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Dictaminan prorrogar facultad de celebrar asambleas generales en medios virtuales

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La Comisión de Economía dictaminó prorrogar prorrogar hasta el 31 de diciembre del 2022 la facultad de las personas jurídicas de realizar Juntas y Asambleas Generales por videoconferencia u otros medios tecnológicos.

Las disposiciones originalmente fueron aprobadas el 15 de junio de 2021 y finalizan su vigencia el 31 de diciembre de 2021.

La normativa establece que las Juntas o Asambleas Generales de Accionistas de todo tipo de personas jurídicas, podrán realizarse por videoconferencia o mediante el uso de cualquier medio tecnológico que garantice las medidas de seguridad y confidencialidad para la participación de sus miembros, aplicando lo dispuesto en los incisos segundo y tercero del artículo 258 del Código de Comercio.

Se establece que el lugar de la celebración de la junta se entenderá celebrada en el domicilio de la entidad, y será responsabilidad de la administración de cada entidad aprobar los lineamientos de participación, quórum, detalle sobre los puntos a abordar, ejecución de los mismos y el voto de forma electrónica; lineamientos que deberán ser informados por cualquier medio a los miembros.

Para el caso de las representaciones a que hace referencia el artículo 131 del Código de Comercio y que no esté establecida la forma en la escritura social o los estatutos, antes de la sesión deberá remitir la carta de representación en forma digital al representante legal o administrador de la persona jurídica.

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