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Sociedades por Acciones Simplificadas (S.A.S) entrarán en vigor en febrero
A partir de mediados de febrero de 2024, las reformas al Código de Comercio salvadoreño relativas a las Sociedades por Acciones Simplificadas (S.A.S) entrarán en vigencia, buscando simplificar trámites y fomentar la formalización de negocios. Las S.A.S podrán constituirse de manera unipersonal y disfrutarán de un año de exención tributaria para incentivar la actividad económica.
Estas reformas buscan simplificar la tramitología y fomentar la formalización de negocios, particularmente dirigidas a micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) y emprendedores.
Uno de los cambios más destacados es la posibilidad de que las S.A.S se constituyan como unipersonales, eliminando la restricción de contar con al menos dos socios, como se requiere en otras formas societarias. Esta flexibilidad tiene como objetivo facilitar el establecimiento y operación legal de negocios, permitiendo que una sola persona sea dueña de la sociedad.
Una medida clave para incentivar la actividad económica es la exención tributaria para las SAS durante el primer año de su constitución. Durante este período, las nuevas sociedades estarán exentas de tributar al Estado, brindando un impulso financiero inicial a los emprendedores y contribuyendo al desarrollo del sector empresarial.
Otra ventaja significativa de las SAS es la capacidad de emitir diversas clases y series de acciones, permitiendo a los accionistas definir derechos y limitaciones específicos para cada clase. Esta flexibilidad en la estructura de capital puede adaptarse mejor a las necesidades y preferencias de los involucrados en la sociedad.
La legislación también simplifica los procedimientos administrativos asociados con las SAS. La constitución, modificación, transformación, disolución, liquidación y otros actos sociales se llevarán a cabo mediante formularios proporcionados por el Registro de Comercio. Este enfoque simplificado elimina la necesidad de escrituras públicas u otras formalidades adicionales para la constitución de la sociedad, agilizando el proceso.
Además, se destaca la adaptabilidad en la elección de la estructura orgánica y normas de funcionamiento de las SAS. El documento constitutivo de la sociedad determinará libremente estas cuestiones, otorgando a los emprendedores una mayor libertad para establecer reglas internas que se ajusten a sus necesidades específicas.