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Trabajadores con condición médica vulnerable deberán presentar incapacidad homologada

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La Asamblea Legislativa aprobó modificaciones a las disposiciones transitorias para que trabajadores con condición médica vulnerable frente al COVID-19 se mantengan desempeñando sus actividades laborales en calidad de teletrabajo hasta abril del presente año.

Con la reforma, los beneficiarios del decreto deberán presentar la respectiva incapacidad emitida por facultativo debidamente registrado por la Junta de Vigilancia de la Profesión Médica y en caso de considerarse necesario, dicha incapacidad deberá ser homologada por el Instituto Salvadoreño del Seguro Social, Instituto Salvadoreño de Bienestar Magisterial, Sanidad Militar o la institución pública o privada que preste los servicios de salud a los trabajadores beneficiados por el presente decreto”.

Los casos que establece la normativa los trabajadores mantendrán un resguardo domiciliar, y en consecuencia, no se podrán ver afectados laboralmente durante la vigencia de la presente ley y, en la medida de lo posible, dependiendo del tipo de funciones de cada trabajador, los empleadores deberán asignarles laborales bajo la modalidad de teletrabajo.

De acuerdo con la normativa,  las personas beneficiarias son mujeres en estado de embarazo de alto riesgo, mayores de 60 años con enfermedades crónicas degenerativas, personas con insuficiencia renal, trasplantadas, convalecientes de COVID-19, en su primer mes de recuperación, así como aquellos con padecimientos, como la hipertensión arterial sistémica y pulmonar complicada, diagnosticadas y en tratamiento por cáncer, con tratamiento de inmunosupresores, con enfermedades pulmonares crónicas y con obesidad mórbida.

De igual forma, queda establecido que todos los trabajadores con condición médica vulnerable que tengan incapacidad y estén autorizados para no presentarse al lugar de trabajo deberán recibir su salario. Para los trabajadores del sector público, su salario será pagado por el patrono según lo definen las leyes vigentes. Mientras que, para los trabajadores del sector privado, será subsidiado por el Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS), de acuerdo a la incapacidad presentada.

La disposición establece que “las instituciones públicas y privadas en la medida de lo posible, dependiendo del tipo de funciones de cada trabajador con condición médica vulnerable deberán asignarle actividades laborales para que dichos trabajadores las desempeñen bajo la modalidad de teletrabajo”.

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