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Análisis sobre la inconstitucionalidad de la Ley de Amnistía General

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El pasado miércoles fue un día trascendental en la historia del país, la Sala de lo Constitucional notificó dos sentencias de inconstitucionalidad y una medida cautelar en un mismo día, hecho que ha generado múltiples opiniones en diferentes sectores del país.

La  sentencia que más impactó fue la declaratoria de inconstitucionalidad de la Ley de Amnistía General aprobada en 1993, la cual concedía amnistía a personas tanto del gobierno como de la guerrilla que hubiesen cometido delitos políticos, comunes conexos con estos y delitos cometidos antes del 01 de enero de 1992.

Para comprender la magnitud de dicha resolución, entrevistamos a Carlos Guzmán, abogado en libre ejercicio y presidente de la Federación de Asociaciones de Abogados de El  Salvador (FEDAES). El abogado cuestiona la manera en que se han dictado dichas resoluciones y considera que pudiera haber intereses de ciertos sectores.

Vale mencionar que esta entrevista la brindó el Lic. Guzmán, antes de que se conociera la sentencia completa de la Ley de Amnistía General que fue publicada ayer por la tarde (jueves), hasta este momento solo se tenía conocimiento del comunicado de prensa que había publicado la Sala de lo Constitucional.

¿Causa un beneficio la resolución de la Sala de lo Constitucional sobre la inconstitucionalidad de la Ley de Amnistía General?  

Efectivamente, la Sala de lo Constitucional hizo saber a través de un comunicado  a la nación, que había tomado una decisión en un proceso de inconstitucionalidad que comenzó hace dos años prácticamente y que ahora aborda una decisión.

Para que todo proceso de inconstitucionalidad tome una decisión se necesita de cuatro de cinco votos de magistrados que componen la sala. Esta decisión fue tomada por los magistrados Florentín Meléndez, Sídney Blanco, Rodolfo González y un magistrado suplente, Eliseo Ortiz. Y un voto disidente del magistrado Belarmino Jaime.

Mencionaré tres aspectos relevantes de destacar:

Primero, parto por la forma que fue tomada esta decisión. Me parece extraño que el presidente de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) quien a su vez es presidente del Órgano Judicial, que el presidente de la Sala de lo Constitucional no haya integrado para esta decisión tan trascendental para el país, y por lo tanto no haya acudido con su voto, sino que hayan tenido que nombrar a un magistrado suplente, eso ya me parece una situación que llama la atención. Para mí es una llamada de atención, el por qué en una decisión tan trascendental no esté el presidente de la CSJ.

Segunda llamada de atención que yo hago a esto es, ¿cómo es posible que habiendo solicitado ser separado del caso de inconstitucionalidad, uno de los magistrados por estar comprometido o sentir comprometida su imparcialidad en este proceso y precisamente, porque él fue fiscal del caso jesuitas y después fue acusador particular en el caso jesuitas que no es cualquier caso, es el caso quizás más emblemático de todos los que aparecen mencionados en el dictamen de la Comisión de la Verdad, venga la Sala de lo Constitucional y lo reincorpore al proceso? Son cosas que llaman la atención y que la sala deberá aclarar en su momento, por qué razones se dieron estas circunstancias.

Y lo tercero, es que se da esta decisión en momentos antes de que la corte plena tome una decisión sobre otro tema que está muy relacionado, que es sobre la petición del reino de España de la extradición de los militares. Todo esto es bien confuso, incluso hasta oscuro llamaría yo, por qué se da este tema. ¿Cuál era la urgencia para que la sala comunicara esta decisión a la nación sin tener siquiera el texto íntegro de la sentencia?

¿Cree que habría intereses políticos?

Es que no hay otra explicación lógica que podamos abordar, que desde el punto de vista jurídico para mí, está muy claro esto.

Nos podría mencionar ¿qué implicaciones tiene la inconstitucionalidad de la Ley de Amnistía General?

La ley de Amnistía como tal, de alguna forma para bien o para mal contribuyó para que el país pasara de la guerra a transitar a un momento de reconciliación, de incorporación y de construir una nueva democracia en el país.

En donde los principales líderes de los dos grupos que se enfrentaron: la fuerza armada de un lado, y por el otro la ex guerrilla pudieran reconciliarse e iniciar una nueva etapa en el país. Hoy declarada inconstitucional, 23 años después, esta ley de amnistía nos pone otra vez en un retroceso, en el momento como si estuviéramos ahora firmando los acuerdos de paz.

Si nos retrocedemos a la firma de los Acuerdos de Paz, ¿habrían firmado, a la luz de saber que cualquiera de los firmantes y de los que participaron, que luego estarían en el banquillo de los acusados? No sé si eso se hubiera dado en la forma en que finalmente se dio en 1992.

La sentencia recoge que los casos que aparecen mencionados en la Comisión de la Verdad, dice estos casos deben ser judicializados porque son crímenes de guerra o de lesa humanidad. El que lo diga la CSJ de esta forma, pone en evidencia que estos 32 casos que fueron investigados por la Comisión de la Verdad, que no fueron los únicos, tuvo una serie de casos en su mesa para discutir y finalmente abordó estos 32 y los consideró los más relevantes de todo este conflicto armado sucedido.

¿Quién va a calificar de lesa humanidad en estos casos?

Esto los tiene que calificar un juez, un tribunal que se le someta a consideración estos procesos.

¿Cuándo se incorporó la figura de lesa humanidad en nuestra legislación?

 Fue hasta 1998 en el Código Penal y se da una serie de requisitos que debe de contener de ese hecho para que sea calificado de lesa humanidad.

¿Cuál sería el  proceso?

Tendrá que pasar una evaluación previa de esa calificación, esto no puede ser  de forma automática, particularmente el caso jesuitas, porque ya fue judicializado en El Salvador, varias veces. Por lo tanto, ¿qué pasaría con este caso?, ¿vamos a ir a un doble juzgamiento o triple juzgamiento? Esto no puede ser.

En este caso, debemos de respetar el ordenamiento jurídico y la Constitución de la República  prohíbe el doble juzgamiento, ya estas personas fueron juzgadas, casi todas las que aparecen ahí en ese informe de la comisión.

Creemos que el caso jesuitas no tendría mayor relevancia, ni mayor incidencia de esta situación. ¿Pero qué va a pasar con los demás casos? Un familiar de algunas de las víctimas de la guerra ya sea de un lado o de otro, podría solicitar a la Fiscalía General de la República que abra una investigación de este caso porque necesita conocer la verdad.

¿Cómo quedaría la situación de los militares que España pide se extraditen por los asesinatos de los jesuitas?

El argumento central en el proceso de extradición, no es ni por cerca la ley de amnistía. Este tema, lo hemos dejado ahí, como un argumento bastante secundario.  Hay otros argumentos que están por encima de esto para declarar el no a la extradición.

Aparte que estos cuatro militares que están detenidos de forma ilegal, ya fueron juzgados. Está el tema de lesa humanidad, este delito no cae en lesa humanidad.

¿Cómo son los delitos contemplados como de lesa humanidad?

Debe reunir distintos requisitos: que el homicidio haya sido ordenado de forma sistemática y esto para nada, y ha sido abordado como si estos militares hayan querido eliminar a la comunidad jesuita del país. Como sí sucedió por el otro lado, con los alcaldes por ejemplo.

Primero, este delito no cabe dentro de la figura de lesa humanidad y por lo tanto debería estar excluido, tiene un periodo de prescripción y este delito ya hubiera prescrito para ser judicializado. La misma FGR ha dicho que debe de denegarse la extradición.

No debería de afectar en absoluto, la declaratoria de inconstitucionalidad de la ley de amnistía al tema de extradición de los militares del caso jesuitas. Y no debería de tener una incidencia directa el hecho de que la sala haya declarado inconstitucional la ley de amnistía.

Pero hay un tema que hace mención la sala en su resolución y es la reparación civil, estos casos también tendrían aparejada a la responsabilidad penal, la responsabilidad civil y por lo tanto, la víctima estaría con el derecho a solicitar una indemnización como reparación de ese hecho que ocurrió.

¿Cómo funcionaría esto?

Eso tendrá que decidirlo un tribunal, la cuantía de la indemnización, si es que da a lugar esa cuestión.

Con la eliminación de la ley de amnistía, entra en vigencia la Ley de Reconciliación Nacional, ¿en qué se diferencia de la ley recién eliminada?

Al quedar vigente aquella norma, se le da vida jurídica a la ley de reconciliación. Esta ley que es preámbulo de la ley de amnistía, sirvió de base para que aquellos que estaban alzados en armas, pudieran ingresar al país y reinsertarse a la sociedad, también para que pudieran participar de procesos públicos, políticos y es el principal beneficio que trae esa ley, esa ley, también excluía de alguna forma de una amnistía a aquellos delitos graves que hubieran ocurrido durante el conflicto.

Una diputada del FMLN, dijo que la eliminación de la ley afecta solo al ejército. ¿Quiénes entonces son los afectados?

Ambos bandos. Si hoy, cualquier familiar se sienta afectado porque murió un familiar en la guerra,  puede ir a demandar a alguien que lo cometió ya sea del ejército o de la ex guerrilla, aquí nadie está exento de poder ser judicializado por hechos cometidos durante la guerra.

También dijo que no violaron los derechos humanos durante la guerra.

Ya se le olvidó que participó de la guerra, todos sabemos que ellos cometieron graves violaciones a los derechos humanos ahí está el tema de los asesinatos de los alcaldes, de funcionarios, empresarios, una serie de atrocidades.

¿Hasta funcionarios públicos pueden ser procesados?

Nadie se salva, desde el presidente de la República hasta cualquier funcionario que estuvo en la guerra, no está exento de que se judicialice un caso, en el cual se le atribuya responsabilidad durante el conflicto armado.

¿Cuál será el principal reto?

El principal reto que nos pone a nosotros esta declaratoria de inconstitucionalidad  como nación, es encontrar el camino  a una verdadera paz. Y que no nos vuelva al pasado.

Lo que debemos encontrar son mecanismos que nos permitan volver a encontrarnos en esta reconciliación y despolarizar a esta sociedad que nos tiene hundidos.

¿Cree que habría cambios en la política por esta anulación?

No lo vislumbro.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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Agencia de Ciberseguridad de El Salvador pospone hasta nuevo aviso el nombramiento de delegados de protección de datos

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La Agencia de Ciberseguridad del Estado de El Salvador dejó sin efecto la fecha límite para comunicar el nombramiento de los delegados de protección de datos personales.

La autoridad informó que el plazo previsto para el 16 de septiembre de 2026 queda suspendido hasta nuevo aviso.

Por tanto, las empresas e instituciones obligadas por la Ley para la Protección de Datos Personales no deben realizar ninguna acción relacionada con esa fecha.

La agencia indicó que comunicará oportunamente cualquier nueva disposición. Además, pidió a las organizaciones mantenerse atentas a la información oficial.

La fecha anterior queda anulada

La normativa establecía que las entidades obligadas debían comunicar a la autoridad el nombramiento de su delegado de protección de datos.

Ese requisito alcanzaba a organizaciones públicas y privadas que realizaran actividades de tratamiento de información personal.

La nueva comunicación modifica el calendario anunciado previamente. Sin embargo, el aviso no establece una nueva fecha para cumplir con ese procedimiento.

Una figura vinculada al manejo de información personal

El delegado de protección de datos ayuda a las organizaciones a cumplir las reglas sobre el uso de información personal.

Entre sus funciones está supervisar cómo una entidad recoge, almacena, utiliza y comparte datos.

También puede atender solicitudes relacionadas con el acceso, corrección, cancelación u oposición al uso de información personal.

Además, asesora a las distintas áreas y promueve la capacitación del personal sobre protección de datos.

La obligación sigue vinculada a la ley

La Ley para la Protección de Datos Personales establece obligaciones para quienes realizan tratamiento de información personal.

Estas reglas pueden alcanzar a empresas, instituciones, comercios, centros educativos, clínicas y otros servicios.

El cumplimiento incluye revisar procedimientos para manejar datos y establecer medidas de seguridad.

También contempla mecanismos para responder ante incidentes como filtraciones, pérdidas o accesos no autorizados.

La autoridad aclaró que cualquier disposición posterior será comunicada oportunamente por sus canales oficiales.

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El Salvador mantiene acciones de prevención contra la trata de personas

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El Salvador mantiene acciones de prevención y sensibilización contra la trata de personas mediante actividades dirigidas a jóvenes, estudiantes y población escolar.

En ese marco, la Fiscalía General de la República (FGR) participó en una caminata realizada en Santa Tecla bajo el nombre Puedes Verme.

La jornada buscó fortalecer el conocimiento sobre los riesgos de este delito y facilitar la identificación de posibles víctimas.

Prevención busca alentar a jóvenes

Las autoridades buscan que los estudiantes reconozcan señales relacionadas con posibles casos de trata de personas.

Este delito incluye situaciones en las que una persona es engañada, amenazada o forzada para ser explotada.

Entre sus formas se encuentran la explotación sexual, los trabajos forzados y otras actividades realizadas contra la voluntad de las víctimas.

Por ello, la Fiscalía reiteró la importancia de denunciar estos casos ante las autoridades.

Atención incuye apoyo psicológico

Los esfuerzos también abarcan la atención de víctimas y testigos de este delito.

Hasta julio de 2026, la Fiscalía registró 150 atenciones y abordajes psicológicos relacionados con víctimas y testigos.

La institución desarrolla estas acciones mediante su Unidad Especializada de Tráfico Ilegal de Personas y Trata de Personas.

Una jornada que sumó información a la prevención

La caminata comenzó en la Plaza de la Cultura, en el Paseo El Carmen, y terminó en el parque El Cafetalón.

En ese lugar se desarrollaron charlas informativas para los participantes sobre la trata y sus mecanismos de prevención.

La Alcaldía de Santa Tecla organizó la actividad junto con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD).

También participaron el Consejo Nacional contra la Trata de Personas y la organización A21.

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Corte Suprema refuerza el papel de abogados y notarios contra el lavado de dinero en El Salvador

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La Corte Suprema de Justicia (CSJ) de El Salvador mantiene una campaña para reforzar el papel de abogados y notarios en la prevención del lavado de dinero.

La institución busca que estos profesionales identifiquen riesgos y eviten que fondos de origen ilícito ingresen a la economía formal.

La iniciativa incluye herramientas prácticas, capacitaciones y orientación sobre las obligaciones que deben cumplir dentro del sistema nacional de prevención.

Profesionales del derecho deben detectar señales de riesgo

La Corte explica que abogados y notarios pueden intervenir en operaciones jurídicas y comerciales susceptibles de ser utilizadas para ocultar fondos ilícitos.

Por ello, deben aplicar medidas de debida diligencia durante sus relaciones profesionales.

Estas acciones incluyen conocer al cliente, determinar el propósito de las operaciones e identificar señales de alerta.

La Corte también señala que los profesionales deben prestar atención a los beneficiarios finales de las operaciones.

El lavado busca ocultar el origen de los fondos

La campaña explica que el lavado de dinero busca ocultar el origen ilícito de recursos obtenidos mediante actividades delictivas.

El proceso suele dividirse en tres etapas: colocación, encubrimiento e integración.

Primero, los recursos ingresan a la economía formal. Después, distintas operaciones buscan dificultar su rastreo.

Finalmente, los fondos adquieren una apariencia de legalidad y pueden utilizarse para comprar bienes o invertir en empresas.

Por ello, la debida diligencia debe mantenerse durante toda la relación profesional.

El Salvador sí cuenta con una ley contra el lavado

El país cuenta con la Ley Contra el Lavado de Dinero y de Activos, que establece obligaciones para los sujetos comprendidos en su ámbito.

La normativa contempla medidas de prevención y controles para detectar operaciones vinculadas con fondos de origen ilícito.

Además, la Asamblea Legislativa ha impulsado la actualización del marco legal para fortalecer el sistema contra el lavado de activos y otros delitos financieros.

En este contexto, abogados y notarios que realizan determinadas actividades forman parte de los sectores sujetos a controles de prevención.

La Corte amplía la capacitación del sector legal

La Corte Suprema desarrolla jornadas específicas para fortalecer las capacidades de abogados y notarios.

En marzo de 2026, realizó un programa sobre mejores prácticas de prevención y elaboración de reportes de operaciones sospechosas.

Además, en abril informó sobre nuevas actividades para mejorar la detección y reporte oportuno de operaciones sospechosas.

La institución también trabaja con la Unidad de Investigación Financiera y otros organismos para fortalecer la supervisión.

La prevención alcanza al ejercicio profesional

La Corte sostiene que cumplir estas obligaciones no solo responde a exigencias legales.

También busca impedir que los servicios jurídicos sean utilizados para facilitar operaciones con recursos ilícitos.

Por ello, la campaña incorpora formación sobre prevención del lavado de activos, financiamiento del terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva.

La estrategia incluye además herramientas para mejorar la aplicación de controles y el reporte de operaciones que presenten señales de riesgo.

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Procuraduría General tendrá papel clave en las elecciones de 2027 tras renovación de convenio con TSE

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La Procuraduría General de la República (PGR) y el Tribunal Supremo Electoral (TSE) acordaron coordinar acciones para prevenir y mediar conflictos durante los comicios de 2027.

El procurador general, René Escobar, y la presidenta del TSE, Roxana Soriano, firmaron el convenio de cooperación interinstitucional.

El acuerdo permitirá a la Procuraduría General de la República intervenir en la prevención, atención y mediación de controversias electorales.

La PGR acompañará momentos clave del proceso, desde la jornada de votación hasta el procesamiento de los resultados.

También participará durante los escrutinios preliminar y final, según la información divulgada por el TSE.

Escobar confirmó que el convenio incluye la transmisión, procesamiento y escrutinio de los resultados electorales.

René Escobar, procurador general, y Roxana Soriano, presidenta del Tribunal Supremo Electoral, durante la firma del convenio para mediar conflictos durante los comicios de 2027.

Personal especializado recibirá capacitación

El TSE capacitará al personal que la Procuraduría designe para cumplir estas funciones.

Además, el organismo electoral proporcionará herramientas para su formación y acreditación.

El tribunal también ofrecerá apoyo logístico para facilitar la participación de los funcionarios de la PGR.

De esta manera, ambas instituciones buscan establecer mecanismos de coordinación ante posibles disputas durante las elecciones de 2027.

El acuerdo busca prevenir disputas electorales

El convenio contempla la atención de conflictos entre distintos actores del proceso electoral.

Entre ellos figuran partidos políticos, organismos electorales temporales, juntas de vigilancia y ciudadanos.

La presidenta del TSE destacó la prevención y el diálogo como mecanismos para resolver controversias de manera pacífica.

Soriano afirmó que el acuerdo crea un espacio institucional para fortalecer la mediación y el diálogo durante el proceso electoral.

Las instituciones señalaron que ya cuentan con experiencias previas de coordinación en procesos electorales.

El nuevo convenio amplía esa cooperación de cara a las elecciones de 2027 en El Salvador.

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Belice estudia experiencia de El Salvador para fortalecer sus ciencias forenses

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Una delegación de expertos de Belice conoció la experiencia de El Salvador en ciencias forenses durante una visita al Instituto de Medicina Legal.

El encuentro forma parte del proceso de diseño de un nuevo complejo para el Servicio Nacional de Ciencias Forenses de Belice.

Durante la jornada, especialistas salvadoreños presentaron los servicios, instalaciones y prácticas que desarrolla la institución.

El proyecto busca ampliar las capacidades forenses

La delegación beliceña recibió información sobre el funcionamiento del Instituto de Medicina Legal y sus áreas especializadas.

El objetivo del intercambio es aportar elementos técnicos para el desarrollo de la nueva infraestructura forense en Belice.

Además, ambas partes identificaron oportunidades para fortalecer la cooperación y la asistencia en ciencias forenses.

Alejandro Antonio Quinteros Espinoza, presidente de la Sala de lo Penal y del Consejo Directivo del instituto, destacó el valor del intercambio.

El funcionario señaló que la institución busca compartir aspectos técnicos de su trabajo y su experiencia en infraestructura especializada.

Expertos presentan seis áreas de trabajo

Las jefaturas técnicas del Instituto de Medicina Legal realizaron presentaciones sobre los servicios periciales que ofrece la institución.

Entre las áreas expuestas figuran Patología Forense, Antropología Forense y Biología Forense.

También presentaron los servicios de Química Forense y Clínica Forense. Además, explicaron el trabajo de Atención a Víctimas y Usuarios.

Estos servicios forman parte del apoyo técnico que el instituto brinda a la administración de justicia.

Cooperación apunta a capacidades médico-legales

Pedro Hernán Martínez Vásquez, director general del instituto, destacó la posibilidad de ampliar la cooperación entre las instituciones.

El funcionario señaló que el intercambio puede generar nuevas oportunidades para desarrollar capacidades médico-legales y forenses.

La visita también permitió conocer aspectos relacionados con infraestructura especializada y organización de servicios periciales.

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