Legal
Ya vigente Ley de Bienestar Animal
El pasado 20 de mayo comenzó la vigencia de la Ley de Bienestar Animal. La normativa busca reconocer a los animales de compañía y silvestres como seres sintientes, por lo que se les asegurará el bienestar, buen cuido, manejo y protección integral contra todo acto de crueldad causado o permitido por las personas.
La nueva ley reconoce a los animales como seres vivos procurando su bienestar, cuido, manejo y control de los animales de compañía para una protección integral contra todo acto de crueldad causado o permitido por las personas.
Además, la nueva ley determina obligaciones para los responsables de animales, entre ellas destaca la identificación de la mascota mediante placa y microchip, así como inmunizarlos contra enfermedades de riesgo zoonótico y protegerlos de las enfermedades propias de su especie, para ello, se deberá llevar el control de vacunación y procurar el control de la reproducción de sus animales.
La normativa establece la creación del Instituto de Bienestar Animal (IBA), el cual será una autónoma que dependerá del Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) y contará con fondos propios para su funcionamiento.
En el IBA se tratarán temas de maltrato animal, agresiones físicas, control de sobrepoblación y explotación y comercialización de los canes y gatos en las calles.
El Instituto será el ente rector del cumplimiento de la Ley de Bienestar Animal y tendrán competencia directa para su cumplimiento en las municipalidades, MAG, Ministerio de Salud (MINSAL), Ministerio de Educación (MINED), Policía Nacional Civil (PNC), Fiscalía General de la República (FGR), Instituto Superior de Salud Pública y la Junta de Vigilancia de los Médicos Veterinarios.
Todo salvadoreño que se dedique a la cría, venta, hospedaje, guardería y centros de adiestramiento de animales de compañía, está obligada a contar con permisos de su funcionamiento emitido por el Instituto.
Otra de las obligaciones para quienes decidan tener animales de compañía, estos tendrán que inmunizarlos contra enfermedades de riesgo y de enfermedades comunes.
Las infracciones por sanciones leves se pagan con una multa de cinco salarios mínimos del sector comercio y servicio. En el caso de las infracciones muy graves la multa es de 10 salarios mínimos.