Legal
Asamblea supera parcialmente observaciones presidenciales sobre Ley de Comercio Electrónico
En la pasada sesión plenaria, la Asamblea Legislativa aprobó el dictamen de la Comisión de Economía que supera parcialmente las observación que realizó el presidente Nayib Bukele sobre la Ley de Comercio Electrónico.
La Comisión considera que muchos de los aspectos observados ya fueron abordados y analizados en su seno durante el análisis y procesos de consulta realizados para su aprobación, en razón de lo cual considerar viable superar las observaciones presidenciales que concretamente se realizaron en cuanto a: Exclusiones contenido en el artículo 5; Contratos celebrados mediante sistemas de automatización contenido en el artículo 19; y Supletoriedad contenida en el artículo 28.
Así como superar las observaciones presidenciales que de manera general fueron presentadas respecto a:
- Aspectos vinculados a las transacciones relativas a pagos electrónicos, transferencia transfronteriza de información, ciberseguridad, inteligencia artificial y cooperación entre instituciones relacionados con el comercio electrónico, por considerar oportuno que estos elementos sean analizados cuando el Ministerio de Hacienda presente el proyecto de Ley de Facturación Electrónica, que explicaron están trabajando al interior de dicha Secretaría de Estado.
- Incluir procedimientos de solución de controversias, régimen sancionatorio, entidad rectora y elementos de protección a los usuarios o consumidores establecidos en la ley, por considerar que, al tener las relaciones reguladas en la Ley de Comercio Electrónico su origen en un contrato, no es oportuna la modificación de los mecanismos que al respecto se encuentran establecidos en la ley, y al estar las relaciones contempladas por la Ley de Protección al Consumidor excluidas de la Ley de Comercio Electrónico, el régimen aplicable es el contemplado en dicha Ley.
- Eliminar lo relativo a factura electrónica, en el cual se expresa que el desarrollo establecido en el decreto observado es insuficiente y los vacíos no se suplen con ninguna otra disposición dentro del ordenamiento jurídico, es importante señalar que dicha inclusión obedeció a sugerencia realizada por el Ministerio de Hacienda.
- Aspectos vinculados a la protección de datos personales, por considerar que ya se encuentran contemplados en el inciso segundo del artículo 20 de la ley.
Sin embargo, la Comisión de Economía también valoró que algunas de las observaciones presentadas por el Presidente de la República a la Ley de Comercio Electrónico son atinadas por lo cual acepta parcialmente las observaciones presidenciales siguientes:
- Considerando V), en el sentido de sustituir la palabra “…clientes…” por “…usuarios”, de la siguiente manera:
“V. Que es necesario crear un marco legal para brindar seguridad jurídica tanto a los comerciantes como a los usuarios que utilizan estas tecnologías, buscando incentivar a nuevas empresas a incursionar en las mismas, generando confianza para hacer uso de las transacciones en línea”.
- Artículo 2, en el sentido de aclarar que las relaciones entre proveedores y consumidores regulados en la Ley de Protección al Consumidor, están excluidos del ámbito de aplicación de la Ley de Comercio Electrónico, incluyendo en la parte final “…con excepción de las establecidas en el artículo 5 de la presente ley”, de la siguiente manera:
“Ámbito de Aplicación Art. 2.- La presente ley es aplicable a todo tipo de relación contractual, de carácter comercial o factible de beneficio económico, celebrados de forma electrónica, digital o tecnológicamente equivalente, con excepción de las establecidas en el artículo 5 de la presente ley”.
- Artículo 6, en el sentido de incluir un literal adicional con la definición de “proveedor”, de la siguiente manera:
“f) Proveedor: Persona natural o jurídica que desarrolle actividades de producción, fabricación, importación y comercialización de bienes o servicios”.
- Artículo 13, en el sentido de eliminar la palabra “…consumidor o…”, y que solo se haga referencia a “…usuario…”, de la siguiente manera:
“De las comunicaciones comerciales electrónicas publicitarias o promocionales no solicitadas
Art. 13.- Los proveedores de bienes y servicios que deseen enviar comunicaciones, de carácter publicitario o de promociones, y que no cuenten con el previo consentimiento del usuario para remitirle este tipo de comunicaciones, solo podrán hacerlo si cumplen los siguientes requisitos:
- Indicar expresamente en las mismas, que constituyen una comunicación comercial electrónica publicitaria o promocional no solicitada.
- Incluir en el mensaje una opción sencilla, gratuita y viable para solicitar la exclusión de las listas de destinatarios del mismo en cualquier momento.
- Que los datos de los destinatarios hayan sido obtenidos sin infringir los derechos de protección de datos personales”.
- Artículo 14, inciso primero, en el sentido de incluir para la validez y eficacia de los contratos celebrados por vía electrónica, el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Comercio Electrónico, de la siguiente manera:
“Validez y eficacia de los contratos celebrados por vía electrónica Art. 14.- Los contratos celebrados por vía electrónica producirán todos los efectos previstos por el ordenamiento jurídico para los contratos, cuando concurran el consentimiento y los demás requisitos legales necesarios para su validez; así mismo, deberán cumplir con las obligaciones previstas en la ley.
Para que el consentimiento se entienda otorgado, éste deberá manifestarse de forma fehaciente, clara, comprensible, inalterada e inequívoca, por medio de un sistema automatizado, por medios electrónicos, ópticos o por cualquier otra tecnología, aceptando todas las condiciones generales y demás condiciones según el caso del contrato, utilizando los medios que para tai efecto ha puesto a disposición el proveedor. ”
- Artículo 16, en el sentido de sustituir la palabra “…cliente…” por “…usuario”, de la siguiente manera:
“Proceso de confirmación
Art. 16.- Durante el proceso de compra, antes de pagar, el usuario debe tener la oportunidad de verificar, modificar y confirmar su orden o pedido, establecer el lugar de destino, a ser informado de las tarifas que aplican, monto a pagar, cargos adicionales por envío y procesamiento de pago, impuestos o aranceles aplicables; así como verificar que sus datos personales estén correctos en la orden o pedido y el momento de entrega de su compra”.
- Artículo 27, en el sentido de incluir en la aplicación gradual del comercio electrónico entre el Estado y usuarios, que dichas herramientas estarán a disposición sin perjuicio de los pagos que deban realizarse, de la siguiente manera:
“Aplicación gradual del comercio electrónico entre el Estado y usuarios Art. 27.- El Estado de forma gradual procurará poner a disposición de los usuarios, sin perjuicio de los pagos que deban realizarse cuando corresponda, las herramientas tecnológicas que permitan que los administrados realicen los trámites en línea, reciban contestación de la misma forma, reciban documentos debidamente certificados; además que puedan acceder a la información emanada por cada institución pública en cualquier momento, excepto aquella que tenga carácter reservado de conformidad a lo establecido en la Ley de Acceso a la Información Pública; igualmente, procurará el uso de dichas herramientas en los procesos de compras públicas como una forma de facilitar y agilizar los mismos”.
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Consejo Nacional de la Judicatura y Corte Suprema de Justicia capacitan a jueces en nueva competencia criminal
El Consejo Nacional de la Judicatura, en coordinación con la Corte Suprema de Justicia, inauguró un programa de formación especializada dirigido a funcionarios judiciales con competencia en materia criminal en El Salvador.
La capacitación se desarrolla a través de la Escuela de Capacitación Judicial “Dr. Arturo Zeledón Castrillo”. Además, busca preparar a jueces y personal técnico ante las recientes reformas a la Ley Orgánica Judicial y los cambios en el sistema penal.
El programa incluye cinco módulos especializados. La primera jornada abordó el tema “Diseño Procesal Penal y Procedimiento Especial en la Competencia de lo Criminal”.
Jornadas abordarán reformas legales y funciones judiciales
Durante el primer módulo, los participantes analizaron las reformas constitucionales relacionadas con la materia penal. También estudiaron la conversión de juzgados, las reglas de transferencia de procesos y las funciones de los tribunales con competencia criminal.
Asimismo, los ponentes explicaron el papel del juez en la dirección del proceso penal y los criterios técnicos para aplicar el nuevo modelo procesal.
La capacitación estuvo a cargo del magistrado de la Sala de lo Constitucional, Ramón Iván García, y de los magistrados de cámara Salomón Landaverde y Wilfredo Jovel.
Personal técnico recibió preparación previa en todo el país
Antes del inicio oficial del programa, el Consejo Nacional de la Judicatura desarrolló actividades formativas para secretarios, colaboradores y personal técnico judicial.
Las jornadas se realizaron en las zonas occidental, central, paracentral y oriental del país. Según las autoridades, el objetivo fue fortalecer conocimientos sobre la normativa vigente y mejorar la aplicación de las nuevas disposiciones legales.
Además, las instituciones buscan unificar criterios de trabajo en los tribunales que ahora tienen competencia en materia criminal.
Autoridades destacan coordinación institucional en reforma judicial
El acto inaugural reunió a magistrados de distintas salas de la Corte Suprema de Justicia y a representantes del Consejo Nacional de la Judicatura.
El presidente de la Corte Suprema, Henry Alexander Mejía, destacó el trabajo técnico realizado por las comisiones de enlace entre ambas instituciones para diseñar el programa académico.
Por su parte, el magistrado Alejandro Antonio Quinteros Espinoza explicó que los contenidos fueron elaborados por especialistas en derecho penal, derecho constitucional y razonamiento probatorio.
Las autoridades señalaron que el programa busca fortalecer la calidad de la administración de justicia y responder a los retos derivados de las reformas judiciales aprobadas recientemente en El Salvador.
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Corte Suprema inaugura programa que busca fortalecer la prevención de la corrupción en el sistema judicial
La Corte Suprema de Justicia de El Salvador inauguró la tercera edición del programa “Integridad Pública y Cumplimiento Normativo Anticorrupción”, dirigido a jueces, magistrados y personal judicial de la zona oriental del país.
La actividad fue organizada por la Dirección de Talento Humano Institucional con el objetivo de fortalecer las capacidades para prevenir y combatir la corrupción dentro del Órgano Judicial salvadoreño.
Además, la jornada reunió a funcionarios judiciales encargados de aplicar normas vinculadas con transparencia, ética pública y cumplimiento anticorrupción.
Magistrado expone sobre consecuencias jurídicas y sociales de la corrupción
Durante la inauguración, el magistrado de la Sala de lo Constitucional, Héctor Nahun Martínez García, impartió el primer módulo de la capacitación.
El funcionario también coordina la Comisión de Prevención Contra el Lavado de Dinero y Activos del sistema judicial salvadoreño.
En su exposición, Martínez García abordó las definiciones y consecuencias de la corrupción desde perspectivas jurídicas, éticas y sociales.
Asimismo, explicó herramientas básicas para interpretar y aplicar correctamente las disposiciones legales relacionadas con el combate a la corrupción.
“El propósito de esta ponencia es facilitarles competencias y herramientas básicas para que sepan interpretar y aplicar adecuadamente las disposiciones de la ley”, expresó el magistrado durante la actividad.
Programa analiza normas internacionales contra la corrupción
La capacitación también incluyó el estudio de disposiciones contenidas en la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción.
De esta manera, el programa busca reforzar el conocimiento sobre estándares internacionales vinculados con transparencia institucional, prevención de delitos y cumplimiento normativo.
Las autoridades judiciales señalaron que este tipo de jornadas forma parte de los esfuerzos para fortalecer la integridad pública dentro de las instituciones del sistema de justicia.
Además, la iniciativa pretende mejorar las prácticas internas relacionadas con la ética judicial y la prevención de actos irregulares.
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Consejo Nacional de la Judicatura realiza charla sobre inteligencia artificial aplicada al Derecho
El Consejo Nacional de la Judicatura (CNJ) desarrolló este viernes la jornada académica “Una aproximación a la Inteligencia Artificial aplicada al Derecho”, enfocada en el uso de nuevas tecnologías dentro del sistema judicial y administrativo.
La actividad reunió a magistrados de Cámara, jueces de Primera Instancia y de Paz, además de personal jurídico de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia de El Salvador y representantes de otras instituciones vinculadas al organismo.
Durante la jornada, los participantes conocieron aplicaciones prácticas de la inteligencia artificial en el ámbito jurídico y analizaron su impacto en la administración de justicia.
CNJ destaca impacto de la inteligencia artificial
El consejero propietario Santos Guerra Grijalba señaló que estos espacios académicos permiten fortalecer el conocimiento tecnológico del funcionariado judicial.
Además, explicó que la capacitación ayuda a comprender el alcance de la inteligencia artificial en procesos legales y administrativos.
Según indicó el funcionario, las nuevas herramientas digitales pueden apoyar distintas tareas relacionadas con el análisis jurídico y la gestión institucional.
Participaron jueces, magistrados y personal jurídico
En la actividad participaron magistrados de distintas competencias judiciales, jueces de Paz y de Primera Instancia, así como personal especializado de instituciones que mantienen acuerdos de cooperación con el Consejo Nacional de la Judicatura.
El organismo explicó que estas jornadas buscan actualizar conocimientos y promover el intercambio académico sobre tecnologías aplicadas al Derecho.
Además, el CNJ mantiene iniciativas de formación para fortalecer capacidades técnicas dentro del sistema judicial salvadoreño.
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Corte Suprema y Consejo de la Judicatura inauguran programa de formación especializada para servidores judiciales en materia criminal
La Corte Suprema de Justicia y el Consejo Nacional de la Judicatura (CNJ) inauguraron el Programa de Formación Especializada para Servidores Judiciales con Competencia en lo Criminal.
La iniciativa está dirigida a magistrados, jueces, secretarios y colaboradores judiciales que integrarán las nuevas sedes especializadas en materia criminal.
Las jornadas académicas iniciaron de forma simultánea en la Escuela de Capacitación Judicial Dr. Arturo Zeledón Castrillo y en Santa Ana. Además, las actividades para la zona oriental comenzarán este jueves en San Miguel.
El programa forma parte de un trabajo coordinado entre la Corte Suprema de Justicia y el CNJ. También participaron expertos en derecho penal, derecho constitucional y derecho procesal penal.
Cinco módulos especializados
La formación especializada contempla cinco módulos principales. Entre ellos destacan el diseño procesal penal, el derecho penal sustantivo y el razonamiento probatorio en materia criminal.
Asimismo, el programa abordará temas como evidencia digital, operaciones encubiertas, litigación oral y ejecución de la pena perpetua. También incluirá contenidos sobre audiencias judiciales, redacción de sentencias y protección de víctimas vulnerables.
Según las autoridades, el objetivo es fortalecer las capacidades técnicas de los operadores judiciales ante las recientes reformas constitucionales y legales.
Reformas penales impulsan nueva estructura judicial
Durante el acto inaugural, el presidente de la Sala de lo Penal, Alejandro Antonio Quinteros Espinoza, afirmó que las reformas procesales y constitucionales generaron nuevas competencias jurisdiccionales para
delitos graves.
Entre esos mencionó homicidio, feminicidio, violación y otros casos que afectan bienes jurídicos fundamentales.
El magistrado señaló que el nuevo modelo penal exige preparación técnica y coordinación institucional permanente. Además, destacó que la capacitación judicial busca mejorar la calidad de las decisiones judiciales y fortalecer la seguridad jurídica.
En el evento participaron magistrados de distintas salas de la Corte Suprema, autoridades del CNJ y representantes de la Escuela de Capacitación Judicial.
Las instituciones indicaron que el programa contribuirá al fortalecimiento de una justicia penal especializada, moderna y eficiente
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Notarios: no olviden que el trámite de sus sellos es en línea, dice la Corte Suprema de Justicia
La Corte Suprema de Justicia de El Salvador recordó a los notarios que deben tramitar por primera vez su sello a través de su plataforma oficial en línea.
La institución indicó que el proceso debe realizarse en el sistema digital habilitado para abogados y notarios. Además, reiteró que el trámite cumple pasos específicos y requisitos obligatorios.
Este recordatorio busca ordenar el proceso y garantizar que los notarios cumplan con la normativa vigente.
Pasos para solicitar el sello de notario por primera vez
Según la Corte, el proceso inicia en el Sistema de Expediente Electrónico Único de Abogados y Notarios.
El usuario debe ingresar con su número de DUI y contraseña.
Luego, el solicitante debe seleccionar la opción de trámite de autorización de sellos. En ese apartado, debe completar los datos requeridos en la solicitud.
Posteriormente, debe adjuntar en formato digital la constancia de publicación en el Diario Oficial del acuerdo que lo acredita como notario.
Plazo de respuesta y descarga de autorización
La Corte informó que la autorización estará disponible en un plazo de tres días hábiles. Esto aplica siempre que no existan observaciones en la solicitud.
Después, el usuario puede verificar el estado del trámite en la opción de consulta. Para ello, debe ingresar nuevamente su número de DUI.
Una vez aprobada, la autorización debe descargarse y guardarse en una memoria USB. La institución aclaró que este documento no debe imprimirse.
Uso del documento y validación final
La autorización emitida tiene validez para una sola elaboración de sellos notariales. Por tanto, el solicitante debe presentarla en formato digital en la imprenta correspondiente.
Finalmente, el notario debe asistir a una cita para registrar su sello y firma. Este proceso se realiza en el libro de la Oficialía Mayor.
La sede indicada es el Palacio Judicial, ubicado en el Centro de Gobierno en San Salvador.
Corte refuerza cumplimiento de requisitos
Con este aviso, la Corte busca que los notarios sigan el procedimiento establecido sin errores.
Además, promueve el uso de herramientas digitales para agilizar los trámites.
El organismo reiteró que cumplir cada paso evita retrasos y observaciones en la solicitud.
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