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Corte CIDH condena a El Salvador por violaciones a las garantías judiciales en caso Manuela

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“El Salvador es responsable por la detención, condena y muerte de una mujer que sufrió una emergencia obstétrica”, es lo que resolvió la Corte Interamericana de Derechos Humanos al declarar responsable internacionalmente al Estado de El Salvador en perjuicio de Manuela.

Según la resolución, el Estado es responsable por las violaciones a la libertad personal, las garantías judiciales, igualdad ante la ley, el derecho a la vida, a la integridad personal, a la vida privada, y a la salud, en perjuicio de Manuela así como la violación al derecho a la integridad personal, en perjuicio de los familiares de Manuela.

Según la relación de los hechos conocido por la Corte, Manuela estaba embarazada y el 27 de febrero de 2008 sufrió una emergencia obstétrica y fue atendida en el Hospital de San Francisco Gotera, el personal médico concluyó que Manuela había tenido una preeclampsia grave postparto más anemia producida por pérdida de sangre importante.

Sin embargo, la médica que la atendió presentó una denuncia en contra de Manuela ya que su cuadro médico mostraba la ocurrencia de un parto, sin embargo, no tenía producto. El 28 de febrero de 2008 la policía allanó la casa de Manuela y encontraron al interior de una fosa séptica un cuerpo de un recién nacido muerto.

Manuela fue detenida ese mismo día “por el delito de homicidio en perjuicio de su hijo recién nacido” y esposada a la camilla donde se encontraba. Entre marzo y agosto se llevó a cabo un proceso penal en contra de ella, y durante este tiempo permaneció detenida.

El 11 de agosto de 2008 el Tribunal de Sentencia de San Francisco Gotera la condenó a 30 años de prisión por el delito de homicidio agravado. Estando detenida Manuela fue diagnosticada con linfoma de Hodgkin y recibió tratamiento de forma tardía e irregular, por lo que falleció el 30 de abril de 2010.

En su sentencia la Corte concluyó que la imposición de la prisión preventiva fue arbitraria y violó el derecho a la presunción de inocencia en perjuicio de Manuela, ya que la resolución que ordenó su detención provisional no estuvo suficientemente motivada y se basó en una legislación contraria a la Convención Americana.

“Asimismo, el Tribunal señaló que en el proceso judicial llevado en contra de Manuela la defensa pública actuó en detrimento de los derechos e intereses de ella, dejándola en estado de indefensión”, señala la resolución.

Además, la Corte resaltó que desde las primeras etapas de la investigación se presumió la culpabilidad de Manuela, se eludió determinar la verdad de lo ocurrido y no se tomó en cuenta los elementos probatorios que podían desvirtuar la tesis de su culpabilidad.

“Esta falta en la investigación se vio impulsada por prejuicios de los investigadores en contra de las mujeres. En este sentido, los prejuicios y estereotipos negativos de género afectaron la objetividad de los agentes encargados de las investigaciones, cerrando líneas posibles de investigación sobre las circunstancias fácticas”, afirman.

Adicionalmente, en la motivación de la sentencia condenatoria, considera la Corte, no se estableció con evidencia fáctica el nexo de causalidad entre el actuar de Manuela y la muerte del recién nacido.

Al referirse a la pena de 30 años de prisión impuesta a Manuela, el Tribunal señaló que las emergencias obstétricas, por tratarse de una condición médica, no pueden generar automáticamente una sanción penal.

Además, la Corte advirtió que la aplicación de la pena prevista para el tipo penal de homicidio agravado, resultaba claramente desproporcionada en el presente caso, porque no se tomó en cuenta el estado particular de las mujeres durante el estado puerperal o perinatal sin perjuicio de que este caso, por defecto de investigación, no era descartable que se hubiese tratado de un supuesto de ausencia de toda responsabilidad penal.

Adicionalmente, la Corte tuvo por demostrado que la denuncia presentada por la médica tratante, así como otras informaciones relevadas por el personal médico y administrativo del Hospital San Francisco Gotera, constituyeron un incumplimiento de la obligación de mantener el secreto profesional y de proteger los datos personales sensibles de Manuela.

Sobre el particular, la Corte indicó que, en casos relacionados con emergencias obstétricas, la divulgación de información médica puede restringir el acceso a una atención médica adecuada de mujeres que necesiten asistencia médica, al evitar ir a un hospital por miedo a ser criminalizadas.

Sobre el particular, la Corte señaló que, el personal médico priorizó la realización de la denuncia por un supuesto delito sobre el diagnóstico y tratamiento médico.

La Corte concluyó que, en el presente caso, no se garantizó el derecho a la salud sin discriminación, así como el derecho a la igualdad. “Someter a Manuela a esta situación, terminó por afectar rotundamente su vida y su salud, además de ser discriminatoria, constituyó un acto de violencia contra la mujer”, agregó.

Además, la Corte concluyó que la privación de libertad de Manuela impidió que recibiera la atención médica adecuada a la enfermedad que desarrolló, por lo que su pena privativa de libertad se convirtió en una pena inhumana, contraria a la Convención.

En razón de estas violaciones, la Corte ordenó diversas medidas de reparación al Estado. Entre las que está la publicación de la Sentencia y su resumen oficial; realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional; otorgar becas de estudio al hijo menor y al hijo mayor de Manuela; brindar gratuitamente, y de forma inmediata, oportuna, adecuada y efectiva, tratamiento médico, psicológico y psiquiátrico a los padres de Manuela.

La Corte ordena regular la obligación de mantener el secreto profesional médico y la confidencialidad de la historia clínica, y desarrollar un protocolo de actuación para la atención
de mujeres que requieran atención médica de urgencia por emergencias obstétricas.

Así también el adecuar su regulación relativa a la prisión preventiva; diseñar e implementar un curso de capacitación y sensibilización a funcionarios judiciales y al personal de salud del Hospital Nacional Rosales; adecuar su regulación relativa a la dosimetría de la pena del infanticidio.

Por último, diseñar e implementar un programa de educación sexual y reproductiva; tomar las
medidas necesarias para garantizar la atención integral en casos de emergencias obstétricas; pagar indemnizaciones por concepto de daño material e inmaterial, y, el pago de determinadas costas y gastos.

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Condenan a seis extranjeros a 12 años de prisión por narcotráfico en El Salvador

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El Tribunal Cuarto de Sentencia de San Salvador condenó a seis extranjeros a 12 años de prisión por tráfico ilícito de drogas. La sentencia se emitió este jueves 9 de abril de 2026.

Las autoridades comprobaron que los imputados transportaban un cargamento de cocaína valorado en más de 32 millones de dólares. El grupo operaba en aguas del océano Pacífico.

Red internacional integrada por colombianos, mexicanos y ecuatoriano

Los condenados son ciudadanos de Colombia, México y Ecuador. El tribunal determinó que todos participaron en el traslado de la droga.

Entre ellos figuran dos colombianos, un ecuatoriano y tres mexicanos. Según la investigación, actuaron de forma coordinada para movilizar el cargamento.

Además, facilitaron el tránsito de la droga por rutas marítimas vinculadas al narcotráfico internacional.

Operación marítima permitió interceptar embarcaciones

La incautación ocurrió el 18 de mayo de 2024. Las autoridades ejecutaron una operación de interdicción marítima a 880 millas náuticas al sur de la bocana El Cordoncillo.

Los imputados viajaban en dos lanchas. Ambas embarcaciones operaban de forma coordinada para evadir controles.

Este tipo de operativos busca frenar el tráfico ilícito en rutas del Pacífico. Estas rutas son clave para redes criminales.

Estructura logística dividida en dos lanchas

El tribunal detalló la logística del grupo. En la primera embarcación iban los encargados de custodiar la droga.

En esa lancha viajaban los ciudadanos colombianos y el ecuatoriano. Ellos transportaban directamente los paquetes de cocaína.

Por otro lado, la segunda embarcación brindaba apoyo logístico. Los tripulantes trasladaban combustible y suministros.

Esta estructura permitió mantener el cargamento en movimiento. También facilitó evadir controles en altamar.

Pruebas confirman más de 1,200 kilos de cocaína

Tras la captura, las autoridades trasladaron a los detenidos a tierra firme. La detención formal se realizó días después en el puerto La Concordia.

La Policía Nacional Civil efectuó pruebas de campo a la sustancia incautada. Los resultados confirmaron que se trataba de cocaína.

El peritaje final determinó un peso total de 1,299 kilos. Además, el informe estableció un valor superior a 32 millones de dólares.

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Cámara Ambiental declara culpable de enriquecimiento ilícito al exalcalde Roberto d’Aubuisson y ordena devolver $990,396 al Estado

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La Cámara Ambiental de Segunda Instancia de Santa Tecla declaró la existencia de enriquecimiento ilícito del exdiputado y exalcalde de Santa Tecla, Roberto d’Aubuisson Munguía, y de su grupo familiar.

La resolución concluyó que los demandados no justificaron legalmente el origen de varios fondos patrimoniales detectados durante el proceso judicial.

Según el fallo, el incremento patrimonial ocurrió mientras d’Aubuisson ejerció cargos públicos. Primero fue diputado propietario por el departamento de La Libertad entre 2012 y 2015.

Posteriormente, el tribunal analizó su gestión como alcalde de Santa Tecla durante dos períodos consecutivos, entre 2015 y 2018 y entre 2018 y 2021.

En ambos casos ocupó el cargo bajo la bandera de Alianza Republicana Nacionalista.

Tribunal ordena devolver casi un millón de dólares

La resolución judicial establece que el monto total a restituir al Estado asciende a $990,396.99, correspondiente al incremento patrimonial que no pudo justificarse.

El tribunal ordenó que d’Aubuisson reintegre $450,729.39.

Además, su cónyuge Jacqueline López de d’Aubuisson deberá devolver $511,247.73.

Asimismo, la sentencia establece que Johana d’Aubuisson López deberá reintegrar $12,939.87. Por su parte, José Roberto d’Aubuisson López deberá devolver $15,480.

Análisis de pruebas financieras y patrimoniales

La Cámara Ambiental indicó que la decisión se basó en la valoración de diversas pruebas presentadas durante el proceso.

Entre ellas figuran pericias financieras, registros patrimoniales y otros documentos analizados por el tribunal.

Tras revisar ese material probatorio, la instancia judicial confirmó la responsabilidad civil del grupo familiar por el incremento patrimonial no justificado.

Inhabilitación para ejercer cargos públicos

Además de la devolución del dinero, el tribunal impuso una sanción adicional al exfuncionario.

La sentencia ordena la inhabilitación de José Roberto d’Aubuisson Munguía para ejercer cargos públicos durante diez años.

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Extinción de dominio permite al Estado recuperar bienes por $9.6 millones vinculados al expresidente Elías Antonio Saca

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La Fiscalía General logró que 25 inmuebles y ocho productos financieros vinculados al expresidente Elías Antonio Saca pasen al Estado. Los bienes están valorados en aproximadamente $9.6 millones y se relacionan con una red de corrupción que desvió fondos públicos.

La resolución fue emitida por el Juzgado Especializado de Extinción de Dominio de El Salvador. Además, el tribunal ordenó la disolución de las sociedades utilizadas para canalizar los recursos.

Bienes vinculados a red de corrupción

Según la investigación fiscal, el exmandatario utilizó al menos siete sociedades fachada. A través de estas estructuras se desviaron fondos públicos durante su administración.

Posteriormente, el dinero fue utilizado para adquirir propiedades y activos financieros. Entre ellos figuran inmuebles ubicados en zonas exclusivas de San Salvador y en departamentos como La Libertad, El Salvador, La Paz, El Salvador y San Vicente, El Salvador.

Como resultado del proceso de extinción de dominio, estos bienes pasan ahora al control del Estado. La medida busca recuperar recursos obtenidos mediante actividades ilícitas.

Tribunal ordena disolver sociedades utilizadas en el esquema

Además de los inmuebles y productos financieros, el tribunal ordenó la disolución de las sociedades vinculadas al caso. De acuerdo con la Fiscalía, estas empresas sirvieron para ocultar el origen de los fondos.

Las autoridades señalaron que la decisión permite recuperar patrimonio público. También busca evitar que estas estructuras vuelvan a operar.

El caso del expresidente Saca

Elías Antonio Saca gobernó El Salvador entre 2004 y 2009. Tras dejar el cargo, la Fiscalía inició varias investigaciones por presunto desvío de fondos públicos.

Las pesquisas señalaron que durante su administración se habrían utilizado cuentas y empresas para transferir recursos estatales hacia estructuras privadas.

En 2018, Saca fue condenado tras admitir cargos en un proceso judicial. El tribunal lo sentenció por delitos relacionados con corrupción y lavado de dinero.

Las autoridades determinaron que el esquema permitió desviar millones de dólares del Estado. Parte de esos recursos se utilizó para adquirir bienes y financiar operaciones privadas.

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Cuatro italianos permanecerán en prisión provisional en El Salvador por estafa con herramientas eléctricas falsificadas

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La Fiscalía General informó que cuatro ciudadanos italianos seguirán en prisión provisional mientras continúa el proceso judicial en su contra. La decisión se tomó durante una audiencia celebrada el 9 de marzo de 2026 en el Tribunal Sexto Contra el Crimen Organizado de El Salvador.

Los procesados son Sandro Falanga, Raffaele Lanzetta, Luigi Barbato y Marco Falanga.

El juez concluyó que existen suficientes indicios para mantener la detención mientras avanza la investigación.

Investigación por estafa y falsificación de marcas

La Fiscalía acusa a los imputados de estafa, violación de distintivos comerciales y agrupaciones ilícitas.

Según las autoridades, el grupo vendía herramientas eléctricas, generadores y maquinaria industrial falsificada.

Los productos se ofrecían como si pertenecieran a marcas reconocidas del sector industrial. Sin embargo, los artículos eran de baja calidad.

Los sospechosos colocaban calcomanías originales o imitaciones para simular que se trataba de equipos auténticos.

Las víctimas pagaron entre 700 y 1,600 dólares por cada unidad.

Ventas a través de redes sociales

Las investigaciones indican que los acusados promocionaban los productos en plataformas digitales.

Entre las redes utilizadas figuran Facebook, Instagram y WhatsApp.

En esas plataformas publicaban anuncios dirigidos a empresas y compradores particulares.

Las publicaciones mostraban maquinaria presentada como equipo profesional para construcción o generación de energía.

Empresa ficticia para aparentar legalidad

De acuerdo con la investigación fiscal, uno de los acusados afirmaba representar en la región a una empresa denominada CATLINE.

Las autoridades aclararon que esa empresa no tiene relación con la marca Caterpillar, fabricante internacional de maquinaria pesada.

Además, los sospechosos utilizaban facturas falsas y nombres de empresas inexistentes para dar apariencia legal a las ventas.

Entre las entidades mencionadas aparece una supuesta compañía llamada “Grupo Motores de R.L.”.

Capturas realizadas en San Miguel

La Policía Nacional Civil capturó a los cuatro italianos el 19 de febrero de 2026.

El operativo se realizó en San Miguel, en la zona oriental del país.

Las autoridades sostienen que el grupo formaba parte de una red dedicada a la falsificación de marcas y estafas con maquinaria industrial.

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Hermanos acusados de millonaria estafa en caso Forex van a juicio, informó la Fiscalía General

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La Fiscalía General consiguió que el denominado caso Forex en El Salvador avance a la etapa de juicio contra los hermanos Carlos José, Gerardo Javier y José Ricardo Rivas Álvarez, acusados de estafa agravada por un presunto fraude que dejó al menos 375 víctimas y un monto defraudado superior a $2.5 millones.

La audiencia preliminar se desarrolló en el Juzgado Cuarto de Instrucción de San Salvador, donde el juez resolvió enviar a juicio a los tres imputados, quienes permanecen prófugos desde 2019 y enfrentan órdenes de captura nacionales e internacionales.

¿Qué es el caso Forex?

El llamado caso Forex se refiere a una investigación por estafa agravada relacionada con supuestas inversiones en el mercado de divisas (Forex). Según la Fiscalía, los hermanos Rivas Álvarez crearon una sociedad falsa o plataforma ficticia con la que ofrecían a las víctimas altas ganancias por invertir en trading de divisas.

De acuerdo con la acusación, los imputados prometían rentabilidades de hasta el 15 % mensual e incluso, según la parte querellante, llegaron a ofrecer ganancias de hasta el 500 %. Sin embargo, el dinero entregado por los inversionistas nunca fue colocado en el mercado de divisas, sino que habría sido apropiado por los acusados.

Las indagaciones apuntan a que las víctimas entregaron montos que iban desde $1,000 hasta $50,000, aunque algunos casos individuales habrían superado esas cifras. La Fiscalía sostiene que el monto comprobado en este proceso supera los $2.5 millones, mientras que la querella particular estima que el total defraudado podría ascender a más de $50 millones.

375 víctimas y órdenes de captura vigentes

En el proceso judicial se contabilizan 375 víctimas directas. No obstante, en etapas anteriores y en procesos relacionados se ha mencionado que el número total de afectados podría ser mayor.

Los hermanos Rivas Álvarez se encuentran en calidad de rebeldes desde 2019. Sobre ellos pesan múltiples órdenes de captura en El Salvador y notificaciones rojas de Interpol, lo que amplía su búsqueda a nivel internacional.

Durante la audiencia preliminar, que se extendió por varios días debido al alto número de víctimas, la Fiscalía presentó pruebas documentales, testimoniales y periciales con el objetivo de sustentar la acusación por estafa agravada.

Por su parte, la defensa ha sostenido que los imputados cuentan con fondos para responder a las inversiones realizadas, pero que el dinero se encuentra en el extranjero. Esta postura deberá ser debatida en la etapa de juicio.

Un esquema de fraude de inversión

El Caso Forex en El Salvador es señalado por las autoridades como un ejemplo de fraude de inversión o esquema piramidal disfrazado de trading en el mercado de divisas. Este tipo de estafa se basa en ofrecer altos rendimientos en poco tiempo para atraer inversionistas, utilizando el dinero de nuevos aportantes para sostener la ilusión de ganancias hasta que el sistema colapsa o los responsables desaparecen.

El caso comenzó a tomar fuerza alrededor de 2019, cuando las víctimas empezaron a denunciar que no recibían las ganancias prometidas ni la devolución de su capital.

Con la decisión judicial de enviar el expediente a juicio, el proceso entra en una fase clave para determinar la responsabilidad penal de los acusados y establecer, eventualmente, mecanismos de reparación para las víctimas.

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