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Nueva interpretación de la Ley de Impuesto sobre la Renta entra en vigencia este 19 de mayo

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La interpretación auténtica del artículo 28 de la Ley de Impuesto sobre la Renta entrará en vigencia este 19 de mayo, según la publicación realizada en el Diario Oficial el pasado 11 de mayo de 2026.

La reforma aclara los requisitos para deducir pérdidas, mermas y gastos relacionados con la producción de renta en actividades comerciales, industriales y de servicios.

Reforma aclara requisitos para gastos deducibles

La nueva interpretación establece que las pérdidas consideradas como gasto deducible deberán estar registradas en la contabilidad o en registros especiales del contribuyente.

Además, la disposición indica que estas deducciones podrán aplicarse aunque no resulte impuesto computado.

El artículo 28 regula los costos y gastos necesarios para producir renta, incluyendo mermas, pérdidas y otros gastos vinculados con actividades económicas.

Con la actualización, las autoridades buscan precisar el alcance de las deducciones fiscales permitidas bajo la legislación tributaria vigente.

Interpretación mantiene cambios aprobados en 2019

La normativa ya había recibido una interpretación auténtica en mayo de 2019. En ese momento, se aclaró que los costos y gastos deducibles debían estar destinados exclusivamente a la actividad económica del contribuyente.

La reforma vigente mantiene ese criterio y agrega la obligación de documentar y registrar adecuadamente las pérdidas y mermas deducibles.

Asimismo, el texto señala que esos registros podrán constar en la contabilidad formal o en registros especiales autorizados.

Medida impactará procesos tributarios y contables

La entrada en vigencia de la interpretación podría influir en los procesos contables y fiscales de empresas y contribuyentes.

Especialistas en materia tributaria deberán ajustar la documentación y los controles relacionados con gastos deducibles para cumplir con los nuevos criterios legales.