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Análisis sobre la inconstitucionalidad de la Ley de Amnistía General

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El pasado miércoles fue un día trascendental en la historia del país, la Sala de lo Constitucional notificó dos sentencias de inconstitucionalidad y una medida cautelar en un mismo día, hecho que ha generado múltiples opiniones en diferentes sectores del país.

La  sentencia que más impactó fue la declaratoria de inconstitucionalidad de la Ley de Amnistía General aprobada en 1993, la cual concedía amnistía a personas tanto del gobierno como de la guerrilla que hubiesen cometido delitos políticos, comunes conexos con estos y delitos cometidos antes del 01 de enero de 1992.

Para comprender la magnitud de dicha resolución, entrevistamos a Carlos Guzmán, abogado en libre ejercicio y presidente de la Federación de Asociaciones de Abogados de El  Salvador (FEDAES). El abogado cuestiona la manera en que se han dictado dichas resoluciones y considera que pudiera haber intereses de ciertos sectores.

Vale mencionar que esta entrevista la brindó el Lic. Guzmán, antes de que se conociera la sentencia completa de la Ley de Amnistía General que fue publicada ayer por la tarde (jueves), hasta este momento solo se tenía conocimiento del comunicado de prensa que había publicado la Sala de lo Constitucional.

¿Causa un beneficio la resolución de la Sala de lo Constitucional sobre la inconstitucionalidad de la Ley de Amnistía General?  

Efectivamente, la Sala de lo Constitucional hizo saber a través de un comunicado  a la nación, que había tomado una decisión en un proceso de inconstitucionalidad que comenzó hace dos años prácticamente y que ahora aborda una decisión.

Para que todo proceso de inconstitucionalidad tome una decisión se necesita de cuatro de cinco votos de magistrados que componen la sala. Esta decisión fue tomada por los magistrados Florentín Meléndez, Sídney Blanco, Rodolfo González y un magistrado suplente, Eliseo Ortiz. Y un voto disidente del magistrado Belarmino Jaime.

Mencionaré tres aspectos relevantes de destacar:

Primero, parto por la forma que fue tomada esta decisión. Me parece extraño que el presidente de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) quien a su vez es presidente del Órgano Judicial, que el presidente de la Sala de lo Constitucional no haya integrado para esta decisión tan trascendental para el país, y por lo tanto no haya acudido con su voto, sino que hayan tenido que nombrar a un magistrado suplente, eso ya me parece una situación que llama la atención. Para mí es una llamada de atención, el por qué en una decisión tan trascendental no esté el presidente de la CSJ.

Segunda llamada de atención que yo hago a esto es, ¿cómo es posible que habiendo solicitado ser separado del caso de inconstitucionalidad, uno de los magistrados por estar comprometido o sentir comprometida su imparcialidad en este proceso y precisamente, porque él fue fiscal del caso jesuitas y después fue acusador particular en el caso jesuitas que no es cualquier caso, es el caso quizás más emblemático de todos los que aparecen mencionados en el dictamen de la Comisión de la Verdad, venga la Sala de lo Constitucional y lo reincorpore al proceso? Son cosas que llaman la atención y que la sala deberá aclarar en su momento, por qué razones se dieron estas circunstancias.

Y lo tercero, es que se da esta decisión en momentos antes de que la corte plena tome una decisión sobre otro tema que está muy relacionado, que es sobre la petición del reino de España de la extradición de los militares. Todo esto es bien confuso, incluso hasta oscuro llamaría yo, por qué se da este tema. ¿Cuál era la urgencia para que la sala comunicara esta decisión a la nación sin tener siquiera el texto íntegro de la sentencia?

¿Cree que habría intereses políticos?

Es que no hay otra explicación lógica que podamos abordar, que desde el punto de vista jurídico para mí, está muy claro esto.

Nos podría mencionar ¿qué implicaciones tiene la inconstitucionalidad de la Ley de Amnistía General?

La ley de Amnistía como tal, de alguna forma para bien o para mal contribuyó para que el país pasara de la guerra a transitar a un momento de reconciliación, de incorporación y de construir una nueva democracia en el país.

En donde los principales líderes de los dos grupos que se enfrentaron: la fuerza armada de un lado, y por el otro la ex guerrilla pudieran reconciliarse e iniciar una nueva etapa en el país. Hoy declarada inconstitucional, 23 años después, esta ley de amnistía nos pone otra vez en un retroceso, en el momento como si estuviéramos ahora firmando los acuerdos de paz.

Si nos retrocedemos a la firma de los Acuerdos de Paz, ¿habrían firmado, a la luz de saber que cualquiera de los firmantes y de los que participaron, que luego estarían en el banquillo de los acusados? No sé si eso se hubiera dado en la forma en que finalmente se dio en 1992.

La sentencia recoge que los casos que aparecen mencionados en la Comisión de la Verdad, dice estos casos deben ser judicializados porque son crímenes de guerra o de lesa humanidad. El que lo diga la CSJ de esta forma, pone en evidencia que estos 32 casos que fueron investigados por la Comisión de la Verdad, que no fueron los únicos, tuvo una serie de casos en su mesa para discutir y finalmente abordó estos 32 y los consideró los más relevantes de todo este conflicto armado sucedido.

¿Quién va a calificar de lesa humanidad en estos casos?

Esto los tiene que calificar un juez, un tribunal que se le someta a consideración estos procesos.

¿Cuándo se incorporó la figura de lesa humanidad en nuestra legislación?

 Fue hasta 1998 en el Código Penal y se da una serie de requisitos que debe de contener de ese hecho para que sea calificado de lesa humanidad.

¿Cuál sería el  proceso?

Tendrá que pasar una evaluación previa de esa calificación, esto no puede ser  de forma automática, particularmente el caso jesuitas, porque ya fue judicializado en El Salvador, varias veces. Por lo tanto, ¿qué pasaría con este caso?, ¿vamos a ir a un doble juzgamiento o triple juzgamiento? Esto no puede ser.

En este caso, debemos de respetar el ordenamiento jurídico y la Constitución de la República  prohíbe el doble juzgamiento, ya estas personas fueron juzgadas, casi todas las que aparecen ahí en ese informe de la comisión.

Creemos que el caso jesuitas no tendría mayor relevancia, ni mayor incidencia de esta situación. ¿Pero qué va a pasar con los demás casos? Un familiar de algunas de las víctimas de la guerra ya sea de un lado o de otro, podría solicitar a la Fiscalía General de la República que abra una investigación de este caso porque necesita conocer la verdad.

¿Cómo quedaría la situación de los militares que España pide se extraditen por los asesinatos de los jesuitas?

El argumento central en el proceso de extradición, no es ni por cerca la ley de amnistía. Este tema, lo hemos dejado ahí, como un argumento bastante secundario.  Hay otros argumentos que están por encima de esto para declarar el no a la extradición.

Aparte que estos cuatro militares que están detenidos de forma ilegal, ya fueron juzgados. Está el tema de lesa humanidad, este delito no cae en lesa humanidad.

¿Cómo son los delitos contemplados como de lesa humanidad?

Debe reunir distintos requisitos: que el homicidio haya sido ordenado de forma sistemática y esto para nada, y ha sido abordado como si estos militares hayan querido eliminar a la comunidad jesuita del país. Como sí sucedió por el otro lado, con los alcaldes por ejemplo.

Primero, este delito no cabe dentro de la figura de lesa humanidad y por lo tanto debería estar excluido, tiene un periodo de prescripción y este delito ya hubiera prescrito para ser judicializado. La misma FGR ha dicho que debe de denegarse la extradición.

No debería de afectar en absoluto, la declaratoria de inconstitucionalidad de la ley de amnistía al tema de extradición de los militares del caso jesuitas. Y no debería de tener una incidencia directa el hecho de que la sala haya declarado inconstitucional la ley de amnistía.

Pero hay un tema que hace mención la sala en su resolución y es la reparación civil, estos casos también tendrían aparejada a la responsabilidad penal, la responsabilidad civil y por lo tanto, la víctima estaría con el derecho a solicitar una indemnización como reparación de ese hecho que ocurrió.

¿Cómo funcionaría esto?

Eso tendrá que decidirlo un tribunal, la cuantía de la indemnización, si es que da a lugar esa cuestión.

Con la eliminación de la ley de amnistía, entra en vigencia la Ley de Reconciliación Nacional, ¿en qué se diferencia de la ley recién eliminada?

Al quedar vigente aquella norma, se le da vida jurídica a la ley de reconciliación. Esta ley que es preámbulo de la ley de amnistía, sirvió de base para que aquellos que estaban alzados en armas, pudieran ingresar al país y reinsertarse a la sociedad, también para que pudieran participar de procesos públicos, políticos y es el principal beneficio que trae esa ley, esa ley, también excluía de alguna forma de una amnistía a aquellos delitos graves que hubieran ocurrido durante el conflicto.

Una diputada del FMLN, dijo que la eliminación de la ley afecta solo al ejército. ¿Quiénes entonces son los afectados?

Ambos bandos. Si hoy, cualquier familiar se sienta afectado porque murió un familiar en la guerra,  puede ir a demandar a alguien que lo cometió ya sea del ejército o de la ex guerrilla, aquí nadie está exento de poder ser judicializado por hechos cometidos durante la guerra.

También dijo que no violaron los derechos humanos durante la guerra.

Ya se le olvidó que participó de la guerra, todos sabemos que ellos cometieron graves violaciones a los derechos humanos ahí está el tema de los asesinatos de los alcaldes, de funcionarios, empresarios, una serie de atrocidades.

¿Hasta funcionarios públicos pueden ser procesados?

Nadie se salva, desde el presidente de la República hasta cualquier funcionario que estuvo en la guerra, no está exento de que se judicialice un caso, en el cual se le atribuya responsabilidad durante el conflicto armado.

¿Cuál será el principal reto?

El principal reto que nos pone a nosotros esta declaratoria de inconstitucionalidad  como nación, es encontrar el camino  a una verdadera paz. Y que no nos vuelva al pasado.

Lo que debemos encontrar son mecanismos que nos permitan volver a encontrarnos en esta reconciliación y despolarizar a esta sociedad que nos tiene hundidos.

¿Cree que habría cambios en la política por esta anulación?

No lo vislumbro.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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FEDAES oficializa candidatos para integrar el Consejo Nacional de la Judicatura tras votación de abogados

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La Federación de Asociaciones de Abogados de El Salvador (FEDAES) oficializó los resultados de la elección de 18 candidatos que integrarán las ternas propuestas para ocupar seis puestos del Consejo Nacional de la Judicatura (CNJ). La votación contó con la participación de 2,560 abogados el pasado 11 de julio.

Los candidatos seleccionados serán enviados a la Asamblea Legislativa, que deberá elegir a tres consejeros propietarios y tres suplentes para representar a la FEDAES en el CNJ durante el período 2026-2031.

Santos Guerra Grijalva obtuvo la mayor cantidad de votos

El abogado Santos Guerra Grijalva encabezó los resultados de la elección con 1,395 votos. Le siguieron Karla Cecilia Roque de Rodríguez, con 1,130 votos, y Alexander Efraín Ticas Navarro, con 1,104 votos.

Además, Sonia Aracely López Sandoval obtuvo 1,082 votos; Maritza Venancia Zapata Cañas alcanzó 1,078 votos; y Edwing Armando Zeledón Hernández sumó 1,065 votos.

La lista de 18 candidatos quedó conformada con los aspirantes que obtuvieron los mayores respaldos durante la jornada electoral organizada por la federación de abogados.

Asamblea Legislativa deberá elegir a los representantes del CNJ

Tras la elección interna de la FEDAES, los candidatos pasarán a la siguiente etapa del proceso. La Asamblea Legislativa deberá escoger a los representantes que ocuparán los cargos dentro del Consejo Nacional de la Judicatura.

El CNJ está compuesto por siete consejeros propietarios y siete suplentes. De ese grupo, tres propietarios y tres suplentes surgen de las ternas propuestas por la FEDAES.

Los otros integrantes corresponden a representantes de la Universidad de El Salvador, universidades privadas, el Ministerio Público y el Órgano Judicial.

FEDAES abre plazo para presentar recursos contra resultados

El presidente de la FEDAES, Rey Nóchez, informó que los candidatos tienen un plazo de 48 horas hábiles para presentar impugnaciones o recursos contra los resultados electorales.

El período comenzará después de la notificación oficial a los participantes. Si no existen recursos pendientes, el Comité Central Electoral declarará firmes los resultados.

Luego, la federación enviará las ternas a la Asamblea Legislativa para continuar con la elección de los nuevos integrantes del CNJ.

Participación electoral fue menor al 5 % del padrón disponible

La jornada electoral del 11 de julio reunió a 2,560 abogados en los 14 centros judiciales del país. Según FEDAES, esa cifra representó menos del 5 % del padrón electoral habilitado.

Nóchez señaló que el proceso busca recuperar la participación del gremio de abogados en la elección de representantes para instituciones vinculadas al sistema judicial.

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Corte Suprema de Justicia abre segunda convocatoria 2026 para práctica jurídica

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La Corte Suprema de Justicia (CSJ) abrió la segunda convocatoria ordinaria de 2026 para quienes deseen realizar la práctica jurídica en instituciones gubernamentales, tribunales y dependencias del máximo órgano judicial.

El período de inscripción se desarrollará del 17 al 21 de agosto de 2026. Además, la institución informó que todo el proceso de registro se realizará de forma virtual.

Los aspirantes deberán completar la solicitud y cargar la documentación requerida a través de la plataforma habilitada por la Corte durante las fechas establecidas https://apps.csj.gob.sv/inscripcion-practica-juridica/ .

Aspirantes deberán presentar documentos según su situación académica

La convocatoria establece requisitos diferentes para estudiantes, egresados y graduados de la carrera de Ciencias Jurídicas.

Los estudiantes deberán presentar la carta que acredite haber aprobado al menos el 70 % de las materias. También deberán entregar la constancia de horarios del ciclo académico II-2026, si ya inscribieron asignaturas.

Los egresados tendrán que presentar la carta que certifique esa condición académica. En tanto, los graduados deberán adjuntar una fotocopia certificada por notario de su título de Licenciado en Ciencias Jurídicas.

Además, todos los solicitantes deberán entregar una fotografía reciente en blanco y negro con vestimenta formal, una copia ampliada y vigente del Documento Único de Identidad (DUI) y, cuando corresponda, la constancia del Coeficiente de Unidades de Mérito (CUM).

Evaluación de conocimientos será a finales de agosto

La Corte Suprema de Justicia programó el examen de conocimientos para el 28 de agosto de 2026.

La institución indicó que tanto el registro como las etapas del proceso se desarrollarán completamente en línea, sin importar la zona geográfica de los participantes.

La modalidad incluye plazas de práctica jurídica en instituciones gubernamentales, tribunales y dependencias de la Corte Suprema de Justicia.

Plataforma habilitada solo durante el período oficial

La Corte informó que el formulario de inscripción estará disponible únicamente entre el 17 y el 21 de agosto.

Durante ese plazo, los interesados deberán completar la solicitud electrónica y adjuntar todos los documentos exigidos para participar en el proceso de selección.

La institución recordó que las solicitudes solo serán recibidas mediante la plataforma oficial habilitada para esta convocatoria y dentro del período establecido.

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Abogados de El Salvador eligen candidatos para integrar el Consejo Nacional de la Judicatura

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La Federación de Abogados de El Salvador (FEDAES) realizó este sábado la elección de sus candidatos para integrar el Consejo Nacional de la Judicatura (CNJ), organismo responsable de la selección, capacitación y evaluación de jueces y magistrados del país.

La jornada se desarrolló en los 14 departamentos del país y, por primera vez, incorporó el voto electrónico. Además, contó con el apoyo del Tribunal Supremo Electoral para la distribución de papeletas y la transmisión de resultados.

Al cierre de la jornada continuaba el escrutinio para oficializar a los 18 candidatos más votados. Ellos conformarán tres ternas que serán enviadas a la Asamblea Legislativa, donde los diputados elegirán a los tres consejeros propietarios y sus respectivos suplentes para el período 2026-2031.

El proceso reunió a abogados en libre ejercicio

Según explicó el presidente de la FEDAES, Rey Nóchez, en la elección participaron abogados en libre ejercicio de la profesión. La normativa excluye a jueces, magistrados, integrantes de la Fiscalía General de la República, de la Procuraduría General de la República, docentes universitarios y profesionales inhabilitados.

En todo el país funcionaron 37 juntas receptoras de votos. San Salvador concentró diez centros de votación, la mayor cantidad entre los 14 departamentos.

Cada votante pudo seleccionar hasta 18 candidatos. Posteriormente, los aspirantes con mayor respaldo integrarán las tres ternas que serán remitidas al órgano legislativo.

Los más votados, según información preliminar

Según reportes periodísticos que citan a FEDAES, entre los candidatos más votados están Santos Guerra Grijalba, Karla Cecilia Roque de Rodríguez, Alexander Efraín Ticas Navarro, Sonia Aracely López Sandoval, Maritza Venancia Zapata Cañas, Edwing Armando Zeledón Hernández, Jaime Roberto Reyes Guzmán, Magdaleno de Jesús Novelo Rodríguez y Rodrigo Alberto Aguirre Espinoza.

La participación superó las expectativas de la organización

El secretario de Comunicaciones de la FEDAES, Luis Mario Pérez Bennett, afirmó que la participación proyectaba superar la registrada en las elecciones de 2021.

El dirigente señaló que la federación promovió una amplia convocatoria entre el gremio jurídico y destacó que la jornada avanzó dentro de los plazos previstos. Al concluir la votación solo quedaba pendiente la oficialización de los resultados.

El organismo desempeña un papel clave en la administración de justicia

El Consejo Nacional de la Judicatura es una institución prevista en la Constitución salvadoreña. Entre sus principales funciones están seleccionar, capacitar y evaluar a jueces, magistrados y demás integrantes de la carrera judicial.

La integración del CNJ responde a un modelo de representación de distintos sectores del sistema de justicia. Además de los tres representantes de la FEDAES, participan un delegado de la Universidad de El Salvador, otro de las universidades privadas con carreras de Derecho, un representante del Ministerio Público y un delegado de magistrados y jueces.

La Corte Suprema impulsó la modernización del proceso

El acto electoral fue instalado por el presidente de la Corte Suprema de Justicia, Henry Alexander Mejía, junto con los magistrados de las cuatro salas del máximo tribunal.

La organización estuvo a cargo del Comité Electoral Judicial, integrado por representantes de asociaciones de jueces y de la Mesa Judicial, conforme a la Ley del Consejo Nacional de la Judicatura.

La elección marcó un cambio en el procedimiento al incorporar, por primera vez, el voto electrónico. Este sistema permitió emitir el sufragio desde distintos puntos del país y facilitó la transmisión simultánea de los resultados, mientras el comité electoral mantenía el control del escrutinio final.

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Corte Suprema concluye en Santa Ana la fase del proyecto Red de Cuidados para fortalecer la atención a mujeres, niñez y adolescencia

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El proyecto Red de Cuidados y mapeo de servicios esenciales para mujeres, niñez y adolescencia de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) concluyó su fase de grupos focales con una jornada realizada en Santa Ana, en el occidente de El Salvador.

La actividad tuvo como objetivo identificar las conexiones existentes entre instituciones y fortalecer los mecanismos de derivación de casos hacia entidades gubernamentales y organizaciones no gubernamentales que brindan atención a personas en condición de vulnerabilidad.

Herramienta busca mejorar la coordinación de los servicios

La iniciativa fue desarrollada por la Dirección de Atención Integral a las Mujeres y Acceso a la Justicia, dependencia de la CSJ, con el apoyo de la organización International Justice Mission (IJM).

Durante la actividad, la directora de la dependencia, Vanesa Leiva, explicó que la herramienta permitirá articular esfuerzos entre instituciones públicas y organizaciones sociales para facilitar una respuesta coordinada.

Según la funcionaria, el objetivo es que los servidores públicos puedan realizar una derivación adecuada de cada caso, de acuerdo con las necesidades específicas de las personas atendidas.

Participación de operadores del sistema de justicia

En el encuentro participaron jueces y personal encargado de atender a mujeres, niñas, niños y adolescentes en el departamento de Santa Ana.

Con esta última jornada, el proyecto concluyó el proceso de grupos focales previsto para recopilar información y fortalecer la red de atención. Los resultados servirán como base para consolidar mecanismos de coordinación entre las instituciones que prestan servicios esenciales a estos grupos de población.

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AFP CONFIA y la Universidad de Sonsonate crean alianza para brindar apoyo legal gratuito a afiliados y sus beneficiarios

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Como parte de su compromiso con el bienestar de sus afiliados y sus familias, AFP CONFIA, en alianza con la Universidad de Sonsonate, pone en marcha el Programa de Asistencia Legal gratuita orientado a apoyar a personas que deben realizar trámites jurídicos necesarios para acceder a los beneficios establecidos en la Ley Integral del Sistema de Pensiones.

A través de este programa, los afiliados de AFP CONFIA y sus beneficiarios que cumplan con los requisitos establecidos serán referidos a la Oficina de Asistencia

Legal y Práctica Jurídica de la Universidad de Sonsonate, donde recibirán orientación, acompañamiento y seguimiento de sus procesos sin costo.

El programa está orientado a personas cuyos ingresos familiares no superen dos salarios mínimos y que sus procesos deban ser realizados dentro de las jurisdicciones de Sonsonate y Ahuachapán.

Entre los servicios legales disponibles se encuentran: procesos de aceptación de herencia, declaratorias de convivencia o unión no matrimonial, rectificaciones de partidas de nacimiento, matrimonio, divorcio o defunción, declaratorias de incapacidad o tutoría, emisión de poderes, declaratorias de paternidad en personas adultas mayores y otros trámites vinculados al estado familiar.

Gracias a esta alianza ambas entidades colaborarán en actividades académicas y de formación, incluyendo cursos, capacitaciones y campañas educativas relacionadas con el Sistema de Pensiones, fortaleciendo la experiencia práctica de los estudiantes de ciencias jurídicas de la Universidad de Sonsonate.

AFP CONFIA proyecta ampliar este tipo de convenios con otras instituciones universitarias del país para extender el alcance del programa y brindar asistencia legal a más afiliados y beneficiarios en diferentes departamentos de El Salvador.

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