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Asamblea supera parcialmente observaciones presidenciales sobre Ley de Comercio Electrónico

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En la pasada sesión plenaria, la Asamblea Legislativa aprobó el dictamen de la Comisión de Economía que supera parcialmente las observación que realizó el presidente Nayib Bukele sobre la Ley de Comercio Electrónico.

La Comisión considera que muchos de los aspectos observados ya fueron abordados y analizados en su seno durante el análisis y procesos de consulta realizados para su aprobación, en razón de lo cual considerar viable superar las observaciones presidenciales que concretamente se realizaron en cuanto a: Exclusiones contenido en el artículo 5; Contratos celebrados mediante sistemas de automatización contenido en el artículo 19; y Supletoriedad contenida en el artículo 28.

Así como superar las observaciones presidenciales que de manera general fueron presentadas respecto a:

  • Aspectos vinculados a las transacciones relativas a pagos electrónicos, transferencia transfronteriza de información, ciberseguridad, inteligencia artificial y cooperación entre instituciones relacionados con el comercio electrónico, por considerar oportuno que estos elementos sean analizados cuando el Ministerio de Hacienda presente el proyecto de Ley de Facturación Electrónica, que explicaron están trabajando al interior de dicha Secretaría de Estado.
  • Incluir procedimientos de solución de controversias, régimen sancionatorio, entidad rectora y elementos de protección a los usuarios o consumidores establecidos en la ley, por considerar que, al tener las relaciones reguladas en la Ley de Comercio Electrónico su origen en un contrato, no es oportuna la modificación de los mecanismos que al respecto se encuentran establecidos en la ley, y al estar las relaciones contempladas por la Ley de Protección al Consumidor excluidas de la Ley de Comercio Electrónico, el régimen aplicable es el contemplado en dicha Ley.
  • Eliminar lo relativo a factura electrónica, en el cual se expresa que el desarrollo establecido en el decreto observado es insuficiente y los vacíos no se suplen con ninguna otra disposición dentro del ordenamiento jurídico, es importante señalar que dicha inclusión obedeció a sugerencia realizada por el Ministerio de Hacienda.
  • Aspectos vinculados a la protección de datos personales, por considerar que ya se encuentran contemplados en el inciso segundo del artículo 20 de la ley.

Sin embargo, la Comisión de Economía también valoró que algunas de las observaciones presentadas por el Presidente de la República a la Ley de Comercio Electrónico son atinadas por lo cual acepta parcialmente las observaciones presidenciales siguientes:

  • Considerando V), en el sentido de sustituir la palabra “…clientes…” por “…usuarios”, de la siguiente manera:

“V. Que es necesario crear un marco legal para brindar seguridad jurídica tanto a los comerciantes como a los usuarios que utilizan estas tecnologías, buscando incentivar a nuevas empresas a incursionar en las mismas, generando confianza para hacer uso de las transacciones en línea”.

  • Artículo 2, en el sentido de aclarar que las relaciones entre proveedores y consumidores regulados en la Ley de Protección al Consumidor, están excluidos del ámbito de aplicación de la Ley de Comercio Electrónico, incluyendo en la parte final “…con excepción de las establecidas en el artículo 5 de la presente ley”, de la siguiente manera:

“Ámbito de Aplicación Art. 2.- La presente ley es aplicable a todo tipo de relación contractual, de carácter comercial o factible de beneficio económico, celebrados de forma electrónica, digital o tecnológicamente equivalente, con excepción de las establecidas en el artículo 5 de la presente ley”.

  • Artículo 6, en el sentido de incluir un literal adicional con la definición de “proveedor”, de la siguiente manera:

“f) Proveedor: Persona natural o jurídica que desarrolle actividades de producción, fabricación, importación y comercialización de bienes o servicios”.

  • Artículo 13, en el sentido de eliminar la palabra “…consumidor o…”, y que solo se haga referencia a “…usuario…”, de la siguiente manera:

“De las comunicaciones comerciales electrónicas publicitarias o promocionales no solicitadas

Art. 13.- Los proveedores de bienes y servicios que deseen enviar comunicaciones, de carácter publicitario o de promociones, y que no cuenten con el previo consentimiento del usuario para remitirle este tipo de comunicaciones, solo podrán hacerlo si cumplen los siguientes requisitos:

  1. Indicar expresamente en las mismas, que constituyen una comunicación comercial electrónica publicitaria o promocional no solicitada.
  2. Incluir en el mensaje una opción sencilla, gratuita y viable para solicitar la exclusión de las listas de destinatarios del mismo en cualquier momento.
  3. Que los datos de los destinatarios hayan sido obtenidos sin infringir los derechos de protección de datos personales”.
  • Artículo 14, inciso primero, en el sentido de incluir para la validez y eficacia de los contratos celebrados por vía electrónica, el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Comercio Electrónico, de la siguiente manera:

“Validez y eficacia de los contratos celebrados por vía electrónica Art. 14.- Los contratos celebrados por vía electrónica producirán todos los efectos previstos por el ordenamiento jurídico para los contratos, cuando concurran el consentimiento y los demás requisitos legales necesarios para su validez; así mismo, deberán cumplir con las obligaciones previstas en la ley.

Para que el consentimiento se entienda otorgado, éste deberá manifestarse de forma fehaciente, clara, comprensible, inalterada e inequívoca, por medio de un sistema automatizado, por medios electrónicos, ópticos o por cualquier otra tecnología, aceptando todas las condiciones generales y demás condiciones según el caso del contrato, utilizando los medios que para tai efecto ha puesto a disposición el proveedor. ”

  • Artículo 16, en el sentido de sustituir la palabra “…cliente…” por “…usuario”, de la siguiente manera:

“Proceso de confirmación

Art. 16.- Durante el proceso de compra, antes de pagar, el usuario debe tener la oportunidad de verificar, modificar y confirmar su orden o pedido, establecer el lugar de destino, a ser informado de las tarifas que aplican, monto a pagar, cargos adicionales por envío y procesamiento de pago, impuestos o aranceles aplicables; así como verificar que sus datos personales estén correctos en la orden o pedido y el momento de entrega de su compra”.

  • Artículo 27, en el sentido de incluir en la aplicación gradual del comercio electrónico entre el Estado y usuarios, que dichas herramientas estarán a disposición sin perjuicio de los pagos que deban realizarse, de la siguiente manera:

“Aplicación gradual del comercio electrónico entre el Estado y usuarios Art. 27.- El Estado de forma gradual procurará poner a disposición de los usuarios, sin perjuicio de los pagos que deban realizarse cuando corresponda, las herramientas tecnológicas que permitan que los administrados realicen los trámites en línea, reciban contestación de la misma forma, reciban documentos debidamente certificados; además que puedan acceder a la información emanada por cada institución pública en cualquier momento, excepto aquella que tenga carácter reservado de conformidad a lo establecido en la Ley de Acceso a la Información Pública; igualmente, procurará el uso de dichas herramientas en los procesos de compras públicas como una forma de facilitar y agilizar los mismos”.

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Implementación de fotomultas se retrasa por reformas legales

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El sistema de fotomultas, que se esperaba poner en marcha esta semana y que se viene anunciando desde septiembre, tendrá que seguir esperando debido a que aún se encuentran trabajando en un paquete de reformas a la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial. Así lo informó el ministro de Obras Públicas, Romeo Rodríguez.

Rodríguez explicó que, aunque ya se han realizado todas las pruebas necesarias en el bulevar Monseñor Romero, el sistema aún no está activo. 

“Queremos asegurarnos de informar adecuadamente a toda la población salvadoreña antes de su puesta en marcha. Estamos trabajando en reformas que enviaremos pronto a la Asamblea Legislativa”, dijo el ministro en una entrevista televisiva.

Uno de los puntos clave de las reformas es el uso de la tecnología, como el sistema de fotomultas. Rodríguez señaló que el objetivo es evitar posibles quejas o confusiones entre los ciudadanos. 

“El sistema identificará la placa del vehículo, y la multa será asignada al propietario. Estamos ajustando detalles para garantizar que no haya inconvenientes y que todo quede claro para la población”, destacó.

En cuanto a los avances del sistema, el ministro aseguró que ya está listo para ser implementado en diversas arterias clave, como la autopista al aeropuerto internacional, la carretera al Puerto de La Libertad, y el bulevar Los Héroes, entre otras. 

“Las señalizaciones horizontales y verticales ya están siendo instaladas en lugares como la Manuel Enrique Araujo y el Paseo General Escalón”, detalló.

Aunque el sistema ya funciona internamente en áreas clave como la capital, San Miguel, Santa Ana y Sonsonate, el gobierno tiene previsto implementarlo por etapas. 

“Comenzaremos con el bulevar Monseñor Romero para que la población pueda familiarizarse con el funcionamiento del sistema, y luego avanzaremos hacia Comalapa, la carretera al Puerto de La Libertad y otras vías importantes”, explicó Rodríguez.

El ministro señaló que, una vez enviadas y aprobadas las reformas en la Asamblea Legislativa, se podrá proceder con la activación total del sistema de fotomultas en el país.

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Procurador general se reúne con Whole Child International para fortalecer atención a menores

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El procurador general, René Escobar, sostuvo una reunión con Guillermo García, director de Whole Child International-El Salvador, para analizar y fortalecer las acciones conjuntas en favor de la niñez y adolescencia usuaria de los servicios de la institución.

Durante el encuentro, Escobar destacó el compromiso de la procuraduría con la mejora continua de los servicios que se brindan a esta población vulnerable, enfatizando el esfuerzo por establecer alianzas estratégicas que contribuyan a la garantía y protección de los derechos de los menores.

“Como Procuraduría General, estamos comprometidos con la mejora continua y con el fortalecimiento de alianzas que nos permitan beneficiar a esta población, así como velar por la garantía de sus derechos”, informó la institución.

Por su parte, Guillermo García expresó el interés de Whole Child International-El Salvador de continuar trabajando en conjunto con la PGR, asegurando que la colaboración entre ambas entidades es esencial para avanzar en la protección y bienestar de los niños, niñas y adolescentes que más lo necesitan en el país.

Esta ONG busca mejorar la calidad de vida de los niños en situación de abandono, abuso o institucionalización. Su objetivo es elevar la calidad de cuidado infantil en todo el mundo. Se enfoca en las causas específicas que dañan a los niños, como la baja calidad de atención y la falta de relaciones de cuidado estables, nutritivas y de alta calidad.

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Procuraduría recuerda plazos para pago de “aguinaldos” en cuotas alimenticias y advierte sobre sanciones por incumplimiento

La PGR ha comenzado a hacer los recordatorios para el pago adicional de la cuota alimenticia, que se paga en diciembre.

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La Procuraduría General de la República emitió un recordatorio a todas las personas obligadas al pago de pensiones alimenticias sobre los plazos establecidos para la remisión de los pagos adicionales correspondientes a los “aguinaldos” de diciembre.

De acuerdo con el Decreto Legislativo número 140 de 1997, reformado en el año 2000, todos los responsables del pago de cuotas alimenticias deben realizar un pago adicional durante el mes de diciembre.

Este “aguinaldo” tiene características específicas dependiendo del tipo de ingreso de quien realiza el pago.

Para los asalariados, el pago adicional corresponde al 30% de su compensación económica o aguinaldo. Lo mismo aplica para aquellos que entregan personalmente o mediante depósito las cuotas alimenticias.

En el caso de las personas no asalariadas, el pago adicional debe ser equivalente al monto de la cuota alimenticia mensual que ya se haya establecido a favor de sus hijos o hijas.

Plazo para el pago y consecuencias legales

El plazo para la remisión de estos pagos adicionales es hasta el 1 de diciembre de 2024. La PGR advirtió que el incumplimiento de esta obligación puede generar responsabilidades legales tanto en el ámbito del Código de Familia como del Código Penal, lo que podría acarrear consecuencias jurídicas para quienes no cumplan con el pago en tiempo y forma.

Las instituciones públicas, autónomas, municipalidades, empresas privadas y personas naturales que están obligadas a realizar estos pagos deberán cumplir con esta normativa para evitar sanciones.

Atención al público y horarios de atención

Para facilitar el cumplimiento de esta obligación, la PGR ha dispuesto un horario de atención especial en sus Unidades de Control de Fondos de Terceros, que estarán abiertas de lunes a viernes, de 8:00 de la mañana a 4:00 de la tarde, sin interrupción al mediodía.

Además, las unidades también estarán abiertas los sábados 30 de noviembre, y los 14 y 21 de diciembre de 2024, en horario de 8:00 de la mañana a 12:00 del mediodía, para atender a los pagadores de las cuotas alimenticias.

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El plazo de la amnistía fiscal de Hacienda está por concluir

El próximo 1 de diciembre finaliza el período de gracia para poner al día los impuestos de los ciudadanos. Quienes se acojan a la amnistía quedan exentos de multas e intereses generados por deudas con Hacienda.

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El Ministerio de Hacienda recordó que la amnistía fiscal 2024, que permite a los contribuyentes con deudas tributarias ponerse al día sin recargos, intereses o multas, está por concluir.

El plazo de gracia vence el próximo 1 de diciembre.

La amnistía es una oportunidad única para aquellos que aún tienen pendientes declaraciones o pagos ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), la Dirección General de Aduanas (DGA) y la Dirección General de Tesorería (DGT).

Marvin Sorto, director general de Impuestos Internos, destacó que, a través de esta amnistía, los salvadoreños pueden regularizar su situación tributaria de forma voluntaria y sin sanciones adicionales.

El funcionario subrayó que para facilitar el proceso, el Ministerio ha habilitado más de 17 Centros de Atención Express en todo el país, donde se brinda asesoría especializada y gratuita a los contribuyentes. Esta medida busca garantizar que todos tengan acceso a la información necesaria para aprovechar el beneficio antes de que termine el plazo.

La amnistía cubre una variedad de impuestos, incluidos aquellos gestionados por la DGII, DGA y los pagos pendientes ante la DGT cuya fecha de vencimiento haya sido antes del 31 de julio de 2024.

Además, se extiende a los intereses generados por multas de tránsito, aunque es importante aclarar que las multas en sí mismas no se exoneran. En su lugar, el contribuyente podrá eliminar los recargos por intereses si se pone al día con el pago de la deuda. Para quienes tengan multas de tránsito, también existe la posibilidad de fraccionar el pago en hasta nueve cuotas mensuales.

Sorto también informó que, para mayor comodidad, los contribuyentes pueden optar por un plan de pagos flexible, que permite saldar la deuda en hasta nueve cuotas.

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¿Se podrán apelar las nuevas fotomultas?: Sí y aquí le decimos cómo y cuándo hacerlo

De acuerdo al ministro de Obras Públicas, las fotomultas comenzarán a imponerse este mes y aclaró que habrá margen para poder “refutarlas”.

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El ministro de Obras Públicas, Romeo Rodríguez, informó que los conductores que sean infraccionados a través del sistema de fotomultas en El Salvador tendrán un plazo máximo de 5 días hábiles para presentar su apelación.

Esta nueva medida, parte de la estrategia de control de tránsito, busca garantizar la transparencia y la posibilidad de defenderse ante cualquier error en la aplicación de las multas.

En una entrevista televisiva, Rodríguez detalló que aquellos que reciban una fotomulta podrán acceder a una plataforma en línea habilitada en el portal web del Viceministerio de Transporte (VMT), donde podrán presentar su objeción si consideran que la infracción no fue correctamente aplicada.

Tres etapas de validación

El proceso para imponer una fotomulta no es inmediato ni automático. Según explicó el ministro, se realizarán tres etapas de validación para asegurar la precisión en la aplicación de las sanciones:

Identificación inicial: El sistema de cámaras y el pesaje dinámico identificarán al conductor que cometió la infracción. Este paso se realizará mediante tecnología avanzada que garantiza una identificación precisa.

Verificación técnica: Tras la identificación, un equipo especializado revisará la información del conductor y de la infracción, asegurándose de que todos los datos sean correctos y la infracción haya sido correctamente cometida.

Revisión final: El último paso involucra una verificación adicional por parte de los equipos del VMT, quienes comprobarán que los equipos hayan operado correctamente antes de proceder a la aplicación definitiva de la multa en el sistema.

Estas validaciones están diseñadas para reducir los márgenes de error y asegurar que las multas sean aplicadas de manera justa.

¿Cómo apelar?

Los conductores podrán acceder al portal web del VMT para consultar las fotomultas impuestas en su contra, donde podrán ver no solo el detalle de la infracción, sino también las imágenes capturadas por las cámaras, las cuales servirán como prueba.
Rodríguez enfatizó que la transparencia es clave en este proceso y los ciudadanos podrán informarse de manera fácil y clara a través de las plataformas en línea de las autoridades de transporte, como el VMT y Sertracen.

Iniciativa en el bulevar Monseñor Romero

La implementación de las fotomultas comenzará en una de las zonas más conflictivas del país: el bulevar Monseñor Romero, donde, según el ministro, se han registrado varios accidentes en lo que va del año.

Algunos de estos siniestros involucraron vehículos con defectos mecánicos y rastras sobrecargadas, que circulan a altas velocidades sin control.

La incorporación de cámaras y sistemas de pesaje dinámico en esta zona busca justamente prevenir estos accidentes y mejorar la seguridad vial.
Según Rodríguez, el sistema de fotomultas tiene como objetivo no sólo sancionar a los infractores, sino también disuadir comportamientos peligrosos en las carreteras, contribuyendo a la reducción de accidentes y muertes en el tránsito.

Un proceso más ágil y seguro

Con la implementación de estas medidas, las autoridades esperan reducir la cantidad de infracciones sin sancionar y garantizar un sistema de transporte más seguro y ordenado.

Las fotomultas y el sistema de apelación permitirán, además, una gestión más eficiente y transparente de las infracciones viales.

El ministro concluyó su intervención recordando a la población que, a través del portal web del VMT, podrán acceder a toda la información relacionada con las infracciones cometidas, lo que les permitirá conocer las multas a tiempo y ejercer su derecho a apelarlas dentro del plazo establecido.

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