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Entran en vigencia disposiciones para la sustitución de vehículos utilizados en el transporte público

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En una nueva actualización legal, la Imprenta Nacional anunció la publicación en el Diario Oficial, en su edición del 18 de julio, de las Disposiciones Transitorias relacionadas con la sustitución de vehículos utilizados en el transporte público, refrenda de permisos, cambios de concesionarios y permisionarios, ampliación de plazos de contratos de concesión y medidas provisionales en el ámbito del transporte terrestre en El Salvador.

Una de las reformas más notables es la que concede un plazo de dieciocho meses, contados a partir de la entrada en vigor del decreto, a aquellos concesionarios o permisionarios de unidades que, debido a haber alcanzado los 20 años de antigüedad establecidos por la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, no pudieron realizar sustituciones en los años 2019, 2020, 2021, 2022 y 2023.

Adicionalmente, las disposiciones abordan la situación de vehículos cuyo tiempo de vida útil está dentro de los años mencionados, pero no pudieron refrendar la tarjeta de circulación o renovar el permiso de línea. Estos vehículos ahora tienen la posibilidad de obtener la autorización necesaria para refrendar o renovar los documentos correspondientes. Sin embargo, es importante tener en cuenta que todos estos procesos están sujetos al cumplimiento de los requisitos establecidos en el Reglamento General de Transporte Terrestre.

En el contexto de cambios de concesionario o permisionario, las disposiciones establecen que las personas jurídicas que reciban la transferencia de vehículos vinculados a una concesión o permiso de transporte público de pasajeros tipo Colectivo tendrán un año para solicitar las modificaciones necesarias en las condiciones autorizadas para el transporte. Esto busca agilizar y facilitar la gestión de estos cambios, brindando a las partes involucradas un plazo razonable para adaptarse a las nuevas circunstancias.

En cuanto al traspaso de concesiones de servicio de transporte público de pasajeros tipo Colectivo, se establece que el Viceministro de Transporte será el encargado de suscribir los contratos de concesión en representación del Estado, por el tiempo restante hasta el vencimiento según lo establecido en la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial. Vale mencionar que en este proceso no se aplicará la Ley de Compras Públicas.

Para efectuar estos cambios y traspasos, se establece una tasa de cien dólares de los Estados Unidos de América por cada vehículo objeto de traspaso. Dicha tasa deberá ser cancelada en la Unidad de Colecturía del Viceministerio de Transporte.

Las disposiciones permiten al Viceministerio de Transporte otorgar un plazo adicional de dieciocho meses para contratos de concesión cuyos efectos vencerán en el año 2023. Luego de este plazo, las personas jurídicas autorizadas para el cambio de permisionario podrán solicitar la suscripción del contrato de concesión según lo establecido en la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.

En caso de necesidad, el Viceministerio de Transporte está facultado para implementar medidas provisionales, como declarar la prestación del Servicio de Transporte Público de Pasajeros como urgencia nacional, gestionar la adquisición de vehículos, prestar el servicio directamente y asignar permisos provisionales en rutas específicas. Estas medidas provisionales buscan asegurar la continuidad y calidad del servicio de transporte en situaciones excepcionales.

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Presidencia ratifica reformas a la Ley de Protección al Consumidor

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En el Diario Oficial recientemente fueron publicadas las reformas a la Ley de Protección al Consumidor (LPC), con el objetivo de fortalecer la defensa de los consumidores frente a prácticas abusivas por parte de proveedores de bienes y servicios.

Entre las principales reformas destaca la inclusión del artículo 19-A, que permite a la Defensoría del Consumidor intervenir en situaciones de sobreendeudamiento de personas que enfrentan dificultades para pagar sus deudas debido a circunstancias extraordinarias, como problemas de salud.

La Defensoría actuará como mediadora entre el consumidor y los proveedores de servicios financieros, ofreciendo alternativas como la reestructuración y refinanciamiento de deudas.

Por otro lado, el artículo 21 fue revisado para incluir una obligación adicional para los proveedores de bienes y servicios a través del comercio electrónico: en caso de incumplimiento del plazo de entrega, el contrato se rescinde y las sumas pagadas deben ser devueltas sin retención.

El presidente observó y propuso modificaciones al artículo 7, relacionado con las obligaciones de los proveedores, eliminando el término «precio regulado por la ley», dado que en El Salvador los precios no son regulados por ley, exceptuando los combustibles y el gas licuado de petróleo.

Además, las reformas prohíben a los proveedores recopilar, utilizar y transferir los datos personales y crediticios de los consumidores sin su autorización expresa, permitiendo esta práctica solo a las agencias de información de datos.

El artículo 28, que regula el etiquetado de productos genéticamente modificados, fue revisado para mantener su redacción original, asegurando que estos productos deben especificar visiblemente su naturaleza en el empaque. Estas reformas buscan garantizar una mayor protección y transparencia para los consumidores, promoviendo prácticas comerciales justas y responsables en El Salvador.

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Ley transitoria compensa a empleados del Ministerio de Cultura por supresión de plazas

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En el Diario Oficial fue publicada la «Ley especial transitoria de compensación económica para los trabajadores del Ministerio de Cultura», que transfiere la administración del Parque Infantil de Diversiones y el Parque Saburo Hirao al Instituto Salvadoreño de Turismo (Istu). Esta normativa también elimina las «casas de la cultura», en el marco de una reestructuración en esa cartera de Estado bajo la nueva administración.

El principal objetivo de la ley es establecer compensaciones económicas para los empleados y funcionarios permanentes afectados por la supresión de plazas debido a la reestructuración.

Según el decreto, el Ministerio de Cultura administraba estos parques, considerados espacios recreativos y de esparcimiento familiar. Sin embargo, la administración de estos parques pasará a una de las entidades del sector turístico, como el Istu, el Ministerio de Turismo o la Corporación Salvadoreña de Turismo, instituciones que poseen la competencia legal para su gestión.

La nueva ley deroga el Capítulo VII de la Ley de Cultura, eliminando los artículos 89 y 90 que establecían las funciones de las «Casas de la Cultura». Estas instituciones serán reemplazadas por un «modelo más dinámico» que incluye Centros Urbanos de Bienestar y Oportunidades (Cubos), centros culturales, bibliotecas, galerías urbanas y centros comunitarios, en respuesta a las exigencias del Plan Cuscatlán.

La normativa establece la necesidad de un nuevo modelo de gestión cultural más eficaz y eficiente, que delegue la administración de espacios a las instituciones con competencia legal para ello.

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San Salvador emite ordenanza para retirar publicidad sin permisos

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El municipio de San Salvador Centro ha promulgado una ordenanza transitoria que exige el retiro de todos los elementos publicitarios instalados sin los permisos municipales correspondientes. Esta ordenanza abarca los distritos de San Salvador, Mejicanos, Ayutuxtepeque, Cuscatancingo y Ciudad Delgado, y estará en vigor por un periodo de 180 días calendario a partir del 2 de julio de 2024.

La ordenanza establece un procedimiento administrativo sancionatorio que puede iniciarse de oficio o mediante denuncia ciudadana. Las denuncias pueden ser presentadas ante las autoridades competentes designadas en la ordenanza.

El artículo 7 de la ordenanza detalla que el procedimiento administrativo sancionatorio se iniciará automáticamente o por denuncia ciudadana, con las autoridades competentes responsables de su gestión.

El artículo 9 otorga al órgano competente la capacidad de adoptar medidas cautelares en cualquier momento del procedimiento, mediante resolución motivada. Estas medidas buscan asegurar la eficacia de la resolución, el éxito del procedimiento, el cese de los efectos de la infracción y la protección de los intereses generales. Las medidas cautelares incluyen:

Se colocará la leyenda «ELEMENTO PUBLICITARIO EN PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONATORIO» en todas las caras del elemento destinadas a publicidad y/o su estructura.

La municipalidad procederá con la desinstalación inmediata del elemento publicitario ubicado en espacios públicos, privados o visibles desde la vía pública.

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Aprobada ley reguladora para la implementación de energía nuclear

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La Asamblea Legislativa aprobó por mayoría la Ley de Creación del Organismo para la Implementación del Programa de Energía Nuclear en El Salvador, con 54 votos a favor.

Este organismo, denominado OIPEN, estará bajo la dirección de la Comisión Ejecutiva Hidroeléctrica del Río Lempa (CEL), y tendrá como objetivo principal formular, dirigir y ejecutar planes nacionales para la integración de la energía nuclear como fuente de generación eléctrica.

La creación de la OIPEN se ajustará a los estándares internacionales establecidos por el Organismo Internacional de Energía Atómica.

Según la normativa la OIPEN podrá formular, dirigir y ejecutar los planes y políticas nacionales para la introducción de la energía nuclear como una fuente de generación de energía eléctrica o de calor.

Así también, ejecutar y desarrollar los estudios necesarios para la instalación de plantas nucleares en El Salvador, ya sea para la generación de energía eléctrica, procesos industriales y el uso de sus subproductos para fines médicos o agrícolas, entre otros.

Así como, promover la preparación especializada del personal técnico que participará de las actividades con la energía nuclear y sus usos pacíficos conforme a la regulación aplicable.

Actualmente, El Salvador consume 6,104 gigavatios hora anuales, con proyecciones de duplicarse para 2050. Se estima que la energía nuclear podría aportar hasta un 26% de la demanda futura.

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Asamblea aprueba aumento de presupuesto para construcción del periférico Gerardo Barrios

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La Asamblea Legislativa aprobó ayer, con 58 votos a favor, una reforma a la Ley de Presupuesto 2024, incorporando $4,405,060 adicionales al presupuesto del Ministerio de Obras Públicas y de Transporte (MOPT).

Estos fondos se destinarán a la continuación de la construcción del periférico Gerardo Barrios en San Miguel, una obra vial clave para la región oriental de El Salvador.

La construcción del periférico Gerardo Barrios busca mejorar la conectividad vial, generar fluidez vehicular, desarrollar la actividad económica sostenible y beneficiar a comerciantes locales.

Esta obra, de 21 kilómetros de longitud, se está llevando a cabo con una inversión total de más de $160 millones, financiada en parte por préstamos de la Agencia de Cooperación Internacional de Japón (JICA).

Durante la sesión plenaria número nueve, los diputados destacaron los beneficios que traerá esta inversión para más de 245 mil residentes del departamento de San Miguel y municipios aledaños que utilizan esta vía. Actualmente, dos de los cuatro paquetes de construcción están concluidos y habilitados, mientras que los otros dos están en ejecución.

Los recursos adicionales permitirán cubrir la adaptación del diseño a las características del terreno, incluyendo trabajos de terracería, demoliciones, construcción de estructuras y obras de protección. También se incorporarán edificaciones de taludes, muros de gavión y la colocación de malla de doble torsión para asegurar la estabilidad de la infraestructura.

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