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Sala de lo Penal confirma inobservancia de normas procesales en reapertura caso jesuitas
La Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia resolvió favorablemente los recursos de casación interpuestos por Juan Orlando Zepeda Herrera, Francisco Elena Fuentes y Rafael Humberto Larios López en contra de la resolución pronunciada por la Cámara Tercera de lo Penal de la Primera Sección del Centro en la que confirma la declaratoria de nulidad absoluta del proceso en contra de René Emilio Ponce, Juan Rafael Bustillo, Inocente Montano y Alfredo Cristiani en el caso conocido como Caso Jesuitas.
En su resolución, la Cámara Tercera de lo Penal confirmó la declaratoria de nulidad absoluta emitida por el Juzgado Tercero de Paz de San Salvador en relación con la audiencia inicial y sobreseimiento definitivo, dictado por la misma sede jurisdiccional el doce de diciembre del año dos mil, en favor de Alfredo Félix Cristiani Burkard, René Emilio Ponce, Juan Rafael Bustillo, Juan Criando Zepeda, Inocente Criando Montano, Francisco Elena Fuentes y Rafael Humber. El Juzgado Tercero de Paz declaró sin lugar las excepciones de cosa juzgada y falta de acción opuestas por las defensas técnicas.
Los recurrentes Juan Orlando Zepeda Herrera y Francisco Elena Fuentes argumentan como vicios de casación los regulados en el Art. 478 Nos. 1 y 5 del Código Procesal Penal (CPP): «Por inobservancia de las normas procesales establecidas bajo pena de nulidad, inadmisibilidad o caducidad, siempre que el interesado haya reclamado oportunamente su corrección. No será necesario dicho reclamo en caso de nulidad absoluta» y » Si la sentencia importa una inobservancia o errónea aplicación de la ley penal».
Los recurrentes alegan la inobservancia de los artículos 30 y 312 N° 2 CPP, los artículos establecen que si el ejercicio de la acción penal depende de una cuestión prejudicial, una condición de procesabilidad u otro requisito para proceder, se suspenderá su ejercicio hasta que desaparezca el obstáculo conforme a lo establecido en la Constitución y demás leyes.
Esto a raíz que la Sala de lo Constitucional al declarar inconstitucional la Ley de Amnistía sostuvo la necesidad de crear una nueva normativa de carácter «transicional y restaurativa» a la cual deben de someterse los casos contenidos en el informe de la Comisión de la Verdad y todos aquellos etiquetados como delitos de lesa humanidad o crímenes de guerra, acontecidos en el contexto del conflicto armado, por parte de la Asamblea Legislativa. Los recurrentes señalan que no es factible reabrir ningún caso de los antes mencionados hasta no contar con dicha ley.
Agregan la inobservancia de los Arts. 11 Inc. 1° parte final y 17 1° Cn., Arts. 9,32 Inc. Final, 312 N° 4 Pr.Pn., con relación al rechazo de la excepción de cosa juzgada expresan su desacuerdo con la declaratoria de nulidad absoluta de la prescripción y de la cosa juzgada, porque, en opinión de los recurrentes, la nulidad está enmarcada en lo que se conoce como «actividad procesal defectuosa».
Asimismo, aducen los impugnantes que el asesinato de los jesuítas y de su empleada doméstica, así como su hija, no es delito de lesa humanidad, y por tanto, no es imprescriptible, y todo lo expuesto por el tribunal de primera instancia y no resulta aplicable al caso de asesinato, violentando, con la declaratoria de la nulidad absoluta, la cosa juzgada, la garantía de no ser perseguido dos veces por la misma causa y la garantía de no avocarse juicios pendientes ni fenecidos.
El último motivo de impugnación es la errónea aplicación del estatuto de Roma, que define los delitos de lesa humanidad y fija su imprescriptibilidad, vigente desde el año dos mil quince, quince años después de celebrada la audiencia inicial que ha sido declarada nula, lo que implica una infracción al Principio de Retroactividad de la Ley Penal contenida en el Art.21 Cn.
Concluyen los recurrentes que el fallo judicial de doce de diciembre de dos mil, se fundamentó en los Art. 34 y 35 del Código Procesal Penal vigente a aquella fecha y no en la Ley de Amnistía para la Consolidación de la Paz, por lo que la sentencia que establece la inconstitucionalidad de la Ley de Amnistía, no puede surtir efectos en contra de dicho fallo, pues en el caso de estudio no se aplicó la referida norma jurídica, sino que se determinó que había prescrito la acción penal conforme a las reglas establecidas a los delitos comunes.
Por su parte, la Sala de lo Penal explica que tratándose de delitos de lesa humanidad, la postura dominante tanto a nivel de instrumentos internacionales como en la legislación interna, es la de considerar que tal clase de delitos no prescriben, incorporándose en el ordenamiento jurídico interno de los Estados una cláusula o regla de imprescriptibilidad para tales efectos; sin embargo, esta solo puede regir hacia futuro, por lo que no es posible aplicar retroactivamente dichas reglas de no imprescriptibilidad a hechos ocurridos con anterioridad a la fecha de su entrada en vigencia.
«La aplicación retroactiva de una regla de imprescriptibilidad, que viene a desmejorar la situación jurídica del imputado, es una grosera violación al principio de legalidad, específicamente, a la prohibición de aplicar retroactivamente una ley penal desfavorable al imputado», se lee en la sentencia.
La Sala de lo Penal considera que las actuaciones realizadas por la Fiscalía General de la República, el Juez tercero de Paz de San Salvador y por los Magistrados de la Cámar a Tercera de lo Penal de San Salvador, han desconocido de manera flagrante la prohibición constitucional de retroactividad de la ley penal, y ello ha traído a su vez como consecuencia la violación a la prohibición de abrir juicios ya fenecidos, lo cual es una negación de la legalidad y la seguridad jurídica.
Dado que los hechos ocurrieron el dieciséis de noviembre de mil novecientos ochenta y nueve. Estando vigente la Constitución de 1983 que establecía la prohibición de retroactividad de la ley desfavorable. Por lo tanto, no era posible aplicar retroactivamente la regla de prescriptibilidad para los delitos de lesa humanidad, porque dicha regla se incorporó en nuestro ordenamiento jurídico hasta 1998, con la entrada en vigencia del Código Procesal Penal.
Independientemente de las razones de dicho sobreseimiento, es un hecho innegable que el mismo quedó firme. No existía ni existe en el Código Procesal Penal ningún recurso o solicitud que permita reabrir un proceso en contra de un imputado por los mismos hechos, cuando el sobreseimiento definitivo ha adquirido estado de firmeza.
La Sala de lo Penal concluye resolviendo la nulidad absoluta del proceso de reapertura iniciado por el Juzgado Tercero de Paz de San Salvador, y retrotrayendo los efectos de la nulidad hasta la declaratoria de nulidad de la audiencia inicial y el correspondiente sobreseimiento del proceso del año dos mil.
La Sala señala que es contrario a la Constitución la pretensión de querer reaperturar causas ya fenecidas, así como de aplicar retroactivamente reglas de imprescriptibibilidad en perjuicio de los imputados, que no estaban vigentes cuando ocurrieron los hechos por los que se pretenden perseguir penalmente a los justiciables.
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Applaudo y Google exponen estrategias de transformación digital para el sector público en el Tech Summit 2024
En el evento se presentaron mejores prácticas de transformación digital a más de 100 funcionarios de gobierno.
Applaudo, líder en transformación digital en Centroamérica, y Google Cloud Latinoamérica llevaron a cabo el Google x Applaudo Tech Summit 2024. El evento, que reunió a más de 100 líderes del sector público de El Salvador, se centró en compartir mejores prácticas de transformación digital que impactan la gestión pública a nivel global.
El Tech Summit contó con la presencia de destacados funcionarios, como el subsecretario de Innovación, Denis Pocasangre, y Federico Apostolo, director de Inversiones de la Agencia de Promoción de Inversiones y Exportaciones de El Salvador (Invest).
Ambas instituciones apoyan las iniciativas de transformación digital del Estado para beneficiar a la ciudadanía salvadoreña.
Durante el evento, se presentaron ponencias de alto nivel sobre la implementación de soluciones tecnológicas en la administración pública.
Temas destacados incluyeron la atención ciudadana mediante inteligencia artificial, el uso de biometría en el sector gubernamental, el caso de éxito de Estonia en Gobierno Digital, así como avances en salud digital y análisis de datos.
César Bendeck, CEO de Applaudo, destacó: “Creemos que la tecnología puede mejorar no solo la eficiencia de los gobiernos, sino también la calidad de vida de los ciudadanos. Este Tech Summit es una plataforma para dar a conocer soluciones innovadoras y encontrar oportunidades para continuar transformando digitalmente el sector público de El Salvador”.
El evento también exploró cómo las tecnologías emergentes están redefiniendo el futuro de la administración pública y su aplicación en diversas instituciones.
La colaboración entre Applaudo y Google Cloud se ha traducido en una serie de eventos y talleres destinados a informar y capacitar a las audiencias sobre el potencial impacto de la transformación digital.
Un ejemplo notable de su trabajo conjunto es el proyecto “El Salvador Maps”, implementado por Applaudo en colaboración con Google Cloud, que ha mejorado la accesibilidad y eficiencia en el uso de información geoespacial en el país.
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“She is My Boss” expande sus horizontes a Centroamérica con historias de mujeres inspiradoras
La serie abordará sobre la vida de Silvia Bruni y Fermina Cárdenas, dos salvadoreñas con una amplia trayectoria en sus campos laborales.
La serie documental “She is My Boss” ha llegado a Centroamérica con una nueva temporada que promete iluminar las vidas de mujeres excepcionales en la región. En esta tercera entrega, la serie destacará las historias de dos destacadas salvadoreñas: Silvia Bruni, vicepresidenta de Riesgos de Bancoagrícola, y Fermina Cárdenas, directora de Relaciones Corporativas de Grupo Cassa.
Silvia Bruni, quien ingresó a Bancoagrícola en 1997 como jefa de Análisis Financiero, ha escalado posiciones hasta convertirse en la primera mujer en integrar el Comité Ejecutivo del banco como vicepresidenta de Riesgos. Además de su carrera en el sector financiero, Silvia ha acumulado una amplia experiencia en organismos internacionales y el sector privado.
En sus palabras, Silvia expresa su entusiasmo por el impacto de “She is My Boss”, agradeciendo a la serie por ofrecer una plataforma para compartir historias de mujeres que, como ella, desafían las expectativas y abren caminos para otras.
“He sido muy afortunada de pertenecer a una empresa que promueve la diversidad, la equidad y la igualdad. Es un honor para mí ser parte de este grupo de mujeres, y que podamos inspirar a más niñas y mujeres a que todas podemos soñar en grande”, afirma Bruni.
Por otro lado, Fermina Cárdenas ha tenido una carrera diversa que abarca medios de comunicación, el ámbito político y el sector agroindustrial.
Su compromiso con el desarrollo sostenible la llevó a estudiar un posgrado en Desarrollo Sostenible y Participación Ciudadana en la Universidad Autónoma de Barcelona.
A su regreso a El Salvador, se dedicó a proyectos comunitarios y actualmente contribuye al desarrollo económico, ambiental y social a través de Grupo Cassa. Fermina resalta la importancia de la serie para crear espacios de diálogo y compartir experiencias: “Mi deseo es contribuir a un diálogo honesto desde la historia que me ha tocado vivir e incidir positivamente en las vidas de otras mujeres, especialmente de las jóvenes”.
La serie «She is My Boss», producida por LA7EM, una productora colombiana enfocada en el empoderamiento femenino, ha comenzado la grabación de su tercera temporada en septiembre en Guatemala.
La nueva temporada también visitará Costa Rica y Panamá, contando con las historias de mujeres como María Antonieta del CID, Mónica Nájera, Erica Sirk y Aimeé Sentmat.
A través de estos relatos, la serie busca inspirar y motivar a mujeres en toda la región a alcanzar sus metas y contribuir a una sociedad más justa y equitativa.
El contexto global en el que surge esta serie es preocupante. En 2023, alrededor de 2,700 millones de mujeres enfrentan restricciones legales que limitan su libertad de elección laboral, con 69 economías que imponen leyes restrictivas y 43 sin legislación contra el acoso sexual en el trabajo.
En respuesta, «She is My Boss» se presenta como una herramienta poderosa para visibilizar las luchas y logros de mujeres valientes.
Para aquellos interesados en seguir de cerca las historias de estas inspiradoras mujeres, los episodios de la serie están disponibles en www.sheismyboss.com y en el canal de YouTube de LA7EM.
La tercera temporada promete ofrecer relatos impactantes que celebran el espíritu indomable de mujeres que trabajan día a día por un mundo mejor.
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Construirán el edificio más alto de Santa Elena con 27 niveles
La torre habitacional estará lista para el año 2027 y la inversión es superior a los $45 millones.
El desarrollo inmobiliario en El Salvador continúa expandiéndose con el anuncio de la construcción de Origin Santa Elena, el edificio más alto de esta zona exclusiva de Antiguo Cuscatlán.
La empresa Sforma, parte de INGN Holding del Grupo Regalado, comenzará la construcción en noviembre de 2024.
Con una inversión de más de $45 millones, el proyecto contará con 27 niveles, tres de ellos destinados a estacionamientos, y se espera que esté terminado en el primer trimestre de 2027.
Origin Santa Elena ofrecerá 106 apartamentos dirigidos a un segmento de mercado medio y alto, con precios que inician en los $280 mil.
Los apartamentos tendrán entre 101 y 350 metros cuadrados y estarán distribuidos en cuatro modelos diferentes, con opciones de dos y tres habitaciones.
Todos los apartamentos contarán con terrazas y vistas, y su diseño modular se irá haciendo más esbelto a medida que el edificio se eleva, aumentando la privacidad en los niveles superiores.
El edificio ha sido diseñado por la firma guatemalteca Shoarq y adaptado por arquitectos salvadoreños.
Entre las amenidades que ofrecerá el complejo destacan una piscina infinita con carril de nado de 25 metros, una terraza social para 45 personas, una cocina compartida, un gimnasio y un espacio de trabajo colaborativo.
Marcela Velasco, gerente comercial de Sforma, resaltó que el diseño del edificio permitirá un control eficiente de la luz solar gracias a elementos que generan sombras, asegurando que el sol no será un problema para los residentes.
Además, Julio Segovia, CEO de Sforma, destacó que este es el primer desarrollo residencial del grupo en más de 20 años, con el cual buscan conectar a los residentes con su origen y mejorar su calidad de vida.
Se espera que la construcción de Origin Santa Elena genere unos 700 empleos y que la mitad de las unidades ya están reservadas debido al éxito de la preventa.
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Capacítate en las implicaciones teóricas y prácticas de la Ley de Procedimientos Administrativos
Bajo el objetivo de ofrecer una visión especializada del articulado de la Ley de Procedimientos Administrativos, con un enfoque centrado en la práctica, interpretación y relación con otros cuerpos legales que regulan las relaciones de la administración pública con la población, Derecho y Negocios anuncia el curso especializado “Estudio Exegético De La Ley De Procedimientos Administrativos”.
Un estudio exegético consiste en un método de hermenéutica jurídica que se basa en hacer una paráfrasis directa del texto; es tomar casi textualmente lo que dice la ley, y así aplicarlo a otros cuerpos normativos haciendo mención de la doctrina mas representativa y de los pronunciamientos jurisprudenciales que se tienen hasta el momento.
El seminario se realizará de manera virtual en la plataforma Zoom con una duración de 15 horas de capacitación continúa, estas serán divididas en cinco sesiones de dos horas y media de 6:30 P.M a 9:00 P.M y una de 9:30 A.M a 12:00 P.M, del cuatro al catorce de julio.
El curso especializado “Estudio Exegético De La Ley De Procedimientos Administrativos” ofrecerá un estudio profundo tomando de referencia la doctrina y las líneas jurisprudenciales más representativa hasta el momento.
Temario a desarrollar:
- Normas generales y empleo de las nuevas tecnologías
- Régimen jurídico del acto administrativo
- Invalidez del acto administrativo
- Régimen de la administración y del servidor público
- Regulación de la responsabilidad patrimonial
- Procedimiento administrativo
- Potestad sancionadora
- Potestad normativa
Dirigido a servidores públicos, gerentes de departamentos legales de empresas, áreas jurídicas de instituciones públicas, abogados en el libre ejercicio, colaboradores judiciales, estudiantes de derecho y para cualquier interesado en comprender las implicaciones teóricas y prácticas de la Ley de Procedimientos Administrativos.
El costo de inversión: $65.00. Pero de inscribirse antes del 10 de junio recibe un descuento de 25%. Así también, se cuenta con descuentos para estudiantes en nivel de licenciatura y empleados públicos.
El pago puede realizarse por medio de depósito o transferencia a cuenta del Banco de América Central, a nombre de Editorial DyN, S.A, de C.V. #200851947, o por medio, de compra directa con tarjeta de crédito o débito en la aplicación Descuentazo. Para más información escribirnos al correo comunicaciones@derechoynegocios.net o al WhatsApp 7587 8312.
La Ley de Procedimientos Administrativos (LPA) entró en vigencia el año pasado; sin embargo, aún existen zonas de confusión dentro de los abogados y de la propia administración pública, esta actividad vendría a aclarar el funcionamiento de dicha normativa.
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Inscríbete y participa en los Premios DyN este 20 de noviembre
Derecho y Negocios se prepara para entregar los Premios DyN de este año, en virtud de ello ya se han publicado las bases de participación que todas las firmas deben completar para participar y lograr obtener uno los premios a entregar.
Esto durante la celebración de su decimo segunda gala de aniversario. Reconocidas firmas serán galardonadas por su desempeño laboral durante el presente año, a la vez, se reconocerá la trayectoria de empresarios y personas jurídicas de El Salvador.
Las bases pasan por un riguroso proceso evaluativo realizado por la firma auditora KPMG, en el cual se asegura la transparencia y objetividad de todo el proceso.
Los premios reúnen a reconocidos abogados, empresarios, diplomáticos, funcionarios y más; así también, a las firmas legales más influyentes a nivel nacional, quienes compiten por obtener uno de los codiciados premios que se entregarán esa noche.
Este año Premios DyN serán divididos en 12 categorías:
- Firma en Derecho Corporativo
- Firma en Derecho Bancario y Financiero
- Firma en Litigios
- Firma en Propiedad Intelectual
- Firma del Año
- Firma Legal Especializada
- Firma Más Valorada Por Sus Clientes
- Firma con Mayor Crecimiento
- Firma en Derecho Tributario
- Departamento Legal Empresarial
- Proyección Profesional
- Abogada del Año
En la misma noche se entregarán reconocimientos a diferentes personalidades por su labor para el país durante el presente año, divididos en las categorías: Empresario Más influyente del Año, Trayectoria Empresarial del Año, Funcionario Más destacado del Año, Institución Pública Más Destacada del Año, Fundación Más Destacada del Año.
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