Casino con deposito minimo de 1 euro.

  1. Qué Es El Bono De Ruleta En Línea Sin Depósito: Si obtuvieras una coincidencia del 250%, multiplicarías tu bonificación por 2,5 x.
  2. Dónde Se Puede Jugar Al Blackjack - Esto le proporcionará la oportunidad de jugar y ganar dinero real.
  3. Será Posible Jugar Al Casino En Línea En Uruguay: StarVegas destaca por tener una amplia representación de tragaperras online de Novomatic..

Maquinas multijuegos de casino.

Prefieres Jugar A La Ruleta Del Casino En Línea Sin Descargar
Lo que más me gusta de MasterCard es que no tienen tarifas anuales.
Las Tragaperras En Es 2023
Y luego, las apuestas resultantes dependen de su suerte.
Echa un vistazo a nuestra revisión completa de esta máquina tragamonedas de frutas y también prueba su modo de demostración en esta página para descubrir si esta fruta es sabrosa o no.

Aplicacion tragamonedas.

Sitios De Casino Sin Tarjeta De Crédito En Es 2023
Otros están un poco confundidos con los gráficos inteligentes cuando no escriben los números antes de ir a jugar.
Slots Online Gratis Las Mas Nuevas En Es 2023
A los 13 casinos regulados por el estado de Indiana se les permitió reabrir con nuevos planes de seguridad que presentaron a la Comisión de Juegos de Indiana.
Spins Sin Depósito Bono De Bienvenida España

NUESTRAS REDES

Judicial

Sala de lo Contencioso Administrativo dirime sobre la naturaleza de actos materiales de la CCR

Foto del avatar

Publicado

el

Mediante resolución 20-22-RA-2023, la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) rechazó conocer un recurso de apelación presentado en proceso contra la Corte de Cuentas de la República (CCR) en la que se dirimía la calidad de posibles «actos materialmente administrativos» de actuaciones concretas de la CCR.

Hechos del proceso

El proceso tiene como raíz la decisión del Departamento de Participación Ciudadana y por el Organismo de Dirección de la CCR, de rechazar una denuncia presentada para investigar si se utilizaron fondos públicos en la contratación del software Pegasus de la empresa israelí NSO Group.

El 10 de febrero del 2022, el Departamento de Participación Ciudadana de la CCR, declaró improcedente la petición de investigar si se utilizaron fondos públicos para la adquisición del denominado spyware Pegasus; determinar si se contrataron los servicios de la sociedad mercantil NSO Group Technologies Ltd.; y, en caso de corroborarse el primer asunto, desarrollar un examen especial de fiscalización.

El fundamento de esta decisión fue, en lo esencial, que “(…) los hechos mencionados por los denunciantes no corresponden a las atribuciones que por ley tiene conferido [el] ente de Control fiscal externo; ergo: la Corte de Cuentas no es competente para conocer de lo denunciado (…)”.

La anterior declaración fue confirmada por el Organismo de Dirección de la CCR, mediante la resolución de las 09:30 horas del 16 de mayo de. 2022, basado en que “(…) investigar la presunta adquisición del software para realizar operaciones que vulneren nuestro marco legal, es una atribución que se encuentra fuera del ámbito de competencia de [la] Corte de Cuentas de la Republica».

Argumentos de los apelantes

Los recurrentes, representantes de la asociación Cristosal, alegan que el procedimiento aplicable para el trámite de su denuncia ciudadana, ante la CCR, se encuentra sujeto al estatuto del derecho administrativo.

Señalan que la cámara, al estimar que las decisiones impugnadas en la primera instancia no eran “actos materialmente administrativos”, inobservo el estatuto jurídico aplicable a la denuncia antedicha. Argumentaron que las decisiones emitidas por el Departamento de Participación Ciudadana y por el Organismo de Dirección son producto del ejercicio de “facultades administrativas”, no jurisdiccionales.

Explican que los actos impugnados en la primera instancia forman parte del “procedimiento administrativo” regulado por el Reglamento para el Trámite de la Denuncia Ciudadana (RTDC) y no corresponde a una facultad de fiscalización propia de la CCR, y que tiene como inicio la denuncia presentada.

Concluyen que las decisiones cuestionadas ante la cámara, según el criterio objetivo y material, y en atención a la teoría residual de la función administrativa; si son actos materialmente administrativos. Los recurrentes aseveran que la cámara, al estimar que las decisiones impugnadas en la primera instancia no eran “actos materialmente administrativos”; creo una zona exenta de control jurisdiccional, facilitando que los tribunales contencioso-administrativos rehúsen su competencia para conocer de dichas categorías.

Resolución judicial

Como autoridad apelada, la Cámara de lo Contencioso Administrativo resolvió que la pretensión no está dirigida a ningún control infraconstitucional en el ámbito del derecho administrativo, pues, en todo caso, el ejercicio del derecho de acción, más bien, es de materia constitucional.

«Por lo anterior, las actuaciones objeto de impugnación en este caso vienen a configurar una de las materias excluidas de control en la jurisdicción contencioso-administrativa, por tratarse de potestades constitucionales propias de la CCR. tal como es la función fiscalizadora administrativa, la cual no encaja en aquellas actuaciones sujetas al derecho administrativo».

En su resolución, como primer punto, la Sala de lo Contencioso aseveró que «el contenido esencial y motivación de las decisiones referenciadas, las mismas constituyen simples actos de denegación del ejercicio de la potestad fiscalizadora de la Hacienda Pública. En rigor técnico, no se trata de actos de fiscalización sino, más bien, decisiones de rechazo franco del ejercicio de la función constitucional que corresponde a la CCR, con su debida justificación (que no es objeto de análisis en esta sede)».

«Esta sala constata que la calificación jurídica de la cámara, relativa a que las decisiones que fueron impugnadas en la primera instancia no eran “actos materialmente administrativos”; es un pronunciamiento judicial ajustado a derecho, que analizo y determino la verdadera naturaleza jurídica de las resoluciones objetadas en la demanda», resolvió la Sala.

Como otro punto, la Sala señaló que, es «incuestionable» que la solicitud de los apelantes pretendía el desarrollo de una actividad de fiscalización de la Hacienda Pública, no un acto administrativo.

Considera que en el caso de admitirse la denuncia y advertirse infracciones a la ley, su resultado sería el inicio de un juicio de cuentas que, a la postre, derivaría en una sentencia propia de la jurisdicción especial de la CCR, como regula el procedimiento establecido en el RTDC, en los artículos 3, 10, 12 y 17 de la normativa.

«La correcta interpretación de las normas y actuaciones que comprende el RTDC permite advertir que el procedimiento instituido en tal ordenamiento posee la naturaleza especial de diligencias previas a un juicio de cuentas[…] En este sentido, las actuaciones formadas en tal procedimiento por las autoridades respectivas no son de naturaleza administrativa. Ergo, erran los recurrentes al sostener que el Departamento de Participación Ciudadana de la CCR ejerció “función administrativa” en la recepción y rechazo de la denuncia ciudadana del caso», resuelve la sala.

Click para comentar

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Leer más
Publicidad

Judicial

Tribunal recibe solicitudes de agrupación de 1,828 presuntos pandilleros de la MS-13

Foto del avatar

Publicado

el

El Tribunal 1° contra el Crimen Organizado de San Salvador recibió ayer la solicitud de agrupación de 1,828 presuntos integrantes de la organización criminal Mara Salvatrucha (MS-13), presentadas por la oficina fiscal de Santa Tecla.

Los acusados, vinculados a los programas Porteño y Libertad de la MS-13, enfrentan cargos por el delito de agrupaciones ilícitas en perjuicio de la paz pública, así como otros delitos conexos como tráfico ilícito y tenencia, portación o conducción ilegal e irresponsable de armas de fuego.

La investigación los relaciona con once clicas: cuatro del programa Porteño y siete del programa Libertad. Entre los acusados se encuentran individuos con rangos de corredores de programa, corredores de clica, homeboys, observación y chequeos.

Estas solicitudes de agrupación se enmarcan en el decreto legislativo N.º 803, que permite a la Fiscalía agrupar a los acusados en un mismo proceso según el territorio donde cometían los hechos delictivos.

Leer más

Judicial

Fiscalía agrupa a 2,330 miembros de la Mara Salvatrucha en Nuevos Expedientes

Foto del avatar

Publicado

el

La Fiscalía General de la República ha presentado nuevas solicitudes para agrupar a 2,330 terroristas de la Mara Salvatrucha en cuatro expedientes distintos. Estos individuos, pertenecientes a diversas clicas, han estado involucrados en extorsiones y asesinatos en varias localidades de La Libertad, San Salvador, la zona Paracentral y los departamentos del oriente del país.

Ayer, la Fiscalía presentó tres peticiones ante tribunales contra el Crimen Organizado, basadas en las áreas donde delinquían 1,202 de estos terroristas. Las solicitudes fueron realizadas según las siguientes zonas:

  1. San Salvador:
  • 383 terroristas agrupados en varios programas de clicas específicas:
    • 132 pandilleros del programa centro de la clica Paraísos Gánster Salvatruchos, operativos en la capital.
    • 104 miembros de la clica Destroyer Criminal Locos Salvatruchos, activos en Apopa.
    • 85 imputados de las clicas Cusca Locos Salvatruchos (13) y Maníacos Locos Salvatruchos (72).
    • 44 miembros de la clica Bella Vista Locos Salvatruchos, operativos en San Marcos.
  • Todos enfrentan cargos por el delito de agrupaciones ilícitas.
  1. Zona Paracentral:
  • 158 imputados pertenecientes a la clica Agua Zarca de la MS.
  1. Oriente del País:
  • 661 imputados, divididos en las siguientes clicas:
    • 135 miembros de la clica Sitios Locos Salvatruchos.
    • 232 de la clica Normandis Locos Salvatruchos.
    • 206 de la clica Parkview Locos Salvatruchos.
    • 88 de la clica Coronados Little Cycos.
  • Estos individuos también enfrentan cargos por agrupaciones ilícitas
Leer más

Judicial

Inicio del Juicio contra el expresidente Mauricio Funes por negociaciones ilícitas

Foto del avatar

Publicado

el

Ayer, el Tribunal Quinto de Sentencia de San Salvador inició el juicio contra el expresidente de la República, Mauricio Funes, quien gobernó El Salvador de 2009 a 2014 bajo la bandera del Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional (FMLN). Funes enfrenta acusaciones de realizar negociaciones ilícitas entre 2012 y 2014, específicamente en la construcción del puente San Isidro sobre el río Lempa, en Chalatenango. Se le imputa haber aceptado como dádiva una avioneta a cambio de favorecer dichas negociaciones.

La Fiscalía cuenta con una vasta cantidad de pruebas contra Funes, incluyendo más de 230 documentos, testimonios de 34 testigos y pruebas periciales. Estas pruebas serán presentadas durante el juicio para respaldar las acusaciones de casos especiales de lavado de dinero y activos. Dado el peso de las evidencias, la Fiscalía ha anunciado que solicitará la pena máxima para el exmandatario.

Mauricio Funes se encuentra en Nicaragua desde 2016, donde recibió la nacionalidad de ese país, lo que ha complicado su extradición. Funes ya ha sido condenado en ausencia en otros casos. En mayo de 2022, fue sentenciado a 14 años de prisión por delitos relacionados con una tregua entre pandillas durante su gobierno. Posteriormente, en julio de 2023, recibió una condena adicional de 6 años por defraudación fiscal.

Además de estos casos, Funes enfrenta varias acusaciones penales y civiles. Está acusado de malversar más de 351 millones de dólares de fondos estatales y de corrupción en la construcción de una represa, lo que refleja un patrón de presunta conducta delictiva durante su administración.

Leer más

Judicial

Exdiputado del FMLN y su familia demandados por enriquecimiento ilícito

Foto del avatar

Publicado

el

La Fiscalía General de la República (FGR) ha presentado una demanda civil por enriquecimiento ilícito contra el exdiputado del FMLN, Guillermo Francisco Mata Bennet, y sus dos hijos, debido a un incremento patrimonial no justificado por un monto total de $271,314.65 dólares. La acción legal fue interpuesta ante la Cámara Ambiental de Segunda Instancia de Santa Tecla por la Unidad Especializada en Delitos de Corrupción de la FGR.

Guillermo Francisco Mata Bennet, quien sirvió como diputado en dos períodos (del 1 de mayo de 2012 al 30 de abril de 2015, y del 1 de mayo de 2015 al 30 de abril de 2018), enfrenta acusaciones por inconsistencias en su patrimonio, que suman $13,270.00 dólares. Estas irregularidades incluyen depósitos bancarios en efectivo, compra de vehículos y pagos de créditos hipotecarios.

La demanda también involucra a sus hijos:

Guillermo Eduardo Mata Mayorga: se le reclama un monto de $251,675.80 dólares.

Jorge Alberto Mata Mayorga: se le reprocha la cantidad de $6,357.85 dólares.

El proceso civil se inició después de que la Corte Suprema de Justicia notificara a la FGR sobre las irregularidades en las declaraciones patrimoniales del exdiputado y sus hijos. La documentación presentada por la Fiscalía incluye información detallada sobre el patrimonio de los demandados, evidenciando 15 irregularidades que no han podido ser justificadas.

Leer más

Judicial

Fiscalía demanda a exsecretario de la presidencia por enriquecimiento ilícito

Foto del avatar

Publicado

el

La Fiscalía General de la República ha presentado una demanda civil por enriquecimiento ilícito contra Francisco José Cáceres Zaldaña, exsecretario privado de la presidencia durante la gestión del exmandatario Mauricio Funes, y su grupo familiar. La demanda asciende a un monto total de $3,892,095.46 dólares y ha sido presentada ante la Cámara Ambiental de Segunda Instancia de Santa Tecla.

Francisco José Cáceres Zaldaña, quien ocupó su cargo entre 2009 y 2014, enfrenta reclamaciones por un monto de $3,541,407.87 dólares. La Fiscalía señala 44 irregularidades relacionadas con depósitos en efectivo y cheques en cuentas de ahorro, así como pagos de préstamos y tarjetas de crédito.

La demanda también involucra a su esposa, Reina Guadalupe Flores de Cáceres, quien enfrenta acusaciones por 11 inconsistencias en depósitos a cuentas de ahorro, además de la adquisición de vehículos e inmuebles por un valor de $346,553.85 dólares. Asimismo, su hija, Mariana Cáceres Flores, es señalada por una irregularidad en depósitos a una cuenta corriente por un monto de $6,133.74 dólares.

El caso se fundamenta en un informe de la Corte Suprema de Justicia, emitido en 2024, que ordenó un juicio civil contra Cáceres Zaldaña debido a las irregularidades detectadas en sus declaraciones patrimoniales. La documentación de la demanda está compuesta por 32 piezas que detallan la información patrimonial de los implicados.

Este proceso representa un esfuerzo significativo por parte de la Fiscalía General de la República para combatir la corrupción y garantizar la transparencia en el manejo de fondos públicos. La Unidad Especializada en Delitos de Corrupción ha sido la encargada de presentar el caso, reflejando la prioridad de este tipo de investigaciones en la agenda judicial del país.

El desarrollo del juicio civil será seguido de cerca, dado que implica a un alto exfuncionario y a su familia, y podría sentar precedentes importantes en la lucha contra el enriquecimiento ilícito y la corrupción en El Salvador.

Leer más

Popular