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Cámara admite demanda civil

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Ayer, la Cámara Primera de lo Civil de San Salvador admitió la demanda que la Fiscalía presentó contra Élmer Roberto Charlaix Urquilla, exsecretario privado del expresidente Antonio Saca, entre los años 2004-2009, por un presunto enriquecimiento ilícito de $18 millones 767 mil 445 de su patrimonio. Por ello los 15 magistrados del máximo tribunal decidieron enviarlo a juicio civil el 13 de octubre del año pasado.

El 1 de noviembre de 2016, la Cámara Primera de lo Civil abrió de forma oficial el proceso civil contra Charlaix, cuya columna vertebral es la investigación que hizo la Sección de Probidad de la Corte Suprema de Justicia, donde cuestionó al exsecretario privado de Saca, no haber justificado el origen de $18 millones 767 mil 445 que transfirió en varias cuentas bancarias.

Al admitir la demanda, también se ha decretado medida cautelar (inmovilización) consistente en la anotación preventiva de un inmueble en Playa Blanca de la Costa del Sol, de San Luis La Herradura, La Paz, que aparece a nombre de Charlaix, y el vehículo placas P 445-722.

El 29 de noviembre, la Fiscalía General presento la denuncia ante la Cámara. Esta contenía 17 piezas con 31 mil folios que serán analizados en el proceso. En esta ocasión, Andrés Amaya, jefe de la Unidad de Anticorrupción de la Fiscalía, señalo que una de las peticiones realizadas al tribunal superior era la realización de análisis financieros con los cuales el monto a Charlaix podría incementar. El informe de Probidad arrojó 19 irregularidades en la declaración patrimonial del ex funcionario, estas no fueron desvanecidas en la fase administrativa del proceso, asimismo, el informe de Probidad estableció que existe una diferencia al comprar los ingresos y egresos del ex funcionario durante su gestión, ya que en los cinco años de la administración Saca recibió un total de $246 mil 76 pero solo justificó $51 mil 605.

El tribunal incorporó al juicio civil a María Arline Rivas de Charlaix, esposa del exfuncionario por un supuesto enriquecimiento ilícito de $173 mil 925.75. Además, notificó a los demandados para que en un plazo de 20 días hábiles comparezcan a la cámara para contestar la demanda.

Charlaix y su cónyuge deberán presentarse a la instancia superior para ejercer su defensa y que sus abogados presenten los alegatos iniciales para contrarrestar los señalamientos que les atribuyen.

Desde ayer, la Fiscalía tiene cinco días hábiles para informar a la cámara las direcciones de las empresas Aerobus de El Salvador S.A. de C.V., Certa S.A. de C.V., Megatransport S.A. de C.V. e Inversiones Químico Farmacéuticas S.A. de C.V., con el fin de iniciar embargos preventivos.

La instancia también ha pedido al director del CNR, Rogelio Canales, que informe si ya inmovilizó el inmueble ubicado en Condominio Villa Tuscania, en San José Villanueva, a nombre de María Arline Rivas de Charlaix.

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Corte IDH condena a El Salvador por violencia obstétrica y violación al derecho a la salud

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La Corte Interamericana de Derechos Humanos declaró a El Salvador responsable por incumplir su deber de garantizar los derechos fundamentales de una mujer conocida como Beatriz, quien enfrentó un embarazo de alto riesgo sin la protección adecuada del Estado.
Beatriz, una joven que padecía enfermedades crónicas como lupus eritematoso sistémico, nefropatía lúpica y artritis reumatoide, enfrentó graves complicaciones durante su segundo embarazo en 2013.
Los médicos determinaron que el feto tenía anencefalia, una condición incompatible con la vida extrauterina. Sin embargo, la ausencia de protocolos médicos claros y la inseguridad jurídica impidieron que recibiera la atención oportuna que necesitaba.
El Comité Médico del Hospital Nacional de Maternidad analizó el caso, considerando interrumpir el embarazo antes de las 20 semanas para proteger la salud de Beatriz.
No obstante, la decisión se trasladó a consultas legales, lo que burocratizó y judicializó el proceso. Como resultado, Beatriz fue sometida a un trato deshumanizado y su familia también sufrió las consecuencias, incluyendo su hijo mayor, de apenas un año de edad.

Finalmente, a las 26 semanas de gestación, se realizó una cesárea. La recién nacida, nombrada Leilany Beatriz, falleció cinco horas después del parto debido a su condición de anencefalia.
Beatriz sobrevivió al procedimiento, pero la Corte determinó que la falta de protocolos claros contribuyó directamente a la violencia obstétrica y a la vulneración de sus derechos.
Durante el juicio, el Estado salvadoreño admitió que existía una «situación de confusión» en torno a los protocolos médicos aplicables.
Aunque se han implementado lineamientos técnicos tras los hechos, la Corte identificó vacíos normativos que continúan afectando la atención adecuada y oportuna en casos similares.
En su sentencia, la Corte indicó que la condición de Beatriz imponía al Estado un deber especial de protección. Sin embargo, la respuesta inadecuada derivó en largos periodos de espera e incertidumbre, constituyendo violencia obstétrica y un incumplimiento en el acceso a recursos judiciales efectivos. Estos fallos afectaron profundamente la integridad personal de Beatriz y su entorno familiar.
Como parte de las medidas de reparación, la Corte ordenó al Estado salvadoreño desarrollar directrices claras y guías específicas para el personal médico y judicial, con el fin de garantizar seguridad jurídica en casos de embarazos de alto riesgo. Esto podrá lograrse mediante la adecuación de protocolos existentes o la emisión de nuevas normativas.

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Politica

Asamblea Legislativa aprueba reforma para penalizar cualquier nivel de alcohol al conducir

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La Asamblea Legislativa aprobó este viernes, con 60 votos a favor, una reforma al Código Penal que establece como delito de conducción peligrosa cualquier nivel de alcohol en el organismo al momento de conducir.
La iniciativa, que busca endurecer las medidas contra el manejo bajo los efectos del alcohol, fue avalada de manera unánime por todos los diputados.
Ahora, la reforma será enviada al presidente de la República, Nayib Bukele, para su sanción y posterior publicación en el Diario Oficial, momento en el cual entrará en vigencia.

Principales cambios en la legislación
Previo a esta modificación, el artículo 147-E consideraba conducción peligrosa cuando una persona manejara en estado de ebriedad o bajo los efectos de drogas que limitaran su capacidad de conducir.
Con la reforma, cualquier cantidad de alcohol detectada en el conductor será motivo para ser detenido por este delito.

Las penas también han sido endurecidas:

2 a 5 años de prisión para quienes conduzcan peligrosamente en vehículos comunes.
5 a 10 años de prisión si se trata de vehículos de transporte público o de carga.
Hasta 10 años de prisión si el acto provoca un homicidio culposo en vehículos comunes.
Hasta 15 años de prisión si el homicidio culposo ocurre con vehículos de transporte público o de carga.
Además, las pruebas de alcoholemia, alcotest y antidoping tendrán valor probatorio obligatorio en los procedimientos.
La diputada Cesia Rivas, del partido Vamos, propuso una enmienda adicional para que el delito de conducción peligrosa excluya el fuero legislativo, asegurando que este tipo de privilegios no deberían aplicarse en casos de flagrancia.
“Solicito una modificación para agregar un inciso que establezca que no se permitirá fuero ni privilegios en estos procedimientos”, manifestó.
No obstante, su propuesta no logró reunir los votos necesarios, obteniendo solo tres respaldos de la oposición y un voto adicional a favor.
Rivas recordó casos previos donde diputados habían incurrido en incidentes relacionados con alcohol al volante, incluyendo uno que resultó en la muerte de una persona en 2020.

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CNJ analiza los retos y ventajas de la Inteligencia Artificial en los procesos judiciales

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En una videoconferencia organizada por el Consejo Nacional de la Judicatura (CNJ), se desarrolló el evento titulado “Ventajas y retos de la utilización de Inteligencia Artificial en los procesos judiciales”. 

Esta sesión virtual reunió a funcionariado judicial, operadores de justicia y miembros de la comunidad jurídica en un espacio de análisis y reflexión sobre un tema crucial para el futuro del sistema judicial.

Temas clave abordados

Durante la conferencia, se discutieron aspectos fundamentales relacionados con el uso de la Inteligencia Artificial (IA) en el ámbito judicial, entre los que destacaron:

Herramientas de IA aplicadas en la justicia: Se presentaron ejemplos prácticos de tecnologías que ya están siendo utilizadas para optimizar procesos y mejorar la eficiencia en la administración de justicia.

Implicaciones y buenas prácticas: Los participantes exploraron las mejores maneras de implementar estas herramientas, asegurando que se respeten los principios de equidad, transparencia y acceso igualitario a la justicia.

Retos éticos y responsabilidades: Se subrayaron las consideraciones éticas derivadas del uso de IA, incluyendo cuestiones relacionadas con la privacidad, la responsabilidad en decisiones automatizadas y la necesidad de un marco regulatorio adecuado.

Compromiso con la formación y la tecnología

El CNJ reafirmó su compromiso de continuar promoviendo espacios formativos que impulsen el conocimiento y el uso responsable de las tecnologías en la administración de justicia. 

Esta iniciativa refleja el interés de la institución por mantenerse a la vanguardia de los avances tecnológicos, asegurando que su aplicación sea ética y beneficiosa para la sociedad.

El evento culminó con un llamado a la colaboración entre las diferentes partes interesadas para garantizar que la IA se utilice como una herramienta para fortalecer el acceso a la justicia y no como un factor que incremente las desigualdades existentes.

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Noticias

Corte de Cuentas suscribe compromiso para profesionalización del servicio público

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La Corte de Cuentas y la Escuela Superior de Administración Pública (ESIAP), suscribieron un convenio estratégico entre que busca mejorar la profesionalización del servicio público en el país. 

Este acuerdo tiene como objetivo promover el desarrollo integral de los servidores públicos, considerado un pilar clave para lograr un gobierno eficiente y transparente.

Durante la ceremonia, presidida por el vicepresidente de El Salvador, Félix Ulloa y rector de la ESIAP, se destacó la relevancia de la alianza, subrayando que la misma responde a la visión del gobierno de que “lo público tiene que ser igual o mejor que lo privado”. 

Ulloa recordó que, hasta la fecha, la ESIAP ha certificado a más de 7,000 funcionarios, y con este nuevo convenio, se espera superar los 10,000 servidores públicos ESIAPcertificados, lo que contribuirá significativamente a la mejora continua de la administración pública.

El vicepresidente también aprovechó la ocasión para resaltar algunas de las transformaciones recientes implementadas en El Salvador, como la Ley de Emisión de Activos Digitales y la puesta en marcha de la factura y firma electrónica. Estas iniciativas han posicionado al país como un referente en innovación y modernidad a nivel global.

Por su parte, el primer magistrado y presidente en funciones de la Corte de Cuentas, Julio Bendek, expresó que esta alianza representa un «peldaño más hacia la transformación» de la institución. 

Bendek aseguró que la Corte de Cuentas está comprometida en adaptarse a los cambios que demanda la nación, destacando que la firma del convenio es una clara declaración de los propósitos compartidos por ambas instituciones, con el fin de beneficiar a El Salvador y sus ciudadanos.

El evento también contó con la presencia del Procurador General de la República, René Escobar, quien acompañó la firma del convenio. 

Este acuerdo tiene como objetivo fortalecer y profesionalizar constantemente la administración pública, a través de programas de formación orientados a desarrollar las competencias y capacidades de los servidores públicos de las distintas entidades del sector.

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Asamblea aprobaría este viernes el cero alcohol al conducir

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Justo el día en que la Asamblea Legislativa aprobaría el endurecimiento a las disposiciones de tránsito y prohibiría la conducción de vehículos bajo cualquier cantidad de alcohol consumido, un motorista en presunto estado de ebriedad estrelló su carro contra un poste del tendido eléctrico en San Salvador y después lo volcó, obstruyendo por completo el paso en la vía.
Y en medio de posiciones a favor y en contra, los diputados se disponen en la plenaria de este 20 de diciembre a reformar el Código Penal para modificar las sanciones por el delito de conducción peligrosa.
Esta reforma implica que cualquier conductor que haya consumido alcohol, independientemente de la cantidad, podrá ser procesado penalmente, incluso si no está en estado de ebriedad.
Actualmente, el Código Penal establece que solo los conductores con un nivel de alcohol en sangre superior a 99 miligramos por decilitro (ml/dl) son considerados en “estado de ebriedad” y, por tanto, pueden ser detenidos y procesados.
Los conductores con niveles de entre 50 y 99 ml/dl de alcohol en sangre enfrentan una multa de $57.14, mientras que aquellos con niveles menores de 50 ml/dl quedan exentos de sanción.
Con la reforma, que todo indica será aprobada por la supermayoría de Nuevas Ideas y sus aliados (57 de 60 diputados) será suficiente con haber consumido cualquier cantidad de alcohol para ser considerado en conducción peligrosa, sin necesidad de probar que el conductor estaba “ebrio”.
El nuevo artículo 147-E del Código Penal establece que “constituye conducción peligrosa el manejar un vehículo de motor atentando de manera manifiesta contra la seguridad vial, así como habiendo consumido bebidas alcohólicas, drogas o cualquier tipo de sustancias estupefacientes, psicotrópicas o psicoactivas”.
Esta modificación, que fue aprobada el jueves por una comisión legislativa presidida por el diputado Caleb Navarro (oficialista), tiene como objetivo reducir los accidentes y muertes relacionadas con el consumo de alcohol y drogas al volante.

Aumento de penas
Además de la ampliación de la definición de conducción peligrosa, la reforma también incrementa las penas para quienes cometan este delito.
La pena para los conductores que no transporten pasajeros aumentará de 2 a 5 años de prisión, mientras que para aquellos que conduzcan vehículos de transporte público o carga, la pena se eleva de 3 a 10 años.


En los casos en que la conducción peligrosa cause un homicidio culposo, las penas pueden llegar hasta 10 años de prisión en vehículos particulares y hasta 15 años en transporte público y de carga.

Nuevas pruebas para detectar consumo
La reforma también establece que las pruebas de alcoholemia, alcotest o antidopaje serán suficientes para demostrar el consumo de alcohol o drogas al momento de la detención.
El ministro de Justicia y Seguridad, Gustavo Villatoro, explicó que aunque estas pruebas serán clave, también existen otros mecanismos que se pueden utilizar para verificar el consumo de sustancias psicoactivas.
En paralelo, se aprobaría una reforma al Código Procesal Penal que impedirá que los conductores responsables de homicidios culposos por conducción peligrosa, relacionada con el consumo de alcohol o drogas, puedan evitar el proceso penal mediante una conciliación con la víctima o sus familiares.
Esta reforma tiene como objetivo garantizar que el proceso judicial se lleve a cabo, incluso en casos de acuerdos extrajudiciales entre las partes.
El Gobierno ha informado que en los últimos meses se han registrado 33 muertes, 506 personas lesionadas y 734 accidentes provocados por conductores bajo los efectos del alcohol.

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