Judicial
Sala sobresee supuesta inconstitucionalidad en prioridad registral a favor de bancos
La Sala de lo Constitucional desestimó un proceso de inconstitucionalidad sobre el presunto impedimento a la inscripción de embargos sobre bienes inmuebles hipotecados previamente a favor de instituciones de crédito o bancarias. El proceso es identificado como inconstitucionalidad 24-2022.
El proceso dio inicio procedente del Juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil de San Miguel al esta declarar inaplicable el Art.1554-A, inciso 1°, del Código de Comercio por la supuesta vulneración del Art. 2, inciso 1° parte final de la Constitución, referente al principio de proporcionalidad, en relación con el derecho a la protección jurisdiccional.
El artículo establece que “Cuando existan hipotecas inscritas a favor de las instituciones de crédito, bancarias o empresas mercantiles, no se inscribirá en los registros respectivos ningún instrumento que contenga derechos que de cualquier manera afecten, graven, transfieran o enajenen total o parcialmente los bienes objeto de la garantía o que constituya sobre los mismos cualquier derecho a favor de terceros, a menos que exista acuerdo escrito entre el hipotecante y el acreedor”.
El juez que declaró inaplicable el artículo argumentó que la medida que establece el artículo propicía que el acreedor que tiene ya asegurado su derecho de crédito con la hipoteca inscrita a su favor, tenga la facultad de impedir que otros acreedores puedan inscribir registralmente el embargo a su favor cuando estos tienen la misma calidad; así también, que la deudora pueda impedir la inscripción registral en su contra respecto del inmueble hipotecado a favor de un tercero aun cuando este tenga asegurada suficientemente la deuda a su favor; y por último, que el deudor podría disponer del inmueble cuando se cancele la hipoteca, quedando burlados el resto de acreedores. “Pero, estos problemas se solventarían mediante la prelación de créditos”, señala el Juzgado en su argumentación.
La prelación de créditos consiste en el conjunto de reglas legales que determinan el orden y la forma en que debe pagarse a los diversos acreedores de un mismo deudor, estipulando si existen o no causas de preferencia; dichas reglas son de carácter general y se aplican siempre que haya concurrencia de acreedores,, los cuales pretenden ser pagados con los bienes del deudor. Su objeto es la satisfacción a prorrata de los derechos de los acreedores, respetando la respectiva posición preferencial que tengan los mismos en virtud de la ley.
A consideración del Juzgado la prelación de créditos, mediante el carácter preferente de la hipoteca a favor de las instituciones de crédito o bancarias, es una medida menos gravosa que la establecida en el artículo y que permite proteger a las entidades bancarias.
Sin embargo, la Sala determinó que hubo una admisión indebida de la inaplicabilidad planteada por el juez del caso, lo cual constituye una causal de sobreseimiento.
Señala dos defectos argumentativos en la propuesta de la prelación de créditos, la primera consiste en que el Juez no detalló cuáles serían ni cómo operarían las reglas bajo las cuales se llegaría a establecer el orden de preferencia entre créditos a efectos de su prelación.
“En tal sentido, por la forma en que el juez ha aducido sus argumentos, pese al reconocimiento de reglas civiles en la decisión de inaplicación, no detalla cómo se calificarían, preferirían y tratarían los créditos de los acreedores que no fueran una institución de crédito, bancaria o empresa mercantil, en tanto que no se determina a cuál clase pertenecerían, el hipotético orden de precedencia entre sí y las reglas de ejecución a seguir”, se lee en la resolución.
El segundo defecto que señala la Sala es que la medida propuesta, en los términos argumentados, no tiene el mismo grado de idoneidad que la adoptada por el legislador.
Al respecto, la Sala ha sostenido que la medida alterna que se propone en el escaño de necesidad debe ser no solo menos perniciosa para el derecho afectado, sino que además debe ser siquiera igualmente idónea para el fin legítimo que la norma pretende tutelar’.
Explica que el art. 1554-A inc. 1° CCom no anula totalmente el derecho de ejecutar las resoluciones, puesto que sí hay un supuesto en el que se podría realizar la inscripción del embargo: cuando medie acuerdo entre hipotecante y acreedor. “Así, por el carácter no absoluto de los derechos fundamentales, estamos en presencia de, en principio, una norma admisible (como ocurre, por ejemplo, con la imposibilidad de ejecutar bienes inembargables)”.
Concluye señalando que si se fijara la prelación de créditos, “incluso argumentada adecuadamente”, el resultado sería que decrecería el grado de protección a la función de intermediación financiera de las instituciones de crédito, bancarias o empresas mercantiles y a los ahorros del público consumidor de los servicios de dichas instituciones.
“Esto, debido a que dicha prelación tendría que ser una de las que encajan en la tercera clase de créditos con preferencia (art. 2224 CC), dado su carácter de estricto derecho. Pues bien, esto implicaría que, según el art. 2225 CC, [I]os acreedores hipotecarios no estarán obligados a aguardar las resultas del concurso general para proceder a ejercer sus acciones contra las respectivas fincas”, explica la Sala.
La Sala desarrolla que esta medida supondría que el banco no tendría a su entera disposición otras posibilidades de negociación distintas a la ejecución de los bienes hipotecados, que podría romperse por otro acreedor distinto que solicite la ejecución de dichos bienes, como por ejemplo: el avenimiento extrajudicial de pago u otras medidas más expeditas para recuperar el dinero o activos que fueron pactados mediante el contrato de crédito respectivo.
Es menester señalar que actualmente la Sala de lo Constitucional conoce de un proceso de inconstitucionalidad contra otra regulación que establece que ante un gravamen hipotecario a favor de un banco el inmueble no podrá ser objeto de afectaciones, gravámenes y otros, pero este regulado en el el artículo 231 inc. 5° de la Ley de Bancos (LB).
El proceso también dio inicio procedente del Juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil de San Miguel al este declarar inaplicable el artículo 231 inc. 5° de la Ley de Bancos, por la supuesta contradicción con los arts. 2 inc. 1° y 3 Cn.
Sala analiza inconstitucionalidad en prioridad registral a favor de bancos
Igualmente el artículo establece que constituido el gravamen hipotecario a favor de un banco sobre el inmueble objeto de la garantía y desde la fecha de presentación de la anotación preventiva en cualquiera de los registros respectivos, el inmueble no podrá ser objeto de afectaciones, gravámenes, embargos, transferencias, enajenaciones o cualquier otro derecho que sobre el mismo se pretenda inscribir, a menos que exista acuerdo escrito entre el hipotecante y el acreedor.
Judicial
Juicio masivo MS-13 revela plan para recolectar $500,000 y comprar armas en 2016
El juicio masivo contra cabecillas de la Mara Salvatrucha (MS-13) en El Salvador expuso nuevos detalles sobre la estructura financiera de la pandilla. Durante la séptima jornada de la audiencia, la Fiscalía General de la República presentó audios que evidencian un plan para recolectar más de $500,000 en 2016.
Los audios forman parte de un total de 125 escuchas telefónicas incorporadas como prueba en el proceso. En estas grabaciones, pandilleros coordinan la recolección de dinero para comprar armas, munición y vehículos.
En una de las conversaciones, un pandillero identificado como “El Infierno”, quien se encontraba en prisión, consulta sobre el avance de la recolección. Otro miembro en libertad le responde que ya habían reunido más de medio millón de dólares.
Pandilla buscaba armas más baratas y mayor capacidad de fuego
Pandilla buscaba armas más baratas y mayor capacidad de fuego
Según el audio, los pandilleros evaluaron precios de armas en distintos mercados. El objetivo era reducir costos y aumentar la cantidad de armamento disponible.
El interlocutor explicó que podían adquirir armas a un costo aproximado de $1,200 cada una. Con ese monto, estimaban comprar hasta 494 armas, conocidas como “juguetes” en su lenguaje interno.
Además, el plan incluía la compra de munición y armas de grueso calibre. También contemplaban la adquisición de vehículos para movilizar a los miembros de la estructura criminal.
MS-13 se preparaba para una posible confrontación
Los audios también reflejan que la pandilla anticipaba un conflicto con el Barrio 18. En las conversaciones, los miembros de la MS-13 mencionan que sus rivales ya contaban con entrenamiento y armamento.
Uno de los pandilleros advirtió que el grupo contrario tenía fusiles y otros recursos. Ante esto, insistió en que la MS-13 debía prepararse para una posible guerra.
El fiscal adjunto contra el crimen organizado, Max Muñoz, confirmó que el objetivo era financiar una ofensiva. Según explicó, la pandilla buscaba fortalecerse ante un escenario de confrontación.
Contexto legal impulsó la reorganización de la pandilla
La Fiscalía señaló que estos planes surgieron tras cambios legales en el sistema penitenciario. El 1 de abril de 2016, la Asamblea Legislativa aprobó el decreto 321, que estableció medidas extraordinarias en centros penales
Estas disposiciones incluyeron encierro permanente, bloqueo de señales telefónicas y restricciones a las comunicaciones. También limitaron la participación de reos en audiencias judiciales.
De acuerdo con los audios, los pandilleros interpretaron estas medidas como el fin de cualquier negociación. Por ello, aceleraron sus planes de financiamiento y reorganización.
Juicio masivo avanza contra 486 cabecillas de la MS-13
El proceso judicial se desarrolla en el Tribunal Sexto contra el Crimen Organizado. En el juicio enfrentan cargos 486 presuntos cabecillas de la MS-13, incluidos 22 ranfleros, considerados líderes de la estructura.
La Fiscalía les imputa más de 47,000 delitos. Entre estos figuran homicidios cometidos entre 2012 y 2022. También incluyen los 86 asesinatos que derivaron en la implementación del régimen de excepción.
El juicio masivo continúa en fase probatoria. Las autoridades prevén seguir presentando evidencia en las próximas jornadas para sustentar las acusaciones contra la estructura criminal.
Judicial
Condena a expolicías y exmilitares deja penas de hasta 540 años por homicidio y robo agravado
Un tribunal contra el crimen organizado dictó condena a expolicías en El Salvador con penas de hasta 540 años de prisión. Los procesados integraban una banda dedicada a homicidio agravado, robo agravado y agrupaciones ilícitas.
El fallo lo emitió el Tribunal Quinto Contra el Crimen Organizado de San Salvador. La resolución incluye a 11 personas, entre expolicías, exsoldados y civiles.
El tribunal encontró responsabilidad penal en múltiples delitos. Entre ellos destacan homicidio agravado y robo agravado en perjuicio de particulares y empresas.
Principales condenas por homicidio agravado y robo
El tribunal condenó a Roberto Carlos García Martínez a 540 años de prisión. Además, sentenció a Francisco Eduardo Ramírez Vicente a 216 años.
Ambos lideraban la estructura criminal. Las autoridades los vinculan directamente con varios hechos delictivos.
Por su parte, los otros nueve implicados recibieron penas entre cinco y 173 años. Todos enfrentaron cargos por los mismos delitos.
Casos probados durante el juicio
Durante el proceso, el tribunal analizó 11 casos de homicidio agravado. También evaluó 21 casos de robo agravado.
Las investigaciones establecieron que las víctimas eran atacadas durante asaltos. En varios casos, los agresores cometieron homicidios cuando las personas se resistían.
Estructura operaba a nivel nacional
Según el fallo, la banda operaba en distintas zonas del país. Sin embargo, registró mayor actividad en Chalatenango, Nueva Concepción y San Miguel.
Además, los imputados atacaban cooperativas y negocios. Entre los objetivos figuraban empresas de venta de motocicletas.
Los civiles dentro de la estructura proporcionaban información. Con ello, facilitaban los robos y ubicaban a las víctimas.
Uso de experiencia institucional para delinquir
El tribunal determinó que algunos integrantes aprovecharon su experiencia como agentes de seguridad. Esto les permitió ejecutar los delitos con mayor planificación.
El juez calificó los hechos como graves. También señaló que las acciones afectaron la seguridad pública.
Judicial
Juicio masivo contra cabecillas de la MS-13 continúa tras dos semanas con nuevas pruebas de extorsión y homicidios
El juicio masivo contra 486 cabecillas de la MS-13 continúa en El Salvador tras dos semanas de audiencias.
La Fiscalía General de la República presentó nuevas pruebas basadas en audios intervenidos.
Audios revelan estructura financiera de la MS-13
Durante la jornada del lunes, la Fiscalía reprodujo grabaciones donde los acusados discuten la organización interna. En los audios, los implicados hablan sobre mantener la cohesión del grupo.
Además, las conversaciones mencionan un fondo superior a 500,000 dólares. Este dinero provenía de extorsiones cobradas a comerciantes, transportistas y otros sectores.
Según la Fiscalía, los recursos financiaban la compra de armas, municiones y vehículos. También se destinaban al entrenamiento en el uso de armamento de alto calibre.
Fiscalía detalla uso de fondos ilícitos
El fiscal adjunto contra el crimen organizado, Max Muñoz, explicó que los audios evidencian la distribución del dinero. Un miembro administraba los fondos y coordinaba su entrega a distintas estructuras.
Las grabaciones indican que el dinero se repartía entre más de 200 clicas y varios programas. Estas estructuras operaban bajo coordinación de cabecillas de alto rango.
Asimismo, los audios muestran discusiones internas sobre el manejo equitativo de los recursos. Los implicados exigían cumplir acuerdos establecidos dentro de la organización.
Investigación aborda delitos de extorsión y homicidio
La Fiscalía sostiene que estas pruebas respaldan varios delitos atribuidos a los acusados. Entre ellos figuran extorsión, homicidio agravado y agrupaciones ilícitas.
Para este martes, el Ministerio Público prevé presentar audios adicionales. En estas grabaciones, los imputados planifican y ordenan homicidios.
Caso “Familia” y origen de la investigación
El proceso se conoce como caso “Familia”, en referencia a la forma en que la estructura se autodenominaba.Según la investigación, esta organización surgió para evitar divisiones internas.
Las pesquisas identificaron intentos de fragmentación, como la aparición de la agrupación 503. Frente a ello, los cabecillas reforzaron su estructura y coordinación.
Judicial
Fiscalía logra condenas de hasta 260 años contra 129 pandilleros de MS-13 en El Salvador
La Fiscalía General anunció que logró que 129 integrantes de la MS-13 recibieran condenas de hasta 260 años de prisión. Las sentencias corresponden a delitos como homicidio, tráfico de drogas, desaparición de personas y organizaciones terroristas.
La institución fiscal dijo que presentó pruebas documentales y testimoniales contundentes durante el proceso judicial. Con ello, comprobó cómo operaban los grupos criminales entre 2013 y 2018.
Según la investigación, los condenados privaban de libertad a las víctimas y luego las desaparecían. Además, financiaban sus actividades mediante venta de droga y extorsiones.
Las autoridades confirmaron que estas estructuras delictivas operaban en el departamento de La Libertad. También establecieron vínculos entre cabecillas y colaboradores dentro de distintas clicas.
Condenas por homicidios y crimen organizado
El tribunal impuso diversas penas de prisión según la participación en los delitos. Entre las condenas destacan sentencias de hasta 260 años por múltiples homicidios.
Otros implicados recibieron penas que van desde 80 hasta 170 años de cárcel. Las condenas responden a la gravedad de los crímenes y al número de víctimas.
Casos relevantes incluidos en el juicio
Entre los hechos probados, se encuentra el asesinato de un taxista. La estructura lo atacó tras señalarlo como informante policial.
Asimismo, el tribunal documentó el homicidio de dos personas. Los responsables las sacaron de su vivienda tras simular un operativo policial.
En otro caso, los imputados planificaron el asesinato de dos agentes policiales. Sin embargo, los agentes recibieron una alerta a tiempo y lograron evitar el ataque.
Judicial
Juicio masivo contra 486 cabecillas de la MS-13 continúa este viernes en medio de debate político
El juicio masivo contra 486 cabecillas de la Mara Salvatrucha (MS-13) avanza este viernes en El Salvador como uno de los procesos penales más grandes del país. La Fiscalía General de la República atribuye a los acusados más de 47,000 delitos cometidos entre 2012 y 2022, incluidos al menos 29,000 homicidios.
Para hoy, la Fiscalía General presenta tres nuevos testigos.
Desde el inicio de la semana, los principales jefes de la estructura criminal enfrentan audiencias bajo un modelo colectivo. El sistema judicial los procesa como parte de la llamada “ranfla nacional”, considerada el núcleo de mando.
Entre los imputados figuran cabecillas históricos señalados de ordenar asesinatos, extorsiones, secuestros y otros crímenes a nivel nacional.
Fiscalía presenta nuevos testimonios en la jornada
La audiencia única abierta continúa con la presentación de nueva prueba testimonial. La Fiscalía reporta que los 486 cabecillas enfrentan acusaciones por ordenar al menos 9,043 hechos criminales específicos dentro del proceso.
Durante la jornada, el Ministerio Público presenta tres testigos. Sus declaraciones buscan explicar cómo, entre 2012 y 2022, los líderes de la MS-13 ordenaban homicidios en todo el país.
Según la acusación, entre los crímenes figuran asesinatos de agentes policiales y miembros de la Fuerza Armada. La Fiscalía intenta vincular directamente a los cabecillas con estas órdenes.
Responsabilidad de mando como eje del proceso
La estrategia fiscal se basa en el principio de responsabilidad de mando. Este criterio permite atribuir a los líderes los delitos ejecutados por sus subordinados dentro de la estructura criminal.
La Fiscalía Adjunta contra el Crimen Organizado indicó que las órdenes se emitían tanto desde centros penales como desde la calle. Según explicó, la estructura mantenía control operativo en ambos entornos.
Además, la Fiscalía sostiene que los cabecillas decidían sobre la vida de las personas. Por ello, busca atribuirles la totalidad de los delitos cometidos por la organización.
Audiencias desde el CECOT y modalidad virtual
El proceso se desarrolla mediante audiencias virtuales que conectan tribunales en San Salvador con cárceles de máxima seguridad. Entre ellas se encuentra el Centro de Confinamiento del Terrorismo (CECOT).
Las autoridades trasladan a los imputados hacia áreas con videotransmisión para participar en las diligencias. Este modelo permite avanzar con el juicio masivo de forma simultánea.
Funcionarios han señalado que los acusados incluyen ranfleros históricos, corredores de programa y líderes de clica.
Casos emblemáticos dentro del proceso
Entre los acusados destacan cabecillas con numerosos delitos atribuidos. Carlos Tiberio Ramírez Valladares enfrenta cargos por cientos de homicidios agravados.
También figura Borromeo Henríquez Solórzano, con más de 500 delitos imputados. Dionisio Arístides Umanzor Osorio aparece con más de 100 homicidios señalados por la Fiscalía.
El Ministerio Público vincula a varios de estos líderes con ataques contra fuerzas de seguridad y otros crímenes de alto impacto.
El régimen de excepción
El juicio se enmarca en la estrategia de seguridad impulsada desde marzo de 2022. Tras un repunte de homicidios, el Gobierno implementó el régimen de excepción y ejecutó capturas masivas.
Datos oficiales indican que más de 91,000 personas han sido detenidas en ese contexto. El proceso contra los cabecillas busca llevar a juicio a la cúpula de la MS-13.
Las autoridades sostienen que estas medidas han reducido la violencia en el país.
Debate político y críticas internacionales
El caso se ha convertido en un tema central de la agenda política. El presidente Nayib Bukele ha defendido el juicio y su enfoque legal.
El mandatario ha comparado el uso de la responsabilidad de mando con precedentes históricos. También ha cuestionado a sectores que critican el proceso.
Por su parte, organizaciones de derechos humanos mantienen observaciones. Estas incluyen preocupaciones sobre el debido proceso y las garantías judiciales.
Fiscalía apunta a penas máximas
La Fiscalía asegura que cuenta con pruebas suficientes para sostener la acusación. Según el Ministerio Público, el objetivo es lograr penas máximas contra cada uno de los procesados.
El avance del juicio será determinante para establecer responsabilidades penales. Mientras tanto, el caso sigue marcando el debate sobre seguridad, justicia y derechos en El Salvador.
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