Sin categoría
BRC Ratings ratifica la calificación ‘AAA’ de la empresa aseguradora Suramericana
BRC Ratings – S&P Global S.A. SCV, empresa calificadora de valores, ratificó, nuevamente, la calificación ‘AAA’ para Suramericana S.A., así como la de sus bonos ordinarios por $1 billón de pesos (COP). Esto quiere decir que la compañía se mantiene como uno de los referentes en la industria aseguradora del país.
La calificadora destacó que las compañías de Suramericana S.A. se fortalecen en el mercado con una participación cercana al 24% al cierre de 2021. Además, se resaltó que la empresa cuenta con una eficaz diversificación en cada una de sus líneas de negocio y canales de comercialización.
“Es muy grato ver que, una vez más, Suramericana recibe la calificación ‘AAA’. Esto solo demuestra el buen trabajo que se ha realizado durante varios años en nuestras filiales, con las que hemos contribuido al crecimiento de la región”, comentó Juan Fernando Uribe, Vicepresidente de Finanzas e Inversiones de Suramericana.
Igualmente, BRC Ratings evidenció que las compañías de Suramericana en Colombia) presentaron una rápida recuperación en la producción de primas, logrando una expansión anual aproximada al 18% anual al cierre del primer trimestre de 2022, superior al promedio de 7%, registrado entre 2018 y 2021.
Cabe destacar que esta expansión ha estado soportada por las distintas soluciones de seguros, el dinamismo de las pólizas de riesgos laborales y una mayor demanda por los seguros de salud y vida y las soluciones de vehículos, las cuales han presentado un repunte progresivo luego de la afectación en la demanda por, entre muchos factores, las medidas de confinamiento.
Además, dentro del reporte se mencionó que la tendencia de favorabilidad en generación de primas también se está presentando en las compañías de Suramericana por fuera de Colombia, generando un incremento de 13% a corte de diciembre de 2021, algo que se mantuvo en el primer trimestre de 2022.
“Continuaremos trabajando por ampliar nuestras soluciones, con el fin de seguir siendo competitivos en el mercado y ser un referente en la región”, concluyó John Uribe, Vicepresidente de Seguros de Suramericana.
Politica
Asamblea Legislativa aprueba condonación de intereses y recargos a usuarios de ANDA
La Asamblea Legislativa aprobó este martes un decreto que condona los intereses moratorios y los recargos por el impago de los servicios de agua potable y alcantarillado de la Administración Nacional de Acueductos y Alcantarillados (ANDA).
Con 58 votos a favor, el decreto también reprograma planes de pago existentes y exime a los usuarios de pagar saldos de viviendas usurpadas por la delincuencia, en un esfuerzo por aliviar la carga económica de muchas familias.
La medida entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial y estará activa hasta el 30 de diciembre de 2024, según el artículo 19 del decreto.
Condonación para viviendas en zonas recuperadas
El «Decreto transitorio para la condonación de intereses e incumplimientos por impago en los servicios de acueducto y alcantarillado», aprobado por la Asamblea, establece un «borrasaldo» total en las cuentas de viviendas ubicadas en zonas consideradas de alto riesgo, que han sido recuperadas bajo el Plan Control Territorial.
Esto incluye viviendas o servicios que fueron usurpados por delincuentes. Además, los usuarios de estas viviendas estarán exentos del pago por reconexión del servicio de agua potable, siempre y cuando puedan probar la usurpación mediante una denuncia ante la autoridad competente o una declaración jurada ante notario.
La validación de las zonas de alto riesgo se llevará a cabo a través de un sistema de «códigos de no lectura» que la ANDA utilizará para identificar áreas en las que no tenía acceso anteriormente. Esta medida permitirá confirmar la ubicación de los hogares que califican para los beneficios del decreto y facilitará la depuración de cuentas para aquellos usuarios que vivan en territorios recuperados y hayan sido afectados por la delincuencia.
El decreto también contempla a los usuarios morosos de viviendas fuera de las zonas de alto riesgo, quienes podrán saldar sus deudas sin intereses ni recargos. En este caso, la ANDA ofrecerá planes de pago de hasta 12 cuotas mensuales consecutivas.
Según el artículo 4 del decreto, el pago se realizará con una prima inicial equivalente al 10 % de la deuda. Si los usuarios incumplen con los pagos establecidos en el plan, la ANDA podrá exigir el pago total de la deuda restante.
Reconexión de servicios y adquisición de medidor
Los usuarios que se beneficien del decreto pero cuyas cuentas se encuentren suspendidas o desconectadas deberán pagar el cargo por reconexión y adquirir un nuevo medidor.
El artículo 6 del decreto establece que, si ANDA no dispone de medidores, el usuario deberá proporcionar uno, cumpliendo con los estándares técnicos y de calidad requeridos por la institución. En este caso, solo se aplicará el costo por la instalación del medidor, sin ningún cargo adicional.
Legal
CNJ impulsa el estudio de derechos de la niñez en el sistema penal
El Consejo Nacional de la Judicatura (CNJ) llevó a cabo una jornada académica enfocada en el estudio y análisis de la Observación General 24 (2019) y su relación con la Observación General 10 (2007) del Comité de los Derechos del Niño, en un esfuerzo por actualizar y profundizar el conocimiento en torno a los derechos de la niñez en el contexto de la justicia penal.
La actividad, dirigida a secretarios, colaboradores de la Sala de lo Penal y miembros de equipos multidisciplinarios, tuvo como objetivo analizar las diferencias y las implicaciones de estas observaciones, fundamentales para garantizar la protección de los derechos de los menores en el sistema de justicia.
La jornada permitió un intercambio enriquecedor de ideas, en el que se discutieron los cambios significativos desde la emisión de la Observación General 10 en 2007, en particular los avances derivados de las normas internacionales y regionales, así como la evolución de la jurisprudencia del Comité.
Uno de los aspectos centrales de la actividad fue el análisis de la Observación General N.º 24 (2019), la cual pone un énfasis particular en los derechos de los niños involucrados en el sistema de justicia juvenil.
La Observación N.º 24 proporciona directrices clave sobre cómo los sistemas judiciales deben abordar la situación de los niños que son reclutados por grupos armados, así como aquellos involucrados en sistemas de justicia no estatal.
A través de estas orientaciones, se busca asegurar que los menores no sean objeto de violaciones de derechos humanos y reciban un trato adecuado, acorde con su condición de vulnerabilidad.
El CNJ destaca que estas jornadas académicas son parte de un esfuerzo continuo por fortalecer la formación de los operadores de justicia, promoviendo una mayor comprensión de los estándares internacionales en la protección de los derechos de la niñez.
Con ello, se busca asegurar que el sistema judicial pueda responder de manera más efectiva y humanitaria frente a las situaciones que afectan a los menores en conflicto con la ley.
Este tipo de actividades refuerzan el compromiso del Consejo Nacional de la Judicatura con la protección de los derechos fundamentales de los niños y la mejora constante del sistema de justicia penal, alineándose con los principios establecidos por organismos internacionales y con los estándares nacionales en materia de derechos humanos.
Politica
La Asamblea aprueba nuevas leyes para regular bancos cooperativos y sociedades de ahorro y crédito
La Asamblea Legislativa de aprobó 2 nuevas leyes que modifican la regulación de los bancos cooperativos y las sociedades de ahorro y crédito, con el objetivo de mejorar la estabilidad financiera y fortalecer la supervisión del sistema.
Ambas leyes, que derogan la legislación vigente, incluyen cambios significativos en áreas como la gestión de insolvencias, límites de riesgo, restricciones a créditos para directivos y la fiscalización de las filiales en el extranjero.
Nuevas normativas para bancos cooperativos y sociedades de ahorro y crédito
La Ley de Bancos Cooperativos regula las cooperativas que reciben aportes de socios y captan fondos del público, mientras que la Ley Especial de Sociedades de Ahorro y Crédito se aplica a las entidades que captan fondos y otorgan créditos para impulsar actividades económicas.
Ambas leyes fueron aprobadas con el respaldo de la mayoría de los diputados de Nuevas Ideas, sus aliados y algunos de Arena.
Con esta reforma, se deroga la antigua ley que solo regulaba bancos cooperativos con depósitos y aportaciones superiores a $68 millones, y se establece un nuevo umbral de $25 millones para la captación de fondos del público.
El Banco Central de Reserva (BCR) tendrá 90 días tras la promulgación de las leyes para actualizar las normativas relacionadas con transparencia, gobierno corporativo, gestión de riesgos y otros aspectos clave para el funcionamiento de estas entidades.
La nueva Ley de Bancos Cooperativos mantiene la posibilidad de intervención por parte de la Superintendencia del Sistema Financiero (SSF) en caso de insolvencia. Si un banco cooperativo o una cooperativa que capta fondos del público presenta un fondo patrimonial insuficiente, la SSF podrá intervenir y aplicar el proceso de reestructuración previsto en la Ley de Bancos, lo que incluye la transferencia de activos y pasivos y la constitución de un fideicomiso para asegurar la estabilidad financiera.
Las cooperativas deberán suspender los préstamos nuevos y presentar un plan de reestructuración en un plazo de 15 días.
Límite de riesgo en créditos y cambios en la normativa
Uno de los cambios más relevantes es el aumento en el límite de riesgo para la concesión de créditos a una misma persona o entidad. Anteriormente, el límite era del 10 % del fondo patrimonial de la cooperativa o sociedad de ahorro y crédito; con la nueva ley, este límite se incrementa al 15 %.
Esto permitirá a las entidades asumir mayores riesgos con clientes individuales o jurídicos, aunque se mantiene una multa del 10 % del monto del exceso crediticio en caso de incumplir la norma.
Restricciones a créditos a directivos y empleados
La nueva legislación también impone restricciones más estrictas sobre los créditos a directivos y empleados. En el caso de los bancos cooperativos, se mantiene la prohibición de otorgar créditos por más del 5 % del fondo patrimonial a gerentes, directores y miembros de la administración, con una multa del 20 % por el exceso.
En las sociedades de ahorro y crédito, se permiten préstamos a directores y funcionarios bajo las mismas condiciones que al público, pero con ciertos límites. Por ejemplo, los créditos a personas relacionadas con la administración no podrán exceder el 5 % del capital social y las reservas, y deberán ser ratificados por la directiva.
Filiales en el extranjero y supervisión
Con las nuevas leyes, bancos cooperativos y sociedades de ahorro y crédito podrán establecer filiales en el extranjero, una opción prohibida en la legislación anterior. Las filiales en otros países estarán sujetas a la fiscalización de la SSF y deberán cumplir con las mismas normativas que las entidades locales. Las filiales podrán incluir casas de cambio, agencias de corretaje de valores, emisoras de tarjetas de crédito, y otros servicios financieros. Para los bancos cooperativos, se requerirá la autorización de la Superintendencia para constituir estas entidades.
La nueva Ley de Bancos Cooperativos establece tres tramos para el uso de la reserva de liquidez: un 25 % deberá estar compuesto por depósitos a la vista en el Banco Central, otro 25 % en depósitos a la vista o títulos valores con acceso automático, y el 50 % restante podrá ser utilizado solo con autorización de la SSF. Además, se habilita al Banco Central para realizar operaciones de reporto para prevenir crisis de liquidez.
Requisitos para las sociedades de ahorro y crédito
Las sociedades de ahorro y crédito deberán mantener al menos el 51 % de sus acciones en manos de salvadoreños o centroamericanos. Además, se impone un límite del 1 % sobre la participación de cualquier accionista individual, a menos que cuente con la aprobación de la SSF. El capital mínimo requerido para estas entidades será de $4 millones, monto que será revisado cada dos años.
Con la aprobación de estas leyes, el gobierno busca fortalecer el marco regulatorio y la transparencia en el sector financiero, al tiempo que se crean mecanismos para la reestructuración de instituciones en dificultades y se amplían las oportunidades de crecimiento internacional para los bancos cooperativos y sociedades de ahorro y crédito.
Multimedia
“Ciberseguridad y Protección de Datos Personales”.
Derecho y Negocios y Sonora FM 104.5, le invitan a reproducir una de las más recientes entrevistas especializada en temas legales.🎙
Legal
El Salvador aprueba Ley de Energía Nuclear pionero en su legalidad en Centroamérica
La ley que regula la generación de esta fue aprobada este martes, con 57 de 60 votos, en la Asamblea Legislativa.
El Salvador ha hecho historia al convertirse en el primer país de Centroamérica en aprobar la Ley de Energía Nuclear por parte de la Asamblea Legislativa, con el respaldo de 57 diputados.
Esta nueva legislación busca explorar esta tecnología con fines pacíficos, enfocándose en la diversificación de la matriz energética, la investigación científica y el avance económico y social del país.
La ley fue analizada por la comisión de tecnología, turismo e inversión, que recibió asesoría de Daniel Álvarez, titular de la Dirección General de Energía, Hidrocarburos y Minas (DGEHM). Según Álvarez, la energía nuclear es una de las fuentes más seguras y reguladas, con un bajo impacto ambiental, lo que la convierte en una opción sostenible.
La implementación de esta tecnología permitirá a El Salvador generar energía de manera constante y a precios más estables, reduciendo la dependencia de factores geopolíticos y del precio del petróleo. “La tecnología nuclear es una alternativa viable para nuestro país”, destacó Álvarez, subrayando el potencial de El Salvador como líder en energía nuclear en la región.
El marco normativo incluye la creación del Organismo para la Implementación del Programa de Energía Nuclear en El Salvador (OIPEN), establecido en julio, que se encargará de ejecutar los estudios necesarios para la instalación de plantas nucleares.
Además, El Salvador está comprometido con acuerdos internacionales para el uso pacífico de esta tecnología, como el firmado con Argentina, que facilitará la capacitación de profesionales salvadoreños.
La ley abarca regulaciones sobre la selección de sitios, diseño, construcción, operación, cierre y desmantelamiento de instalaciones nucleares, así como la gestión de materiales radiactivos. La primera fase de esta iniciativa será la exploración, que implicará procedimientos técnicos para identificar los recursos necesarios.
La DGEHM será la autoridad encargada de supervisar todas las actividades relacionadas con la energía nuclear, contando con dos direcciones específicas para esta labor. Aquellos interesados en participar en actividades nucleares deberán presentar solicitudes y tramitar licencias correspondientes.
Se estima que, en un plazo de siete años, alrededor de 400 profesionales estarán capacitados en el manejo de esta tecnología, con el objetivo de contar con un reactor de investigación. Según Álvarez, para 2040, la energía nuclear podría representar hasta el 40% de la matriz energética del país, lo que impulsaría la inversión y el desarrollo.
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