Legal
Análisis sobre la inconstitucionalidad de la Ley de Amnistía General
El pasado miércoles fue un día trascendental en la historia del país, la Sala de lo Constitucional notificó dos sentencias de inconstitucionalidad y una medida cautelar en un mismo día, hecho que ha generado múltiples opiniones en diferentes sectores del país.
La sentencia que más impactó fue la declaratoria de inconstitucionalidad de la Ley de Amnistía General aprobada en 1993, la cual concedía amnistía a personas tanto del gobierno como de la guerrilla que hubiesen cometido delitos políticos, comunes conexos con estos y delitos cometidos antes del 01 de enero de 1992.
Para comprender la magnitud de dicha resolución, entrevistamos a Carlos Guzmán, abogado en libre ejercicio y presidente de la Federación de Asociaciones de Abogados de El Salvador (FEDAES). El abogado cuestiona la manera en que se han dictado dichas resoluciones y considera que pudiera haber intereses de ciertos sectores.
Vale mencionar que esta entrevista la brindó el Lic. Guzmán, antes de que se conociera la sentencia completa de la Ley de Amnistía General que fue publicada ayer por la tarde (jueves), hasta este momento solo se tenía conocimiento del comunicado de prensa que había publicado la Sala de lo Constitucional.
¿Causa un beneficio la resolución de la Sala de lo Constitucional sobre la inconstitucionalidad de la Ley de Amnistía General?
Efectivamente, la Sala de lo Constitucional hizo saber a través de un comunicado a la nación, que había tomado una decisión en un proceso de inconstitucionalidad que comenzó hace dos años prácticamente y que ahora aborda una decisión.
Para que todo proceso de inconstitucionalidad tome una decisión se necesita de cuatro de cinco votos de magistrados que componen la sala. Esta decisión fue tomada por los magistrados Florentín Meléndez, Sídney Blanco, Rodolfo González y un magistrado suplente, Eliseo Ortiz. Y un voto disidente del magistrado Belarmino Jaime.
Mencionaré tres aspectos relevantes de destacar:
Primero, parto por la forma que fue tomada esta decisión. Me parece extraño que el presidente de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) quien a su vez es presidente del Órgano Judicial, que el presidente de la Sala de lo Constitucional no haya integrado para esta decisión tan trascendental para el país, y por lo tanto no haya acudido con su voto, sino que hayan tenido que nombrar a un magistrado suplente, eso ya me parece una situación que llama la atención. Para mí es una llamada de atención, el por qué en una decisión tan trascendental no esté el presidente de la CSJ.
Segunda llamada de atención que yo hago a esto es, ¿cómo es posible que habiendo solicitado ser separado del caso de inconstitucionalidad, uno de los magistrados por estar comprometido o sentir comprometida su imparcialidad en este proceso y precisamente, porque él fue fiscal del caso jesuitas y después fue acusador particular en el caso jesuitas que no es cualquier caso, es el caso quizás más emblemático de todos los que aparecen mencionados en el dictamen de la Comisión de la Verdad, venga la Sala de lo Constitucional y lo reincorpore al proceso? Son cosas que llaman la atención y que la sala deberá aclarar en su momento, por qué razones se dieron estas circunstancias.
Y lo tercero, es que se da esta decisión en momentos antes de que la corte plena tome una decisión sobre otro tema que está muy relacionado, que es sobre la petición del reino de España de la extradición de los militares. Todo esto es bien confuso, incluso hasta oscuro llamaría yo, por qué se da este tema. ¿Cuál era la urgencia para que la sala comunicara esta decisión a la nación sin tener siquiera el texto íntegro de la sentencia?
¿Cree que habría intereses políticos?
Es que no hay otra explicación lógica que podamos abordar, que desde el punto de vista jurídico para mí, está muy claro esto.
Nos podría mencionar ¿qué implicaciones tiene la inconstitucionalidad de la Ley de Amnistía General?
La ley de Amnistía como tal, de alguna forma para bien o para mal contribuyó para que el país pasara de la guerra a transitar a un momento de reconciliación, de incorporación y de construir una nueva democracia en el país.
En donde los principales líderes de los dos grupos que se enfrentaron: la fuerza armada de un lado, y por el otro la ex guerrilla pudieran reconciliarse e iniciar una nueva etapa en el país. Hoy declarada inconstitucional, 23 años después, esta ley de amnistía nos pone otra vez en un retroceso, en el momento como si estuviéramos ahora firmando los acuerdos de paz.
Si nos retrocedemos a la firma de los Acuerdos de Paz, ¿habrían firmado, a la luz de saber que cualquiera de los firmantes y de los que participaron, que luego estarían en el banquillo de los acusados? No sé si eso se hubiera dado en la forma en que finalmente se dio en 1992.
La sentencia recoge que los casos que aparecen mencionados en la Comisión de la Verdad, dice estos casos deben ser judicializados porque son crímenes de guerra o de lesa humanidad. El que lo diga la CSJ de esta forma, pone en evidencia que estos 32 casos que fueron investigados por la Comisión de la Verdad, que no fueron los únicos, tuvo una serie de casos en su mesa para discutir y finalmente abordó estos 32 y los consideró los más relevantes de todo este conflicto armado sucedido.
¿Quién va a calificar de lesa humanidad en estos casos?
Esto los tiene que calificar un juez, un tribunal que se le someta a consideración estos procesos.
¿Cuándo se incorporó la figura de lesa humanidad en nuestra legislación?
Fue hasta 1998 en el Código Penal y se da una serie de requisitos que debe de contener de ese hecho para que sea calificado de lesa humanidad.
¿Cuál sería el proceso?
Tendrá que pasar una evaluación previa de esa calificación, esto no puede ser de forma automática, particularmente el caso jesuitas, porque ya fue judicializado en El Salvador, varias veces. Por lo tanto, ¿qué pasaría con este caso?, ¿vamos a ir a un doble juzgamiento o triple juzgamiento? Esto no puede ser.
En este caso, debemos de respetar el ordenamiento jurídico y la Constitución de la República prohíbe el doble juzgamiento, ya estas personas fueron juzgadas, casi todas las que aparecen ahí en ese informe de la comisión.
Creemos que el caso jesuitas no tendría mayor relevancia, ni mayor incidencia de esta situación. ¿Pero qué va a pasar con los demás casos? Un familiar de algunas de las víctimas de la guerra ya sea de un lado o de otro, podría solicitar a la Fiscalía General de la República que abra una investigación de este caso porque necesita conocer la verdad.
¿Cómo quedaría la situación de los militares que España pide se extraditen por los asesinatos de los jesuitas?
El argumento central en el proceso de extradición, no es ni por cerca la ley de amnistía. Este tema, lo hemos dejado ahí, como un argumento bastante secundario. Hay otros argumentos que están por encima de esto para declarar el no a la extradición.
Aparte que estos cuatro militares que están detenidos de forma ilegal, ya fueron juzgados. Está el tema de lesa humanidad, este delito no cae en lesa humanidad.
¿Cómo son los delitos contemplados como de lesa humanidad?
Debe reunir distintos requisitos: que el homicidio haya sido ordenado de forma sistemática y esto para nada, y ha sido abordado como si estos militares hayan querido eliminar a la comunidad jesuita del país. Como sí sucedió por el otro lado, con los alcaldes por ejemplo.
Primero, este delito no cabe dentro de la figura de lesa humanidad y por lo tanto debería estar excluido, tiene un periodo de prescripción y este delito ya hubiera prescrito para ser judicializado. La misma FGR ha dicho que debe de denegarse la extradición.
No debería de afectar en absoluto, la declaratoria de inconstitucionalidad de la ley de amnistía al tema de extradición de los militares del caso jesuitas. Y no debería de tener una incidencia directa el hecho de que la sala haya declarado inconstitucional la ley de amnistía.
Pero hay un tema que hace mención la sala en su resolución y es la reparación civil, estos casos también tendrían aparejada a la responsabilidad penal, la responsabilidad civil y por lo tanto, la víctima estaría con el derecho a solicitar una indemnización como reparación de ese hecho que ocurrió.
¿Cómo funcionaría esto?
Eso tendrá que decidirlo un tribunal, la cuantía de la indemnización, si es que da a lugar esa cuestión.
Con la eliminación de la ley de amnistía, entra en vigencia la Ley de Reconciliación Nacional, ¿en qué se diferencia de la ley recién eliminada?
Al quedar vigente aquella norma, se le da vida jurídica a la ley de reconciliación. Esta ley que es preámbulo de la ley de amnistía, sirvió de base para que aquellos que estaban alzados en armas, pudieran ingresar al país y reinsertarse a la sociedad, también para que pudieran participar de procesos públicos, políticos y es el principal beneficio que trae esa ley, esa ley, también excluía de alguna forma de una amnistía a aquellos delitos graves que hubieran ocurrido durante el conflicto.
Una diputada del FMLN, dijo que la eliminación de la ley afecta solo al ejército. ¿Quiénes entonces son los afectados?
Ambos bandos. Si hoy, cualquier familiar se sienta afectado porque murió un familiar en la guerra, puede ir a demandar a alguien que lo cometió ya sea del ejército o de la ex guerrilla, aquí nadie está exento de poder ser judicializado por hechos cometidos durante la guerra.
También dijo que no violaron los derechos humanos durante la guerra.
Ya se le olvidó que participó de la guerra, todos sabemos que ellos cometieron graves violaciones a los derechos humanos ahí está el tema de los asesinatos de los alcaldes, de funcionarios, empresarios, una serie de atrocidades.
¿Hasta funcionarios públicos pueden ser procesados?
Nadie se salva, desde el presidente de la República hasta cualquier funcionario que estuvo en la guerra, no está exento de que se judicialice un caso, en el cual se le atribuya responsabilidad durante el conflicto armado.
¿Cuál será el principal reto?
El principal reto que nos pone a nosotros esta declaratoria de inconstitucionalidad como nación, es encontrar el camino a una verdadera paz. Y que no nos vuelva al pasado.
Lo que debemos encontrar son mecanismos que nos permitan volver a encontrarnos en esta reconciliación y despolarizar a esta sociedad que nos tiene hundidos.
¿Cree que habría cambios en la política por esta anulación?
No lo vislumbro.
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Corte Suprema de El Salvador y Poder Judicial de Perú fortalecen cooperación en encuentro sobre extinción de dominio
Las máximas autoridades judiciales de El Salvador y Perú sostuvieron un encuentro bilateral enfocado en fortalecer la cooperación institucional y el intercambio de experiencias sobre extinción de dominio y combate al crimen organizado.
La reunión se desarrolló en San Salvador y reunió al presidente de la Corte Suprema de Justicia de El Salvador, Henry Alexander Mejía, y a la presidenta del Poder Judicial de Perú, Janet Tello Gilardi.
Además, el encuentro marcó el cierre de una pasantía especializada que abordó herramientas jurídicas relacionadas con recuperación de bienes de origen ilícito.
Magistrados analizaron criterios y experiencias legales
La actividad abrió un espacio de diálogo entre jueces y magistrados de ambas instituciones judiciales.
Por parte de El Salvador participaron el magistrado Ramón Iván García, integrante de la Sala de lo Constitucional; Alejandro Antonio Quinteros Espinoza, presidente de la Sala de lo Penal; y la magistrada Sandra Luz Chicas de Fuentes.
Durante las sesiones, los participantes intercambiaron criterios jurídicos y experiencias sobre procesos vinculados a la extinción de dominio.
Las autoridades también abordaron mecanismos utilizados para enfrentar estructuras criminales y combatir actividades relacionadas con corrupción.
Especialistas revisaron decisiones y aplicación de normas
Especialistas revisaron decisiones y aplicación de normas
La pasantía inició el 23 de junio y contó con apoyo de la Oficina de Asuntos Internacionales de Narcóticos y Aplicación de la Ley de la Embajada de Estados Unidos.
En el programa se desarrollaron conversatorios técnicos con magistrados de las Cámaras Primera y Segunda contra el Crimen Organizado.
Los participantes analizaron temas relacionados con construcción de jurisprudencia, naturaleza jurídica de la extinción de dominio y su aplicación práctica.
Asimismo, el magistrado Alejandro Antonio Quinteros presentó criterios relevantes de la Sala de lo Penal sobre esta materia.
La magistrada Sandra Luz Chicas de Fuentes expuso aspectos relacionados con recursos de casación y valoración de pruebas.
El intercambio busca reforzar mecanismos regionales
Las instituciones señalaron que la actividad busca consolidar vínculos de cooperación judicial entre ambos países.
Además, pretende ampliar el intercambio de buenas prácticas y fortalecer herramientas para recuperar activos de origen ilícito.
El proceso también apunta a actualizar marcos jurídicos y desarrollar mecanismos alineados con estándares internacionales en la lucha contra el crimen organizado.
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Consejo de la Judicatura inaugura sala para simulación de audiencias judiciales
El Consejo Nacional de la Judicatura (CNJ) inauguró una Sala de Simulación de Audiencias destinada al fortalecimiento de la formación práctica de jueces y servidores del sistema judicial.
El nuevo espacio funcionará dentro de la Escuela de Capacitación Judicial “Dr. Arturo Zeledón Castrillo” y servirá para desarrollar actividades relacionadas con el estudio, análisis y práctica forense.
Las autoridades señalaron que la iniciativa busca acercar la formación académica a escenarios similares a los procesos judiciales reales.
El espacio permitirá ejercicios basados en casos prácticos
La nueva sala facilitará el desarrollo de simulaciones y ejercicios vinculados con procedimientos judiciales.
Además, los participantes podrán fortalecer habilidades relacionadas con argumentación jurídica, valoración de pruebas y dinámicas procesales.
“Esta sala se convertirá en un laboratorio de conocimiento, reflexión y crecimiento profesional; en un lugar donde la teoría y la práctica se encuentren para contribuir a la formación de servidores públicos más preparados”, dijo el presidente del pleno, Miguel Angel Calero.
Las autoridades indicaron que el proyecto pretende reforzar la preparación técnica y práctica de quienes participan en actividades de formación judicial.
La práctica mediante simulaciones permite recrear situaciones similares a las que se presentan en tribunales y audiencias.
Autoridades judiciales participaron en la apertura oficial
El acto de inauguración fue encabezado por el presidente del CNJ, y también participaron los consejeros propietarios Doris Deysi Castillo, Alcides Salvador Funes, Verónica Lissette González, Luis Alonso Ramírez, Carlos Wilfredo García y Santos Guerra.
Durante la actividad, las autoridades realizaron el acto oficial de apertura del nuevo espacio de capacitación.
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Corte Suprema amplía acceso a la justicia con implementación de facilitadores judiciales
El Salvador completó la implementación nacional del Servicio Nacional de Facilitadores Judiciales con la incorporación del departamento de Cuscatlán, una medida que busca ampliar el acceso a la justicia y fortalecer el vínculo entre las comunidades y el sistema judicial.
La oficialización se realizó durante un acto inaugural en San Rafael Cedros, Cuscatlán Sur. Con esta incorporación, el programa alcanza presencia en los 14 departamentos del país.
Las autoridades señalaron que los facilitadores judiciales desempeñan funciones de apoyo comunitario y sirven como enlace entre la población y las instituciones judiciales. Además, el sistema busca acercar los servicios de justicia a zonas con menos acceso a orientación legal.
Expansión nacional cierra cobertura pendiente
La magistrada de la Sala de lo Constitucional y coordinadora de la Comisión de Seguimiento del Servicio Nacional de Facilitadores Judiciales, Elsy Dueñas Lovos, afirmó que la incorporación de Cuscatlán marca un paso relevante dentro del proceso de expansión nacional.
Durante su intervención, explicó que ese departamento era el único del país que aún no contaba con el servicio.
“Con esta incorporación se alcanza una meta trascendental para la Corte Suprema de Justicia y para El Salvador, ya que Cuscatlán era el único departamento que aún no contaba con este valioso servicio”, expresó la funcionaria.
Además, indicó que la iniciativa busca fortalecer la confianza ciudadana en las instituciones y promover una cultura de paz en las comunidades.
Nuevos participantes reciben funciones y herramientas
Como parte de la actividad, las autoridades juramentaron a nuevos facilitadores judiciales que asumirán tareas de acompañamiento comunitario y orientación ciudadana.
Asimismo, entregaron equipo destinado a apoyar el desarrollo de sus funciones en distintas localidades.
Las autoridades esperan que estos recursos permitan fortalecer el trabajo territorial y mejorar la comunicación entre la población y el sistema judicial.
Modelo busca ampliar el vínculo con la población
El Servicio Nacional de Facilitadores Judiciales opera como un mecanismo de apoyo comunitario que acerca información y orientación a la ciudadanía.
Con la ampliación de cobertura, el programa busca fortalecer la relación entre las comunidades y las instituciones encargadas de la administración de justicia en todo el territorio salvadoreño.
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Corte Suprema de Justicia abre convocatoria para integrar el Consejo Nacional de la Judicatura 2026-2031
La Corte Suprema de Justicia de El Salvador, junto con el Comité Electoral Judicial, abrió la convocatoria para jueces, juezas, magistradas y magistrados propietarios interesados en participar en la elección de candidatos al Consejo Nacional de la Judicatura para el período 2026-2031.
La institución informó que el período de inscripción estará vigente del 22 al 29 de junio de 2026. Durante ese plazo, los aspirantes deberán presentar su solicitud ante la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia.
Además, los participantes deberán entregar documentación que respalde el cumplimiento de requisitos constitucionales y legales.
Aspirantes deberán acreditar requisitos y presentar declaración jurada
Las autoridades detallaron que podrán participar jueces y magistrados propietarios interesados en integrar el proceso.
Los postulantes deberán cumplir requisitos establecidos en la Constitución y en la Ley del Consejo Nacional de la Judicatura.
Asimismo, cada participante deberá presentar una declaración jurada que confirme que no posee impedimentos legales o inhabilidades para optar al cargo.
La convocatoria también establece la entrega de una fotografía reciente en formato digital.
El Comité Electoral Judicial verificará el cumplimiento de cada requisito y podrá emitir observaciones si encuentra información pendiente.
Causales de rechazo incluyen expedientes incompletos y suspensión del cargo
Las autoridades indicaron que el proceso contempla motivos específicos para rechazar solicitudes.
Entre las causas figura la presentación de documentación incompleta que no sea corregida dentro del plazo establecido.
Además, el comité podrá denegar la inscripción a personas suspendidas para ejercer funciones judiciales.
La Corte también pidió a los participantes mantenerse atentos a los canales oficiales relacionados con el proceso electoral.
Calendario fija actividades hasta mediados de julio
La agenda electoral establece varias etapas antes de la elección final.
El 30 de junio será la fecha límite para revisar los expedientes recibidos. Posteriormente, el 1 y 2 de julio, los aspirantes podrán corregir observaciones o responder impugnaciones.
Entre el 4 y el 10 de julio se desarrollará el período de proselitismo electoral. Paralelamente, las autoridades efectuarán validaciones de datos, auditorías y pruebas técnicas de la plataforma electrónica.
La Asamblea General de juezas, jueces, magistradas y magistrados se celebrará el 11 de julio. Durante esa jornada se realizará la elección, el escrutinio final y la comunicación de resultados.
Después, el proceso incluirá un período para presentar y resolver impugnaciones.
Finalmente, el Comité Electoral Judicial certificará los resultados el 17 de julio y enviará las ternas a la Corte Suprema de Justicia para su posterior remisión a la Asamblea Legislativa.
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FIFA advierte sobre la comercialización ilegal de transmisiones del Mundial en El Salvador
La representación legal de la FIFA en El Salvador alertó sobre el aumento de transmisiones no autorizadas de partidos del Mundial 2026 y de actividades comerciales que utilizan la imagen del torneo sin licencia.
Carlos Enrique Castillo, socio y director de la firma Romero Pineda, que representa a la FIFA en el país, explicó en una entrevista exclusiva con Derecho y Negocios que bares, restaurantes y otros negocios no pueden utilizar las señales del Mundial con fines comerciales sin contar con una autorización específica.
Según el abogado, la señal disponible para hogares está destinada al uso privado y domiciliar. Por ello, utilizarla para atraer clientes o generar ingresos requiere una licencia comercial otorgada por el operador autorizado.
“Lo que no se puede es divulgar un evento privado y monetizarlo o sacarle lucro a favor personal”, afirmó.
Negocios pueden obtener permisos para exhibir los partidos
Castillo señaló que los establecimientos interesados en transmitir encuentros del Mundial pueden solicitar una licencia comercial a los operadores que poseen los derechos de transmisión.
El representante legal indicó que la alternativa existe y permite realizar estas actividades dentro del marco legal.

Sin embargo, advirtió que quienes utilicen las transmisiones sin autorización se exponen a multas y otras sanciones previstas por la legislación salvadoreña.
Además, recordó que la normativa mercantil contempla consecuencias para las sociedades que desarrollen actividades ilícitas de forma comprobada.
Vigilancia tecnológica detecta emisiones no autorizadas
La FIFA y sus representantes utilizan herramientas tecnológicas para identificar retransmisiones ilegales y posibles infracciones relacionadas con los derechos audiovisuales del torneo.
De acuerdo con Castillo, los sistemas actuales permiten rastrear desvíos de señal, captaciones no autorizadas y emisiones realizadas a través de plataformas digitales.
Una vez detectadas, las transmisiones pueden ser reportadas y suspendidas mediante los mecanismos previstos por la ley y por los proveedores de servicios digitales.
El abogado aseguró que estas acciones ya se realizan en El Salvador y en otros países que forman parte de la organización del Mundial 2026.
Venta de productos falsificados también genera preocupación
La vigilancia no se limita a las transmisiones deportivas. La representación legal de la FIFA también monitorea la comercialización de camisetas, balones, stickers, álbumes y otros artículos relacionados con el torneo.
Según Castillo, cualquier producto que utilice marcas, imágenes o elementos protegidos sin una licencia oficial constituye una infracción a los derechos de propiedad intelectual.
Asimismo, explicó que agencias de publicidad, distribuidores autorizados y particulares envían reportes constantes sobre posibles irregularidades detectadas en redes sociales y plataformas de comercio electrónico.
Cuando se identifica una publicación relacionada con mercancía presuntamente ilegal, los responsables pueden solicitar su retiro ante las plataformas digitales correspondientes.
Autoridades coordinan acciones de control
El representante legal destacó la participación de varias instituciones salvadoreñas en la protección de los derechos asociados al Mundial.
Entre ellas mencionó a la Unidad de Protección de la Propiedad Intelectual de la Fiscalía General de la República, la Dirección General de Aduanas, el Instituto de la Propiedad Intelectual y la Defensoría del Consumidor.
Según explicó, estas entidades pueden actuar ante posibles delitos relacionados con la piratería, la falsificación de productos y el uso indebido de marcas registradas.
Además, indicó que ya existen casos en los que se han emitido advertencias formales a personas y negocios señalados por infringir derechos vinculados al torneo.
Llamado a cumplir la normativa vigente
Castillo hizo un llamado a los comerciantes y emprendedores para que regularicen sus actividades y eviten exponerse a sanciones.
El abogado sostuvo que obtener una licencia para transmitir los partidos o comercializar productos autorizados resulta menos costoso que enfrentar procesos legales.
También insistió en que el Mundial es un evento privado cuyos derechos de explotación comercial están protegidos por contratos y normas de propiedad intelectual.
“Disfrutemos de un evento privado de manera responsable”, concluyó.
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