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Solicitan que entes públicos no brinden garantía como proveedor de servicios de certificación

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El Ministerio de Economía ha solicitado a la Asamblea Legislativa reformar la Ley de Firma Electrónica, a fin de establecer que las instituciones públicas que desean acreditarse como proveedoras de servicios de certificación no deberán presentar una garantía dineraria.

Actualmente la Ley establece como una obligación para las empresas interesadas en acreditarse como proveedoras de servicios de certificación el rendir una garantía por un monto adecuado al riesgo asumido por la prestación de los servicios de certificación.

Con la reforma las instituciones públicas que deseen acreditarse como proveedores de servicios de certificación, por su naturaleza estatal estarán excluidas de este requisito, debiendo presentar en su lugar un plan de acción que detalle la forma de indemnizar daños y perjuicios en caso de incumplimientos.

El decreto justifica la medida en el sentido que el objetivo de emitir una garantía es asegurar el compromiso y la permanencia en el negocio, por parte de los interesados en brindar el servicio; y por otra parte, es una forma de asegurar indemnizaciones por fallas en la prestación de dichos servicios.

En tal sentido, se considera que las instituciones públicas, siendo creadas por ley y asegurando así su permanencia, solo deben cumplir con el objetivo de asegurar un monto para indemnizaciones, por lo que es necesario ajustar la redacción a la naturaleza de estas entidades.

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