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Aspectos importantes sobre la Ley Especial para la Delimitación de Derechos Pro indivisos Inmobiliarios

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Escrito por: Adriana Beatriz Morán de Jaimes | Asociada Central Law El Salvador

El pasado 11 de septiembre entró en vigor la Ley Especial para la Delimitación de Derechos Pro indivisos Inmobiliarios, cuyo objetivo principal es delimitar e inscribir como cuerpo cierto, las porciones de los inmuebles que les correspondan a la o las personas titulares de derechos de propiedad en estado de proindivisión.

Antes de enfocarnos sobre los aspectos que aborda esta Ley, es importante mencionar a qué hacemos referencia cuando hablamos de “Derecho Proindiviso”, y es que, en El Salvador, más de 19 mil propiedades se encuentran en estado de proindivisión, lo que indica que muchos salvadoreños son copropietarios de una propiedad, es decir, que son dueños en conjunto con una o varias personas de una parcela , terreno o lote, no pudiendo acotar, determinar o definir qué área o porción le corresponde a cada uno.

Algo que es vital destacar sobre la Copropiedad, es que no genera dominio sobre partes determinadas del inmueble a los copropietarios, sino un derecho de propiedad sobre una parte alícuota o proporcional; y para que un derecho proindiviso se determine, como un derecho de propiedad pleno, es necesario delimitarlo materialmente, para poder reunir así, los tres elementos del derecho de propiedad, los cuales son Uso, Goce y la Libre disposición, y esta Ley Especial trata de concretizar el Derecho de propiedad como tal.

Esta Ley no es la primera en aprobarse en el país, pues en el año 2016 se aprobó una similar, pero de carácter transitorio, caducando sus efectos dentro del plazo de 5 años, venciendo el pasado 15 de julio. La actual ley es una ampliación de la anterior, con algunas novedades, siendo las más destacadas la perpetuidad, e inclusión de los beneficiarios de la reforma agraria, a quienes no contemplaba la anterior ley.

Ahora bien, es importante preguntarnos ¿Cómo se acota o delimita un Derecho Proindiviso?

El acotar un derecho proindiviso, por regla general es a través de la figura de la Partición, la cual se regula en nuestro Código Civil. Pero hay situaciones que impiden realizar el acotamiento por medio de esta figura, Por ejemplo: En la zona oriental y occidental es donde más se presentan estos problemas, debido a los múltiples fraccionamientos de la propiedad, ya sea porque se dejó en herencia un inmueble a 10 personas, y algunos de ellos vivan en el extranjero, hayan fallecido, vendido su derecho, o simplemente se desconozca el paradero, en esos casos la partición se vuelve difícil, pues se necesita que todos estén presentes para poder llevarla a cabo. Es ahí donde esta Ley viene a facilitar estos casos.

¿Por qué es Importante delimitar los Derechos Pro indivisos?

Movilidad en las transacciones jurídicas: El no acotar la porción de terreno a la cual el copropietario es dueño, le hace más difícil poder aplicar a créditos, por no contar con un título de propiedad.

Reconoce y Garantiza el Derecho a la propiedad privada y posesión: El Derecho Proindiviso, existe en abstracto sobre el inmueble con relación al porcentaje que representa, siendo el Estado, el obligado a través de la Constitución de la República a reconocer y garantizar el derecho a la propiedad privada y posesión, a ser protegida en la conservación y defensa de ésta.

Seguridad material: El Derecho Proindiviso, no cuenta con seguridad material, ya que los copropietarios desconocen la parte que les corresponde dentro de la totalidad del inmueble.

¿Quiénes son Beneficiarios de esta Ley?

La presente Ley es aplicable únicamente a los Derechos de propiedad que se encuentren en estado de proindivisión, que cumplan lo siguiente:

No sea posible de conformidad con el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas, determinar la totalidad de los copropietarios;

Que, en la matrícula registral, existan cinco o más copropietarios, y se justifique la imposibilidad de ubicarlos a todos, a efecto de realizar la partición del inmueble;

No deseen seguir en estado de proindivisión; y,

Ejerzan posesión sobre una porción acotada del inmueble general.

Es decir, esta Ley no es aplicable a todos los titulares de derechos pro indivisos, únicamente a los que se encuentran en las situaciones antes mencionadas. Así mismo, se excluyen los sometidos a la Ley de Propiedad Inmobiliaria por Pisos y Apartamientos.

Conclusiones

Como hemos mencionado anteriormente, en El salvador existe un considerable número de personas naturales y jurídicas poseedoras de derechos de propiedad en estado de proindivisión,

quienes, a pesar de no desear continuar con dicho estado, no cuentan con las condiciones para iniciar diligencias judiciales o extrajudiciales de partición, para delimitar físicamente sus derechos. Esto genera limitantes jurídicas, como no tener la libre disposición del inmueble, o no acceder a créditos bancarios, por no contar con título propio.

Esta Ley se encarga de brindar certeza jurídica de las propiedades en estado de proindivisión a las familias salvadoreñas, estableciendo un procedimiento que permite delimitar su porción e inscribirla ante el Registro correspondiente, brindado la seguridad jurídica que su porción está inscrita y reconocida por el estado, pudiendo así hacer uso, goce y libre disposición como propietario.

Sin embargo, a pesar que esta Ley será de beneficio para muchos salvadoreños, la misma no solo debe quedar en su aprobación y promulgación, sino que debe estar amparada y respaldada por todo un mecanismo de difusión por parte de las instituciones encargadas, en este caso a través del Centro Nacional de Registros, realizando campañas de capacitación para profesionales del derecho, arquitectos, ingenieros civiles, que son los profesionales involucrados en el proceso establecido por la ley, esto con el objetivo de brindar una solución más integral a las personas que se encuentran en este tipo de necesidades.


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El auge de franquicias en El Salvador: Una oportunidad de crecimiento económico

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Escrito por: Adriana Beatriz Morán | Abogado y Notario | Asociada Senior | Central Law El Salvador

El mercado de Franquicias mejor conocido como “Franchising” ha cobrado una relevancia significativa en el panorama empresarial salvadoreño en los últimos años, este modelo de negocio, que implica la réplica de un formato exitoso bajo una marca reconocida, ha demostrado ser una estrategia efectiva para la expansión empresarial y el desarrollo económico. En este artículo, explicaremos el fenómeno de las franquicias en El Salvador, analizando su impacto en la economía local y las oportunidades que brinda tanto para emprendedores como para inversores. 

Crecimiento y diversificación del mercado de franquicias en El Salvador:

En los últimos años, el mercado de franquicias en El Salvador ha experimentado un notable crecimiento y diversificación. Desde 2019, se ha reportado que 26 marcas salvadoreñas han desarrollado modelos de negocios de franquicias, estableciendo presencia a nivel nacional como internacional mediante el “Programa de Franquicias y otras Vías Asociativas”, llevado a cabo por la Corporación de Exportadores de El Salvador (COEXPORT) en colaboración con Front Consulting International (FCI).  

Impacto en el Empleo y la Generación de Riqueza:

El modelo de franquicia ha demostrado ser una fuente importante de empleo en El Salvador. Según un estudio realizado por la Universidad de El Salvador en colaboración con el Ministerio de Economía, las franquicias representan aproximadamente el 12% de los empleos formales en el país. Además, la expansión de estas franquicias ha generado oportunidades para emprendedores locales, quienes pueden acceder a modelos de negocio probados y contar con el respaldo de una marca reconocida, lo que reduce el riesgo asociado al inicio de un nuevo negocio, debido a que a nivel mundial un 10% de los emprendimientos que inician de cero tienden a desaparecer antes del quinto año de vida, sin embargo, con la creación de franquicias, las personas que deseen emprender un negocio reducen sus riesgos por tener el acompañamiento del dueño de la marca.

Crecimiento del PIB

El crecimiento económico de El Salvador ha sido impulsado, en parte, por el sector de franquicias. Este sector contribuye al crecimiento del PIB del país a través de la generación de ingresos y la activación de la demanda interna.

Apoyo gobierno y desarrollo continuo

El gobierno de El Salvador ha implementado políticas de apoyo a la inversión y al emprendimiento, lo que facilita el desarrollo de franquicias en el país. Además, la ubicación estratégica de El Salvador provee ventajas logísticas para la expansión hacia mercados regionales.

El desarrollo de franquicias salvadoreñas continúa mostrando señales positivas de crecimiento y ofrece oportunidades tanto para empresarios locales como para inversores interesados en modelos de negocio probados y exitosos en el mercado. La tendencia apunta a un futuro prometedor para las marcas salvadoreñas que apuesten por este camino de expansión a través de franquicias.

Atracción de inversiones

El clima de negocios favorable y el potencial de crecimiento del sector de franquicias en El Salvador pueden atraer mayores inversiones al país. Esto no solo refuerza la economía local, sino que también mejora la imagen de El Salvador como destino de inversión.

Beneficios de invertir en una franquicia en El Salvador 

Las franquicias ofrecen una serie de ventajas tanto para los franquiciadores como para los franquiciados en El Salvador, entre los beneficios más destacados se encuentran:

  1. Rentabilidad: Las franquicias suelen tener un índice de éxito mayor que los negocios independientes. Esto se debe a que ya cuentan con modelo de negocio probado y una marca reconocida, lo que atrae a los clientes y facilita la generación de ingresos.
  2. Estabilidad: Al invertir en una franquicia, se obtiene el respaldo de una empresa con experiencia y conocimiento en el mercado. Esto brinda estabilidad y reduce el riesgo de fracaso.
  3. Apoyo y Capacitación: Los franquiciadores proporcionan un amplio respaldo en áreas como capacitación del personal, marketing y gestión operativa, lo que facilita la puesta en marcha y el crecimiento del negocio.
  4. Red de proveedores: Al formar parte de una franquicia, se tiene acceso a una red de proveedores ya establecida, lo que facilita el abastecimiento de productos y servicios.
  5. Reconocimiento de Marca: Al asociarse con una franquicia reconocida, los franquiciados se benefician del prestigio y la reputación de la marca, lo que puede aumentar la lealtad de los clientes y acelerar el retorno de la inversión.

Desafíos y oportunidades para el crecimiento continuo:

A pesar del crecimiento constante del sector de franquicias en El Salvador, aún existen desafíos que deben abordarse para garantizar su sostenibilidad a largo plazo. Entre estos desafíos se incluyen:

  • La falta de regulación específica para el sector, ya que en El Salvador no existe una Ley de Franquicias propiamente dicha, ya que los contratos de franquicias actualmente son regulados por las disposiciones de las Licencias de Uso de Marca, regulado en los artículos 35 y 36 de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos. 
  • La necesidad de fortalecer la formación y capacitación de los franquiciados locales, así como la adaptación de los modelos de negocio a las particularidades del mercado salvadoreño. 

Sin embargo, estos desafíos también representan oportunidades para el crecimiento continuo del sector, especialmente a través de alianzas estratégicas entre el sector privado, el gobierno y las instituciones académicas.

¿Por qué invertir en una franquicia en El Salvador?

  • El Salvador es un país con un mercado en crecimiento. Esto brinda un entorno favorable para el establecimiento y desarrollo de nuevas franquicias.
  • Las franquicias ofrecen un modelo de negocio probado, lo que reduce los riesgos asociados con la apertura de un nuevo emprendimiento. Al invertir en una franquicia, se cuenta con el respaldo de una marca reconocida y la experiencia del franquiciador.
  • El mercado salvadoreño es receptivo a las franquicias, ya que los consumidores buscan marcas reconocidas y productos de calidad. Esto facilita la captación de clientes y la generación de ingresos.
  • El sistema de franquicias permite acceder a una variedad de sectores y tipos de negocios, desde restaurantes y tiendas de moda hasta servicios de salud y educación. Esto brinda opciones para encontrar una franquicia que se ajuste a los intereses y habilidades del inversionista.

Por tanto, invertir en una franquicia en El Salvador puede ser una excelente oportunidad para aquellos emprendedores que buscan un modelo de negocio probado y con potencial de crecimiento. Sin embargo, es importante realizar un análisis exhaustivo antes de tomar una decisión, evaluar el mercado local y las condiciones específicas de cada franquicia.

En conclusión, el auge de las franquicias en El Salvador representa una oportunidad única para impulsar el crecimiento económico y la creación de empleo en el país. A medida que el sector continúa extendiéndose y diversificándose, es fundamental que se establezcan políticas y regulaciones claras que promuevan un entorno favorable para el desarrollo de franquicias, así como programas de apoyo y capacitación para emprendedores locales. Con un enfoque estratégico y colaborativo, las franquicias pueden seguir siendo un motor clave para el desarrollo empresarial y económico en El Salvador.

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Un nuevo impulso a la micro y pequeña empresa

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Escrito por: Mauricio José Guandique Cabezas | Abogado asociado de Benjamín Valdez & Asociados

Con un objetivo claro, que es la integración al sector formal de una gran parte del comercio informal, es que surge esta iniciativa.  Es para que todos aquellos comerciantes informales, ya sean micro, pequeñas o medianas empresas, puedan tener una vía mucho más sencilla y económica para integrarse al comercio formal y a la dinámica del ordenamiento mercantil.

El pasado mes de diciembre la Asamblea Legislativa aprobó reformas al Código de Comercio de El Salvador, dentro de las cuales se incorpora un tema novedoso, por lo menos dentro de nuestro ordenamiento jurídico; hablamos de las Sociedades por Acciones Simplificadas.

Pero ¿En qué consisten estas Sociedades que serán conocidas como las “SAS”?  Pues bueno, uno de los elementos que más ha llamado la atención, es que estas sociedades pueden ser constituidas por una sola persona y, además, podemos destacar los siguientes puntos:

  • Pueden ser constituidas por una persona, ya sea natural o jurídica.
  • El capital social puede establecerse libremente a partir del monto mínimo de $1.00; las partes pueden realizar el pago, además del efectivo, en bienes, especie o industria.
  • Se constituirán, modificarán, transformarán, disolverán, liquidarán y realizarán todos sus actos sociales mediante formularios que emitirá el Registro de Comercio de El Salvador.
  • Se permitirá que los formularios, puedan gestionarse con firma electrónica certificada; igualmente, los títulos de las acciones podrán ser representados de forma electrónica.
  • Las juntas de accionistas y las directivas también pueden llevarse a cabo con deliberación en línea; de igual manera, podrá serlo el uso de los libros, permitiendo cualquier medio tecnológico que asegure la identificación de los asistentes, la confidencialidad y la conservación de la información.
  • Pueden adoptar el régimen de capital variable.
  • No será obligatorio el nombramiento de auditor interno, externo o consejo de vigilancia (cuando sean clasificadas por su cuantía como microempresas).
  • Podrán ser creadas por una sociedad extranjera, cumpliendo con los requisitos de los documentos constitutivos en el país de origen, traducidos al idioma castellano (en caso aplique), debidamente apostillados. Además, deberán presentar el documento que compruebe en dicho país la Representación Legal y el nombramiento de apoderado para que se apliquen de igual forma en El Salvador.

Sin duda, esto representa un esfuerzo para impulsar la formalización de los pequeños comerciantes.  Hay muchos aspectos de carácter novedoso y en algunos casos hasta de innovación tecnológica, que podemos rescatar de estas reformas como anteriormente lo mencionamos, como lo es el hecho de que las acciones podrán ser representadas por títulos electrónicos, y que las juntas de accionistas y directivas pueden llevarse a cabo con deliberación en línea. 

Sabemos que después del año 2020 muchas empresas adoptaron las videoconferencias como alternativa ante la emergencia sanitaria del COVID 19, lo cual con el tiempo se ha visto incrementado para aliviar el tema de la movilidad en algunas ciudades, o por simples mecanismos de comodidad.  Si bien es cierto es un tema que ya se contemplaba en las sociedades anónimas, en las SAS estas están reguladas de manera expresa y podrán realizar este tipo de acciones para la toma de decisiones por cualquier medio tecnológico que asegure la identificación de los asistentes, la confidencialidad y la conservación de la información. 

Otra ventaja es la agilización de la tramitología y la facilidad para los comerciantes.  Ejemplo de esto es que estas sociedades se constituirán, modificarán, transformarán, disolverán, liquidarán y realizarán todos sus actos sociales mediante formularios que emitirá el Registro de Comercio de El Salvador, contrario a las constituciones en escritura pública requeridas para los otros tipos de sociedades.  Se permitirá también que los formularios se gestionen con firma electrónica certificada; esto facilita en gran medida la formalización de los microempresarios, al incurrir en gastos mínimos tanto de tiempo como de dinero. 

Las reformas al código también establecen la gratuidad para las inscripciones de las sociedades por acciones simplificadas, durante el plazo de un año contado a partir de la entrada en vigencia de la reforma.  Esto incluye la inscripción de los formularios de constitución de sociedades por acciones simplificadas en El Salvador, así como el de su matrícula de empresa, local, sucursal o agencia por primera vez, ya que no causarán ningún tipo de derechos de arancel ante el Registro de Comercio del Centro Nacional de Registros de El Salvador. 

Ahora bien ¿qué pasa con aquellas sociedades ya constituidas que quieran adoptar el régimen de una SAS?  Esto se puede realizar a través de la transformación o fusión de sociedades existentes, previa aprobación de la junta general y la modificación al pacto social.  Este es otro de los puntos importantes de esta reforma, ya que muchos comerciantes se han visto forzados a crear sociedades anónimas de capital variable, por ser estas la alternativa de uso común en nuestro medio, pero no era una opción viable para quienes tienen operaciones pequeñas y sobre todo porque muchas veces no logran dar seguimiento a todas las formalidades que establece la ley para estas sociedades de capital, y fácilmente pueden caer en incumplimientos de requerimientos mínimos. 

Es por ello que, una transformación a este tipo de sociedades ayudará mucho para poder tener un funcionamiento más concentrado y con mucho mejor control sobre los aspectos legales de la organización.

Ahora bien, si es cierto que este es un tema nuevo en El Salvador, otros países en la región como México, Argentina y Colombia ya han adoptado figuras de sociedades por acciones simplificadas.  Como es de esperar, en cada uno de estos países con algunas particularidades; pero en todos surge un comentario en común, que es la preocupación que, por el tipo de forma de organización y los pocos requerimientos para su funcionamiento, pueden llevar a que estas sociedades sean mal utilizadas para actividades ilícitas, como la evasión de impuestos.  Es por eso que también aparejadas a estas se recomienda que deben de existir mecanismos de control para que estas tengan una funcionalidad correcta.

En resumen, todos sabemos que la economía y la tecnología son mucho más rápidas que el Derecho, y que éste debe de actualizarse de manera periódica para seguir cumpliendo con las necesidades de regularización y seguridad jurídica del comercio y de la sociedad en general. 

Es por ello que, realizar este tipo de actualizaciones puede verse con muy buenos ojos para la dinámica económica de un país y sobre todo cuando es para impulsar comercio de carácter formal.  Esto contribuirá a la inclusión financiera y bancaria en el país, como una nueva forma de crear empresas en El Salvador.

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Franquicias en El Salvador: Desafíos legales y la propiedad intelectual

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Escrito por: Paola Lambert | Asociada Torres Legal | plambert@torres.legal 

La economía de El Salvador, en su camino hacia la modernización y la globalización, ha visto en el modelo de franquicias una oportunidad dorada para la expansión comercial y el desarrollo empresarial. Este modelo no solo ha permitido a las marcas locales e internacionales ampliar su presencia en el mercado, sino que también ha planteado desafíos únicos en términos de regulación legal, especialmente en el ámbito de la propiedad intelectual.

Aunque la ‘‘Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos’’, en adelante ‘‘Ley de Marcas’’, ofrece un marco para proteger los derechos de propiedad intelectual, es crucial reconocer que las franquicias requieren una consideración legal más amplia que abarque otras áreas legales.

Uno de los vacíos significativos en la legislación actual es la falta de normas específicas que rijan las operaciones de franquicias más allá de la protección de la propiedad intelectual. Esta omisión pone de relieve la necesidad de regulaciones adicionales que contemplen aspectos contractuales, de competencia, laborales y de protección al consumidor, fundamentales para el funcionamiento armónico y justo de las franquicias. En ausencia de disposiciones contractuales explícitas, los interesados en el modelo de franquicia se encuentran en una posición de incertidumbre, lo que podría desincentivar la inversión y el crecimiento de este sector.

La presente discusión aboga por un enfoque regulatorio más integral que no solo consolide la protección de la propiedad intelectual dentro del marco de franquicias, sino que también establezca normativas claras y justas que rijan las relaciones entre franquiciantes y franquiciados. Estas normas deberían servir como un piso regulatorio sobre el cual se puedan construir acuerdos contractuales, asegurando así que todas las partes involucradas operen bajo un conjunto de reglas transparentes y equitativas. La implementación de un marco legal más comprensivo y específico para las franquicias fomentaría un ambiente de negocios más seguro y atractivo, estimulando el crecimiento económico y promoviendo la innovación en el tejido empresarial salvadoreño. 

En lo que respecta a la Ley de Marcas, la misma habilita al titular de una marca registrada a conceder licencias para su uso; un mecanismo legal fundamental para el desarrollo de franquicias. Este aspecto de la ley es crucial debido a que esta establece que el contrato de licencia de uso puede surtir efectos frente a terceros sin necesidad de registro en el Registro de la Propiedad Intelectual.

Esta disposición facilita la flexibilidad operativa entre el franquiciante y el franquiciado, permitiendo que la relación comercial se establezca con cierta agilidad. Sin embargo, es necesario destacar que el hecho de que el licenciatario pueda solicitar la inscripción de la licencia únicamente para efectos de hacer del conocimiento público la existencia de la licencia introduce un elemento de seguridad jurídica que puede ser tanto una ventaja como una limitación, dependiendo de cómo se maneje en la práctica.

El procedimiento para la inscripción de una licencia de uso de una marca registrada, detallado en el artículo 36 de la Ley de Marcas, proporciona un mecanismo para todos aquellos que deseen formalizar de manera incluso más amplia la relación de licencia que podría llegar a formalizarse ante terceros. Este proceso requiere la presentación de una solicitud que contenga información detallada sobre el propietario de la marca y el licenciatario, así como sobre la marca misma y los términos de la licencia. 

La inscripción de la licencia en el Registro de la Propiedad Intelectual es un paso que añade una capa adicional de protección, al ofrecer un reconocimiento oficial de la existencia y los términos de la licencia, habilitando a la explotación de esta de manera más segura y disminuyendo o limitando la existencia de una posible contingencia o incumplimiento por parte de terceros que busquen lucrarse de estas de manera no ética.

Sin embargo, como se ha mencionado anteriormente, la práctica ha demostrado que, a pesar de las disposiciones legales, existen desafíos en la protección efectiva de la propiedad intelectual en el contexto de las franquicias en El Salvador. La flexibilidad que ofrece la ley en cuanto a la no necesidad de registro de las licencias de uso frente a terceros puede llevar a situaciones de ambigüedad y potencial conflicto si no se maneja adecuadamente. 

En este entorno, es esencial que tanto franquiciantes como franquiciados entiendan claramente sus derechos y obligaciones bajo la ley salvadoreña. La negociación detallada de los contratos de licencia, la posible inscripción de estos acuerdos y una vigilancia constante sobre el uso de la marca son pasos críticos para asegurar que la propiedad intelectual se mantenga protegida. Además, la cooperación entre las partes para abordar y resolver cualquier problema que surja es fundamental para el mantenimiento de una relación de franquicia saludable y productiva.

La protección de la propiedad intelectual en el modelo de franquicias, por lo tanto, presenta un panorama complejo que requiere una atención meticulosa a la ley, así como a las prácticas comerciales y contractuales. Aunque la Ley de Marcas ofrece cierto marco para esta protección, la eficacia de dicho marco depende en gran medida de cómo las partes involucradas lo apliquen en la práctica.

En última instancia, el éxito de las franquicias en este contexto no solo dependerá de la solidez de la marca y el modelo de negocio, sino también de la capacidad de franquiciantes y franquiciados para navegar los desafíos legales asociados con la protección de la propiedad intelectual. Este equilibrio entre la flexibilidad operativa y la seguridad jurídica es esencial para el crecimiento y la sostenibilidad a largo plazo de las franquicias en El Salvador.

La realidad legal de El Salvador, con su enfoque limitado en la regulación específica de franquicias, subraya la importancia de interpretar y aplicar las disposiciones existentes de manera que se maximice la protección de la propiedad intelectual. Este escenario, aunque presenta sus desafíos, también abre un campo de oportunidades para el fortalecimiento de prácticas y estrategias legales que salvaguarden los derechos de propiedad intelectual dentro del modelo de franquicias. 

Es imperativo que tanto franquiciantes como franquiciados se empoderen a través de un entendimiento profundo de las implicaciones legales de sus acuerdos y busquen maneras innovadoras dentro del marco legal actual para asegurar sus activos intelectuales.

La colaboración entre el sector privado y las autoridades competentes para promover reformas legislativas o la creación de guías de mejores prácticas podría ser un camino hacia una mayor seguridad jurídica. En este contexto, la resiliencia y la adaptabilidad serán claves para el éxito y la expansión de las franquicias en El Salvador, enfatizando la necesidad de una gestión estratégica y consciente de la propiedad intelectual en un entorno legal en evolución.

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Desafíos y oportunidades en materia de prevención de lavado de dinero

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Escrito por: Flor de Maria Cortez y Bryan Guevara | Socia & Asociado | Aguilar Castillo Love

La prevención de lavado de dinero ha venido tomando fuerza y relevancia para las empresas de diferentes sectores desde hace algunos años. En la Ley contra el Lavado de Dinero y Activos vigente “LCLDA” se dispone que “cualquier persona natural o jurídica” deberá cumplir con una serie de obligaciones, tales como presentar la información que sea requerida por la autoridad competente con el fin de demostrar el origen lícito de cualquier transacción; además de contar con un Oficial de Cumplimiento o un Encargado de Cumplimiento, dependiendo de la naturaleza del sujeto obligado, siendo aplicable la figura del Oficial para las empresas supervisadas por la Superintendencia del Sistema Financiero y la del Encargado para el resto de empresas.

Si bien el objetivo principal de la prevención de lavado de dinero, tal como lo menciona la LCLDA, es evitar que los fondos provenientes de origen ilícito ingresen al tráfico jurídico y financiero, a las empresas se les presentan una serie de desafíos para cumplir de manera eficaz con el cumplimiento de las obligaciones establecidas  por la regulación en la materia,  incluido el Instructivo de la UIF para La Prevención, Detección y Control del Lavado de Dinero y de Activos “Instructivo”, vigente desde el 6 de junio de 2023. Sin embargo, en el panorama también podemos encontrar oportunidades para fortalecer un entorno empresarial basado en una cultura de prevención.

Uno de los principales desafíos a los que se han enfrentado las empresas en El Salvador es la de nombrar un encargado de cumplimiento. Conforme a lo que dispone el Instructivo, los sujetos obligados según su actividad, naturaleza, tamaño, operaciones y nivel de riesgo deben nombrar a un Encargado de Cumplimiento “el encargado”, quien además debe ser estar capacitado en materia de prevención de lavado de dinero.

Incorporar a un encargado puede implicar un gasto adicional tanto para pequeñas y medianas como para grandes empresas; no obstante, si vemos el otro lado de la moneda nos encontramos que el encargado desempeña una gestión importante en la protección de la empresa contra riesgos legales, financieros y reputacionales derivados de actividades ilícitas. Su función es esencial para garantizar que la empresa opere dentro de los límites legales, contribuyendo así a la sostenibilidad y la integridad de la organización.

Asimismo, contar con un encargado les permite a las empresas tener un responsable de darle ejecución a la obligación de reporte de información antes mencionada; así como capacitar a los empleados y directivos. estando así en regla con las obligaciones establecidas por la normativa vigente.

La capacitación continua también es otro reto que se le presenta a las empresas. Todos los empleados, incluyendo a los directivos, deben recibir capacitaciones de manera regular sobre los riesgos del lavado de dinero y los métodos para prevenirlo. La concienciación es clave para fomentar una comprensión profunda de la importancia de la prevención.

Establecer una cultura de prevención y cumplimiento en toda la organización, es una de las labores que quedan encomendadas al encargado, ya que algunos empleados pueden no comprender completamente la importancia de la prevención de lavado de dinero y/o podrían pasar por alto procedimientos clave. 

La educación y la sensibilización son cruciales en este sentido y la implementación de programas de formación continua y concienciación sobre prevención de lavado de dinero a los que forman parte de la organización, permite fortalecer la cultura de cumplimiento y prevención. La comprensión profunda de los riesgos y señales de alerta crea un entorno empresarial menos expuesto a actividades ilícitas.

La cultura de prevención implica una filosofía que forme parte de la empresa, es esencial para construir una empresa ética y resistente a las amenazas asociadas con actividades ilícitas. Va más allá del cumplimiento normativo y se convierte en un enfoque integral que impulsa la toma de decisiones y el comportamiento ético en todos los niveles de la organización.

Al abordar activamente el desafío que implica cumplir con sus obligaciones en materia de prevención, las empresas se están protegiendo a sí mismas de riesgos legales, financieros y reputacionales; y a su vez también contribuyen a la construcción de un entorno empresarial más seguro, ético y sostenible. 

Así, la prevención de lavado de dinero se debe enfocar como una inversión vital para la prosperidad y la continuidad del negocio en un mercado globalizado cada vez más complejo y competitivo.

En ese sentido, la normativa en dicha materia está en constante evolución, por lo que actualmente se encuentra en estudio de la Asamblea Legislativa el proyecto de la “Ley Especial para la Prevención, Control y Sanción del Lavado de Activos, Financiamiento al Terrorismo y de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva”, que vendría a derogar la actual LCLDA. La cual traería consigo una serie de cambios, entre otros, respecto a quienes se consideran sujetos obligados:

  1. Sociedades o empresas, nacionales o extranjeras, supervisadas por la Superintendencia del Sistema Financiero.
  2. Asociaciones cooperativas, cajas de crédito, federaciones, confederaciones de cooperativas de ahorro y crédito.
  3. Microfinancieras o personas jurídicas que operen dentro del territorio nacional, que otorguen sistemáticamente préstamos o cualquier tipo de financiamiento a personas naturales o jurídicas.
  4. Casas de empeño.
  5. Casinos o empresas dedicadas a juegos de suerte o azar.
  6. Personas naturales y jurídicas que se dedican a la intermediación inmobiliaria o de bienes raíces.
  7. Comerciantes de metales o piedras preciosas.
  8. Abogados, notarios, contadores y auditores 
  9. Personas naturales o jurídicas que con fines comerciales se dediquen a la venta, importación o exportación de vehículos terrestres, aéreos o marítimos, nuevos o usados.
  10. Personas jurídicas o naturales dedicadas a la logística o al transporte de mercaderías por medios de transporte terrestre, marítimo o aéreo.
  11. Proveedores de servicios de activos virtuales o digitales.

El proyecto de la nueva Ley, según su versión inicial, excluirá de la lista de sujetos obligados a:

  • Cualquier institución privada o de economía mixta, y las sociedades mercantiles.
  • Asociaciones, consorcios y gremiales empresariales.
  • Partidos Políticos.
  • Droguerías, laboratorios farmacéuticos y cadenas de farmacias.
  • Inversionistas nacionales e internacionales.
  • Organizaciones no gubernamentales.
  • Empresas hoteleras.
  • Empresas privadas de seguridad e importadoras y comercializadoras de armas de fuego, municiones, explosivos y artículos similares.
  • Constructoras.
  • Empresas del rubro de encomiendas.
  • Agencias de viaje.
  • Importadores o exportadores de productos e insumos agropecuarios.

Como hemos mencionado este proyecto se encuentra aún en análisis, pero en el texto del proyecto se dispone que la UIF podrá proponer la inclusión o exclusión de otros sujetos obligados, es decir quedaría a criterio de la UIF incluir a más sujetos.

Asimismo, en el proyecto de ley se prevé la existencia de un régimen administrativo sancionatorio para los sujetos obligados. La sanción será impuesta por la autoridad supervisora respectiva al rubro del sujeto obligado. Las sanciones serían multas, sin perjuicio de las penas de prisión. Además, por alcance, podrán imponerse multas a “los directores, gerentes, administradores, auditores internos o externos y otros funcionarios responsables de las entidades sancionadas por comisión de infracciones graves”.

Por tanto, es importante, que toda persona cuente con políticas de prevención de lavado de dinero aun cuando fuera un sujeto no obligado pues en los procesos de investigación a un sujeto obligado, además investigan a las personas con las que aquél ha tenido relaciones comerciales.

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Desafíos económicos para el nuevo Gobierno de Guatemala

El nuevo gobierno de Guatemala enfrenta la tarea de impulsar reformas y mantener la estabilidad macroeconómica. El gobierno de Bernardo Arévalo debe abordar la gobernabilidad, la política fiscal conservadora, y el manejo eficiente de la deuda, mientras promueve el crecimiento económico y la inversión social.

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Guatemala, una de las economías más estables de Centroamérica, estrenó gobierno a principios de 2024. César Addario Soljancic, VP de EXOR Estructuradores Financieros, analiza los retos y oportunidades que definirán el rumbo económico de Guatemala en esta nueva etapa. Las cifras oficiales del Banco de Guatemala (Banguat) apuntan a que este año el crecimiento económico rondará el 3.5 %, y que la inflación será del 4 %.

La agencia calificadora de riesgos Fitch dejó sin cambios una ‘BB’ con una perspectiva estable para dicho país, que aún refleja un elevado riesgo de incumplimiento en relación con otros emisores u obligaciones en el mismo país o unión monetaria. El nuevo gobierno de Bernardo Arevalo, iniciado el 15 de enero de 2024 tras una elección general marcada por tensiones, se enfrenta a desafíos de gobernabilidad en un contexto de percepción pública de corrupción alta.

La estabilidad macroeconómica y políticas fiscales conservadoras aplicadas en Guatemala han hecho que se mantengan bajos niveles de endeudamiento gubernamental y que la liquidez externa sea robusta. Sin embargo, la baja relación entre los ingresos y Producto Interno Bruto (PIB) limita la flexibilidad fiscal, mientras que indicadores de gobernanza y desarrollo humano se han deteriorado. Además, el estancamiento político limita la capacidad del país para abordar estas debilidades.

Addario Soljancic destaca avances como la reducción del déficit fiscal del gobierno central, que cayó a un 1.3% del PIB en 2023, tras haber alcanzado un 1.7% en 2022. Sin embargo, el presupuesto para 2024, suspendido por irregularidades procesales, presenta retos para la administración de Arévalo, quien busca incrementar el gasto social y la inversión pública, financiados en parte por mejoras administrativas en la recaudación de impuestos.

«Las políticas fiscales conservadoras y las estrategias para combatir la evasión fiscal han dotado a Guatemala de herramientas que le permiten sostener el crecimiento económico y estar en una mejor posición para abordar sus desafíos sociales», comentó el VP de EXOR Estructuradores Financieros. “Mantener estos pilares, mientras se impulsa un mayor crecimiento, es uno de los principales retos del nuevo gobierno”, agregó.

Crecimiento y sector externo

Guatemala se ha apoyado en deuda externa para cubrir sus necesidades financieras, lo que señala un cambio respecto al pasado. Fitch proyecta que, en 2024, el déficit será financiado a través de deuda doméstica y multilateral, así como emisiones de Eurobonos, aunque las fuentes de fondeo podrían variar dependiendo de las tasas relativas y las aprobaciones del Congreso.

El crecimiento económico sólido de Guatemala continuó en 2023, con un PIB real que creció 3.3%, impulsado por el dinamismo en el crecimiento del crédito y las remesas al sector privado. Para 2024, se espera que se mantenga un ritmo similar.

«El crecimiento económico de Guatemala y su resiliencia frente a los desafíos son notables, pero es crucial que el nuevo gobierno enfrente los obstáculos estructurales y promueva reformas para asegurar un futuro más sólido», comentó Addario Soljancic.

Guatemala, al igual que otros países centroamericanos, tiene un fuerte flujo de divisas a través de las remesas familiares que envían a los guatemaltecos residentes en el exterior. El Banguat prevé que para 2024 estas se acerquen a los US$22,000 millones. Además, para el cierre del año proyectan que la Inversión Extranjera Directa (IED) supere los US$1,700 millones, al tiempo que las exportaciones podrían crecer hasta un 7 %

Retos económicos clave

Gobernabilidad y reformas: Afrontar los desafíos de gobernabilidad en un contexto marcado por altos niveles de percepción de corrupción y un Congreso con dinámicas complejas y fluidas.

Política fiscal conservadora: Mantener políticas fiscales conservadoras sin sacrificar la necesidad de aumentar el gasto social y la inversión pública para impulsar el desarrollo.

Mejora de la recaudación fiscal: Incrementar los ingresos fiscales mediante la lucha contra la evasión y el mejoramiento de los controles aduaneros y la facturación digital.

Manejo de la deuda: Administrar eficientemente la deuda externa y doméstica, equilibrando las fuentes de financiamiento en un escenario de bloqueo legislativo que retrasa los desembolsos multilaterales.

Crecimiento económico: Promover un crecimiento económico robusto y sostenible, apoyando sectores clave como la salud, la construcción, y el turismo, y aprovechando tendencias globales como el nearshoring.

Estabilidad monetaria: Gestionar la política monetaria para mantener la inflación bajo control, en un entorno de presiones inflacionarias globales.

Seguridad y desempleo: Abordar la inseguridad y la violencia, que afectan tanto el clima de inversión como la calidad de vida de los ciudadanos, y buscar soluciones al desempleo y subempleo.

Infraestructura y educación: Invertir en infraestructura crítica y educación para mejorar la competitividad del país y preparar a la fuerza laboral para los desafíos del futuro.

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