. La nueva Ley Especial deroga el régimen de 1998 y construyó en su lugar el SINAPLAFT, sistema preventivo que integra autoridades financieras, fiscales y sujetos obligados bajo un mismo marco operativo.

La pieza técnica más relevante para esta conversación está en el artículo 10. La decisión sobre una relación financiera no puede sostenerse en señalamientos o antecedentes aislados. Debe sostenerse en evaluación individualizada y objetiva del riesgo, conforme al enfoque basado en riesgo. El sistema no opera por automatismo binario. Discrimina, y lo hace con criterio.

El efecto agregado es menos visible que sus piezas, pero más determinante. La jurisdicción que no implementa CRS, o que no responde a solicitudes bajo el marco GAFI, quedó fuera del mapa operativo de los bancos correspondientes, las aseguradoras con calificación internacional y las custodias reputadas. No por prohibición legal, sino por consecuencia técnica: las contrapartes regulables no operan con jurisdicciones que las exponen. El resultado, observable en el ecosistema de la última década, es la concentración del flujo legítimo en jurisdicciones que sí cumplen y la marginación progresiva de las que no.

El offshore que mantiene viabilidad operativa hoy es el offshore declarado. El que no se declara opera fuera del sistema regulado, con costos y riesgos crecientes.

Quién estructura hoy: el cliente que sí califica

El cliente offshore centroamericano de hace veinte años no es el de hoy. La transición regulatoria depuró el perfil. Hoy quien estructura legítimamente patrimonio internacional desde la región responde, con variantes, a cuatro arquetipos.

El primero es el profesional independiente con ingresos en dólares o equivalente estable. Un médico especialista con consulta privada. Un abogado corporativo con cartera regional. Un ingeniero consultor que factura desde múltiples países. No tienen empleador que les construya pensión ni red de seguridad ante incapacidad. Se estructuran para continuidad de ingreso si dejan de poder ejercer, y para retiro denominado en moneda dura.

El segundo es el empresario con operaciones regionales: centroamericano con proveedores, clientes o subsidiarias en dos o más países. La estructura responde a un descalce real: vive en una jurisdicción, sus activos productivos están en varias, y su sucesión, si no se planifica, se fragmenta en todas a la vez.

El tercero es el ejecutivo de alta gerencia con flujos internacionales. C-level o director regional de multinacional. Bonos en dólares, stock options, paquete que cruza fronteras antes de llegar a su cuenta. Estructura para que su protección patrimonial esté denominada en la misma moneda que su flujo de ingreso. Coherencia cambiaria, no exotismo.

El cuarto es la familia con horizonte sucesorio multi-jurisdiccional. Padres en un país. Hijos estudiando o trabajando en otro. Activos productivos o residenciales en un tercero. Sin planificación, la sucesión se fragmenta en problemas legales simultáneos en tres jurisdicciones, cada una con régimen sucesorio propio y tiempos procesales independientes.

Lo que une a los cuatro es más relevante que lo que los distingue. Ingreso documentable. Origen de fondos verificable. Voluntad de cumplir con el reporting fiscal de su jurisdicción de residencia. El cliente que no quiere documentar origen, o que pregunta cómo evitar el reporte CRS, queda fuera del perímetro operable. No es ética declarada. Es arquitectura: ninguna correduría regulada ni aseguradora con calificación A puede operarlo.

La disciplina del cumplimiento reforzado

Estructurar offshore hoy se parece menos a abrir una cuenta y más a sostener una relación contable disciplinada en el tiempo. La diferencia operativa entre la planificación legítima y la que ya no es viable se construye en dos momentos.

El primer momento ocurre en el onboarding. La aseguradora o la entidad custodia internacional aplica debida diligencia reforzada: identifica al cliente, identifica al beneficiario final cuando hay estructura societaria intermedia, cruza los datos contra listas de vigilancia internacional, evalúa exposición política y reputacional. Junto a esa verificación de personas, exige documentación trazable del origen de los fondos que se asegurarán o invertirán. Sin esa trazabilidad no hay póliza ni cuenta. No es trámite previo: es condición de admisibilidad. El cliente que entiende el estándar lo provee sin fricción. El que pregunta cómo sortearlo no pasa la puerta.

El segundo momento empieza después, y no termina. La estructura legítima vive bajo reporting continuo. La declaración fiscal en la jurisdicción de residencia del titular es premisa, no opción. El intercambio automático bajo CRS opera año tras año, sin gestión del titular. Y cada cambio relevante (residencia fiscal, beneficiarios, estructura societaria) dispara obligaciones nuevas que la planificación debe absorber sin perder coherencia.

Esa es la disciplina que distingue al cliente que sí califica. El offshore contemporáneo no premia astucia. Premia consistencia documental sostenida en el tiempo.

Lecturas necesarias del nuevo estándar

La planificación patrimonial internacional, en el contexto centroamericano, dejó de leerse como lujo y empezó a leerse como respuesta técnica a un descalce concreto. El cliente típico de la región opera con dimensión patrimonial regional: ingresos o activos productivos en varios países, hijos estudiando fuera, propiedades distribuidas.

Su entorno operativo doméstico, en cambio, es pequeño y concentrado. El offshore declarado, hecho bien, es coherencia estructural entre esas dos dimensiones. No es fuga ni escape. Es alineación entre la geografía real del patrimonio y la estructura que lo soporta.

Para el abogado corporativo, la implicación es de diseño, no de revisión. Cuando un cliente estructura patrimonio internacional, las cláusulas de su testamento, los acuerdos de socios, los pactos prenupciales y la designación de beneficiarios en pólizas internacionales deben leerse en conjunto. Una designación de beneficiario en una póliza offshore que no se coordina con el régimen sucesorio doméstico no es un error menor: es una falla de diseño que se materializa cuando ya nadie puede corregirla.

Para el oficial de cumplimiento, la señal técnica es contraintuitiva. El cliente que estructura offshore declarado, con beneficiario final identificado y trazabilidad CRS activa, es más legible que el cliente con flujos cross-border sin estructura formal. La opacidad no vive en el offshore declarado. Vive en el patrimonio fragmentado sin arquitectura.

Para el empresario o profesional independiente, la pregunta operativa cambió. Ya no es si conviene estructurar internacionalmente. Es si la estructura que se tiene, o la que se está considerando, responde al estándar contemporáneo de cumplimiento, o si quedó atrapada en una lógica que el sistema ya no opera. Lo segundo se descubre tarde, casi siempre cuando la estructura tiene que activarse.

La opacidad fue durante décadas una propuesta de valor. Hoy es un pasivo. El offshore declarado se sostiene porque puede ser leído, auditado y reportado sin fricción. La pregunta dejó de ser cómo permanecer invisible. Es cómo construir algo que resista ser visto.

Leer más

Artículo

Blockchain como prueba: el nuevo reto de la justicia digital

Marcela Rivas | Attorney en Legalitika & Nodeman

Foto del avatar

Publicado

el

La digitalización de la justicia salvadoreña ha avanzado más allá de la simple tramitación de expedientes por vía electrónica o de las notificaciones por correo. La tecnología blockchain, que muchos todavía asocian únicamente con Bitcoin y los activos digitales, se está abriendo paso como una herramienta con implicaciones serias para el derecho probatorio, al ofrecer una forma de garantizar la integridad y la trazabilidad de la información que los medios de prueba tradicionales no logran igualar con la misma solidez y precisión.

La idea de este artículo es compartir sobre cómo el blockchain hoy representa un cambio real en la manera de entender la prueba electrónica, cómo encaja dentro del marco procesal que ya tenemos en El Salvador, y cuáles son los retos que todavía hay que resolver antes de que su uso en juicios sea común.

La prueba electrónica tradicional, como correos, capturas de pantalla, archivos de Word o PDF, sigue siendo, y seguirá siendo, una herramienta central en cualquier litigio. Para cambiar un solo registro habría que modificar todas las copias que existen en la red, algo que en la práctica es básicamente imposible. Y esto es justo lo que le interesa a un juez a la hora de valorar una prueba, que se pueda comprobar la integridad del dato y que sea difícil o imposible de manipular una vez creado. Pero tiene un punto débil que los abogados litigantes conocen bien y es que los datos que indican cuándo se creó o modificó un documento se pueden cambiar con relativa facilidad, lo que obliga muchas veces a recurrir a peritajes informáticos que, aun cuando realizan un trabajo riguroso, se vuelve difícil alcanzar una certeza absoluta sobre si un documento fue alterado.

El blockchain funciona de otra manera. Cada vez que se guarda un registro, queda copiado al mismo tiempo en muchas computadoras distintas, los llamados nodos, que están conectados entre sí de forma que cada uno depende de una fórmula matemática de la anterior. Además, ese registro queda marcado con la fecha y hora exacta en que se creó, y esa marca la puede revisar cualquiera, sin tener que confiar únicamente en la palabra de quien presenta la prueba.

Cómo encaja en el marco regulatorio salvadoreño

El sistema procesal salvadoreño, tanto en materia civil y mercantil como en materia penal, maneja un principio de libertad probatoria bastante amplio, que permite incorporar medios de prueba no regulados de forma expresa, siempre que sean pertinentes, útiles y no vayan contra la moral o el orden público. Este principio abre la puerta a la evidencia basada en blockchain, tanto en un litigio civil o mercantil como en un proceso penal, porque no exige que la ley la mencione expresamente.

El Código Procesal Civil y Mercantil, específicamente en su artículo 396 permite proponer como prueba los medios de reproducción del sonido, la voz, los datos o la imagen, una redacción amplia que, muy seguramente, el legislador escogió a propósito, a modo de no atarse a una tecnología en específico, que con el pasar de los años evolucionaría de gran manera.

A esto se suma la Ley de Firma Electrónica, que en su artículo 4 reconoce los principios de autenticidad e integridad para los documentos suscritos electrónicamente, y en su artículo 23 exige que se pueda identificar con certeza quién firmó, y que cualquier cambio hecho al documento después de la firma quede en evidencia. Blockchain cumple esto de forma natural, porque por su propio diseño hace casi imposible cambiar un registro sin que quede evidencia de ello. Sin embargo, blockchain no cumple todos los requisitos formales que la ley exige para gozar de esa presunción automática, por lo que un juez podría valorarlo, más bien, bajo las reglas de la sana crítica.

El valor probatorio de blockchain no se limita a disputas sobre activos digitales o bitcoin. Por ejemplo, actualmente ya se habla de usarlo para certificar documentos ante notario, de forma que se sube el hash, un tipo de “huella digital del documento”, a una red pública, y eso permite demostrar que ese documento ya existía, íntegro, en una fecha determinada. También se usa para darle seguimiento a la cadena de custodia en procesos de debida diligencia, cada vez que un activo cambia de manos, ese movimiento queda registrado y se puede comprobar después.

Lo mismo pasa con los contratos inteligentes, donde tanto el código como el resultado de su ejecución quedan guardados de forma permanente y cualquier persona los puede consultar. Y hay un uso que cada vez se menciona más: la prueba de autoría o de propiedad intelectual, dejando constancia temprana de una obra en una red pública, de modo que quede claro que existía antes de que surgiera cualquier disputa con un tercero.

Con el uso de la tecnología como medio probatorio en juicios, también surgen preguntas complicadas, por ejemplo, qué criterios son necesarios que se pongan a disposición para valorar la certeza de una transacción o dato que está almacenado en la blockchain. Lo que todavía está en desarrollo es el puente entre esa solidez técnica y la práctica judicial diaria y que, con eso, con el tiempo se construya una línea de criterios jurisprudenciales que también otorgarían cierto nivel de seguridad jurídica.

El momento estratégico de El Salvador

El Salvador tiene una ventaja que pocos países pueden decir que tienen: un marco jurídico que ya reconoce y regula el blockchain, bajo la Ley Bitcoin y la Ley de Emisión de Activos Digitales. Esa base normativa deja al país bien posicionado para convertirse también en referente regional en materia de admisión y valoración de prueba electrónica basada en tecnología de registro distribuido, adelantándose a otros países que todavía no tienen del todo claro cómo regular estas tecnologías.

Esa combinación entre innovación tecnológica y solidez procesal es clave y estratégica. El Salvador cuenta con un marco normativo que entiende las tecnologías que regula y ese entendimiento técnico, pero aplicado al marco probatorio, puede convertirse en otra gran ventaja.

En Legalitika/Nodeman acompañamos a empresas dentro del ecosistema de los mercados digitales de capital a integrar su modelo de negocios con la Ley Bitcoin y/o la Ley de Emisión de Activos Digitales, apoyando procesos de estructuración de emisiones publicas y privadas, así como la obtención de licencias como Proveedor de Servicios de Activos Digitales (PSAD) y registro como Proveedor de Servicios Bitcoin (RPSBTC).

El blockchain todavía no es común en salas de audiencia salvadoreñas, pero el marco normativo ya está muy bien preparado. Lo que está pendiente es ponerlo en práctica, que actores claves se vayan familiarizando con los aspectos técnicos, al ritmo en que la tecnología también se va abriendo paso en el mundo de los negocios.

“Lo que todavía está en desarrollo es el puente entre esa solidez técnica y la práctica judicial diaria y que, con eso, con el tiempo se construya una línea de criterios jurisprudenciales que también otorgarían cierto nivel de seguridad jurídica.”

Leer más

Artículo

Riesgos legales de los correos electrónicos y WhatsApp para cargos gerenciales

Mauricio Ernesto Guardado | Director de Litigios Central Law El Salvador

Foto del avatar

Publicado

el

Muchos clientes –y me refiero, en particular, a altos cargos gerenciales– ignoran la importancia de mantener una comunicación adecuada durante el cumplimiento de las relaciones contractuales, así como los alcances y efectos que dicha comunicación puede tener frente a riesgos legales futuros. Por regla general, en los usos comerciales, una relación de negocios se entabla sobre la base de la confianza, lo que, a nuestro criterio, suele traducirse en informalidad. Esto provoca, en muchas ocasiones, la falta de acompañamiento de asesoría legal y la inexistencia –o casi nula existencia– de documentación que respalde un reclamo en caso de ruptura del vínculo comercial entre las partes.

Es en estos escenarios cuando, frente a eventuales litigios, el abogado se ve en la necesidad de revisar la comunicación sostenida entre las partes. Para ello resulta importante realizar un barrido de la prueba electrónica, entendida como toda aquella íntimamente relacionada con las tecnologías de la información y la comunicación (TIC), las cuales se encuentran en constante avance y dinamismo.

De ahí la importancia de comprobar, como parte primordial en juicio, la existencia de una relación comercial, los detalles o eventualidades acaecidas, los compromisos adquiridos y los incumplimientos que sustentan la base del negocio objeto de reclamo. Bajo ese contexto, los mensajes de correo electrónico y WhatsApp pueden ser utilizados como prueba en juicio.

Más allá de la perspicacia del abogado, la forma en que se introducen al proceso determina su validez y el alcance de la posible valoración por parte del juez. Así, por ejemplo, no es lo mismo incorporar mensajes de correo electrónico y WhatsApp mediante prueba pericial informática, a través de un informe técnico, que mediante una simple impresión de estos. En ambos casos, la validez o ponderación que realice el juez será distinta, y la prueba se expone a que otro abogado cuestione sagazmente su admisibilidad y la autenticidad de su contenido.

En ese sentido, al valorar su contenido, el juez puede ponderar aspectos de la comunicación sostenida y decantar el resultado de un eventual reclamo, conforme a los usos comerciales, la experiencia y el sentido común; en otras palabras, conforme a lo que en lenguaje técnico legal conocemos como sana crítica.

La Sala de lo Civil de la Corte Suprema de Justicia de El Salvador ha dejado claro que las impresiones o capturas de pantalla de WhatsApp no tienen valor probatorio por sí mismas, y ha sostenido que deben aportarse con el medio original y acreditar su autenticidad e integridad para que puedan ser valoradas. Sin embargo, ello no obsta para que sean consideradas como documentos de respaldo de los hechos.

En procesos penales se han utilizado mensajes de WhatsApp como prueba cuando se autentican y se extraen del dispositivo por vía pericial, contribuyendo a una condena o al análisis de responsabilidad del ilícito. En materia civil y mercantil, los juzgados suelen valorar las impresiones de correos electrónicos y WhatsApp como parte de la prueba documental, mientras no se redarguye de falso su contenido ni resulte comprometida su autenticidad. También son admisibles a través de prueba pericial de carácter informático, con el fin de extraer del medio fuente la información que será valorada en juicio.

En tal sentido, el artículo 312 del Código Procesal Civil y Mercantil prescribe el derecho a probar en los siguientes términos: “Las partes tienen derecho a probar, en igualdad de condiciones, las afirmaciones que hubieran dado a conocer sobre los hechos controvertidos que son fundamento de la pretensión o de la oposición a ésta; a que el juez tenga en cuenta, en la sentencia o decisión, las pruebas producidas; y a utilizar los medios que este código prevé, así como aquéllos que, dada la naturaleza del debate, posibiliten comprobar los hechos alegados”.

También la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de El Salvador ha sostenido que: “…el derecho a utilizar los medios de prueba pertinentes –derivado del derecho de defensa– está protegido en la medida en que una lista cerrada de medios no impide que se puedan utilizar otras fuentes de prueba; pues al final lo determinante del ejercicio efectivo del derecho de defensa es la amplitud de fuentes de prueba, aunque deban incorporarse al proceso exclusivamente por los ‘medios’ que la ley establece” (Sentencia de Inconstitucionalidad 23-2003Ac, pronunciada el 18 de diciembre de 2009).

En todos los casos, al momento de tomar su decisión de fondo, el juez debe realizar un análisis de la autenticidad, integridad y legalidad de la prueba, requisitos mínimos para la valoración de la prueba electrónica.

Así pues, en el caso de El Salvador, los gerentes y demás cargos de dirección pueden incurrir en obligaciones o comprometer a la compañía que representan frente a terceros, aun sin percatarse de ello ni comprender plenamente su relevancia.

De igual manera, cualquier información sensible o datos compartidos pueden ser utilizados en su contra en juicio, pues la ley reconoce relevancia a los cargos de alta jerarquía y dirección en cuanto a la representación y la toma de decisiones en los negocios. De ahí que el envío de correos electrónicos y mensajes de WhatsApp sin un análisis legal previo pueda alterar el resultado de un futuro reclamo judicial, lo que, en última instancia, podría traducirse en una pérdida económica eventual de miles o incluso millones de dólares para un cliente.

En ese sentido, resulta de suma trascendencia crear una cultura de formalidad y previsión de riesgos legales en los negocios de nuestros clientes; procurar que los cargos gerenciales filtren cada mensaje de comunicación, especialmente cuando existan puntos en discordia respecto de un negocio, a fin de no comprometer u otorgar algo que no haya sido previamente presupuestado; establecer un canal de comunicación formal previamente definido, para tener pleno control de cada situación y designar a una persona encargada de dicha comunicación; y, finalmente, dejar siempre constancia en los correos electrónicos y mensajes de los actos, acuerdos y discrepancias que se susciten, particularmente cuando estos hayan sido de carácter verbal.

“Por regla general, en los usos comerciales, una relación de negocios se entabla sobre la base de la confianza, lo que, a nuestro criterio, suele traducirse en informalidad. Esto provoca, en muchas ocasiones, la falta de acompañamiento de asesoría legal y la inexistencia –o casi nula existencia– de documentación que respalde un reclamo en caso de ruptura del vínculo comercial entre las partes.”

Leer más

Artículo

LANS LAW GLOBAL: Tres trayectorias, una nueva visión de la firma

Foto del avatar

Publicado

el

La firma articula una nueva visión institucional basada en la integración de las capacidades de sus tres socios. Carlos Meléndez, director de LANS, explica un modelo que busca abordar los asuntos de sus clientes desde el litigio, la negociación estratégica y el acompañamiento corporativo.

Para LANS LAW GLOBAL, iniciar una nueva etapa implica replantear la manera en que una firma legal responde a las necesidades de sus clientes. Su visión parte de integrar distintas experiencias profesionales dentro de una misma estructura y abordar los asuntos jurídicos no como problemas aislados, sino considerando también la realidad empresarial y las implicaciones que pueden existir alrededor de cada caso.

Carlos Alberto Meléndez Navas, director de LANS, define este momento como la convergencia de las trayectorias de sus tres socios (Carlos Meléndez, Carlos Salmán y Jaime Cárcamo), cuyas experiencias se han desarrollado en diferentes ámbitos del ejercicio profesional y de la institucionalidad pública.

“LANS representa hoy la convergencia de tres trayectorias que, por separado, ya eran sólidas y que juntas se han multiplicado y amplificado entre sí”, sostiene Meléndez.

Detrás de esa integración existe una idea que, según el director de la firma, orienta el modelo que buscan consolidar: evitar que las diferentes necesidades legales de un cliente sean atendidas como compartimentos separados.

“El cliente no necesita tres abogados con especialidades distintas trabajando en paralelo. Necesita una sola firma capaz de ver la totalidad de su problema jurídico y de su realidad de negocios”, explica.

Desde esa perspectiva, LANS busca integrar dentro de una misma propuesta el litigio, la negociación estratégica y el acompañamiento corporativo, de manera que las diferentes dimensiones de un asunto puedan analizarse conjuntamente antes de definir una estrategia.

Tres experiencias bajo una misma mesa

La complementariedad entre los socios ocupa un lugar central en esta visión. Meléndez señala que las capacidades de cada uno se han construido desde experiencias profesionales diferentes y que la apuesta consiste en llevarlas a una misma mesa de análisis.

Su trayectoria está vinculada al litigio penal y a las defensas integrales frente a situaciones que pueden derivar en la criminalización indebida de negocios jurídicos. Carlos Salmán incorpora la experiencia adquirida durante su trayectoria en los ministerios públicos, mientras Jaime Cárcamo suma el conocimiento desarrollado desde su paso por la institucionalidad del Estado salvadoreño.

Más que mantener estas capacidades como prácticas independientes, el planteamiento es utilizarlas de manera complementaria cuando las características de un caso así lo requieran.

Esta dinámica busca diferenciarse de un esquema que Meléndez identifica como frecuente en la prestación tradicional de servicios legales: la contratación de distintos abogados o equipos para atender por separado los componentes corporativos, litigiosos, contractuales u otras necesidades de una misma empresa.

“El caso no se divide entre distintos equipos que trabajan de forma aislada, sino que se analiza desde una sola mesa de trabajo con los tres socios, para buscar una salida integral y legal a las necesidades de nuestros clientes”, afirma.

Una relación basada en claridad y confianza

La nueva visión también alcanza la forma en que LANS busca relacionarse con sus clientes. Para Meléndez, el acompañamiento legal implica comunicar con claridad los escenarios que enfrenta una persona o empresa, incluso cuando las decisiones que deben adoptarse son complejas.

La confianza, explica, debe construirse mediante una comunicación directa sobre la situación jurídica, las alternativas disponibles y los riesgos asociados a cada decisión.

“La relación que LANS busca tener con sus clientes es de confianza. Queremos exponerles, con amplio criterio jurídico, la realidad de la situación que enfrentan y no darle vueltas a sus problemas, sino ofrecerles soluciones”, señala.

Dentro de este modelo también aparece la incorporación de herramientas tecnológicas. LANS contempla el uso de tecnología e inteligencia artificial para apoyar procesos de investigación y fortalecer el análisis de los asuntos que atiende.

Meléndez establece, sin embargo, una separación entre las posibilidades de estas herramientas y la responsabilidad profesional de los abogados. La tecnología será utilizada como apoyo estratégico, pero no como sustituto del criterio jurídico de los socios al momento de analizar los casos y tomar decisiones.

Una práctica con distintas áreas de crecimiento

La proyección de LANS contempla la consolidación de una práctica capaz de atender diferentes áreas dentro de una misma estructura. Entre ellas, Meléndez menciona el litigio penal, civil, mercantil, laboral y de familia, junto con el acompañamiento corporativo.

La firma también identifica el ámbito de las inversiones como parte de su proyección, dentro de una visión que busca conectar la atención jurídica con las necesidades derivadas de las actividades empresariales.

En esta nueva etapa, la apuesta de LANS no se limita, por tanto, a ampliar áreas de práctica. El planteamiento está en la forma de integrarlas: reunir experiencias provenientes de distintos espacios del ejercicio jurídico para analizar los asuntos desde una perspectiva común y ofrecer al cliente una estrategia compartida dentro de una misma estructura legal.

Leer más

Artículo

Prueba digital en casos de fraude de identidad: fundamentos jurídicos prácticos para la comunidad legal

Carlos Morales | Attorney at Law | Regtech & Digital Assets Compliance Specialist | Lexpro US LLC, Managing Partner

Foto del avatar

Publicado

el

La revolución digital no solo cambió cómo delincuentes operan; cambió radicalmente cómo abogados, fiscales y magistrados deben litigar. Sin embargo, muchos profesionales jurídicos siguen abordando la prueba digital como si fuera evidencia convencional: depositan confianza excesiva en testimonios técnicos sin capacidad de cuestionamiento crítico, o descartan evidencia electrónica por desconocimiento de su valor probatorio. En El Salvador, esto genera un vacío jurídico donde víctimas vulnerables son criminalizadas por delitos que no cometieron, mientras delincuentes sofisticados operan impunemente.

El ejemplo más reciente es la Operación “Escudo Virtual” (septiembre 2025), donde la Fiscalía General de la República desarticuló una estructura transnacional que operaba desde cárceles y centros de llamadas, defraudando a más de 4,700 personas con estafas de falsas ofertas de empleo, préstamos inexistentes y esquemas de inversión. El caso involucró a 549 personas, movió $6 millones ilegales, generó 297 condenas y dejó 1,327 expedientes aún en tribunales. Lo inquietante: aproximadamente 1,900 de los imputados fueron catalogados como “mulas”-personas que prestaron sus cuentas bancarias sin conocimiento de que canalizaron dinero ilícito. Muchos enfrentan acusaciones de lavado sin haber cometido delito alguno.

Escenario jurídico real 1: sim swapping y suplantación de identidad

En abril de 2026, la FGR de El Salvador capturó 11 personas en un operativo contra suplantación de identidad mediante “SIM swapping.” La técnica: criminales contactaron a empleados de compañías de telefonía, pagándoles entre $50-200 para que reasignaran la tarjeta SIM de clientes a dispositivos bajo control criminal. Una vez con acceso al número telefónico, podían recibir códigos OTP, autorizar transacciones bancarias sin consentimiento, y acceder a banca electrónica.

El caso defraudó $115,000 a víctimas en San Salvador, Santa Ana, San Miguel y Usulután. Pero aquí está el dilema jurídico: cuando FGR incautaba dispositivos, ¿cómo distinguía entre perpetrador e inocente cuyo número telefónico fue suplantado?

Como abogado defensor, la prueba digital que debe exigir es:

Registros de reasignación de SIM: Compañía de telefonía debe documentar:

  • – Fecha y hora de solicitud de reasignación
  • – Identidad de persona que solicitó (¿coincide con cliente? ¿o es tercero?) Tipo de verificación realizada (¿se pidió documento? ¿comparación biométrica?) IP y dispositivo desde el cual se realizó solicitud

Si la reasignación fue solicitada desde IP en otra ciudad a las 2 AM mientras el cliente dormía, con documento falsificado, y el empleado confiesa haber aceptado dinero, entonces el cliente no es perpetrador sino víctima de suplantación.

Escenario jurídico real 2: operación “escudo virtual” y el problema de las mulas criminalizadas

Caso típico de los 1,900 “mulas” en Escudo Virtual: María, ama de casa de 52 años, desempleada, recibe mensaje de Facebook de supuesto “reclutador” ofreciendo $200 mensuales por “prestar su cuenta bancaria para recibir transferencias.” María, necesitando el dinero, acepta. Proporciona número de cuenta y, sin saberlo, inicia ciclo de lavado:

  • – Dinero llega a su cuenta (producto de estafas a terceros)
  • – Es transferido a otras cuentas en cascada dentro de 4-6 horas
  • – FGR incauta su dispositivo, cuenta bancaria, y acusa a María de lavado de dinero, asociación ilícita y conspiración

María enfrenta 15-20 años de prisión. Su defensor debe presentar prueba digital que demuestre:

Análisis de control de cuenta:

  • – ¿María autorizó personalmente estas transacciones? (Historial de login desde qué dispositivos, qué IPs)
  • – ¿O tercero accedió remotamente? (Presencia de software TeamViewer, AnyDesk, conexiones VPN no autorizadas)
  • – Patrones: ¿María realizó históricamente transferencias de $1,500- 2,000 a desconocidos? (No. Su patrón era $50-100 a familia)

Análisis upstream de financiamiento delictivo:

  • – ¿De dónde originó el dinero que llegó a cuenta de María? (Trazabilidad de fondos) ¿Corresponde a estafas documentadas en denuncias?
  • – ¿María fue “intermediaria involuntaria” o “perpetrador”?

Con esta prueba digital, el defensor puede argumentar: “Fiscal, María es víctima de explotación criminal, no coautora de fraude. El dinero fue sustraído a terceros sin su conocimiento. Simplemente transfirió lo que le solicitaron, bajo engaño de que era empleo legítimo.” Tribunal que entienda prueba digital puede diferenciar.

Escenario jurídico real 3: phishing y falsificación de identidad de bancos

En múltiples operativos 2024-2025, FGR capturó criminales que enviaban correos electrónicos aparentando ser de bancos, con enlaces falsos solicitando “desbloquear cuenta.” Una variante: anuncios de venta de vehículos donde “vendedor” enviaba enlace de “confirmación de depósito” que era phishing. Caso de Nely Mercedes N.: víctima interesada en comprar vehículo hizo “depósito” a través de enlace fraudulento, perdió $800.

Prueba digital que debe exigir tribunal:

  • – Servidor de correo donde fue enviado email falso (¿registrado a nombre de quién?) Metadata del correo (IP origen, timestamp exacto)
  • – Dispositivo desde el cual fue enviado (¿computadora compartida?) Historial de navegación: ¿Pertenece al acusado o a terceros?

Si IP pertenece a cibercafé, el defensor puede argumentar que múltiples personas tuvieron acceso. Si el dispositivo fue compartido, es imposible probar “más allá de duda razonable” que su cliente fue quien cometió el delito.

Derechos procedimentales que abogados salvadoreños deben exigir

La FGR ha sido efectiva en desarticular redes criminales, pero esto también ha generado detenciones masivas donde inocentes quedan atrapados. Abogados defensores tienen derecho a:

  • – Peritaje forense defendible: Exigir que análisis de dispositivos se realice con protocolo certificado, permitiendo peritaje contradictorio. Muchos análisis FGR carecen de cadena de custodia documentada.
  • – Acceso a datos bancarios completos: No solo transacciones sospechosas, sino historial de 6-12 meses. El patrón de comportamiento transaccional es prueba de inocencia.
  • – Separación entre “perpetrador” y “mula”: Tribunal debe analizar si el acusado se benefició personalmente de dinero o simplemente canalizó fondos como intermediario involuntario.

Conclusión para comunidad jurídica salvadoreña

Operaciones como “Escudo Virtual” demuestran que la cibercriminalidad en El Salvador es sofisticada, transnacional, y voluminosa. También demuestran que sistema jurídico debe prevenir:

Magistrados no pueden asumir que toda persona cuya cuenta fue utilizada en fraude es “autor” del fraude. Abogados defensores no pueden aceptar acusaciones técnicas sin cuestionamiento. La prueba digital-cuando se entiende correctamente-es el arma más poderosa en manos de la defensa porque distingue entre culpable e inocente.

Que 1,900 “mulas” de Escudo Virtual enfrenten cárcel mientras cabecillas operan desde cárceles es fracaso sistémico de justicia digital, no éxito de investigación.

“La revolución digital no solo cambió cómo delincuentes operan; cambió radicalmente cómo abogados, fiscales y magistrados deben litigar. Sin embargo, muchos profesionales jurídicos siguen abordando la prueba digital como si fuera evidencia convencional”

Leer más

Popular