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Asamblea Legislativa aprueba nueva ley contra el lavado de activos en El Salvador: principales cambios y nuevas obligaciones

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Con 57 votos de Nuevas Ideas y sus aliados, la Asamblea Legislativa aprobó la noche del martes la Ley Especial para la Prevención, Control y Sanción del Lavado de Activos, Financiamiento al Terrorismo y Proliferación de Armas de Destrucción Masiva.

La nueva normativa reemplaza la ley vigente desde 2014 y busca fortalecer la capacidad del Estado salvadoreño para combatir los delitos financieros, al tiempo que cumple compromisos internacionales con el Fondo Monetario Internacional (FMI) y el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).

El acuerdo con el FMI establecía que El Salvador debía presentar esta ley antes de agosto de 2025, en cumplimiento de la recomendación 15 del GAFI, que exige regulación sobre activos virtuales y proveedores de servicios financieros digitales.

Reducción de sujetos obligados

Uno de los cambios más relevantes es la reducción del número de sujetos obligados a reportar operaciones sospechosas de lavado de dinero. La ley anterior incluía a más de 20 sectores económicos, pero la nueva normativa los reduce a solo 10 categorías.

Entre los principales sujetos obligados se encuentran:

Instituciones financieras, como bancos, cooperativas y aseguradoras.

Sociedades de ahorro y crédito y cajas de crédito.

Casinos y empresas de juegos de azar.

Comerciantes de metales y piedras preciosas.

Abogados, notarios y auditores que manejen fondos o bienes de clientes.

Proveedores de activos digitales y servicios con bitcoin.

Partidos políticos.

La ley excluye a empresas constructoras, agencias de viajes, hoteles, asociaciones gremiales, importadoras, exportadoras y compañías privadas de seguridad, que hasta ahora eran parte del listado.

Argumentos sobre competitividad y simplificación

Diputados de Nuevas Ideas defendieron los cambios argumentando que la reducción busca evitar la sobrerregulación y fomentar la competitividad del sistema financiero.

Los legisladores señalaron que el exceso de controles había generado obstáculos a los negocios y a la inclusión financiera. “Esta ley elimina cuellos de botella y permite un sistema más ágil”, afirmó el diputado Caleb Navarro, quien destacó que ahora la regulación se enfoca en “los sujetos realmente de interés para el Estado”.

Navarro también celebró la incorporación de los proveedores de servicios digitales y bitcoin como nuevos sujetos obligados, señalando que esto “moderniza la legislación salvadoreña” frente a los estándares internacionales.

Nuevas disposiciones sobre dinero en efectivo

Otro cambio sustancial se encuentra en el artículo 27, que eleva a $15,000 el monto mínimo que debe declararse al ingresar o salir del país con dinero en efectivo o instrumentos negociables.

Quienes omitan declarar montos iguales o superiores a esa cantidad podrían enfrentar penas de prisión de tres a cinco años.

Esta medida busca reforzar los controles fronterizos y mejorar la trazabilidad del dinero que entra o sale del país, en línea con las recomendaciones del GAFI.

Inclusión financiera y protección de derechos

El artículo 10 prohíbe a los bancos y demás sujetos obligados negar o cancelar servicios financieros sin una evaluación individualizada del riesgo, lo que busca evitar la exclusión financiera injustificada.

También establece que noticias periodísticas, referencias o antecedentes no podrán ser utilizadas como única razón para negar servicios financieros. Esta disposición fue objeto de debate entre la diputada Cesia Rivas, de Vamos, y legisladores de Nuevas Ideas.

Rivas cuestionó que el artículo podría “beneficiar a personas con antecedentes graves”, mientras que el oficialismo sostuvo que protege la presunción de inocencia y el derecho a la inclusión financiera.

Sanciones más severas y coordinación institucional

La nueva ley crea un sistema nacional de coordinación interinstitucional para la prevención del lavado de activos y establece sanciones más altas.

Las multas para los sujetos obligados irán desde 50 hasta 1,000 salarios mínimos del sector comercio para personas jurídicas, y hasta 400 salarios mínimos para personas naturales que incumplan las disposiciones.

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