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¿En qué consisten las sociedades de acciones simplificadas?

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El Gobierno ha presentado un paquete de reformas al Código de Comercio, entre las reformas está la creación de un nuevo capítulo dentro del código para regular a las sociedades de acciones simplificadas (SAS), un tipo de entidad empresarial más ágil y flexible en El Salvador.

La Sociedad por Acciones Simplificada (SAS) es una persona jurídica que resulta de la manifestación de una o más voluntades de personas naturales o jurídicas, con responsabilidad limitada hasta el monto de sus respectivos aportes.

De acuerdo con el nuevo capítulo, las SAS tienen una naturaleza mercantil, independientemente de las actividades previstas en su finalidad. La legislación destaca que, salvo decisión judicial, los accionistas no serán responsables por las obligaciones laborales, tributarias, o de cualquier otra índole en las que incurra la sociedad.

Uno de los aspectos destacados es la posibilidad de que las SAS se constituyan de forma unipersonal, permitiendo que una persona natural o una sociedad de capital sea el único accionista. La personalidad jurídica y el patrimonio de la SAS se consideran independientes de los accionistas, adquiriéndose al momento de su inscripción en el Registro de Comercio.

La constitución, modificación, transformación, disolución, liquidación y otros actos sociales de las SAS se realizarán mediante formularios proporcionados por el Registro de Comercio, eliminando la necesidad de escrituras públicas u otras formalidades adicionales para la constitución de la sociedad.

Además, el capítulo establece que las SAS podrán emitir diversas clases y series de acciones, permitiendo a los accionistas decidir sobre los derechos o limitaciones inherentes a ellas. Se destaca que las acciones pueden ser emitidas por cualquier tipo de consideración, según lo establecido en el pacto social.

La nueva legislación también aborda la posibilidad de que las SAS adopten el régimen de capital variable, destinen cantidades anuales para formar la reserva legal, y la capacidad de transformarse o fusionarse con otras sociedades, siempre que se cumplan ciertos requisitos.

El documento constitutivo de la sociedad determinará libremente la estructura orgánica, las normas de funcionamiento, las facultades y obligaciones de cada órgano. Las reuniones de los órganos sociales se regirán por lo establecido para las sociedades anónimas, permitiendo el uso de cualquier medio tecnológico que asegure la identificación de los asistentes, la confidencialidad y la conservación de la información.

Esta nueva figura legal busca fomentar la simplificación y flexibilidad en la creación y gestión de empresas en El Salvador.

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