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Nueva normativa para el registro de revalúos de inmuebles en entidades financieras

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El Banco Central de Reserva ha emitido una nueva normativa que establece los criterios que deben cumplir las entidades financieras para el registro, depreciación, ajustes y retiro de los revalúos de inmuebles clasificados como activos físicos.

Esta normativa se enmarca en los artículos 236 de la Ley de Bancos y 45 de la Ley de Bancos Cooperativos y Sociedades de Ahorro y Crédito, que permiten a los bancos adquirir o conservar bienes raíces y muebles necesarios para su funcionamiento, siempre que su valor total no exceda el 75% de su fondo patrimonial, excluido el 25% del valor de revaluaciones.

Se establece que el valor contable de la revaluación se obtiene restando al valor del revalúo autorizado por la Superintendencia el valor del activo a la fecha de autorización, incluyendo el costo original más los revalúos anteriores. El valor residual será determinado por la entidad correspondiente utilizando el mismo método y criterios empleados para el costo de adquisición.

La depreciación futura se calculará conforme al método utilizado para el costo de adquisición, dividiendo el valor de la revaluación entre la vida útil estimada más la existencia transcurrida. Para actualizar la depreciación del bien sujeto a revalúo, el cociente obtenido se multiplicará por los años que el bien ha estado en propiedad, resultando en el ajuste contable.

El valor contable de la revaluación causará un aumento o disminución en la subcuenta complementaria del activo correspondiente y en la subcuenta del patrimonio que registra los revalúos de los inmuebles. El ajuste a la depreciación determinado causará un débito en la subcuenta del patrimonio que registra los revalúos y un crédito en la depreciación acumulada.

La venta de un bien revaluado con utilidad causará las aplicaciones contables correspondientes tanto en ventas de contado como con financiamiento, especificando los débitos y créditos necesarios.

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Alcalde ordena cierre de talleres en Santa Tecla, ¿es legal la disposición?

Debido a múltiples quejas ciudadanas, los talleres de los paseos El Carmen y Concepción, además de los que están a inmediaciones de los principales parques del distrito, deben cerrar por órdenes municipales.

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El alcalde de La Libertad Sur, Henry Flores, anunció el cierre de todos los talleres ubicados en el Paseo Concepción, Paseo El Carmen, 16 Avenida y en las áreas cercanas a los parques Daniel Hernández y San Martín, de Santa Tecla, lo que abrió las puertas para el debate sobre la legalidad de la disposición.

Este cierre será efectivo a partir del 1 de enero del próximo año, dando a los propietarios un plazo hasta el último día de diciembre para trasladar sus operaciones a otras localidades dentro de Santa Tecla o sus alrededores.

La decisión, dijo, se fundamenta en múltiples quejas de la ciudadanía, así como de turistas y estudiantes, quienes han reportado incidentes de acoso, derrames de aceites en las vías públicas y un estado general de desorden que afecta la imagen de la ciudad.

Según el alcalde, estas acciones buscan revitalizar el Centro Histórico y mejorar la calidad de vida de los residentes y visitantes.

“Es fundamental que los talleres se trasladen a áreas donde su actividad no perturbe el orden público ni la convivencia pacífica”, afirmó Flores.

Los propietarios tendrán acceso a asesoría y apoyo para identificar zonas autorizadas donde puedan operar de manera legal y conforme a la normativa vigente.

El alcalde enfatizó que, para operar en las nuevas ubicaciones, los talleres deberán obtener los permisos correspondientes y cumplir con las regulaciones que prohíben realizar reparaciones de vehículos en las calles, pasajes y avenidas, así como el uso de parqueos para este propósito.

¿Una medida apegada a la ley?

En El Salvador, las alcaldías cuentan con la autoridad legal para regular y ordenar la actividad comercial dentro de su jurisdicción, conforme a lo establecido en el Código Municipal.

Este marco legal otorga a los gobiernos locales la responsabilidad de promover el desarrollo económico, así como de asegurar el bienestar de la comunidad.
A través de ordenanzas y reglamentos, las alcaldías pueden establecer normativas que regulen el uso del espacio público y el funcionamiento de los negocios, permitiéndoles incluso imponer cierres temporales o definitivos cuando se considere que una actividad comercial afecta el orden público, la salud o la seguridad de los ciudadanos.

Además, las alcaldías tienen la facultad de otorgar o revocar licencias de funcionamiento de los establecimientos comerciales, lo que implica un control directo sobre las operaciones dentro de su territorio.

Esta potestad permite a las autoridades locales intervenir en situaciones donde se detecten irregularidades, como el incumplimiento de normativas ambientales o de seguridad.

En casos de conflictos entre las actividades comerciales y el bienestar de la comunidad, las alcaldías pueden actuar para ordenar el cierre de negocios que no cumplan con las regulaciones establecidas, buscando así equilibrar el desarrollo económico con la calidad de vida de los habitantes.

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Debate legal sobre el derecho a grabar o fotografiar a funcionarios públicos o agentes de seguridad en El Salvador

¿Hay derecho de grabar a un agente de la policía en el ejercicio de sus funciones para difundir las imágenes? ¿Hasta dónde llega el derecho de libertad de expresión y prensa? El debate se reavivo con un incidente ocurrido en el Centro Histórico de San Salvador.

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El comisionado para derechos humanos y libertad de expresión de El Salvador, Andrés Guzmán Caballero, ha defendido el derecho a la imagen de un agente de la Policía Nacional Civil (PNC) tras un incidente con una periodista que cubría una actividad pública.

El suceso ocurrió en la plaza Libertad, donde un agente policial solicitó a una periodista que eliminara un video de una conversación con integrantes del Movimiento de Víctimas del Régimen (Movir).
Guzmán ha subrayado que, aunque existen leyes que protegen el derecho a la imagen de todos los ciudadanos, incluidos los funcionarios públicos, esto no limita el derecho de los periodistas a grabar en el ejercicio de sus funciones.

En sus declaraciones en redes sociales, el comisionado aclaró que no hay restricciones para filmar a agentes en el cumplimiento de sus labores, pero que la publicación de estas imágenes debe ajustarse a las normas que regulan la libertad de expresión y el derecho a la propia imagen.

La Asociación de Periodistas de El Salvador (APES) denunció amenazas de demandas del agente policial contra dos fotoperiodistas, lo que llevó a Guzmán a manifestar que se dará seguimiento al caso. El presidente de la APES, Sergio Arauz, resaltó que actualmente no existe una ley de protección de datos personales en el país, desafiando la afirmación del comisionado sobre la existencia de regulaciones al respecto.

El marco legal en El Salvador establece que la difusión de imágenes sin el consentimiento de las personas afectadas puede vulnerar su privacidad, conforme a la Ley Especial contra Delitos Informáticos y otras normativas que penalizan el uso indebido de imágenes.

Sin embargo, se argumenta que la grabación de funcionarios en espacios públicos, en el ejercicio de sus funciones, es un acto legítimo y esencial para la transparencia y la libertad de prensa.
Abogados y expertos en derechos humanos han coincidido en que no existe prohibición legal para grabar hechos de interés público en lugares públicos, y han criticado las acciones del agente policial, que no tiene facultades para censurar a ciudadanos o periodistas.

La discusión pone de relieve la necesidad de un equilibrio entre el derecho a la propia imagen y la libertad de prensa, resaltando la importancia de un marco legal que proteja ambos derechos sin impedir el acceso a la información pública.

En este contexto, el comisionado Guzmán ha invitado a un diálogo constructivo con la APES, mientras que la organización periodística ha exigido acciones concretas para garantizar la protección de los derechos de los periodistas en su labor informativa

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Consejo Nacional de la Judicatura impartió el curso «Sistema anticorrupción: un enfoque internacional»

Magistrados de Cámara y jueces participaron de la capacitación impartida por la CNJ, que busca fortalecer los cimientos del Estado de Derecho.

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En un paso hacia la consolidación del Estado de Derecho en El Salvador, se concluyó el curso “Sistema anticorrupción: un enfoque internacional”, destinado a jueces de paz, de instrucción y magistrados de cámaras de las zonas central y paracentral del país.

Esta formación se enfocó en capacitar a los magistrados en los mecanismos anticorrupción alineados con los estándares internacionales, resaltando la necesidad de un sistema judicial robusto y comprometido con la integridad.

La corrupción es un fenómeno que erosiona la confianza en las instituciones y limita el ejercicio pleno de los derechos humanos.
Combatirla no sólo es esencial para mejorar la administración de justicia, sino que también es fundamental para el fortalecimiento de la democracia en El Salvador.

Un sistema judicial libre de corrupción es la base para garantizar el respeto a los derechos de todos los ciudadanos y fomentar un entorno donde el estado de derecho prevalezca, propiciando un desarrollo social y económico sostenible.

Con este tipo de iniciativas, El Salvador avanza hacia la construcción de un futuro más transparente y equitativo.

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Al menos 160 abogados en la Procuraduría General de la República serán cesados en octubre

Se habla de hasta 400 supresiones de plazas, entre estas muchas de abogados. Organizaciones civiles advierten que la medida afectará la correcta defensa de casos.

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A partir del 1 de octubre, al menos 160 abogados de la Procuraduría General de la República (PGR) deberán presentar su renuncia, en un recorte que afecta significativamente a la Unidad de Defensa Pública Penal.

Estos profesionales, quienes actúan como defensores públicos y han estado brindando apoyo a personas capturadas en el marco del régimen de excepción, son parte de un despido más amplio que afectará a un total de 400 trabajadores de la institución.
Según estimaciones internas, alrededor del 40% de los empleados despedidos pertenecen a la mencionada unidad, que cuenta con 19 sedes a nivel nacional.

La memoria de labores de la PGR del periodo 2023-2024 indica que la institución cuenta actualmente con 1,611 servidores públicos, de los cuales 1,517 están bajo la Ley de Salario y 73 son contratados por servicios profesionales.
El informe revela que el 67% de las atenciones de la Unidad de Defensa Pública Penal se dirigió a procesos penales comunes, mientras que el 27.9% se concentró en delitos relacionados con el crimen organizado.

Desde el 27 de marzo de 2022 hasta el 30 de septiembre de 2023, estos defensores han gestionado la defensa técnica de 60,237 personas capturadas, lo que equivale a un promedio de 219 casos por abogado, sin contar otros delitos no relacionados con el régimen de excepción.
Organizaciones de derechos humanos han manifestado su preocupación por las implicaciones de estos despidos en los juicios sumarios programados para iniciar en 2025.

Movimientos relacionados a seguimiento de procesos judiciales enmarcados en el régimen de excepción han externado su preocupación, porque muchos de los cesados son defensores de los casos que les ocupan.
Las organizaciones civiles exigen una revisión de esta situación para garantizar el derecho a una defensa adecuada para los acusados.

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Corte Suprema recuerda la importancia de la responsabilidad del pago de las cuotas alimenticias

Por medio de un mensaje en redes sociales, como parte de una campaña de difusión sobre diferentes componentes legales, la CSJ recordó los principales aspectos sobre la obligación de la manutención.

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La Corte Suprema de Justicia (CSJ) recordó la importancia del pago de la cuota alimentaria, un compromiso legal que ha cobrado importancia y relevancia social, por estar vinculado al bienestar de miles de menores de edad y otros dependientes económicos.
Por medio de un mensaje difundido en sus redes sociales, la CSJ dijo que “la cuota alimenticia es una responsabilidad que debe pagar el padre o madre que no convive con sus hijos. Su incumplimiento es castigado con una pena de uno a tres años de prisión”.

Esta responsabilidad puede iniciar desde el embarazo y exigir al padre de la criatura el derecho a la alimentación durante el tiempo de gestación y los tres meses siguientes al parto.
“En la audiencia conciliatoria coordinada por la Procuraduría General de la República (PGR), se fija la cuota y se define si se realizará por medio de depósito personal o descuento en planilla. En el caso de que sea trabajador informal, la PGR solicita el informe de los ingresos que el obligado o la obligada reciba”, agregó.

Este recordatorio es parte de una serie de mensajes que la CSJ emite con la intención de mantener “vigente” información que atañe a procesos legales, pero que son de importancia para la sociedad en general.

La cuota alimenticia es una obligación legal que recae principalmente sobre los padres y su incumplimiento tiene implicaciones legales, económicas y sociales, y está consagrado en diferentes cuerpos de ley y la Constitución de la República.
En 2015, el gobierno implementó reformas clave que agilizan los procesos judiciales para la reclamación de alimentos y endurecen las sanciones contra quienes incumplen sus obligaciones.

Las estadísticas del Consejo Nacional de la Judicatura (CNJ) que las demandas por pensión alimenticia han crecido considerablemente en la última década.
Según informes judiciales recientes, más de 50,000 demandas de alimentos fueron presentadas sólo en 2022.
Un informe de la Fundación de Estudios para la Aplicación del Derecho (Fespad) destacó que en 2021 cerca del 60% de los casos de demandas por alimentos estaban relacionados con menores de edad que no recibían ningún tipo de soporte financiero por parte del progenitor no custodio. La situación económica, el desempleo y la informalidad laboral agravan la capacidad de algunos padres para cumplir con esta obligación.

El Órgano Judicial y la Fiscalía General de la República (FGR) juegan un rol fundamental en el proceso de exigencia y ejecución de las cuotas alimenticias.
El Juzgado de Familia es la instancia encargada de dictaminar el monto de la pensión alimenticia y garantizar su cumplimiento a través de sentencias y medidas cautelares.

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