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Nueva normativa para el registro de revalúos de inmuebles en entidades financieras

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El Banco Central de Reserva ha emitido una nueva normativa que establece los criterios que deben cumplir las entidades financieras para el registro, depreciación, ajustes y retiro de los revalúos de inmuebles clasificados como activos físicos.

Esta normativa se enmarca en los artículos 236 de la Ley de Bancos y 45 de la Ley de Bancos Cooperativos y Sociedades de Ahorro y Crédito, que permiten a los bancos adquirir o conservar bienes raíces y muebles necesarios para su funcionamiento, siempre que su valor total no exceda el 75% de su fondo patrimonial, excluido el 25% del valor de revaluaciones.

Se establece que el valor contable de la revaluación se obtiene restando al valor del revalúo autorizado por la Superintendencia el valor del activo a la fecha de autorización, incluyendo el costo original más los revalúos anteriores. El valor residual será determinado por la entidad correspondiente utilizando el mismo método y criterios empleados para el costo de adquisición.

La depreciación futura se calculará conforme al método utilizado para el costo de adquisición, dividiendo el valor de la revaluación entre la vida útil estimada más la existencia transcurrida. Para actualizar la depreciación del bien sujeto a revalúo, el cociente obtenido se multiplicará por los años que el bien ha estado en propiedad, resultando en el ajuste contable.

El valor contable de la revaluación causará un aumento o disminución en la subcuenta complementaria del activo correspondiente y en la subcuenta del patrimonio que registra los revalúos de los inmuebles. El ajuste a la depreciación determinado causará un débito en la subcuenta del patrimonio que registra los revalúos y un crédito en la depreciación acumulada.

La venta de un bien revaluado con utilidad causará las aplicaciones contables correspondientes tanto en ventas de contado como con financiamiento, especificando los débitos y créditos necesarios.

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Gobierno presenta proyecto de reforma para incluir bancos privados de inversión

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El gobierno de El Salvador ha presentado a la Asamblea Legislativa una propuesta de reforma a la Ley de Bancos, destinada a incluir regulación específica para la creación y funcionamiento de bancos privados de inversión (BPI).

La propuesta introduce 16 nuevos artículos y modifica dos existentes en la Ley de Bancos vigente desde 1999. Los puntos clave de la reforma incluyen que los BPI deberán constituirse como sociedades anónimas de capital variable, con al menos dos accionistas y un capital social mínimo de $50 millones, pagado en moneda de curso legal al momento de su constitución.

Estos bancos podrán realizar diversas operaciones activas y pasivas, como administración de riesgos económicos, gestión de inversiones y transacciones en monedas legales, incluyendo dólares, bitcóin y stablecoins.

Los servicios de los BPI estarán dirigidos exclusivamente a «inversionistas sofisticados», definidos como personas naturales o jurídicas que cumplan ciertos requisitos, como tener activos de libre disposición por al menos $250,000 y conocimiento y experiencia en inversiones.

El Banco Central de Reserva (BCR) será responsable de elaborar las normas técnicas necesarias dentro de un plazo de 90 días a partir de la entrada en vigor de la reforma, mientras que la Superintendencia del Sistema Financiero (SSF) emitirá resoluciones para la constitución de BPI.

La creación de BPI en El Salvador es vista como una oportunidad para canalizar eficientemente recursos financieros hacia proyectos empresariales y gubernamentales, potencialmente aumentando la riqueza nacional. Sin embargo, la iniciativa ha generado debate.

La comisión de tecnología, turismo e inversión de la Asamblea Legislativa ha recibido la iniciativa y continuará su estudio en futuras sesiones de trabajo. No se ha programado la invitación a funcionarios gubernamentales para explicar la reforma.

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Ordenanza transitorio para exención de intereses y multas en San Salvador Este

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El Municipio de San Salvador Este ha promulgado la «Ordenanza Transitoria de Estímulos para la Exención de Intereses y Multas Provenientes de Deudas por Tasas, Contribuciones Especiales e Impuestos Municipales» con el objetivo de aliviar la carga financiera de personas naturales y jurídicas que adeuden impuestos en los distritos de Soyapango, Ilopango, San Martín y Tonacatepeque.

Esta medida permite a los contribuyentes beneficiarse de la exoneración total de intereses por mora y multas asociadas, siempre y cuando cumplan con ciertos requisitos establecidos. Según la ordenanza, los beneficiarios podrán saldar su deuda líquida en su totalidad mediante un pago único en efectivo o suscribir un convenio de pago, abonando hasta un 30% de la deuda inicial y pagando el saldo restante en cuotas acordadas.

Para aquellos casos especiales en los que se realicen abonos parciales, estos recibirán el beneficio de la ordenanza en proporción al pago efectuado, con el compromiso de completar el pago pendiente fuera de los términos de la ordenanza.

El periodo de aplicación de esta ordenanza abarca desde su publicación en el Diario Oficial y entrada en vigor, hasta el 31 de diciembre de 2024. Esta medida beneficia a diversos sectores incluyendo mercados municipales, cementerios, espacios públicos y servicios municipales en general.

Los interesados deberán gestionar su solicitud en las oficinas pertinentes de cada distrito municipal antes del mencionado plazo límite, asegurando así el acceso a los beneficios establecidos por la ordenanza.

Esta iniciativa busca fomentar la regularización fiscal y promover el cumplimiento de las obligaciones tributarias municipales, garantizando al mismo tiempo la equidad y transparencia en la gestión administrativa del Municipio de San Salvador Este.

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EXOR facilita acercamientos entre los gobiernos de Paraguay y El Salvador | EXOR NEWS

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El vicepresidente de la firma, César Addario Soljancic, acompañó al presidente paraguayo Santiago Peña durante el desarrollo de su agenda oficial en El Salvador

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La prestigiosa revista Summa incluyó a EXOR Estructuradores Financieros en el top del ránking regional de empresas líderes en agilidad de aprendizaje.

El mercado laboral de Estados Unidos añadió más empleos de lo esperado en mayo, desafiando las señales previas de una desaceleración económica.

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Proponen decreto transitorio para legalizar armas de fuego

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Los diputados del partido Nuevas Ideas presentaron ante el pleno de la Asamblea Legislativa una propuesta de decreto de «Disposiciones transitorias para la legalización de armas de fuego en el país». Este decreto busca establecer un control sobre las armas no registradas en el Ministerio de Defensa Nacional.

Las disposiciones transitorias entrarían en vigor inmediatamente después de su publicación en el Diario Oficial y se mantendrían hasta el 31 de diciembre de 2024. Sin embargo, no aplicarán a personas procesadas o condenadas por delitos según el Código Penal. Para legalizar un arma, se debe demostrar que no ha sido utilizada en actos delictivos.

Estas disposiciones permitirán el registro de armas de fuego, extendiendo matrículas de tenencia, conducción, portación y colección de armas de fuego, reguladas actualmente por la «Ley de control y regulación de armas, municiones, explosivos y artículos similares», vigente desde julio de 1999. El transitorio cubriría armas como revólveres, pistolas, fusiles, carabinas, escopetas y armas de colección, reguladas en el artículo 7 de la normativa.

Las personas que registren sus armas bajo este decreto no enfrentarán acciones penales o civiles por tenencia, portación o conducción ilegal de armas de fuego. Además, recibirán una copia del acta de entrega de las armas, firmada y sellada por el Ministerio de Defensa Nacional.

El decreto está siendo estudiado por la Comisión de Seguridad Nacional y Justicia, la cual convocará a funcionarios para discutir su aprobación.

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Gobierno propone reforma a la Ley de Bancos para fomentar la banca de inversión

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El Gobierno, a través del Ministerio de Economía, ha solicitado a la Asamblea Legislativa una reforma a la Ley de Bancos con el objetivo de facilitar el establecimiento y operación de la banca privada de inversión dentro del sector bancario del país.

Esta iniciativa busca desarrollar un marco regulatorio que impulse el crecimiento económico, fortalezca el sistema financiero y fomente la competitividad de El Salvador en el ámbito internacional.

La propuesta de reforma ingresó este martes a la Asamblea Legislativa como pieza de correspondencia 2-A. Aunque aún no ha sido publicada en el sitio oficial de la Asamblea, esta se encuentra registrada en el resumen de la sesión plenaria que comparte la Asamblea en su sitio web.

Durante la sesión plenaria, el presidente legislativo, Ernesto Castro, explicó que la reforma tiene como fin promover y facilitar la operación de la banca de inversión privada en El Salvador. Además, se pretende impulsar el crecimiento económico y fortalecer el sistema financiero, aumentando así la competitividad del país a nivel global.

La solicitud ha sido remitida a la Comisión de Tecnología, Turismo e Inversión, presidida por la diputada Dania González. La Comisión se reunirá el jueves 13 de junio a las 10:00 de la mañana para abordar esta propuesta.

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