Actualidad

Sala de lo Constitucional ordena nuevas medidas cautelares por detenciones ilegales

Publicado

el

Ayer, la Sala de lo Constitucional emitió resolución de seguimiento de las medidas cautelares ordenadas el pasado ocho de abril en el proceso de Hábeas Corpus 148-2020. Las medidas cautelares regulaban las detenciones realizadas por el Órgano Ejecutivo en lo concerniente al combate a la pandemia COVID-19.

En la resolución la Sala expresa que a raíz del comportamiento de las autoridades encargadas de la ejecución de las medidas sanitarias ordena nuevas medidas cautelares para la defensa de derechos protegidos por la Constitución.

Ordena al director de la Policía Nacional Civil y a los ministros de Defensa Nacional y de Salud, que entreguen en 5 días hábiles un registro de las personas privadas de libertad por violación a la cuarentena domiciliar.

El registro deberá llevar la siguiente información: sus nombres o datos de identificación; las condiciones en que fueron privadas de libertad; los lugares adonde fueron remitidos; los lugares adonde fueron conducidos posteriormente; y los nombres y cargos de las personas encargadas de los centros de contención; así como los de las personas que habiendo sido retenidas, detenidas o privadas de libertad por la policía o la fuerza armada, en razón de la inobservancia a la cuarenta domiciliar han sido liberadas y llevadas por las autoridades a guardar cuarentena en sus residencias.

También ordenó que informen a las personas confinadas de las razones de su confinamiento y la identificación del funcionario, autoridad o empleado que haya participado en dicho confinamiento.

Reitera la urgente necesidad de que la Asamblea Legislativa regule mediante una ley formal, en coordinación con el Ministerio de Salud, las medidas limitadoras de la libertad física derivadas de la grave situación de emergencia por la pandemia del COVID-19, cumpliendo con los requisitos exigidos por la Constitución y la jurisprudencia de la Sala.

Por último, faculta al Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos para verificar el cumplimiento de las medidas cautelares, teniendo este la obligación de emitir un informe cada cinco días mientras duren las acciones de Gobierno.

Click para comentar

Popular

Salir de la versión móvil