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Se extiende prórroga al régimen sancionador de la Ley de Inclusión hasta marzo de 2024

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En el Diario Oficial de fecha 29 de agosto, el 18 de septiembre, fue publicada la nueva prórroga para la entrada en vigor del Capítulo XVIII de la Ley Especial de Inclusión de Personas con Discapacidad, extendiendo la fecha límite hasta el 31 de marzo de 2024.

El artículo 137 de la mencionada ley originalmente estableció que este capítulo entraría en vigor un año después de su publicación oficial, que tuvo lugar el 3 de septiembre de 2020. Sin embargo, desde entonces, ha experimentado múltiples prórrogas.

El Decreto Legislativo 783, emitido el 27 de junio de 2023, fijó una prórroga anterior hasta el 31 de agosto del mismo año. La reciente propuesta, presentada por diputados de Nuevas Ideas, pretende otorgar más tiempo para implementar las reformas necesarias antes de su entrada en plena aplicación.

La iniciativa plantea que, mientras la Asamblea Legislativa analiza y estudia el proyecto de reformas a la Ley Especial de Inclusión de Personas con Discapacidad presentado por el presidente de la República, no sería conveniente que el Capítulo XVIII entre en vigencia, ya que esto podría generar inconvenientes en su aplicación.

Las reformas implican la supresión del Tribunal Sancionador y la transferencia de sus facultades al Consejo Nacional de la Inclusión de Personas con Discapacidad (CONAIPD), específicamente a la Unidad de Cumplimiento de Derechos. Esta unidad asumirá la autoridad administrativa para conocer y sancionar las violaciones de derechos reconocidos en la ley.

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