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Corte Plena reafirma competencias otorgadas por la LCAM

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Corte Plena de la Corte Suprema de Justicia resolvió el conflicto de competencia negativo, con número de referencia 121-COM-2018, entre el Juzgado Primero de lo Contencioso Administrativo de Santa Tecla y la Sala de lo Contencioso Administrativo para conocer una Declaratoria de la Ilegalidad del Despido.

Dicho conflicto de competencia tiene como inicio las sentencias del Juzgado Primero de lo Contencioso Administrativo de Santa Tecla y el Juzgado Segundo de lo Laboral y la Cámara Primera de lo Laboral de San Salvador en la que resolvieron declarar ha lugar la declaratoria de nulidad del despido efectuado por la Alcaldesa de Mejicanos.

Ante esto, el demandante presento demanda ante el Juzgado Primero de lo Contencioso Administrativo contra los anteriores funcionarios judiciales; sin embargo, el tribunal declaró improponible la demanda pues no hizo uso del mecanismo impugnativo en tiempo. El proceso continuó con la presentación de un recurso de apelación ante la Cámara de lo Contencioso Administrativo.

No obstante, la Cámara resolvió que el Juzgado de lo Primero no era competente para conocer del proceso que antecede, sino que, el legislador en la LCAM, decidió otorgar de manera excepcional, competencia a la Sala de lo Contencioso Administrativo, para conocer de un medio de impugnación en el proceso judicial de autorización o de nulidad de despido de un servidor público acogido a la carrera administrativa municipal.

«En ese orden, interpretar a la luz de la ahora vigente LJCA que los Juzgados de lo Contencioso Administrativo son los competentes para conocer en este tipo de conflictos, según lo dispuesto en el art. 12 LJCA, es desnaturalizar el procedimiento especial regulado en la LCAM, además, se generarían cuatro instancias judiciales dentro de dicho procedimiento, debido a que, de conformidad a lo regulado en el art. 112 LJCA, contra toda sentencia y auto definitivo pronunciado por los Tribunales de Primera Instancia y por las Cámaras de Segunda Instancia, podrá interponerse recurso de apelación», resolvió la Cámara.

RELACIONADO: Corte Plena resuelve conflictos de competencia a favor de Jueces de lo Laboral

En consecuencia, el Juzgado Primero de lo Contencioso Administrativo de Santa Tecla, en auto de las catorce horas cuarenta y cinco minutos del cuatro de junio de dos mil dieciocho, se declaró incompetente en los términos de la sentencia pronunciada por el Ad Quem y remitió los autos a la Sala de lo Contencioso Administrativo de esta Corte.

Sin embargo, la Sala resolvió que el art. 14 de la LJCA establece la competencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo, y de la lectura de tal norma, deviene que dicho Tribunal únicamente tiene competencia para conocer de las actuaciones establecidas en esa disposición.

Como consecuencia de los argumentos expuestos, concluyó, que los actos de los Jueces de lo Laboral o con competencia en esa materia y de las Cámaras de lo Laboral, emitidos en ejercicio de las potestades que les otorga la LCAM, constituyen verdaderos actos administrativos y de conformidad con el art. 12 inciso 1° LJCA, el conocimiento de controversias que se susciten respecto de los mismos corresponde a los Juzgados de lo Contencioso Administrativo. La resolución contó con el voto disidente del Magistrado Sergio Luis Rivera Márquez.

Corte Plena, tomando en consideración la sentencia de inconstitucionalidad 159-2015/67-2018/10-2019/36-2018/17-2019, resolvió declarar que es competente para conocer del proceso de mérito la Sala de lo Contencioso Administrativo, ya que, el artículo 79 inc. 4° de la LCAM establece una competencia especial a favor de la Sala de lo Contencioso Administrativo, siendo esta la competencia para conocer de la «acción» contencioso administrativa que se interponga en contra de la decisión emitida por la cámara de segunda instancia en materia laboral.

Al respecto, se advierte que, aunque el art. 14 LJCA no prevea la competencia para conocer en única instancia de demandas contra las decisiones de las referidas cámaras, deberá entenderse que estamos en presencia de una competencia especial atribuida a la Sala de lo Contencioso Administrativo, antes que la LJCA entrara en vigencia.

Sentencia 121-COM-2018 / Corte plena

Corte Plena concluye explicando que la competencia para conocer de las demandas presentadas en contra de las resoluciones emitidas por las Cámaras de Segunda Instancia de lo Laboral y de las que tengan competencia en esa materia, en los recursos de revisión, es una competencia especial y adicional a las indicadas en el art. 14 LJCA, atribuida a la Sala de lo Contencioso Administrativo, por lo que es esta la competente para dilucidar el caso de autos.

Consulte la resolución de Corte Plena a continuación

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Corte Suprema advierte sobre la prevención del lavado de dinero en el ejercicio profesional de abogados y notarios

La CSJ ha llamado a los profesionales del derecho a tener cuidado en la práctica de su trabajo para evitar ser instrumentalizados en lavado de dinero.

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La Corte Suprema de Justicia emitió un mensaje dirigido a los abogados y notarios del país, enfatizando la necesidad de implementar buenas prácticas para evitar su instrumentalización en el delito de lavado de dinero y activos.

Este llamado se enmarca en el contexto de un creciente enfoque en la prevención de actividades ilícitas que socavan la integridad del sistema financiero y legal.

Los abogados y notarios, como profesionales del derecho, desempeñan un papel crucial en la estructura legal del país, pero también pueden ser utilizados, sin saberlo, como herramientas para facilitar el lavado de dinero.

La Corte ha identificado varias prácticas comunes que podrían poner en riesgo la integridad de estos profesionales y, por ende, del sistema judicial.

Una de las formas más alarmantes de instrumentalización es la constitución de sociedades como negocios de fachada. Estos profesionales pueden, mediante sus oficios notariales, crear entidades que sirven únicamente como un vehículo para la entrada de fondos ilegales, ocultando así el verdadero origen del dinero.

Además, la creación de estructuras legales complejas puede dificultar el rastreo de los beneficiarios finales de las transacciones.

Este tipo de maniobras no solo compromete a los abogados y notarios, sino que también representa un desafío significativo para las autoridades en su labor de investigación y prevención del delito.

El asesoramiento legal también puede ser un punto crítico. Si bien es parte de su función ofrecer orientación, algunos abogados podrían inadvertidamente ayudar a sus clientes a llevar a cabo transacciones que aparentan ser legales, pero que en realidad están diseñadas para encubrir actividades ilícitas.

Finalmente, la compra y venta de inmuebles es otro ámbito de riesgo. Los notarios, al llevar a cabo escrituras de compraventa de bienes a precios inusuales, pueden facilitar la legitimación de dinero proveniente de actividades delictivas, lo que refuerza la necesidad de que estos profesionales ejerzan un control riguroso sobre las operaciones que manejan.

La Corte Suprema ha subrayado que la aplicación de buenas prácticas es esencial para mitigar estos riesgos.

Esto incluye la capacitación constante de los profesionales del derecho en materia de prevención del lavado de activos, así como la adopción de medidas que garanticen la transparencia y la legalidad en sus operaciones.

Con este mensaje, la Corte busca no solo proteger a los abogados y notarios de ser cómplices involuntarios en el lavado de dinero, sino también salvaguardar la confianza pública en el sistema judicial y financiero del país.

La prevención del lavado de activos es una responsabilidad compartida que requiere la colaboración de todos los actores involucrados en el ejercicio de la ley.

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La Fiscalía reporta detención de varios presuntos miembros de una red de pedofilia

Los detenidos estarían ligados a una operación internacional que opera desde África, según el informe preliminar de la FGR.

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La Fiscalía General llevó a cabo un operativo en el que capturó a por los menos 11 personas acusados de compartir material pornográfico infantil. Esta acción se enmarca en una alerta regional sobre una red de pedofilia que opera desde África.

Las detenciones fueron realizadas por la Unidad de Atención Especializada para la Mujer, Niñez y Adolescencia, en colaboración con la Policía Nacional Civil. Las detenciones en diferentes localidades del país, incluyendo San Miguel, Cuscatlán, La Paz, La Libertad y San Salvador.

Los capturados son:

  • Adonis Adalberto Magaña (San Miguel)
  • Jefferson David Blanco Caballero (Cuscatlán)
  • Marcos Olayo Cortez Domínguez (La Paz)
  • Luis Ernesto González (Cuscatlán)
  • Boris David Torres (La Libertad)
  • Óscar Ernesto Ayala Martínez (San Salvador)
  • Marlon Daniel González Iraheta (La Libertad)
  • Jonathan Stanley Quijada (La Libertad)
  • Diego Alfonso Martínez (La Libertad)
  • Brandon Monge Panameño (San Salvador)
  • Kelvin Rafael Paz Hércules (San Salvador)


Durante el operativo, las autoridades decomisaron una cantidad significativa de dispositivos electrónicos, incluyendo celulares, memorias USB, laptops, CPU y tablets, que se utilizarán como parte de la investigación.

Los detenidos enfrentarán cargos por delitos relacionados con la posesión de pornografía infantil a través de tecnologías de comunicación, así como por la adquisición o posesión de material pornográfico que involucra a menores de edad o personas con discapacidad.

Se espera que los detenidos sean presentados ante los juzgados competentes en los próximos días, en un esfuerzo por combatir y erradicar estas prácticas delictivas en el país.

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Presidente de la Corte Suprema de Justicia se reúne con el coordinador residente de la ONU en El Salvador

El Dr. Henry Mejía recibió a Raúl Salazar y conversaron sobre la importancia de impulsar un sistema judicial más eficiente que garantice acceso para todos los ciudadanos.

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(Entradilla)

El presidente de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), Dr. Henry Alexander Mejía, sostuvo una reunión de cortesía con Raúl Salazar, coordinador residente de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) en El Salvador.

Este encuentro, que tuvo lugar en la sede de la Corte, se centró en la reafirmación del compromiso hacia la mejora continua en la administración de justicia en el país y en el fortalecimiento de los lazos de amistad entre ambas instituciones.

Durante la reunión, Mejía y Salazar coincidieron en la importancia de la colaboración internacional en la promoción de un sistema judicial más eficiente y accesible para todos los salvadoreños.

Tanto la CSJ como la ONU buscan fortalecer el estado de derecho y garantizar el acceso a la justicia.

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La Fiscalía General se une a la lucha contra los conductores ebrios: “El alcohol al conducir sólo te traerá problemas»

Este año las autoridades de Tránsito han detenido a más de 1,800 conductores temerarios sorprendidos en los controles antidopaje.

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La Fiscalía General de la República (FGR) se sumó al esfuerzo para evitar que personas bajo la influencia de bebidas embriagantes o drogas estén al timón, con un mensaje breve pero fuerte: “El alcohol al conducir solo te traerá problemas, tú decides: tomar o tu libertad”.

Compartido en redes sociales acompañado de una fotografía en la que un policía de tránsito arresta a un conductor temerario, la FGR agrega un hashtag, “ahórrate la pena”.

El Viceministerio de Transporte, por medio de la Policía Nacional Civil (PNC) mantiene una campaña permanente de operativos para detectar motoristas alcoholizados y sacarlos de circulación.

Además, este anuncio se produce en un contexto donde las cifras de arrestos por conducción peligrosa han aumentado notablemente.

El viceministro de Transporte, Nelson Reyes, informó que en lo que va de 2024 se han registrado más de 1,800 detenciones por esta infracción, lo que representa un incremento de 447 casos en comparación con el año anterior.

“Las conductas irresponsables en nuestra cultura vial, como conducir en estado de ebriedad, deben ser atacadas con firmeza. Este año, hemos visto un aumento significativo en las detenciones», afirmó Reyes.

Sólo el pasado fin de semana, el Viceministerio de Transporte (VMT) detuvo a 38 conductores bajo los efectos del alcohol en varios puntos de control establecidos en el país. “Conducir en estado de ebriedad no solo es una infracción, sino un delito tipificado en el Código Penal, que conlleva penas de prisión de cuatro a seis años», dijo el viceministro.

¿Cuáles son las consecuencias de ser conductor peligroso?

Cuando un conductor supera los 100 mg de alcohol en el organismo, por ley es detenido. El nivel se determina en los controles antidopaje por medio de aparatos especiales en los que el motorista sopla una boquilla.

Y más allá del escarnio público de ser exhibido en redes sociales por las autoridades, hay consecuencias legales:

Detención: El conductor puede ser detenido si se determina que su nivel de alcohol en el aire espirado supera el límite antes mencionado.

Sanciones penales: Conducir en estado de ebriedad es considerado un delito, según el Código Penal. Las penas pueden variar de cuatro a seis años de prisión.

Retiro de placas: La PNC procederá al decomiso de las placas del vehículo.

Curso de educación vial: El detenido deberá asistir a un curso de educación vial para recuperar su licencia de conducir.

Multas: Además de las sanciones penales, el conductor puede enfrentar multas económicas.
Antecedentes penales: Una condena puede dejar antecedentes penales, lo que podría afectar futuras oportunidades laborales y otros aspectos de la vida del individuo.

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El Consejo Nacional de la Judicatura impulsa el uso de la inteligencia artificial en la práctica judicial

Con un taller dirigido a secretarios y colaboradores judiciales, el CNJ les capacitó sobre la importancia de esta herramienta tecnológica para su trabajo. Les instó, además, a utilizarla con ética.

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El Consejo Nacional de la Judicatura llevó a cabo un taller titulado “Herramientas de inteligencia artificial y su aplicación en la práctica judicial”, dirigido a secretarios y colaboradores judiciales de diversas judicaturas.

Esta iniciativa busca dotar a los participantes de conocimientos prácticos y técnicos sobre el uso de la inteligencia artificial (IA) en el ámbito judicial, una herramienta que promete transformar la forma en que se ejerce la abogacía y la administración de justicia.

Durante el taller se abordaron temas clave como las herramientas para la investigación y análisis legal, la automatización de tareas administrativas, así como la ética y regulación de la inteligencia artificial.

Estos aspectos son fundamentales para asegurar que la adopción de la IA en el sector judicial no sólo sea eficiente, sino también ética y responsable.

La inteligencia artificial ofrece una serie de ventajas significativas para los abogados y el personal judicial. La capacidad de analizar grandes volúmenes de información en poco tiempo permite mejorar la investigación legal, facilitando la identificación de precedentes y la elaboración de argumentos más sólidos.

Además, la automatización de tareas administrativas libera a los profesionales del derecho de labores repetitivas, permitiéndoles enfocarse en actividades que requieren un mayor nivel de análisis y juicio crítico.

Otro de los puntos destacados del taller fue la discusión sobre la ética y regulación de la IA en el ámbito judicial. Con el rápido avance de esta tecnología, es crucial establecer pautas claras que aseguren su uso responsable y equitativo, evitando sesgos y garantizando la transparencia en los procesos judiciales.

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