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Eliminan ocursos de gracia para delitos de corrupción y para miembros de pandillas

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La Asamblea Legislativa aprobó reformar reformar la Ley de Ocursos de Gracia, y limitar los delitos e imputados que pueden hacer uso de este tipo de beneficios carcelarios.

Con las reformas se excluye a quienes han cometido crímenes de guerra o de lesa humanidad. También a los delitos relacionados con actos de corrupción, homicidios u otros en los que hayan estado vinculados integrantes de pandillas.

Con las enmiendas no se podrán indultar personas condenadas por delitos acreditados a grupos terroristas y agrupaciones criminales; tampoco personas condenadas por feminicidio, delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra, ni los condenados por delitos contemplados en la Ley Especial contra la Trata de Personas, la Ley Reguladora de las Actividades Relativas a las Drogas, y la Ley contra el Lavado de Dinero y Activos.

Actualmente, la normativa establece la consideración del perdón de una sentencia ejecutoriada de delitos relativos a actos de corrupción, organizaciones terroristas, pandillas, crímenes de guerra y delitos de lesa humanidad.

Se establece la modificación del artículo 13 para poder excluir ese tipo de solicitudes que abarcan dichas infracciones y a los delitos internacionales, a los relativos a la libertad sexual, a los contenidos en la Ley Contra el Lavado de Dinero y Activos, entre otros más considerados de impacto social.

También se agrega a la normativa el apartado 13-A, en donde excluye de indulto a funcionarios o exfuncionarios que hayan cometido algún delito de los que se excluirán próximamente.

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