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Análisis sobre la inconstitucionalidad de la Ley de Amnistía General

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El pasado miércoles fue un día trascendental en la historia del país, la Sala de lo Constitucional notificó dos sentencias de inconstitucionalidad y una medida cautelar en un mismo día, hecho que ha generado múltiples opiniones en diferentes sectores del país.

La  sentencia que más impactó fue la declaratoria de inconstitucionalidad de la Ley de Amnistía General aprobada en 1993, la cual concedía amnistía a personas tanto del gobierno como de la guerrilla que hubiesen cometido delitos políticos, comunes conexos con estos y delitos cometidos antes del 01 de enero de 1992.

Para comprender la magnitud de dicha resolución, entrevistamos a Carlos Guzmán, abogado en libre ejercicio y presidente de la Federación de Asociaciones de Abogados de El  Salvador (FEDAES). El abogado cuestiona la manera en que se han dictado dichas resoluciones y considera que pudiera haber intereses de ciertos sectores.

Vale mencionar que esta entrevista la brindó el Lic. Guzmán, antes de que se conociera la sentencia completa de la Ley de Amnistía General que fue publicada ayer por la tarde (jueves), hasta este momento solo se tenía conocimiento del comunicado de prensa que había publicado la Sala de lo Constitucional.

¿Causa un beneficio la resolución de la Sala de lo Constitucional sobre la inconstitucionalidad de la Ley de Amnistía General?  

Efectivamente, la Sala de lo Constitucional hizo saber a través de un comunicado  a la nación, que había tomado una decisión en un proceso de inconstitucionalidad que comenzó hace dos años prácticamente y que ahora aborda una decisión.

Para que todo proceso de inconstitucionalidad tome una decisión se necesita de cuatro de cinco votos de magistrados que componen la sala. Esta decisión fue tomada por los magistrados Florentín Meléndez, Sídney Blanco, Rodolfo González y un magistrado suplente, Eliseo Ortiz. Y un voto disidente del magistrado Belarmino Jaime.

Mencionaré tres aspectos relevantes de destacar:

Primero, parto por la forma que fue tomada esta decisión. Me parece extraño que el presidente de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) quien a su vez es presidente del Órgano Judicial, que el presidente de la Sala de lo Constitucional no haya integrado para esta decisión tan trascendental para el país, y por lo tanto no haya acudido con su voto, sino que hayan tenido que nombrar a un magistrado suplente, eso ya me parece una situación que llama la atención. Para mí es una llamada de atención, el por qué en una decisión tan trascendental no esté el presidente de la CSJ.

Segunda llamada de atención que yo hago a esto es, ¿cómo es posible que habiendo solicitado ser separado del caso de inconstitucionalidad, uno de los magistrados por estar comprometido o sentir comprometida su imparcialidad en este proceso y precisamente, porque él fue fiscal del caso jesuitas y después fue acusador particular en el caso jesuitas que no es cualquier caso, es el caso quizás más emblemático de todos los que aparecen mencionados en el dictamen de la Comisión de la Verdad, venga la Sala de lo Constitucional y lo reincorpore al proceso? Son cosas que llaman la atención y que la sala deberá aclarar en su momento, por qué razones se dieron estas circunstancias.

Y lo tercero, es que se da esta decisión en momentos antes de que la corte plena tome una decisión sobre otro tema que está muy relacionado, que es sobre la petición del reino de España de la extradición de los militares. Todo esto es bien confuso, incluso hasta oscuro llamaría yo, por qué se da este tema. ¿Cuál era la urgencia para que la sala comunicara esta decisión a la nación sin tener siquiera el texto íntegro de la sentencia?

¿Cree que habría intereses políticos?

Es que no hay otra explicación lógica que podamos abordar, que desde el punto de vista jurídico para mí, está muy claro esto.

Nos podría mencionar ¿qué implicaciones tiene la inconstitucionalidad de la Ley de Amnistía General?

La ley de Amnistía como tal, de alguna forma para bien o para mal contribuyó para que el país pasara de la guerra a transitar a un momento de reconciliación, de incorporación y de construir una nueva democracia en el país.

En donde los principales líderes de los dos grupos que se enfrentaron: la fuerza armada de un lado, y por el otro la ex guerrilla pudieran reconciliarse e iniciar una nueva etapa en el país. Hoy declarada inconstitucional, 23 años después, esta ley de amnistía nos pone otra vez en un retroceso, en el momento como si estuviéramos ahora firmando los acuerdos de paz.

Si nos retrocedemos a la firma de los Acuerdos de Paz, ¿habrían firmado, a la luz de saber que cualquiera de los firmantes y de los que participaron, que luego estarían en el banquillo de los acusados? No sé si eso se hubiera dado en la forma en que finalmente se dio en 1992.

La sentencia recoge que los casos que aparecen mencionados en la Comisión de la Verdad, dice estos casos deben ser judicializados porque son crímenes de guerra o de lesa humanidad. El que lo diga la CSJ de esta forma, pone en evidencia que estos 32 casos que fueron investigados por la Comisión de la Verdad, que no fueron los únicos, tuvo una serie de casos en su mesa para discutir y finalmente abordó estos 32 y los consideró los más relevantes de todo este conflicto armado sucedido.

¿Quién va a calificar de lesa humanidad en estos casos?

Esto los tiene que calificar un juez, un tribunal que se le someta a consideración estos procesos.

¿Cuándo se incorporó la figura de lesa humanidad en nuestra legislación?

 Fue hasta 1998 en el Código Penal y se da una serie de requisitos que debe de contener de ese hecho para que sea calificado de lesa humanidad.

¿Cuál sería el  proceso?

Tendrá que pasar una evaluación previa de esa calificación, esto no puede ser  de forma automática, particularmente el caso jesuitas, porque ya fue judicializado en El Salvador, varias veces. Por lo tanto, ¿qué pasaría con este caso?, ¿vamos a ir a un doble juzgamiento o triple juzgamiento? Esto no puede ser.

En este caso, debemos de respetar el ordenamiento jurídico y la Constitución de la República  prohíbe el doble juzgamiento, ya estas personas fueron juzgadas, casi todas las que aparecen ahí en ese informe de la comisión.

Creemos que el caso jesuitas no tendría mayor relevancia, ni mayor incidencia de esta situación. ¿Pero qué va a pasar con los demás casos? Un familiar de algunas de las víctimas de la guerra ya sea de un lado o de otro, podría solicitar a la Fiscalía General de la República que abra una investigación de este caso porque necesita conocer la verdad.

¿Cómo quedaría la situación de los militares que España pide se extraditen por los asesinatos de los jesuitas?

El argumento central en el proceso de extradición, no es ni por cerca la ley de amnistía. Este tema, lo hemos dejado ahí, como un argumento bastante secundario.  Hay otros argumentos que están por encima de esto para declarar el no a la extradición.

Aparte que estos cuatro militares que están detenidos de forma ilegal, ya fueron juzgados. Está el tema de lesa humanidad, este delito no cae en lesa humanidad.

¿Cómo son los delitos contemplados como de lesa humanidad?

Debe reunir distintos requisitos: que el homicidio haya sido ordenado de forma sistemática y esto para nada, y ha sido abordado como si estos militares hayan querido eliminar a la comunidad jesuita del país. Como sí sucedió por el otro lado, con los alcaldes por ejemplo.

Primero, este delito no cabe dentro de la figura de lesa humanidad y por lo tanto debería estar excluido, tiene un periodo de prescripción y este delito ya hubiera prescrito para ser judicializado. La misma FGR ha dicho que debe de denegarse la extradición.

No debería de afectar en absoluto, la declaratoria de inconstitucionalidad de la ley de amnistía al tema de extradición de los militares del caso jesuitas. Y no debería de tener una incidencia directa el hecho de que la sala haya declarado inconstitucional la ley de amnistía.

Pero hay un tema que hace mención la sala en su resolución y es la reparación civil, estos casos también tendrían aparejada a la responsabilidad penal, la responsabilidad civil y por lo tanto, la víctima estaría con el derecho a solicitar una indemnización como reparación de ese hecho que ocurrió.

¿Cómo funcionaría esto?

Eso tendrá que decidirlo un tribunal, la cuantía de la indemnización, si es que da a lugar esa cuestión.

Con la eliminación de la ley de amnistía, entra en vigencia la Ley de Reconciliación Nacional, ¿en qué se diferencia de la ley recién eliminada?

Al quedar vigente aquella norma, se le da vida jurídica a la ley de reconciliación. Esta ley que es preámbulo de la ley de amnistía, sirvió de base para que aquellos que estaban alzados en armas, pudieran ingresar al país y reinsertarse a la sociedad, también para que pudieran participar de procesos públicos, políticos y es el principal beneficio que trae esa ley, esa ley, también excluía de alguna forma de una amnistía a aquellos delitos graves que hubieran ocurrido durante el conflicto.

Una diputada del FMLN, dijo que la eliminación de la ley afecta solo al ejército. ¿Quiénes entonces son los afectados?

Ambos bandos. Si hoy, cualquier familiar se sienta afectado porque murió un familiar en la guerra,  puede ir a demandar a alguien que lo cometió ya sea del ejército o de la ex guerrilla, aquí nadie está exento de poder ser judicializado por hechos cometidos durante la guerra.

También dijo que no violaron los derechos humanos durante la guerra.

Ya se le olvidó que participó de la guerra, todos sabemos que ellos cometieron graves violaciones a los derechos humanos ahí está el tema de los asesinatos de los alcaldes, de funcionarios, empresarios, una serie de atrocidades.

¿Hasta funcionarios públicos pueden ser procesados?

Nadie se salva, desde el presidente de la República hasta cualquier funcionario que estuvo en la guerra, no está exento de que se judicialice un caso, en el cual se le atribuya responsabilidad durante el conflicto armado.

¿Cuál será el principal reto?

El principal reto que nos pone a nosotros esta declaratoria de inconstitucionalidad  como nación, es encontrar el camino  a una verdadera paz. Y que no nos vuelva al pasado.

Lo que debemos encontrar son mecanismos que nos permitan volver a encontrarnos en esta reconciliación y despolarizar a esta sociedad que nos tiene hundidos.

¿Cree que habría cambios en la política por esta anulación?

No lo vislumbro.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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Notarios: no olviden que el trámite de sus sellos es en línea, dice la Corte Suprema de Justicia

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La Corte Suprema de Justicia de El Salvador recordó a los notarios que deben tramitar por primera vez su sello a través de su plataforma oficial en línea.

La institución indicó que el proceso debe realizarse en el sistema digital habilitado para abogados y notarios. Además, reiteró que el trámite cumple pasos específicos y requisitos obligatorios.

Este recordatorio busca ordenar el proceso y garantizar que los notarios cumplan con la normativa vigente.

Pasos para solicitar el sello de notario por primera vez
Según la Corte, el proceso inicia en el Sistema de Expediente Electrónico Único de Abogados y Notarios.

El usuario debe ingresar con su número de DUI y contraseña.

Luego, el solicitante debe seleccionar la opción de trámite de autorización de sellos. En ese apartado, debe completar los datos requeridos en la solicitud.

Posteriormente, debe adjuntar en formato digital la constancia de publicación en el Diario Oficial del acuerdo que lo acredita como notario.

Plazo de respuesta y descarga de autorización

La Corte informó que la autorización estará disponible en un plazo de tres días hábiles. Esto aplica siempre que no existan observaciones en la solicitud.

Después, el usuario puede verificar el estado del trámite en la opción de consulta. Para ello, debe ingresar nuevamente su número de DUI.

Una vez aprobada, la autorización debe descargarse y guardarse en una memoria USB. La institución aclaró que este documento no debe imprimirse.

Uso del documento y validación final

La autorización emitida tiene validez para una sola elaboración de sellos notariales. Por tanto, el solicitante debe presentarla en formato digital en la imprenta correspondiente.
Finalmente, el notario debe asistir a una cita para registrar su sello y firma. Este proceso se realiza en el libro de la Oficialía Mayor.

La sede indicada es el Palacio Judicial, ubicado en el Centro de Gobierno en San Salvador.

Corte refuerza cumplimiento de requisitos

Con este aviso, la Corte busca que los notarios sigan el procedimiento establecido sin errores.

Además, promueve el uso de herramientas digitales para agilizar los trámites.
El organismo reiteró que cumplir cada paso evita retrasos y observaciones en la solicitud.

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Procuraduría General acredita 28 nuevos mediadores de conflictos y refuerza servicios de resolución 

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La Procuraduría General de la República (PGR) acreditó a 28 nuevos mediadores de conflictos. Ellos apoyarán la resolución pacífica de disputas sin acudir a procesos judiciales.

La institución informó que los mediadores trabajarán en distintas sedes del país. Su función será facilitar el diálogo y promover acuerdos entre las partes.

Mediación busca evitar procesos judiciales

La PGR impulsa la mediación como una herramienta para resolver conflictos de forma rápida. Este mecanismo evita que los casos escalen al sistema penal.

El procurador general, René Escobar, destacó la importancia de este proceso. Señaló que la mediación promueve una sociedad más justa y pacífica.

Además, explicó que este enfoque transforma los conflictos en oportunidades de entendimiento. Por ello, la institución fortalece su equipo con nuevos profesionales.

Cobertura nacional con nuevos mediadores

Con esta acreditación, la PGR suma 388 mediadores en todo el país. Estos atienden en la sede central y en 18 procuradurías auxiliares.

Los nuevos mediadores serán asignados a oficinas en San Miguel, Usulután, Morazán, La Unión, Ahuachapán, Cuscatlán y Soyapango. Así, la institución amplía su cobertura territorial.

Alta demanda de servicios de mediación

Durante el primer trimestre de 2026, la Unidad de Mediación y Conciliación recibió 4,023 casos. Las personas buscaron apoyo para resolver conflictos patrimoniales y familiares.

También se registraron disputas vecinales, cuotas alimenticias y custodias. Estos casos reflejan la demanda de soluciones rápidas y accesibles.

Mediación promueve acuerdos sostenibles

La procuradora especializada, Jeanneth Marconi, explicó el impacto del programa. Indicó que la mediación facilita acuerdos duraderos entre las partes.

Asimismo, destacó que este mecanismo reduce costos y tiempos. También fortalece el acceso a la justicia mediante el diálogo y la comprensión mutua.

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Condena a militares por asesinato de periodistas holandeses queda firme tras fallo de Cámara

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La Cámara de lo Penal de la Cuarta Sección del Centro confirmó la sentencia contra tres militares de alto rango retirados por el asesinato de periodistas holandeses en 1982.

El tribunal ratificó la pena de 30 años de prisión contra Mario Adalberto Reyes Mena, Francisco Antonio Morán y José Guillermo García.

Además, los magistrados rechazaron los argumentos de la defensa. Con ello, validaron la resolución emitida en primera instancia por el juzgado de Chalatenango.

Defensa alegó contexto del conflicto armado

Durante la apelación, la defensa sostuvo que el país vivía un conflicto armado. Por tanto, argumentó que no existía delito de asesinato

También afirmó que los periodistas se expusieron al peligro. Según los abogados, ellos acompañaban a miembros del Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional.

Asimismo, la defensa cuestionó la validez del veredicto. Indicó que el jurado pudo haber sido influenciado por la proyección de un documental antes del fallo.

Magistrados concluyen que hubo emboscada planificada

Sin embargo, la Cámara revisó las pruebas del juicio en una resolución extensa. Los magistrados concluyeron que el crimen fue planificado.

Según el fallo, existieron acciones previas de persecución contra los periodistas. Estas buscaban impedir la difusión de información sobre la guerrilla.

Además, el tribunal destacó que una nota con datos de uno de los periodistas inició el seguimiento. Posteriormente, los comunicadores fueron interrogados por autoridades.

Los magistrados también valoraron testimonios clave. Entre ellos, el de un periodista extranjero que habló de una emboscada confirmada por un militar.

Otro testimonio describió una persecución el día del crimen. Esto reforzó la hipótesis de una operación coordinada.

En consecuencia, la Cámara determinó que la emboscada fue autorizada por altos mandos militares.

Detalles de la condena por crimen de guerra

El caso corresponde al asesinato de cuatro periodistas holandeses ocurrido el 17 de marzo de 1982 en Chalatenango.

El juzgado condenó inicialmente a los acusados a 60 años. No obstante, aplicó el límite de 30 años por la legislación vigente en ese momento.

El fallo surgió tras la decisión de un jurado de conciencia. Este declaró culpables a los tres militares retirados.

Además, el tribunal ordenó que dos de los condenados cumplan la pena en un hospital, según su estado de salud.

Por su parte, Mario Adalberto Reyes Mena permanece fuera del país. La Corte Suprema de Justicia inició su proceso de extradición desde Estados Unidos.

Precedente en justicia salvadoreña

Este proceso se convirtió en el primer juicio por crimen de guerra que llega a vista pública en más de cuatro décadas.

Con la confirmación de la sentencia, el caso avanza como un referente en la investigación de violaciones graves durante el conflicto armado.

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Fiscalía revela que abogados y custodios ayudaban a pandilleros de MS-13 a ordenar delitos desde prisión

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Lead: La Fiscalía General de la República aseguró que abogados, familiares y custodios colaboraban con líderes de la MS-13 para enviar órdenes criminales desde centros penales.

La Fiscalía General de la República (FGR) presentó pruebas sobre presuntas redes de apoyo que permitían a líderes de la MS-13 comunicarse desde prisión para ordenar delitos en El Salvador.

Según la acusación fiscal, abogados y custodios penitenciarios colaboraban con cabecillas de la pandilla para trasladar mensajes cifrados hacia mandos medios y estructuras externas.

El señalamiento surgió durante el juicio masivo contra 486 pandilleros, proceso que desarrolla el Tribunal Sexto contra el Crimen Organizado.

Fiscalía detalla uso de “willas” para enviar órdenes criminales

De acuerdo con el resumen difundido por Centros Judiciales El Salvador, los líderes recluidos en distintos penales usaban un sistema llamado “willas”.

Ese método consistía en mensajes escritos con códigos internos. Luego, esos documentos servían para enviar instrucciones, permisos o decisiones dentro de la estructura criminal.

La Fiscalía sostuvo que cuando la ranfla histórica o la ranfla de penales debía autorizar acciones, la orden salía mediante esas comunicaciones.

Después, abogados, familiares o custodios trasladaban los mensajes hacia otros miembros de la pandilla.

Custodios y abogados ya fueron procesados en otros casos

Centros Judiciales indicó que algunas personas señaladas como colaboradoras ya enfrentaron procesos judiciales y condenas en expedientes anteriores.

La acusación afirma que esos apoyos facilitaron la operación criminal desde las cárceles durante varios años.

Además, el ministerio público sostiene que la red permitía mantener control interno y ejecutar decisiones fuera de prisión.

Fiscalía reproduce audios de la MS-13

Esta semana, la FGR inició la reproducción de audios atribuidos a integrantes de la MS-13.

Según la institución, en esos registros los acusados coordinaban delitos y reportaban hechos ocurridos en clicas y colonias.

La Fiscalía pidió presentar una muestra de 125 audios como parte de la prueba judicial.

Miles de delitos atribuidos a 486 pandilleros

El juicio incluye a 486 acusados, entre ellos supuestos miembros de la Ranfla Nacional, señalada como máxima dirección de la Mara Salvatrucha.

Las autoridades les atribuyen 9,043 delitos cometidos entre 2012 y 2022.

Entre los cargos figuran homicidios, extorsión y violaciones, según la acusación presentada ante el tribunal.

Reportan 525 empleados públicos asesinados

Durante la audiencia, las autoridades también señalaron que entre 2012 y 2022 fueron asesinados al menos 525 empleados públicos.

La mayoría de víctimas eran miembros de la Policía Nacional Civil y de la Fuerza Armada de El Salvador.

Según la Fiscalía, varios de esos crímenes requerían autorización previa de cabecillas encarcelados.

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Corte Suprema recuerda a los abogados recién juramentados a consultar acuerdo digital en 20 días hábiles

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La Corte Suprema de Justicia hizo un llamado a los abogados recién juramentados para que consulten su acuerdo de autorización profesional dentro de los 20 días hábiles posteriores a la fecha de juramentación.

La institución indicó que el trámite debe realizarse por medio del Sistema de Expediente Electrónico Único de Abogados, disponible en la plataforma oficial de servicios judiciales.

El pasado 24 de abril, la Corte juramentó a 116 nuevos abogados.

Pide consultar acuerdo de abogados en línea

Según el aviso oficial, los nuevos profesionales del derecho deben ingresar al sistema con su número de DUI y la contraseña del Sistema de Notificación Electrónica.

Luego, deben seleccionar la pestaña “Acuerdos” para visualizar el documento firmado electrónicamente por la autoridad competente.

Después, cada usuario deberá descargar el archivo y guardarlo en una memoria USB para presentarlo en el Diario Oficial.

La Corte Suprema recordó que el acuerdo no debe imprimirse.

Plazo de 20 días hábiles

La institución reiteró que el plazo para realizar la consulta corre desde la fecha de juramentación.

Por ello, pidió a los abogados recién autorizados revisar el sistema dentro del tiempo establecido para evitar retrasos en el proceso.

Además, aclaró que quienes ingresen por primera vez a la plataforma deberán actualizar sus datos personales antes de continuar.

Sistema digital agiliza trámites legales

El uso del expediente electrónico busca agilizar trámites legales y facilitar el acceso a documentos oficiales para abogados y abogadas.

Con este sistema, la Corte Suprema fortalece la gestión digital y reduce procesos presenciales.

También permite consultar acuerdos de manera más rápida y segura.

Corte Suprema habilita canal de información

Para resolver dudas, la institución puso a disposición el número 2271-8888, extensión 1202.

De esta forma, los abogados recién juramentados pueden recibir orientación sobre acceso al sistema, consulta del acuerdo y pasos pendientes.

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