Economía

BCR aprueba modificaciones en la normativa aplicable a las Sociedades Proveedoras de Dinero Electrónico

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El Comité de Normas del Banco Central de Reserva de El Salvado aprobó modificaciones en la normativa relacionada con la aplicación de la normativa sobre dinero electrónico. Esto en su calidad de ente regulador del sistema financiero.

Lo aprobado por el Comité de Normas establece disposiciones para la constitución de nuevas Sociedades Proveedoras de Dinero Electrónico y la segmentación de los participantes en el ecosistema de dinero electrónico, acorde con las últimas modificaciones que se le realizaron a la Ley para Facilitar la Inclusión Financiera.

Se aprobó modificaciones a las “Normas Técnicas para la Constitución de las Sociedades Proveedoras de Dinero Electrónico” (NASF-04), “Manual de Contabilidad para Sociedades Proveedoras de Dinero Electrónico” (NASF-06). Además se aprobó las “Normas Técnicas para el Inicio de Operaciones y Funcionamiento de los Proveedores de Dinero Electrónico” (NASF-07), y por último, se derogó las “Normas Técnicas para el Inicio de Operaciones y Funcionamiento de los Proveedores de Dinero Electrónico” (NASF-05), con vigencia a partir del 07 de septiembre de 2020.

Según la nueva normativa se entiende como sociedad proveedora a aquellos bancos, bancos cooperativos y sociedades de ahorro y crédito autorizados para proveer dinero electrónico. Y como dinero electrónico al valor monetario registrado a favor de un titular o cliente, que constituye una obligación de pago exigible a su Proveedor de Dinero Electrónico, el cual es aceptado por los demás actores que hayan convenido recibir o prestar este servicio, como un medio de pago en un monto equivalente al dinero en efectivo entregado, y se almacena en un soporte electrónico

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