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Usuarios recibirán compensación por mal servicio telefónico

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El mes pasado, la Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones (SIGET) aprobó el Reglamento de Calidad para los Servicios Públicos de Telefonía y Transmisión de Datos, que tiene por finalidad mejorar el servicio que prestan las empresas del rubro de telefonía y transmisión de datos.

La normativa regula parámetros para brindar compensación al usuario cuando existan cobros indebidos reflejados en la facturación de los servicios, cobros por servicios no contratados, incumplimiento del operador en la instalación; interrupción, suspensión o cortes injustificados del servicio contratado, velocidad de transferencia de datos menor al 85% de lo contratado en el servicio fijo residencial, durante más del 5 % del período de facturación.

Además, la SIGET estableció el derecho de compensación automática cuando exista un corte en el servicio de red móvil superior a 2 horas entre las 5 de la mañana y las 11 de la noche.

Asimismo, la SIGET regula que en los call centers de las empresas de telefonía el tiempo de espera para atender a los usuarios no exceda los 30 segundos.

Según la SIGET se busca evaluar la calidad en la recepción de los servicios móviles de telefonía y transmisión de datos, verificando parámetros como: accesibilidad con las llamadas conectadas exitosamente; la retenibilidad, es decir llamadas completadas; integridad, claridad de la comunicación; cobertura del área geográfica con servicio de telefonía, así como la fidelidad del sonido de voz de los usuarios.

Consulte el Reglamento de Calidad para los Servicios Públicos de Telefonía y Transmisión de Datos

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