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Analizan reformas del código Procesal de Trabajo

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Ayer, la Comisión de Trabajo y Previsión Social continuó el análisis del Código Procesal de Trabajo, en donde se analizaron 9 artículos y se acordó en consenso la redacción de 6 con el objetivo de actualizar la normativa en materia laboral.

Los artículos consensuados por la comisión son: 142, 144, 145, 146, 147, 149 del capítulo III de dicho código, referidos a la prueba y de la prueba instrumental. Así como los artículos 148 y 150.

Asimismo el diputado del FMLN, Nelson Quintanilla, consideró que el estudio del referido código ha avanzado significativamente. “Este día vimos dos aspectos básicos: la prueba en el proceso laboral tanto en los mecanismos de presentación como en el objetivo que esta tiene, y los instrumentos materiales que se pueden presentar como prueba en los conflictos laborales”, indicó.

Por su parte, el 148 hace referencia a la prueba instrumental, lo que podría ser: contratos de trabajo, certificaciones, planillas, libros o expedientes personales de los trabajadores que vincule al empleador o al sindicato, tarjetas de control de asistencia, entre otros.

Además, analizaron el artículo 150, el cual plantea sobre el deber de las partes de exhibir los instrumentos que se encuentren en su poder y de cuyo contenido dependa algún elemento del objeto del proceso, en el plazo y forma que requiera el juez o tribunal, previa solicitud.

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BVA-TAX realizó conferencia sobre implicaciones fiscales ante la inconstitucionalidad de las reformas al CT del 2014

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El pasado jueves 5 de julio, la firma Benjamín Valdez & Asociados llevó a cabo su desayuno conferencia «Implicaciones Fiscales ante la Inconstitucionalidad de las Reformas al CT de 2014 – Fallo 96-2014”. Dicho tema estuvo a cargo del fundador de la firma Lcdo. Benjamín Valdez Iraheta, el Lcdo. Ricardo López Araniva (Socio BVA-TAX) y Lcda. Georgina Cuéllar (Gerente PT BVA-TAX).

La conferencia se dividió en dos partes:

Parte I. Efectos en materia de precios de transferencia

-Consideraciones sobre la aplicabilidad de la Guía de PT 2018.

-Implicaciones sobre el cumplimiento de la obligación de PT para los años abiertos  a la fiscalización:

-Efectos de los análisis económicos aplicando el Método de Precio de Mercado del artículo 199-B del CT.

-Aplicación de criterios para mejorar la comparabilidad según el artículo 199-D del CT.

-Criterio del TAIIA sobre el uso de directrices OCDE, entre otros.

Parte II. Efectos en asuntos administrativos

-Solvencia fiscal

-Caducidad de la facultad de fiscalización y prescripción

-Reglas de notificación, entre otros.

Además, Benjamín Valdez & Asociados realizó el lanzamiento de su nuevo servicio: Impuestos municipales, el cual fue lanzado ese mismo día, en donde se aprovechó para presentar en qué consiste el servicio, se destacó que somos la opción integral: Legal, Impuestos y Administración.

Ocasión donde también se presentó al equipo de Impuestos Municipales: Luis Tevez (Socio), Silvia Araniva (Administradora de Pagos de Impuestos Municipales), Eduardo Calderón (Contador) y Guadalupe Vidal (Administradora de Pagos).

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Asamblea aprueba Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa

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Este día, la Asamblea Legislativa aprobó con 66 votos la nueva Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

El presidente de la Corte Suprema de Justicia, Oscar Armando Pineda Navas, en compañía de las magistradas y magistrado que integran la Sala de lo Contencioso Administrativo: Dafne Sánchez (presidenta), Elsy Dueñas de Avilés, Paula Patricia Velásquez y Sergio Luis Rivera Márquez, visitaron el pleno para presenciar la aprobación de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, lo que significaría la creación de nuevos Tribunales Contenciosos Administrativos.

El 23 de noviembre del 2016 mediante acuerdo de Junta Directiva número 1905 se dio por iniciado la fase consultiva de la presente ley con la creación de la Comisión Ad-Hoc, fase que finalizó este 16 de marzo de 2017. La comisión trabajó conjuntamente con el equipo técnico de la Corte Suprema de Justicia, liderado por la presidenta de la Sala de lo Contencioso Administrativo, la Dra. Sánchez.

La Comisión Ad-Hoc creada para estudiar la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y la creación de los Tribunales Contencioso Administrativos fue presidida por el diputado Francisco Merino (PCN); el diputado René Portillo Cuadra (ARENA), fungió como secretario; el diputado Jaime Valdez (FMLN), como relator; y como vocales, los diputados Mario Tenorio (GANA) y Rodolfo Parker (PDC).

La nueva Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa amplía y actualiza la actual y busca acercar y agilizar los procesos administrativos a los ciudadanos. También las audiencias entre particulares y la administración pública, serán orales y públicos.

La nueva ley entrará en vigencia el 31 de enero de 2018, esperando para este tiempo contar con los jueces y magistrados que se desempeñarán en los nuevos tribunales.

Además, la Sala de lo Contencioso Administrativo ampliará su competencia ya que tendrá actuación material de la administración pública, inactividad de esta y actos de entidades concesionarias del Estado. Permitirá la impugnación de todos los actos administrativos, ya sea en la etapa previa a un contrato, como en su ejecución y extinción.

Consulte la nueva Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo:

[pdf-embedder url=»https://derechoynegocios.info/wp-content/uploads/2017/08/AD-HOC-DICT-1-FAV-1.pdf» title=»AD HOC DICT 1 FAV»]

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Conductores bajo control psicológico a partir del 3 de julio

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A partir del próximo lunes 3 de julio, se empezará a aplicar el examen psicológico a quienes deseen obtener su licencia de conducir por primera vez, informó el Viceministerio de Transporte (VMT).

Este examen se implementó con el objetivo de que toda la población que conduce
sea evaluada con esta prueba, en una primera fase, y posteriormente, en una segunda examinarán a los conductores que busquen refrendar la licencia de conducir.

El coordinador de la prueba en el VMT, Óscar Martínez, dijo que esta prueba consiste en 57 preguntas con cuatro opciones, cada una. Los aspirantes a conductores la realizarán en una computadora táctil.

“No estamos midiendo problemas clínicos, la prueba está diseñada para medir conductas de riesgo y actitudes propias de las situaciones del entorno: trabajo, casa etc”, explicó Martínez.

Dicha prueba puede ser aprobada en tres oportunidades, ya que al reprobarla se puede volver a repetir la prueba, pero 30 días después de la primera, y posteriormente, a los tres meses, añadió Martínez.

El director de Tránsito, Edwin Flores, dijo que esta prueba se realizará únicamente en el VMT y se deberá de gestionar una cita en dichas oficinas ubicadas en Santa Tecla, después de pagar $5.65 por el derecho del examen.
El director recordó que después del curso de aprendizaje en una escuela de manejo, el solicitante deberá iniciar su trámite de la prueba psicológica en el Viceministerio: programar la cita, presentando la factura de pago de los $5.65, copia y original de DUI y NIT.

El día del examen deberá presentar nuevamente la factura de pago, DUI y NIT, en original y copia; de aprobar el examen se deberá someter al resto del proceso que ya está establecido: la prueba teórica, práctica y visual en una escuela de manejo y finalmente, la segunda evaluación teórica en el VMT, para luego tramitar la licencia en Servicios de Tránsito Centroamericanos S.A. de C.V.

A diario reciben 300 personas que realizan el segundo examen teórico, después de la escuela de manejo y en los últimos días, aseguran, las solicitudes han incrementado.

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Aprueban Ley de Salud Mental

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El pleno Legislativo aprobó con 66 votos la nueva Ley de Salud mental, la cual pretende obligar a las instituciones públicas a crear una política de protección a las personas que padecen trastornos mentales o de comportamiento.

El diputado Guillermo Mata, del FMLN, argumentó que un 40% de países no dispone de una política de salud mental, un 33% no tiene un programa y otro 33% no tiene política de salud en materia de drogas y alcohol. “Esta ley permitirá el cierre progresivo de los hospitales psiquiátricos. No son tan eficientes como se creía, han dejado de ser la mejor alternativa para los pacientes y sus familias”, expresó.

Esta ley establece que toda la familia cuide personas con trastornos mentales y de comportamiento “tiene derecho a recibir asistencia, asesoría, orientación, capacitación y adiestramiento necesario”, los familiares o representantes de la persona diagnosticada con algún trastorno mental, en cualquier fase, los abandonen en un establecimiento de salud, éste deberá de “informar inmediatamente a la Procuraduría General de la República”.

La ley establece que el Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS), establecimientos de salud privados, instituciones relacionadas con la salud mental, familias o representantes de la persona con discapacidad intelectual, psicosocial o mental deben de cumplir con esta ley.

“Se nos describe como intolerantes y violentos. A El Salvador le urgía que alguien tomara el tema. Es un logro pero es un gran reto”, dijo, por su parte, el diputado Orlando Cabrera de ARENA.
La ley partió de dos proyectos presentados, uno del FMLN y otro de ARENA.

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Internacional

Veto migratorio de Trump prohíbe entrada a 6 países

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A partir de las 8:00 pm hora local de Washington, se lanzará por orden del Presidente Donald Trump, la prohibición de entrada al país a todos los refugiados y nacionales de seis países, en su mayoría musulmana.

Dicha implementación busca anular durante 120 días la acogida de refugiados, así como la prohibición del ingreso de ciudadanos de los seis países que en su mayoría son musulmanes, durante 90 días, al país norteamericano. Esto será posible gracias al Tribunal Supremo, ya que al pasado lunes admitió a trámite el caso del veto migratorio de Trump y ordenó permitir la entrada en vigor de algunas partes.

Este documento consta de 13 páginas donde el Tribunal Supremo determinó que Trump podrá prohibir el ingreso de los” extranjeros que no tengan ninguna relación genuina con una persona o una entidad e Estados Unidos”, por lo que , esta decisión afecta a las personas que llegan a refugiarse, huyendo de sus países de origen.

Esta decisión implica que el Gobierno de Trump podrá negar la entrada a cualquier individuo de estos países: “Irán, Somalia, Sudán, Siria, el Yemen y Libia” que no pueda probar que tiene familiares en territorio estadounidense o que tiene planes ya establecidos para trabajar o estudiar en organizaciones de EE.UU.

Tras esta decisión, el Departamento de Estado envió el miércoles nuevas normas a todas las embajadas y consulados de EE.UU sobre cómo hacer cumplir la prohibición. Entre estas normas establecen por ejemplo que los que quieran ingresar a EE.UU. deberán demostrar una relación con padres, cónyuges, hijos, yernos, nueras o hermanos que estén en territorio estadounidense.

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