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Tribunal del Servicio Civil se enfrenta a vacío en su representante legal

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Ayer, la Asamblea Legislativa recibió una pieza de correspondencia de parte de varios diputados el cual tiene por objeto solucionar los problemas que tiene el Tribunal del Servicio Civil para ser representado legalmente.

La pieza explica que la Ley del Servicio Civil, dada su antigüedad, no guarda uniformidad con el resto de instituciones públicas en cuanto a la representación legal de la institucionalidad del Tribunal del Servicio Civil.

Esto, explica la pieza, se presenta como un vacío con la reciente entrada en vigencia de la Ley de Procedimientos Administrativos y la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Por lo cual se hace necesario hacer más expedito el despacho de los informes que requieren los nuevos tribunales, e incluso el informe que debe rendirse en el plazo de 24 horas, que señala la Ley de Procedimientos Constitucionales en los juicios de amparo.

Es por ello que es necesario reformar la Ley del Servicio Civil y uniformarla con el resto de leyes de las administraciones de las diversas instituciones públicas, pues en todas se establece quién es el representante legal. Con ello se logrará que los informes sea como demandados o demandantes sean evacuados con prontitud a través del representante legal.

La ley no expresa claramente quien es el representante legal lo que, según el análisis planteado, ocasiona dificultades para ejercer la representación legal del mismo.

Art.- 1.- Se adiciona un inciso al artículo 9, de la siguiente manera:

El presidente del Tribunal será el representante legal del mismo.

 

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