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Gremiales de contadores ya no podrán nombrar a directores del Consejo de Vigilancia

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La Asamblea Legislativa aprobó reformas a la Ley Reguladora del Ejercicio de la Contaduría en el sentido que el Órgano Ejecutivo sea quien nombre a los dos directores provenientes de las asociaciones gremiales que forman parte del Consejo de Vigilancia de la Profesión de Contaduría Pública y Auditoría.

Actualmente las asociaciones gremiales de contadores y auditoría tienen el derecho nombrar a dos directores del Consejo, esto sin la intervención del Órgano Ejecutivo. En ese sentido, el Ministerio de Economía solicitó que las gremiales se limiten a presentar propuestas al mismo ministerio.

Con la reforma el consejo estaría integrado por: Un Director nombrado por el Ministro de Economía, quién será el Presidente del Consejo; un Director nombrado por el Ministro de Hacienda; un Director nombrado por el Superintendente del Sistema Financiero; un Director nombrado por el Presidente de la República, a partir de una terna elaborada por el Ministerio de Economía, proveniente de propuestas recibidas por parte del sector de la empresa privada; y, dos Directores nombrados por el Ministerio de Economía, provenientes de propuestas recibidas por parte de las asociaciones gremiales de la contaduría y auditoría, legalmente constituidas en el país.

Otra de las reformas regula los supuestos en los que los Directores podrán ser separados de sus cargos, esto deberá ser decidido por la autoridad que los nombró y con expresión de causa, por alguno de los motivos siguientes:

  • Haber sido nombrado contraviniendo los requisitos exigidos por ley o haber dejado de cumplirlos;
  • Incurrir en incumplimientos legales en el ejercicio de sus funciones o no actuar de forma diligente en el ejercicio de las mismas;
  • Haber sido condenado por delito doloso;
  • Haber perdido o haber sido suspendido en sus derechos de ciudadano;
  • Observar conducta reñida con la moral y las buenas costumbres.
  • Poseer conflicto de intereses con el cargo desempeñado que pueda comprometer la seriedad e imparcialidad del ejercicio de su cargo; o,
  • Ejercer influencias indebidas, prevaleciéndose de su cargo.
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Procuraduría General reporta haber atendido y beneficiado a más de 30,000 trabajadores en 2024

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En un esfuerzo por garantizar el respeto a los derechos laborales, la Procuraduría General de la República (PGR) anunció que durante el año 2024 logró brindar apoyo legal a más de 30,000 trabajadores a través de su Unidad de Derechos Laborales.
Este respaldo permitió la recuperación de más de $11 millones de dólares en concepto de indemnizaciones y prestaciones laborales.
La PGR destacó que su labor se centra en defender los derechos de las personas trabajadoras, asegurando que reciban un trato digno y justo en sus empleos.
A través de redes sociales, invitó a la ciudadanía a acercarse a sus oficinas para recibir asesoría legal gratuita y defender sus derechos laborales: “Vení a la Procu y defendé tus derechos laborales”, es el mensaje central de su campaña.
La institución subrayó la importancia de garantizar un ambiente laboral respetuoso, libre de discriminación y con condiciones justas para todos los trabajadores.
“Toda persona trabajadora tiene derecho a un buen ambiente laboral, a un salario justo y a que no se le discrimine por su condición”, afirmaron en el comunicado.

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Corte Suprema de Justicia insta a los conductores a respetar las normas de tránsito tras endurecimiento de sanciones

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La Corte Suprema de Justicia reforzó el llamado a la ciudadanía, especialmente a los conductores, para que tomen conciencia sobre los riesgos legales y personales derivados de la imprudencia al volante. 

En un contexto en el que las sanciones viales se han endurecido, el máximo tribunal del país enfatiza la importancia de cumplir con las normas de tránsito para evitar consecuencias graves.

Las modificaciones legislativas recientes han incrementado las penas para aquellos que cometan infracciones relacionadas con la conducción peligrosa. 

El Código Penal establece sanciones severas para quienes violen estas disposiciones, particularmente cuando el comportamiento al volante pone en peligro la vida de las personas, tanto de los conductores como de peatones y pasajeros.

La Corte recuerda que tres acciones particularmente riesgosas pueden acarrear penas de prisión, según lo estipulado por la ley. Entre ellas se encuentran:

  1. Conducir bajo los efectos del alcohol o drogas: Esta conducta no sólo afecta la capacidad de reacción y juicio del conductor, sino que también aumenta significativamente el riesgo de accidentes graves.
  2. Realizar competencias en la vía pública: Participar en carreras o enfrentamientos entre vehículos en carreteras y calles urbanas pone en peligro la vida de todos los usuarios de la vía, y es una infracción que se castiga con severidad.
  3. Disputar la vía con otro vehículo: La actitud de desafiar a otro conductor por ocupar espacios de la vía de forma agresiva, sin respetar las señales de tránsito, es otro comportamiento que se considera peligroso y que, de acuerdo con la ley, puede llevar a la detención y sanción penal.

El tribunal hizo un llamado a la reflexión, destacando que la velocidad excesiva y la imprudencia son factores que suelen generar consecuencias fatales. 

Además, la Corte alertó sobre los riesgos legales asociados con este tipo de conductas. Si bien el endurecimiento de las sanciones tiene como objetivo salvar vidas y reducir accidentes, los conductores también deben entender que estas modificaciones pueden resultar en penas de prisión si se demuestra que sus actos fueron deliberadamente peligrosos.

En este sentido, las autoridades instan a los conductores a tomar decisiones prudentes, especialmente durante las festividades o en situaciones donde las tentaciones de exceso de velocidad o conducción bajo los efectos del alcohol y drogas sean mayores. La clave para evitar consecuencias fatales y legales es simple: respetar las normas de tránsito y conducir con responsabilidad.

Este llamado de la Corte Suprema coincide con los mensajes de concientización que las autoridades viales están llevando a cabo para reforzar el cumplimiento de las leyes de tránsito y garantizar la seguridad en las carreteras. La multa por conducir de manera imprudente no solo afecta el bolsillo, sino que puede traer consigo consecuencias mucho más graves, tanto a nivel personal como en la vida de otros.

El mensaje es claro: la responsabilidad al volante no solo es una cuestión de respeto a la ley, sino también de respeto por la vida y la seguridad de todos.

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Corte IDH condena a El Salvador por violencia obstétrica y violación al derecho a la salud

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La Corte Interamericana de Derechos Humanos declaró a El Salvador responsable por incumplir su deber de garantizar los derechos fundamentales de una mujer conocida como Beatriz, quien enfrentó un embarazo de alto riesgo sin la protección adecuada del Estado.
Beatriz, una joven que padecía enfermedades crónicas como lupus eritematoso sistémico, nefropatía lúpica y artritis reumatoide, enfrentó graves complicaciones durante su segundo embarazo en 2013.
Los médicos determinaron que el feto tenía anencefalia, una condición incompatible con la vida extrauterina. Sin embargo, la ausencia de protocolos médicos claros y la inseguridad jurídica impidieron que recibiera la atención oportuna que necesitaba.
El Comité Médico del Hospital Nacional de Maternidad analizó el caso, considerando interrumpir el embarazo antes de las 20 semanas para proteger la salud de Beatriz.
No obstante, la decisión se trasladó a consultas legales, lo que burocratizó y judicializó el proceso. Como resultado, Beatriz fue sometida a un trato deshumanizado y su familia también sufrió las consecuencias, incluyendo su hijo mayor, de apenas un año de edad.

Finalmente, a las 26 semanas de gestación, se realizó una cesárea. La recién nacida, nombrada Leilany Beatriz, falleció cinco horas después del parto debido a su condición de anencefalia.
Beatriz sobrevivió al procedimiento, pero la Corte determinó que la falta de protocolos claros contribuyó directamente a la violencia obstétrica y a la vulneración de sus derechos.
Durante el juicio, el Estado salvadoreño admitió que existía una «situación de confusión» en torno a los protocolos médicos aplicables.
Aunque se han implementado lineamientos técnicos tras los hechos, la Corte identificó vacíos normativos que continúan afectando la atención adecuada y oportuna en casos similares.
En su sentencia, la Corte indicó que la condición de Beatriz imponía al Estado un deber especial de protección. Sin embargo, la respuesta inadecuada derivó en largos periodos de espera e incertidumbre, constituyendo violencia obstétrica y un incumplimiento en el acceso a recursos judiciales efectivos. Estos fallos afectaron profundamente la integridad personal de Beatriz y su entorno familiar.
Como parte de las medidas de reparación, la Corte ordenó al Estado salvadoreño desarrollar directrices claras y guías específicas para el personal médico y judicial, con el fin de garantizar seguridad jurídica en casos de embarazos de alto riesgo. Esto podrá lograrse mediante la adecuación de protocolos existentes o la emisión de nuevas normativas.

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CNJ analiza los retos y ventajas de la Inteligencia Artificial en los procesos judiciales

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En una videoconferencia organizada por el Consejo Nacional de la Judicatura (CNJ), se desarrolló el evento titulado “Ventajas y retos de la utilización de Inteligencia Artificial en los procesos judiciales”. 

Esta sesión virtual reunió a funcionariado judicial, operadores de justicia y miembros de la comunidad jurídica en un espacio de análisis y reflexión sobre un tema crucial para el futuro del sistema judicial.

Temas clave abordados

Durante la conferencia, se discutieron aspectos fundamentales relacionados con el uso de la Inteligencia Artificial (IA) en el ámbito judicial, entre los que destacaron:

Herramientas de IA aplicadas en la justicia: Se presentaron ejemplos prácticos de tecnologías que ya están siendo utilizadas para optimizar procesos y mejorar la eficiencia en la administración de justicia.

Implicaciones y buenas prácticas: Los participantes exploraron las mejores maneras de implementar estas herramientas, asegurando que se respeten los principios de equidad, transparencia y acceso igualitario a la justicia.

Retos éticos y responsabilidades: Se subrayaron las consideraciones éticas derivadas del uso de IA, incluyendo cuestiones relacionadas con la privacidad, la responsabilidad en decisiones automatizadas y la necesidad de un marco regulatorio adecuado.

Compromiso con la formación y la tecnología

El CNJ reafirmó su compromiso de continuar promoviendo espacios formativos que impulsen el conocimiento y el uso responsable de las tecnologías en la administración de justicia. 

Esta iniciativa refleja el interés de la institución por mantenerse a la vanguardia de los avances tecnológicos, asegurando que su aplicación sea ética y beneficiosa para la sociedad.

El evento culminó con un llamado a la colaboración entre las diferentes partes interesadas para garantizar que la IA se utilice como una herramienta para fortalecer el acceso a la justicia y no como un factor que incremente las desigualdades existentes.

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Asamblea aprobaría este viernes el cero alcohol al conducir

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Justo el día en que la Asamblea Legislativa aprobaría el endurecimiento a las disposiciones de tránsito y prohibiría la conducción de vehículos bajo cualquier cantidad de alcohol consumido, un motorista en presunto estado de ebriedad estrelló su carro contra un poste del tendido eléctrico en San Salvador y después lo volcó, obstruyendo por completo el paso en la vía.
Y en medio de posiciones a favor y en contra, los diputados se disponen en la plenaria de este 20 de diciembre a reformar el Código Penal para modificar las sanciones por el delito de conducción peligrosa.
Esta reforma implica que cualquier conductor que haya consumido alcohol, independientemente de la cantidad, podrá ser procesado penalmente, incluso si no está en estado de ebriedad.
Actualmente, el Código Penal establece que solo los conductores con un nivel de alcohol en sangre superior a 99 miligramos por decilitro (ml/dl) son considerados en “estado de ebriedad” y, por tanto, pueden ser detenidos y procesados.
Los conductores con niveles de entre 50 y 99 ml/dl de alcohol en sangre enfrentan una multa de $57.14, mientras que aquellos con niveles menores de 50 ml/dl quedan exentos de sanción.
Con la reforma, que todo indica será aprobada por la supermayoría de Nuevas Ideas y sus aliados (57 de 60 diputados) será suficiente con haber consumido cualquier cantidad de alcohol para ser considerado en conducción peligrosa, sin necesidad de probar que el conductor estaba “ebrio”.
El nuevo artículo 147-E del Código Penal establece que “constituye conducción peligrosa el manejar un vehículo de motor atentando de manera manifiesta contra la seguridad vial, así como habiendo consumido bebidas alcohólicas, drogas o cualquier tipo de sustancias estupefacientes, psicotrópicas o psicoactivas”.
Esta modificación, que fue aprobada el jueves por una comisión legislativa presidida por el diputado Caleb Navarro (oficialista), tiene como objetivo reducir los accidentes y muertes relacionadas con el consumo de alcohol y drogas al volante.

Aumento de penas
Además de la ampliación de la definición de conducción peligrosa, la reforma también incrementa las penas para quienes cometan este delito.
La pena para los conductores que no transporten pasajeros aumentará de 2 a 5 años de prisión, mientras que para aquellos que conduzcan vehículos de transporte público o carga, la pena se eleva de 3 a 10 años.


En los casos en que la conducción peligrosa cause un homicidio culposo, las penas pueden llegar hasta 10 años de prisión en vehículos particulares y hasta 15 años en transporte público y de carga.

Nuevas pruebas para detectar consumo
La reforma también establece que las pruebas de alcoholemia, alcotest o antidopaje serán suficientes para demostrar el consumo de alcohol o drogas al momento de la detención.
El ministro de Justicia y Seguridad, Gustavo Villatoro, explicó que aunque estas pruebas serán clave, también existen otros mecanismos que se pueden utilizar para verificar el consumo de sustancias psicoactivas.
En paralelo, se aprobaría una reforma al Código Procesal Penal que impedirá que los conductores responsables de homicidios culposos por conducción peligrosa, relacionada con el consumo de alcohol o drogas, puedan evitar el proceso penal mediante una conciliación con la víctima o sus familiares.
Esta reforma tiene como objetivo garantizar que el proceso judicial se lleve a cabo, incluso en casos de acuerdos extrajudiciales entre las partes.
El Gobierno ha informado que en los últimos meses se han registrado 33 muertes, 506 personas lesionadas y 734 accidentes provocados por conductores bajo los efectos del alcohol.

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