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Asamblea aprueba suspensión de plazos judiciales y administrativos por quince días

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La Asamblea Legislativa suspendió los términos y plazos procesales en los procedimientos administrativos y procesos judiciales, cualquiera que sea la materia y la instancia en la que se encuentren; la disposición tendrá una vigencia de quince días.

Asimismo, se suspende el plazo y celebración de audiencias de la jurisdicción Penal común y Jurisdicciones Especializadas en materia penal; aplicándose también a las audiencias que se celebran en sede administrativa inclusive aquellas programadas por el Instituto de Acceso a la Información Pública.

En ese sentido, el decreto aprobado en su artículo uno señala que tiene a la base el artículo 84 de las Disposiciones Generales del Presupuesto, y se habilita a la suspensión de labores de los empleados de las instituciones del sector público y municipal, siempre que por la naturaleza del servicio que se presta no se considere vital para brindar el auxilio y la ayuda necesaria para superar las consecuencia de la situación climática.

Quedando excluidos los plazos previstos por la Constitución de la República para la detención administrativa, el término de inquirir y consecuentemente, las audiencias derivadas de este último; así como lo relativo a las medidas de protección en materia de Violencia Intrafamiliar y las facultades previstas en los artículos 35 y 45 de la Ley Penitenciaria. Además, quedan excluidos los procesos a que se refiere la Ley de Procedimientos Constitucionales promovidos en el marco de esta situación sanitaria.

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