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Salvadoreños tienen hasta el 15 de julio para cambiar su dirección del DUI
La Asamblea Legislativa aprobó un decreto transitorio para que los ciudadanos puedan hacer el cambio de domicilio en su Documento Único de Identidad (Dui). El Tribunal Supremo Electoral (TSE) ha realizado una campaña de difusión para que los salvadoreños puedan realizar dicha modificación.
Las personas interesadas pueden acercarse a cualquier Duicentro del país realizar la modificación y así poder votar en la elección presidencial 2019 en la dirección que necesitan cambiar en el documento.
El plazo para cambio de domicilio comenzó el pasado 15 de junio y finaliza el 15 de julio del presente año.
El decreto transitorio tuvo una aprobación de 74 votos a favor, esto después del acuerdo entre el Grupo Parlamentario FMLN y la Comisión de Reformas Electorales y Constitucionales, después de conocer un informe del Registro Nacional de Personas Naturales (RNPN) que mencionaba la cantidad de personas que realizaron el cambio de domicilio antes del 4 de marzo de este año, cuando se desarrollaron las elecciones de alcaldes y diputados.
Los reportes del Registro Nacional de las Personas Naturales (RNPN), citados por el magistrado electoral Fernando Argüello Téllez, indican que entre el 4 de marzo de 2017 y el 30 de mayo de 2018 se registraron 76,885 cambios de domicilio: un promedio mensual de 5,491 cambios de residencia. Al haberse realizado las elecciones municipales y legislativas el 4 de marzo de 2018, el padrón estaba cerrado por dichos comicios y no podría abrirse por las elecciones presidenciales de 2019. Pero con el decreto transitorio esto es posible actualmente.
Según el presidente de la Comisión de Reformas Electorales, el diputado de ARENA, René Portillo Cuadra, el procedimiento favorecerá a los salvadoreños para emitir su voto el próximo año en lugares cercanos de su residencia, ya que hay muchos casos de migración interna por causas como la violencia. De este modo se lograría una mejor depuración en el padrón electoral para las próximas elecciones.
El Art. 20 del Código Electoral establece que la modificación de domicilio de ciudadanos en el registro electoral debe suspenderse un año antes de las elecciones venideras. Pero con el decreto transitorio se cambiaría temporalmente de la siguiente forma: “No obstante lo dispuesto en el Art. 20 del Código Electoral, se autoriza al Tribunal Supremo Electoral (TSE) para que en el plazo comprendido entre el 15 de junio al 15 de julio del presente año pueda modificar la residencia a los ciudadanos en el registro electoral, de quienes hayan cambiado de domicilio, así como de aquellos que lo soliciten en dicho plazo”.
Los diputados de la Asamblea Legislativa hicieron hincapié en legislar a futuro para sancionar a aquellos ciudadanos que con una finalidad electoral modifiquen su domicilio en su Documento Único de Identidad.