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Sancionan a Jueza por retardación de justicia en juzgados especializados de mujeres

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Corte Plena acordó sancionar con quince días sin goce de sueldo a una Jueza de Instrucción Especializada para una Vida Libre de Violencia y Discriminación para las Mujeres, esto al considerar que había dilatado la tramitación de procesos sin una justificación.

Según Corte Plena, la jueza demoró en la remisión de diez procesos de apelación, peticiones fiscales varias, notificaciones, y además correr traslado a la contraparte respecto a las declaraciones anticipadas.

La Jueza argumentó que las demoras se debían a su personal, alegó que con anterioridad se le habían iniciado procesos sancionatorios por la misma causa y fue exonerada.

Corte Plena consideró que la carga laboral a la que se encuentran sometidos los Juzgados Especializados para una Vida Libre de Violencia contra la Mujer; «por si solas no justifican los plazos muertos advertidos, la cantidad de resoluciones no refleja un esfuerzo de depurar la carga de trabajo, ni del personal, no consta que haya solicitado capacitaciones e inclusive se giraron directrices erróneas».

Según artículo 10 de la Ley de la Carrera Judicial, el Juzgador como Jefe de Unidad tiene la responsabilidad máxima; según el Art. 51 letra e) de la Ley de la Carrera Judicial tiene como sanción en el cargo de tres a quince días al haberse acreditado la demora.

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