Judicial
Empleados públicos no comprendidos en la carrera administrativa no pueden recurrir resolución que confirme despido de la Cámara de lo Civil
La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia declaró inexistente la inconstitucionalidad alegada por la falta de recurso contra la resolución de la Cámara de lo Civil que confirma el despido de un empleado público no comprendido en la Carrera Administrativa.
El presente proceso fue iniciado por el ciudadano Modesto Díaz Joyel, a fin de que se declare la inconstitucionalidad del art. 6 inc. 2° de la Ley Reguladora de la Garantía de Audiencia de los Empleados Públicos no Comprendidos en la Carrera Administrativa’ (LRGA), por la supuesta violación de los arts. 11 inc. 1° y 12 inc. 1° Cn.
La normativa establece que en el caso de despido de un empleado público no comprendido en la carrera administrativa, la autoridad notificará al Juez de Primera Instancia que conozca en materia civil la intención de remoción del empleado, en caso de ser aprobada el empleado podrá presentar recurso ante la Cámara de lo Civil, pero la resolución de esta no facultará recurso alguno, ni corresponderá su conocimiento a la jurisdicción contencioso administrativa.
El demandante alegaba que dicha prohibición restringe el derecho a recurrir de la parte agraviada, porque de la resolución pronunciada en revisión por la cámara competente no cabe recurso alguno. Sin embargo, esto no es así en otras materias, ya que en otros sectores del ordenamiento jurídico sí se prevé la posibilidad de interponer ciertos recursos judiciales como la apelación, casación y revisión.
Por ello, la infracción constitucional se produce porque el objeto de control prohíbe la interposición de otro recurso, dejando desprovisto al agraviado de la posibilidad de acceder a otra instancia superior, lo cual imposibilita que otro tribunal se pronuncie sobre los hechos.
Argumentos que compartió el representante de la Fiscalía General de la República que en su momento alegó «el art. 6 inc. 2° LRGA es una manifestación restrictiva no justificada del derecho a recurrir de la parte agraviada, debido a que imposibilita impugnar la resolución emitida por la Cámara de lo Civil, lo que lesiona el derecho de acceso a los recursos establecidos en el ordenamiento jurídico como manifestación del derecho de audiencia y defensa (arts. 11 y 12 Cn.)».
Por otra parte, la Sala de lo Constitucional resolvió que la dilatación del proceso y la previsión de mecanismos de impugnación en una cantidad excesiva implicarían la retardación en la separación de los eventuales empleados públicos infractores, lo cual desmejoraría la calidad y regularidad de los servicios públicos que estos están llamados a prestar.
«La celeridad a la que tiende el proceso de la Ley Reguladora de la Garantía de Audiencia de los Empleados Públicos no Comprendidos en la Carrera Administrativa queda en evidencia si se observan los plazos procesales que ella establece (arts. 4 y 5 LRGA). En ese sentido, la limitación del derecho a recurrir al no prever ningún otro recurso distinto al de la revisión persigue un fin constitucionalmente legítimo, a la vez que forma parte de los márgenes estructurales de acción de la Asamblea Legislativa, quien haciendo uso, de este margen, ha fijado un fin —la celeridad del proceso para evitar una afectación del servicio público prestado por el empleado público infractor—, para la elección de medios —la no previsión de otro recurso distinto al de la revisión— y para la ponderación —que se hace entre el derecho a recurrir y la regularidad y calidad del servicio público—».
Judicial
Condenan a 15 años de prisión a dos guatemaltecos por tráfico de cocaína en El Salvador
Dos ciudadanos guatemaltecos fueron condenados a 15 años de prisión por tráfico ilícito de drogas en El Salvador. La sentencia corresponde a un operativo realizado en julio de 2025.
José Antonio Boteo Cruz y Neri Ubaldo Amaya Rodríguez recibieron la condena del Tribunal de Sentencia de Zacatecoluca.
La Marina interceptó una embarcación en San Luis Talpa
La Marina Nacional interceptó la embarcación al norte de la playa Amatecampo, en San Luis Talpa, en julio de 2025.
Durante la inspección, las autoridades encontraron 100 kilogramos de cocaína ocultos dentro de bidones.
Además, los agentes localizaron otra lancha abandonada en la zona. En su interior encontraron 15 sacos con 588 kilogramos de cocaína.
La incautación alcanzó 688 kilos de cocaína
El operativo permitió decomisar un total de 688 kilogramos de cocaína.
Según la información judicial, la droga tenía un valor estimado de $17,296,320.
Las autoridades vincularon a los dos guatemaltecos con el traslado de la droga en la embarcación interceptada.
Judicial
Fiscalía General anuncia que fallo contra 485 cabecillas de la Mara Salvatrucha por más de 47,000 delitos comenzará a conocerse el próximo lunes
La Fiscalía General de la República anunció que un tribunal contra el Crimen Organizado comenzará el 31 de agosto la lectura del fallo contra 485 cabecillas de la Mara Salvatrucha. El proceso reúne más de 47,400 imputaciones por delitos atribuidos a los acusados.
El Tribunal Sexto contra el Crimen Organizado de San Salvador fijó esa fecha para iniciar la lectura de la resolución.
El fiscal adjunto contra el Crimen Organizado, Max Muñoz, confirmó lo establecido por el juez.
Según la Fiscalía, el tribunal deberá resolver más de 47,420 imputaciones dentro del mismo proceso judicial.
Los cargos corresponden a hechos que las autoridades atribuyen a los acusados entre 2012 y 2022.
Investigación abarca 11 años de hechos
El expediente agrupa acusaciones por distintos delitos vinculados con integrantes de la Mara Salvatrucha, conocida como MS-13.
La Fiscalía sostiene que los hechos investigados ocurrieron durante un periodo de 11 años.
De acuerdo con Muñoz, el proceso permitirá resolver las imputaciones acumuladas por los delitos atribuidos durante ese periodo.
El juicio representa uno de los procesos colectivos contra miembros de estructuras de pandillas que impulsa la justicia salvadoreña.
Fallo se conocerá en medio de ofensiva contra pandillas
La resolución llegará en el contexto de la política de seguridad implementada por el Gobierno salvadoreño desde marzo de 2022.
Desde entonces, las autoridades han impulsado operativos y procesos judiciales contra integrantes de organizaciones criminales.
La Mara Salvatrucha figura entre las principales estructuras perseguidas dentro de esta estrategia de seguridad.
Judicial
Condenan a 12 años a conductor ebrio en El Salvador: las claves del razonamiento jurídico
El Juzgado Tercero de Paz de Santa Ana condenó a Ángel Oseas García Martínez a 12 años de prisión.
La jueza lo declaró responsable de los delitos de conducción peligrosa de vehículos automotores y lesiones culposas.
La decisión destaca por la valoración conjunta del estado de ebriedad, la conducta al volante y las lesiones causadas.
La prueba de alcohol tuvo un papel clave
Uno de los elementos relevantes para el tribunal fue el resultado del alcotest practicado al conductor.
La prueba registró 249 grados de alcohol en aire espirado. Los agentes realizaron el examen después de detectar aparentes signos de ebriedad.
En El Salvador, la conducción bajo efectos del alcohol, independiente de la cantidad consumida, está prohibida. Es parte de la ley “cero tolerancia”.
Sin embargo, el razonamiento judicial no se basó únicamente en la presencia de alcohol. La jueza también valoró la conducta concreta del procesado.
La gravedad de las lesiones y las consecuencias penales
El tribunal tomó en cuenta la entidad de los daños provocados. Una de las víctimas sufrió múltiples lesiones, fracturas y luxaciones.
Además, presentó deformidad en los dedos de una mano.
Las otras dos personas también sufrieron lesiones derivadas del accidente.
Por estas últimas afectaciones, la jueza impuso dos años de prisión adicionales. Sin embargo, sustituyó esa pena por trabajo de utilidad pública.
La medida deberá cumplirse después de los 12 años de prisión.
El fallo refuerza la responsabilidad por conducir ebrio
La resolución también adquiere relevancia dentro del enfoque de cero tolerancia frente a la conducción bajo los efectos del alcohol.
Las autoridades buscan evitar que conductores alcoholizados pongan en riesgo a otros usuarios de las carreteras.
Cuando esa conducta produce lesiones, el caso puede pasar del ámbito preventivo al penal.
Un precedente judicial
La valoración conjunta de la jueza sienta un precedente jurídico en casos de conducción peligrosa .
El tribunal consideró el resultado del alcotest, la conducta atribuida al conductor y las lesiones sufridas por las víctimas, en el marco legal y las sanciones establecidas.
El fallo muestra, además, que las consecuencias penales pueden extenderse cuando una conducta riesgosa provoca daños a varias personas.
Judicial
Tribunal de San Salvador condena a 131 pandilleros con penas de hasta 75 años de prisión
Un tribunal de El Salvador condenó a 131 integrantes de la estructura Teclas Locos Salvatruchos a penas de hasta 75 años de prisión por varios delitos.
El Tribunal Segundo contra el Crimen Organizado de San Salvador dictó las condenas por tráfico ilícito de drogas, agrupaciones ilícitas y delitos relacionados con armas de fuego.
También incluyó casos de fabricación, portación, tenencia o comercio ilegal de armas y explosivos caseros o artesanales.
Tres integrantes recibieron las penas más altas
Ángel Gabriel Martínez Guzmán, quien tenía rango de observación dentro de la estructura, recibió la pena máxima de 75 años.
El tribunal lo condenó por tráfico ilícito, delitos relacionados con armas y agrupaciones ilícitas, en perjuicio de la paz pública.
Además, Alex Vladimir Rivas Caballero y Jonathan Samuel Canales recibieron 60 años de prisión cada uno. Ambos también tenían rango de observación.
Mandos de una clica recibieron 45 años
La sentencia también alcanzó a integrantes con funciones de mando dentro de la estructura que operaba en el departamento de La Libertad.
Daniel Ernesto Pineda Aragón, alias Wite, ejercía como corredor de clica de la base central El Pino. Recibió una condena de 45 años.
Junto con él, Abraham Cornejo Hernández, alias Anona, y Melvin Josué Chávez Quintanilla, alias Tamal, también recibieron 45 años.
Los dos últimos tenían funciones de mando como homeboys dentro de la clica.
Más de un centenar recibió penas de hasta 30 años
El tribunal también condenó a 19 “homeboys”, ocho “chequeos”, ocho “observaciones”, 26 “paros” y 65 “colaboradores”.
Estos integrantes recibieron penas de hasta 30 años de prisión, según la resolución judicial.
Durante el proceso, la juzgadora señaló que algunos acusados intentaron salir de El Salvador. Sin embargo, las autoridades los capturaron y los pusieron a disposición del tribunal.
La sentencia sostiene que las condenas impedirán que los integrantes de la estructura continúen afectando a la población de La Libertad.
Judicial
Fiscalía General reporta 13,250 condenas y menos absoluciones en un año
La Fiscalía General de la República de El Salvador reportó 13,250 personas condenadas entre junio de 2025 y mayo de 2026. La cifra supera en 34.8 % el registro anterior.
El balance oficial también muestra una reducción de las absoluciones. Estas bajaron del 16.63 % al 13.86 % durante el mismo período.
Los tribunales resolvieron más casos
Los tribunales emitieron resoluciones definitivas para 15,382 procesados durante el último año. El registro anterior contabilizó 11,788 decisiones.
En los casos de homicidio, 1,282 imputados recibieron condenas. Esto representó una efectividad del 88.78 %, según el balance fiscal.
Además, 162 procesados fueron absueltos por este delito. Un año antes hubo 1,100 condenas y 240 absoluciones.
En delitos vinculados al narcotráfico, los tribunales condenaron a 1,367 personas. La Fiscalía reportó una efectividad del 89.93 %.
Por otra parte, 153 procesados resultaron absueltos por delitos relacionados con drogas. En el período anterior hubo 976 condenas y 115 absoluciones.
También aumentaron las condenas por robo
Los tribunales condenaron a 275 personas por delitos de robo durante el período analizado. La cifra representó una efectividad del 79.48 %.
En el ejercicio anterior, los jueces dictaron 177 condenas y 68 absoluciones por este delito.
El balance refleja además un aumento en la cantidad de expedientes que llegaron a una resolución definitiva.
Casos de alto impacto marcaron el período
La Fiscalía destacó varios procesos contra exfuncionarios acusados de negociar apoyo electoral con pandillas.
Entre ellos figuran Ernesto Muyshondt, Benito Lara, Arístides Valencia y Norman Quijano. Las condenas oscilaron entre 13 y 28 años de prisión.
Asimismo, un tribunal inició un juicio contra 485 cabecillas de la Mara Salvatrucha. La Fiscalía les atribuye más de 47,000 delitos cometidos durante una década.
En otros procesos, Melvin Abel Hernández Palacios recibió una condena de 1,335 años. Fredy Edgardo Méndez Osorio recibió 958 años.
Finalmente, Edwin Oswaldo Ortiz Recinos recibió 298 años por estafar a 56 víctimas. Además, deberá pagar $350,000 en responsabilidad civil.
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