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Sala reafirma suspensión de presentar prueba de PCR negativa para ingreso al país de connacionales
La Sala de lo Constitucional emitió resolución de seguimiento en el amparo 167-2020 en la cual refirma la orden de suspender los efectos de la decisión de inadmitir el ingreso de los salvadoreños y extranjeros con residencia definitiva en el país que no presenten a su arribo una prueba de PCR que dé negativa en COVID-19, así también, advierte que de no cumplir remitirá oficios a la Fiscalía General de la República por el posible cometimiento de delitos.
La Sala advierte que las resoluciones judiciales son obligatorias y que su incumplimiento acarrea responsabilidades constitucionales y legales. Por ello, en caso de inobservancia de la orden por parte de alguna autoridad, en el sentido de insistir en inadmitir el ingreso de salvadoreños o extranjeros residentes definitivos por cualquier vía, se certificará a la Fiscalía General de la República por el posible cometimiento de delito.
La Sala suspendió cualquier tipo de decisión tomada por las autoridades del Ministerio de Salud, Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma y Dirección General de Migración y Extranjería consistentes en limites en el ingreso de los salvadoreños y extranjeros con residencia definitiva en el país.
Agrega que existen requisitos sanitarios menos gravosos, como la obligación de guardar cuarentena en el domicilio o, si lo prescribe un dictamen médico, en un centro de salud, que preservan de una posible diseminación del COVID-19 u otra enfermedad contagiosa sin impedir el ingreso al país de los salvadoreños y extranjeros con residencia definitiva en él.
La Sala considera que la decisión de supeditar su admisión a la presentación de una prueba de PCR que dé negativa en COVID-19 supondría una prohibición de ingreso para los connacionales que no cuenten con el resultado médico prescrito y de facto, pues no existe un régimen de excepción que la habilite, e, implicaría una restricción a su derecho fundamental de ingresar al territorio nacional.
La resolución viene a raíz de la demanda de amparo fue presentada por el abogado José Marinero Cortéz representando por los varados en contra de las actuaciones del presidente de la república, la Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma (CEPA), el Ministerio de Relaciones Exteriores y la Dirección de Migración y Extranjería del cierre del Aeropuerto Internacional de El Salvador San Óscar Arnulfo Romero y Galdámez a vuelos comerciales de pasajeros.