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Asamblea aprobaría este viernes el cero alcohol al conducir

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Justo el día en que la Asamblea Legislativa aprobaría el endurecimiento a las disposiciones de tránsito y prohibiría la conducción de vehículos bajo cualquier cantidad de alcohol consumido, un motorista en presunto estado de ebriedad estrelló su carro contra un poste del tendido eléctrico en San Salvador y después lo volcó, obstruyendo por completo el paso en la vía.
Y en medio de posiciones a favor y en contra, los diputados se disponen en la plenaria de este 20 de diciembre a reformar el Código Penal para modificar las sanciones por el delito de conducción peligrosa.
Esta reforma implica que cualquier conductor que haya consumido alcohol, independientemente de la cantidad, podrá ser procesado penalmente, incluso si no está en estado de ebriedad.
Actualmente, el Código Penal establece que solo los conductores con un nivel de alcohol en sangre superior a 99 miligramos por decilitro (ml/dl) son considerados en “estado de ebriedad” y, por tanto, pueden ser detenidos y procesados.
Los conductores con niveles de entre 50 y 99 ml/dl de alcohol en sangre enfrentan una multa de $57.14, mientras que aquellos con niveles menores de 50 ml/dl quedan exentos de sanción.
Con la reforma, que todo indica será aprobada por la supermayoría de Nuevas Ideas y sus aliados (57 de 60 diputados) será suficiente con haber consumido cualquier cantidad de alcohol para ser considerado en conducción peligrosa, sin necesidad de probar que el conductor estaba “ebrio”.
El nuevo artículo 147-E del Código Penal establece que “constituye conducción peligrosa el manejar un vehículo de motor atentando de manera manifiesta contra la seguridad vial, así como habiendo consumido bebidas alcohólicas, drogas o cualquier tipo de sustancias estupefacientes, psicotrópicas o psicoactivas”.
Esta modificación, que fue aprobada el jueves por una comisión legislativa presidida por el diputado Caleb Navarro (oficialista), tiene como objetivo reducir los accidentes y muertes relacionadas con el consumo de alcohol y drogas al volante.

Aumento de penas
Además de la ampliación de la definición de conducción peligrosa, la reforma también incrementa las penas para quienes cometan este delito.
La pena para los conductores que no transporten pasajeros aumentará de 2 a 5 años de prisión, mientras que para aquellos que conduzcan vehículos de transporte público o carga, la pena se eleva de 3 a 10 años.


En los casos en que la conducción peligrosa cause un homicidio culposo, las penas pueden llegar hasta 10 años de prisión en vehículos particulares y hasta 15 años en transporte público y de carga.

Nuevas pruebas para detectar consumo
La reforma también establece que las pruebas de alcoholemia, alcotest o antidopaje serán suficientes para demostrar el consumo de alcohol o drogas al momento de la detención.
El ministro de Justicia y Seguridad, Gustavo Villatoro, explicó que aunque estas pruebas serán clave, también existen otros mecanismos que se pueden utilizar para verificar el consumo de sustancias psicoactivas.
En paralelo, se aprobaría una reforma al Código Procesal Penal que impedirá que los conductores responsables de homicidios culposos por conducción peligrosa, relacionada con el consumo de alcohol o drogas, puedan evitar el proceso penal mediante una conciliación con la víctima o sus familiares.
Esta reforma tiene como objetivo garantizar que el proceso judicial se lleve a cabo, incluso en casos de acuerdos extrajudiciales entre las partes.
El Gobierno ha informado que en los últimos meses se han registrado 33 muertes, 506 personas lesionadas y 734 accidentes provocados por conductores bajo los efectos del alcohol.

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Plan piloto de Acompañamiento Comunitario de facilitadores judiciales evalúa sus primeros resultados en 13 distritos de El Salvador

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La Unidad Coordinadora del Servicio Nacional de Facilitadores Judiciales y Misión Internacional de Justicia realizaron la primera reunión de seguimiento.

El encuentro permitió revisar los resultados obtenidos entre abril y junio en 13 distritos de El Salvador.

Durante ese período, los equipos identificaron casos de violencia en sus diferentes manifestaciones. Además, establecieron mecanismos de respuesta según las necesidades de cada persona.

El programa reúne a jueces, facilitadores judiciales y equipos técnicos. Su objetivo consiste en acercar los servicios de justicia a las comunidades.

Asimismo, el modelo busca ofrecer atención física, emocional y legal a víctimas de violencia.

El modelo busca acercar la justicia a las comunidades

La magistrada de la Sala de lo Constitucional y coordinadora de la Comisión del Servicio Nacional de Facilitadores Judiciales, Elsy Dueñas Lovos, destacó el alcance del proyecto.

Según Dueñas, el plan representa una oportunidad para fortalecer la atención judicial en las comunidades.

Además, señaló que el modelo busca ofrecer respuestas más efectivas a quienes necesitan orientación, apoyo y protección.

Entre los distritos incluidos figuran La Libertad, Tamanique, Zaragoza, San Miguel y Chinameca.

También buscan fortalecer la denuncia

El programa contempla acciones para promover la denuncia de hechos de violencia.

De igual forma, pretende fomentar una cultura de paz y mejorar la convivencia en las comunidades.

La evaluación del primer trimestre permitirá ajustar el modelo de atención durante las siguientes etapas del plan piloto.

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El Salvador limita cobros municipales por uso de suelo para postes eléctricos y de telecomunicaciones

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La Sala de lo Constitucional estableció que las alcaldías no pueden crear cobros municipales sin definir un servicio concreto a cambio. El criterio surgió de una tasa de $100 aplicada por San Rafael Cedros a postes y torres.

El cobro figuraba en una ordenanza del distrito de San Rafael Cedros, perteneciente al municipio de Cuscatlán Sur.

La norma establecía un pago de $100 por derechos de uso de suelo para postes o torres de electricidad y telecomunicaciones.

Sin embargo, la Sala concluyó que la disposición violaba la reserva de ley en materia tributaria. El tribunal consideró que la ordenanza no establecía una contraprestación municipal.

Una tasa requiere que la municipalidad entregue un servicio, permiso, licencia o autorización específica al contribuyente.

El caso llegó desde un tribunal administrativo

El proceso comenzó ante el Juzgado Tercero de lo Contencioso Administrativo de San Salvador.

Ese tribunal declaró inaplicable la disposición al considerar que el cobro tenía características de un impuesto.

La Fiscalía General de la República coincidió con ese criterio durante el proceso.

Por su parte, la alcaldía defendió la medida. El gobierno local argumentó que actuaba dentro de su autonomía municipal y conforme a la Ley General Tributaria Municipal.

La Asamblea tiene competencia sobre los impuestos

La discusión se centró en diferenciar una tasa municipal de un impuesto.

La Constitución reserva a la Asamblea Legislativa la creación de impuestos. Por ello, una alcaldía no puede establecerlos mediante una ordenanza.

En cambio, los municipios pueden cobrar tasas cuando existe un servicio o actividad específica que justifique el pago.

Con ese criterio, la Sala declaró inconstitucional el cobro incluido en la ordenanza de San Rafael Cedros.

El concejo deberá modificar la disposición

La Sala concedió tres meses para que el concejo municipal corrija el aspecto formal señalado en la sentencia.

El tribunal también estableció que la decisión no afectará los pagos realizados antes del fallo.

La Sala resolvió el caso el 22 de julio de 2026. El Diario Oficial publicó la resolución el 13 de agosto.

El fallo se suma a una serie de cuestionamientos

La decisión sigue a otro pronunciamiento de la Sala sobre cobros municipales a instituciones financieras de ahorro y crédito en La Unión.

En ese caso, el tribunal también cuestionó que una obligación tributaria se estableciera mediante una ordenanza municipal.

Los dos fallos colocan nuevamente bajo análisis los límites de la potestad tributaria de los gobiernos locales.

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Corte Suprema de El Salvador juramenta a 134 nuevos abogados

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La Corte Suprema de Justicia (CSJ) de El Salvador juramentó a 134 nuevos abogados de la República, quienes quedaron autorizados para ejercer la profesión.

El acto estuvo encabezado por el presidente de la CSJ, Henry Alexander Mejía. Los profesionales cumplieron previamente los requisitos legales para su incorporación.

El presidente de la Corte llamó a ejercer con ética

Durante la ceremonia, Mejía pidió a los nuevos abogados ejercer con ética, responsabilidad y profesionalismo.

Además, los exhortó a contribuir a recuperar la confianza y credibilidad de la sociedad salvadoreña.

El funcionario también señaló que los profesionales del derecho deben actuar como agentes de cambio y mantener altos estándares durante el ejercicio de su profesión.

Magistrados participaron en la ceremonia

En el acto participaron magistrados de distintas salas de la Corte.

Entre ellos estuvo Luis Javier Suárez Magaña, magistrado de la Sala de lo Constitucional.

También participaron José Ernesto Clímaco Valiente, Vicente Alexander Rivas Romero, Fernando Galo y Miguel Elías Martínez Cortez.

Los cuatro integran la Sala de lo Contencioso Administrativo. Asimismo, asistió Rubén Atilio Meléndez, jefe de la Sección de Investigación Profesional.

La incorporación permite ejercer la abogacía

La Corte Suprema de Justicia es la institución encargada de habilitar el ejercicio de la abogacía en El Salvador.

Estos actos de juramentación se realizan periódicamente durante el año, después de que los profesionales cumplen los requisitos establecidos.

Entre los nuevos profesionales estuvo un abogado con discapacidad visual.

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Consejo Nacional de la Judicatura impartirá capacitación sobre justicia digital y violencia en internet

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El Consejo Nacional de la Judicatura (CNJ) iniciará el 1 de septiembre un ciclo de videoconferencias sobre justicia digital y protección de derechos.

La primera sesión abordará los estándares de protección de derechos digitales y la prevención de la violencia digital. El encuentro se desarrollará de 10:00 a.m. a 12:00 m.

Expertos analizarán los retos jurídicos

La sesión contará con la participación de Marcos Antonio Vela Ávalos, jurista e investigador de Administrative Law Center, de El Salvador.

También participará Jazmín Ruíz Díaz Figueroa, coordinadora de proyectos de género y tecnología de la organización TEDIC, de Paraguay.

Ambos ponentes abordarán experiencias y desafíos relacionados con la protección de derechos en entornos digitales. Además, analizarán respuestas jurídicas frente a distintas formas de violencia en internet.

El ciclo tendrá respaldo regional

El CNJ organiza la actividad con apoyo del Sistema de la Integración Centroamericana (SICA). También colaboran ORMUSA, CICAM y ONU Mujeres.

La Unión Europea financiará el ciclo de videoconferencias. La iniciativa busca generar espacios de formación sobre los desafíos jurídicos asociados con el entorno digital.

El programa se denomina “Justicia digital y protección de derechos: retos y respuestas jurídicas frente a la violencia digital”.

La primera sesión se realizará de manera virtual el martes 1 de septiembre. Las personas interesadas podrán inscribirse mediante el enlace habilitado por los organizadores Inscríbete
https://
tinyurl.com/5dd8vups

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Consejo Nacional de la Judicatura analizará implicaciones legales de la tokenización de activos

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El Consejo Nacional de la Judicatura (CNJ) de El Salvador realizará una videoconferencia sobre los efectos legales de la tokenización de activos y los retos que plantea esta tecnología.

La actividad se desarrollará el 28 de agosto de 2026, de 10:00 de la mañana al mediodía.

La conferencia forma parte de las actividades de regulación digital impulsadas por el organismo encargado de apoyar la formación de funcionarios judiciales.

La sesión abordará el marco legal de los activos digitales

La videoconferencia se denomina “Implicaciones jurídicas de la tokenización de activos”.

Durante la jornada, los participantes analizarán el marco legal establecido por la Ley de Emisión de Activos Digitales de El Salvador.

Además, la actividad abordará la relación entre los activos tokenizados y los derechos de propiedad.

Otro de los temas será el uso de smart contracts, o contratos inteligentes, y su validez dentro del derecho civil.

La sesión busca analizar los desafíos jurídicos que surgen cuando bienes o derechos se representan mediante tokens digitales.

Especialista de la Escuela de Capacitación Judicial dirigirá la actividad

La ponencia estará a cargo de la doctora Reyna Verónica Jaime Bermúdez, capacitadora de la Escuela de Capacitación Judicial “Dr. Arturo Zeledón Castrillo”.

La actividad está dirigida a analizar los cambios que introduce la tecnología digital en las relaciones jurídicas.

Además, permitirá revisar los posibles efectos de la tokenización sobre la propiedad y los derechos reales.

La inscripción continúa abierta

El Consejo Nacional de la Judicatura habilitó un proceso de inscripción para participar en la videoconferencia.

La actividad se realizará en línea y forma parte de la agenda de formación relacionada con regulación digital (para inscripción: https://tinyurl.com/2y94r4h2)

El encuentro permitirá abordar cómo el marco jurídico salvadoreño responde a nuevas formas de representar activos y ejecutar acuerdos mediante tecnología digital.

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